sábado, 26 de septiembre de 2026

LEÓN PROCLAMA “LIBERTAD, IGUALDAD Y FRATERNIDAD SON IMPERATIVOS ÉTICOS UNIVERSALES”

León también elogió la Ilustración francesa anticatólica por reconocer los “Derechos Humanos”. Mientras tanto, Roma describe a la Iglesia como un “movimiento”, y un teólogo alemán describe el Islam como cristianismo.

Por Chris Jackson


El 17 de julio de 1794, dieciséis monjas carmelitas fueron llevadas por las calles de París a la guillotina. Su crimen fue la fidelidad a su vocación religiosa. Expulsadas de su convento, habían continuado viviendo su regla lo mejor que pudieron. Cuando las autoridades revolucionarias finalmente las arrestaron, fueron condenadas y ejecutadas. Cantaron himnos camino al cadalso.

El 25 de septiembre de 2026, León XIV, desde el Palacio del Elíseo, elogió el lema revolucionario de Francia: libertad, igualdad y fraternidad, declarando que sus principios encuentran inspiración y plenitud en el Evangelio. Asimismo, reconoció a la Ilustración francesa importantes avances en materia de derechos humanos, en particular la libertad religiosa.

El contraste provoca repugnancia.

Las autoridades revolucionarias francesas que persiguieron a la Iglesia confiscaron bienes eclesiásticos, reprimieron a las comunidades religiosas, subordinaron al clero al Estado y procesaron a los sacerdotes que se negaron a someterse. La propaganda revolucionaria incluso exhibía el lema extendido: “Libertad, Igualdad, Fraternidad... o Muerte”. Un ejemplo que se conserva forma parte de la colección del Museo Carnavalet:


Casi dos siglos y medio después, un hombre que reclama la sucesión de los papas que condenaron esos principios revolucionarios se presentó ante el gobierno de Francia y elogió su lema nacional.

Lo hizo sin tener en cuenta el contexto histórico que sus predecesores consideraban indispensable.

Pío VI ya puso esta revolución a prueba

El punto de partida adecuado es Pío VI, quien se enfrentó directamente a la Revolución mientras esta se desarrollaba.

Pío VI

En Quod aliquantum, publicado el 10 de marzo de 1791, condenó la Constitución Civil del Clero y cuestionó la concepción de libertad e igualdad de la Asamblea revolucionaria. En particular, rechazó el supuesto derecho natural a la libertad irrestricta de opinión y expresión religiosa. Consideraba que dicha concepción de la libertad era incompatible con las obligaciones del hombre para con Dios y la autoridad de la Iglesia.

Pío VI se enfrentaba a algo más trascendental que un debate terminológico. El Estado francés intentaba reorganizar la vida eclesiástica católica según principios políticos revolucionarios.

El Estado determinaría los límites eclesiásticos. Intervendría en el nombramiento de obispos y sacerdotes. El clero estaría obligado a jurar lealtad al nuevo ordenamiento jurídico.

Quienes se negaron fueron tratados como enemigos de la Revolución.

Los acontecimientos posteriores demostraron la escasa protección que las declaraciones revolucionarias ofrecían a los católicos que no estaban dispuestos a abandonar sus obligaciones religiosas.

Posteriormente, León XIII expuso sistemáticamente el problema subyacente en Immortale Dei. Criticó las teorías de gobierno que sitúan la fuente última de autoridad en el pueblo, excluyendo las obligaciones de la sociedad para con Dios. También rechazó la afirmación de que el Estado deba considerar a todas las religiones como igualmente verdaderas o con el mismo derecho a su aprobación.

La misma encíclica distinguía explícitamente estos principios condenados de la participación política legítima, la libertad legal y la tolerancia religiosa prudente.

Esa distinción es indispensable.

Pío VI y León XIII enseñaron que la filosofía revolucionaria que separaba esos conceptos de la ley divina y de los derechos de la Iglesia era intrínsecamente malvada.

Pero ayer, León XIV empleó el mismo vocabulario que provocó esas condenas, sin ofrecer prácticamente ninguna de las distinciones teológicas correspondientes.

La pregunta es por qué.

Los mártires ausentes del discurso en el Elíseo

Las declaraciones de Leon fueron especialmente llamativas porque comenzó elogiando la herencia cristiana de Francia.

Invocó a San Ireneo, el bautismo de Clodoveo, la tradición intelectual francesa y la magnífica restauración de Notre-Dame. Luego, repasó el Renacimiento y la Ilustración hasta llegar al lenguaje moderno de los derechos humanos y el lema nacional de Francia.

La secuencia crea una narrativa fluida de “progreso” histórico.

La Francia cristiana contribuyó a la civilización. La Ilustración promovió los derechos humanos. La Francia revolucionaria ofreció libertad, igualdad y fraternidad. León explicó cómo estos principios se materializan en el Evangelio.

La historia de la persecución de la Iglesia durante la Revolución desaparece del relato.

Las dieciséis carmelitas de Compiègne habrían complicado considerablemente esa historia.

Lo mismo ocurriría con el clero disidente que prefirió sufrir prisión y deportación antes que someterse al control revolucionario. Lo mismo sucedería con la supresión de las comunidades religiosas y la transformación de las iglesias en instrumentos de religión cívica revolucionaria.

Un obispo católico que se dirige al gobierno francés no tiene por qué dedicar todo su discurso a la persecución del siglo XVIII. Pero cuando opta por alabar la contribución de la Ilustración a la libertad religiosa e interpretar el lema revolucionario a través del Evangelio, esta omisión adquiere un significado teológico.

El trato que la Revolución dio a los católicos estaba directamente relacionado con su concepción de la soberanía política y la autoridad religiosa.

Un análisis de esa libertad que omita ese conflicto ofrece una visión incompleta de lo que las autoridades revolucionarias creían que la libertad les permitía hacer.

Existe una alternativa católica evidente. León podría haber afirmado la verdadera libertad, la igualdad ante Dios y la fraternidad en Cristo, al tiempo que recordase explícitamente las desastrosas consecuencias de su reinterpretación revolucionaria.

En cambio, dejó la distinción prácticamente sin especificar.

Su condena, por separado, de las amenazas a la vida humana no nacida y vulnerable, su defensa de la educación católica y su crítica al secularismo coercitivo son partes genuinas del discurso. También demuestran que no tuvo dificultad en introducir explícitamente principios morales católicos cuando los consideró necesarios.

La cuestión sin resolver es por qué faltó la misma claridad cuando abordó la herencia política central de la Revolución.

Vaticano II: Cuando la Revolución Francesa llegó a Roma

Hay una notable ironía histórica en los elogios que León hizo al lema de la Revolución Francesa. Hace más de sesenta años, una de las figuras más influyentes del concilio Vaticano II estableció precisamente la conexión que los católicos tradicionalistas han estado debatiendo desde entonces.

Leon-Joseph Suenens

El “cardenal” Leon-Joseph Suenens de Bélgica, uno de los cuatro “moderadores” del concilio, es ampliamente citado por declarar: “El Concilio Vaticano II es la Revolución Francesa en la Iglesia”. (Fraternidad = Ecumenismo, Igualdad = Colegialidad, Libertad = Libertad Religiosa). El arzobispo Marcel Lefebvre reprodujo esta declaración en el capítulo 14 de su Carta abierta a los católicos perplejos, utilizándola para argumentar que el concilio había introducido principios muy liberales que Papas anteriores habían condenado. La cita está documentada en el relato de Lefebvre.

Lefebvre interpretó la comparación como una advertencia. Suenens, según su relato, consideraba el concilio como una conclusión bienvenida a una era eclesiástica anterior. Su desacuerdo radicaba en la relación de la Iglesia con la modernidad, en particular la libertad religiosa, la autoridad eclesiástica y el lugar del catolicismo en la vida pública.

Pero Suenens no fue ni mucho menos el único “teólogo” conciliar destacado que reconoció la conexión histórica.

Joseph Ratzinger, futuro Benedicto XVI, hizo una observación extraordinariamente reveladora en sus Principles of Catholic Theology (Principios de Teología Católica). Describió Gaudium et Spes, junto con la enseñanza del concilio sobre la libertad religiosa y otras religiones, como una especie de “ContraSyllabus”. Caracterizó el proyecto conciliar como un intento de reconciliación oficial entre la Iglesia y el mundo moderno surgido de la Revolución Francesa de 1789. Ratzinger consideraba esa reconciliación un aspecto importante del propósito histórico del concilio; los críticos tradicionalistas han citado repetidamente este pasaje como prueba de una ruptura con la enseñanza papal anterior.

Eso hace que el discurso de Leon en el Elíseo sea particularmente significativo.

La conexión entre el concilio Vaticano II y la herencia política de 1789 ya está presente en los escritos de “figuras conciliares” destacadas. El discurso de León sigue esa trayectoria intelectual. Celebra la contribución de la Ilustración a la libertad religiosa, interpreta el lema revolucionario de Francia a través del Evangelio y respalda una concepción de gobierno secular que acoge la participación religiosa sin privilegiar ninguna confesión en particular.

Para los católicos, la objeción central concierne a la reconciliación misma. La concepción revolucionaria de la libertad religiosa y la soberanía política entra en conflicto con los derechos públicos de Cristo y su Iglesia, tal como los enseñaron Pío IX, León XIII y Pío X.

San Pío X ya había abordado una controversia muy similar en su encíclica Notre Charge Apostolique de 1910. Condenando el movimiento “católico” francés conocido como Le Sillon, acusó a sus líderes de intentar conciliar los ideales políticos revolucionarios con el Evangelio y denunció específicamente como blasfemas ciertas comparaciones que establecían entre el cristianismo y la Revolución.

El contraste teológico es inconfundible. Mientras que Pío X consideraba que la reconciliación de los ideales revolucionarios con el cristianismo por parte de Le Sillon representaba un grave peligro, el proyecto conciliar identificado por Ratzinger buscaba un nuevo entendimiento entre el catolicismo y el mundo posterior a 1789.

La dirección de Leon pone ese alojamiento en un lugar destacado.

La corona de espinas no puede separarse del reinado de Cristo

“Y Jesús le dijo: Judas, ¿con un beso traicionas al Hijo del hombre?”

Esa misma tarde, León visitó Notre-Dame y veneró la Corona de Espinas antes de presidir las Vísperas.

Las dos apariciones crearon una notable yuxtaposición teológica.

En el Elíseo, elogió las posibilidades éticas del lema nacional de la República Francesa. En Notre-Dame, veneró una reliquia asociada al sufrimiento y la realeza de Jesucristo.

La Corona de Espinas evoca al Rey cuya autoridad emana de Dios y cuyo reino impone obligaciones a toda conciencia humana.

Para la teología católica tradicional, la realeza social de Cristo es, por lo tanto, fundamental para cualquier explicación de la libertad política.

Pío XI explicó ese principio en Quas Primas. La sociedad civil no puede tratar la autoridad de Cristo como una mera preferencia espiritual privada sin menoscabar su comprensión de la obligación política.

León XIII había desarrollado la enseñanza correspondiente sobre los deberes de los estados en Immortale Dei.

La cuestión que plantea la visita de León concierne a la relación entre esas doctrinas y su presentación del laicismo francés moderno.

En su discurso en el Elíseo, propuso una concepción del gobierno laico que acoge las contribuciones religiosas al bien común, al tiempo que protege la diversidad de conciencias.

Ese marco difiere sustancialmente de la enseñanza papal anterior sobre los deberes de las sociedades católicas para con la verdadera religión.

La Corona de Espinas hace inevitable la pregunta que faltaba: ¿qué autoridad tiene Cristo sobre la vida pública de las naciones?

Una concepción católica de la libertad que deja indistinta la realeza de Dios no ha logrado explicar el principio mismo que los Papas anteriores consideraban fundamental.

El último documento de Roma le da a Cristo el último lugar de una iglesia

El discurso pronunciado en París no surgió de forma aislada.

El 16 de septiembre, tres dicasterios vaticanos publicaron “Un camino de esperanza”, conmemorando sesenta años de diálogo interreligioso tras la publicación de Nostra Aetate. León había aprobado el documento el 22 de junio y ordenado su publicación.

Su párrafo inicial plantea una afirmación de gran trascendencia: El 28 de octubre de 1965, la Declaración del Concilio Vaticano II Nostra aetate, “sobre las relaciones de la Iglesia con las religiones no cristianas”, abría un nuevo capítulo en la historia de las relaciones entre católicos, judíos y creyentes de otras confesiones y tradiciones espirituales.

La palabra “abría un nuevo capítulo” está desempeñando un papel importante allí.

Un cambio en el tono diplomático es una cosa. Un cambio en la comprensión teológica plantea una cuestión mucho más sustancial sobre la continuidad con la doctrina católica anterior.

El párrafo 10 agrava esa dificultad.

Describe el cristianismo primitivo como un movimiento que se desarrolló a partir de Jesús y sus discípulos, diferenciándose gradualmente de las formas contemporáneas del judaísmo. La siguiente frase describe cómo los primeros cristianos adaptaron los principios judíos heredados a sus circunstancias después de la Pascua.

El cristianismo surgió históricamente dentro de un entorno religioso judío. La diferenciación entre los primeros cristianos y otras comunidades judías se fue desarrollando con el tiempo.

Pero la doctrina católica no describe el fundamento divino de la Iglesia como el producto final de esa diferenciación histórica.

Cristo estableció su Iglesia. Eligió a los Apóstoles, confió la primacía a Pedro, instituyó la Eucaristía y encomendó a sus seguidores la tarea de bautizar y enseñar a todas las naciones.

Se trata de actos constitutivos, no meras etapas en el desarrollo de un movimiento religioso.

Pío XII explicó el fundamento divino de la Iglesia en Mystici Corporis Christi. San Pío X defendió la misma verdad esencial cuando condenó la reconstrucción modernista de los orígenes del cristianismo.

El relato histórico que ofrece la nueva “Nota” del Vaticano pone el énfasis en otro lugar.

San Pío X condenó este vocabulario por una razón

En Lamentabili sane exitu, el Santo Oficio condenó sesenta y cinco proposiciones con la aprobación de San Pío X.

La Proposición 59 rechazó la afirmación de que Cristo simplemente inauguró un movimiento religioso capaz de adaptarse a diferentes circunstancias históricas, en lugar de transmitir un cuerpo doctrinal determinado.

La proposición 60 rechazaba la teoría de que la enseñanza cristiana evolucionó sucesivamente desde su forma judía original a través de las etapas paulina, joánica y helenística. La proposición 52 se refería a la negación de la intención de Cristo de establecer una Iglesia perdurable.

El lenguaje de “Un camino de esperanza” guarda un parecido inconfundible con el marco histórico al que se refieren esas condenas.

La responsabilidad de la explicación recae directamente sobre los autores de un documento vaticano que elige ese lenguaje al tratar precisamente el tema en el que Pío X insistió en la claridad doctrinal.

¿Por qué describir a la Iglesia principalmente como el desarrollo histórico de un movimiento religioso cuando la enseñanza católica proporciona una explicación mucho más precisa de su origen?

¿Por qué hacer hincapié en la adaptación mientras se deja sin mencionar la institución de la Iglesia por parte de Cristo en ese punto crucial?

El problema se agrava especialmente porque este documento proviene de los dicasterios responsables de la doctrina, la unidad cristiana y el diálogo interreligioso.

Estas son precisamente las autoridades encargadas de proteger las distinciones que su propio lenguaje ahora dificulta discernir.

La catedral de Colonia se convierte en un espacio para discursos ecuménicos

El mismo día en que Leon habló en París, la catedral de Colonia acogió un servicio ecuménico dedicado a la cohesión social.

Katrina Göring-Eckardt

Las oradoras principales fueron Dörte Diemert, tesorera municipal católica de Colonia, y Katrin Göring-Eckardt, política protestante del Partido Verde alemán. Ambas pronunciaron un sermón conjunto. La archidiócesis de Colonia difundió el evento, que se organizó a través de la red ecuménica de la ciudad.

Se trataba de un servicio ecuménico, no de una misa católica. Por lo tanto, sería inexacto acusar a sus organizadores de permitir que un político protestante pronunciara la homilía durante la misa.

Esa distinción no resuelve la cuestión eclesiológica.

La catedral de Colonia existe principalmente para el culto católico. Los organizadores utilizaron su entorno sagrado para una ceremonia centrada en la cohesión social, las diferencias religiosas y el diálogo entre distintos sectores políticos.

Estas preocupaciones tienen una legítima relevancia cívica. Sin embargo, la elección de los oradores y los temas tratados plantea interrogantes sobre el propósito específicamente católico de la reunión.

¿Servía la catedral como escenario para la proclamación de la doctrina católica, o su significado religioso se había convertido principalmente en una fuente de prestigio para un debate sobre la cooperación social?

La crítica católica tradicional al ecumenismo se centra precisamente en este peligro: la unidad se convierte en un proyecto humano común, mientras que la unidad sobrenatural que Cristo estableció en su Iglesia pasa a un segundo plano.

En Mortalium Animos, Pío XI advirtió contra las iniciativas religiosas que oscurecen las diferencias doctrinales en la búsqueda de la solidaridad cristiana general.

Su preocupación merece una respuesta sustancial. El mero hecho de afirmar que el diálogo fomenta la fraternidad deja sin abordar la cuestión de la verdad sobre la cual debe fundamentarse la unidad cristiana.

Un teólogo alemán descubre que el islam es una forma alternativa del cristianismo

Oliver Wintzek

Otro artículo publicado por katholisch.de el 11 de septiembre ofrece otro ejemplo de la misma tendencia intelectual.

Oliver Wintzek, “profesor” de teología dogmática y fundamental en Maguncia que también ejerce como “sacerdote” en Mannheim, argumentó que el Islam puede entenderse como una forma alternativa del cristianismo bizantino.

Entre sus pruebas se encontraba San Juan Damasceno, quien clasificó al islam como una herejía cristiana. Wintzek utilizó esa clasificación histórica para enfatizar la relación del islam con las disputas teológicas cristianas y se refirió a los musulmanes como los hermanos menores del cristianismo.

La dificultad reside en lo que se le pide a la clasificación histórica que establezca.

San Juan Damasceno examinó el islam en relación con las herejías cristianas. Esto reflejaba sus conexiones históricas con las ideas cristianas y sus afirmaciones sobre Jesús y María.

Eso no significaba que el Islam constituyera otra expresión ortodoxa del cristianismo.

El islam rechaza la Trinidad y la divinidad de Cristo. Estas son doctrinas cristianas fundamentales.

Un estudio de la historia religiosa puede explorar legítimamente los orígenes y el desarrollo de la enseñanza islámica. Pero esa investigación no puede borrar la distinción doctrinal entre el cristianismo y una religión que niega dogmas cristianos esenciales.

La comparación que hace Wintzek ilustra el riesgo de hacer que la proximidad histórica cumpla la función del acuerdo teológico.

No puede zanjar la doctrina de la Trinidad.

La distinción que Roma sigue sin mencionar

Lo más preocupante de estos acontecimientos es su efecto acumulativo.

El discurso de León en el Elíseo subraya las posibilidades cristianas del lema revolucionario de Francia, dejando en gran medida sin abordar la antigua condena papal de su interpretación revolucionaria.

El nuevo documento del Vaticano describe los orígenes del cristianismo a través del lenguaje del movimiento histórico y la adaptación, pero deja la institución divina de la Iglesia por parte de Cristo insuficientemente explícita en el punto crítico.

La ceremonia de Colonia sitúa el diálogo ecuménico y cívico en el centro de un evento que tiene lugar en uno de los edificios sagrados más destacados del catolicismo.

El artículo de Wintzek lleva la relación histórica entre el cristianismo y el islam hasta tal punto que sus diferencias doctrinales fundamentales corren el riesgo de quedar en segundo plano.

La enseñanza católica tradicional consideraba que las distinciones entre religión verdadera y falsa, revelación divina y desarrollo humano, libertad legítima e indiferentismo religioso, y la Iglesia Católica y otros cuerpos religiosos eran esenciales para la integridad de la fe.

El lenguaje contemporáneo que aquí se examina pone repetidamente el énfasis en otra parte.

Ese patrón supone un serio desafío a las afirmaciones de continuidad doctrinal ininterrumpida.

La aparición de León en el Elíseo constituye un ejemplo particularmente llamativo, dado lo directo que fue el conflicto histórico.

Pío VI se enfrentó a un Estado revolucionario que intentaba someter a la Iglesia a su autoridad. Posteriormente, León XIII explicó por qué la filosofía política que subyacía a tales pretensiones contradecía la concepción que la Iglesia tenía de los deberes de la sociedad para con Dios.

Ayer, León XIV elogió la promesa ética del lema más famoso de la revolución sin explicar claramente su juicio anterior.

Las dieciséis carmelitas de Compiègne no entregaron sus vidas por una abstracción llamada fraternidad. Prefirieron morir antes que abandonar sus obligaciones para con Cristo y su Iglesia.

Su testimonio plantea una cuestión que ninguna elocuencia diplomática puede eludir.

Cuando el lenguaje político o religioso moderno entra en conflicto con la fe católica, ¿cuál debe corregirse?

¿El lenguaje de la época o la fe transmitida de generación en generación?
 

MÁS FRAGMENTOS DE CARTAS DE LOS SECTARIOS (3)

Continuamos con la publicación del tercer y último Tomo del libro “La Conjuración Anticristiana” de Monseñor Henri Delassus, publicado el año 1910.


TOMO I: LA CONJURACIÓN ANTICRISTIANA

TOMO II: EL AMERICANISMO Y LA CONJURACIÓN ANTICRISTIANA


VIII. — CARTA DE FELICE, escrita desde Ancona, el 11 de junio de 1829, después de la publicación de la Encíclica de Pío VIII, en fecha del 24 de mayo de 1829. La Alta Vendita, al leerla, se había sentido traicionada (1).

“Es preciso frenar momentáneamente la actividad y dar tiempo a que se calmen las sospechas del viejo Castiglioni (2). Ignoro si se ha cometido alguna indiscreción y si, a pesar de todas nuestras precauciones, alguna de nuestras cartas ha caído en manos del Cardenal Albani. Ese zorro austriaco —que no es mejor que Bernetti, el león de Fermo— no nos dejará tranquilos. Ambos se ensañan con los Carbonarios; los persiguen y acosan en connivencia con Metternich; y esta cacería, en la que sobresalen, podría llevarles muy bien a descubrir nuestro rastro. La encíclica truena y precisa las cosas con tal certeza que debemos temer asechanzas, ya sea por parte de Roma o incluso de los falsos hermanos. Aquí no estamos acostumbrados a ver al Papa expresarse con semejante determinación. Ese lenguaje no es propio de los usos de los palacios apostólicos: para que se haya empleado en esta circunstancia solemne, es preciso que Pío VIII haya obtenido pruebas de la conspiración. Corresponde a quienes están sobre el terreno velar con más cuidado que nunca por la seguridad de todos; pero, ante una declaración de guerra tan explícita, desearía que se considerara oportuno deponer las armas por un momento.

La independencia y la unidad de Italia son quimeras, al igual que la libertad absoluta cuyo sueño persiguen algunos de nosotros mediante abstracciones inaplicables. Todo ello es un fruto que el hombre jamás podrá recoger; pero, más quimera que realidad, produce cierto efecto en las masas y en la juventud exaltada. Sabemos a qué atenernos respecto a estos dos principios: están vacíos y siempre lo estarán; no obstante, constituyen un medio de agitación del que no debemos prescindir. Agitad discretamente, inquietad a la opinión pública, mantened en jaque al comercio; pero, sobre todo, no os dejéis ver. Es el medio más eficaz para sembrar sospechas sobre el gobierno pontificio. Los sacerdotes se muestran confiados porque creen dominar las almas; presentadlos como seres recelosos y pérfidos. La multitud siempre ha tenido una enorme propensión a creer en falsedades. Engañadla: le gusta ser engañada; pero sin precipitaciones y, sobre todo, nada de levantamientos armados. Nuestro amigo de Osimo, que ha sondeado el terreno, afirma que debemos cumplir valientemente con el precepto pascual y adormecer así la vigilancia de la autoridad.

Suponiendo que la Corte romana no sospeche nada de nuestras tratativas, ¿cree usted que la actitud de los fanáticos del Carbonarismo no podría, de un momento a otro, ponerla sobre nuestra pista? Jugamos con fuego; no debemos permitir que acabemos quemándonos nosotros mismos. Si, a fuerza de asesinatos y bravatas liberales, los Carbonarios arrastran a Italia a una nueva aventura, ¿no debemos temer vernos comprometidos? Para dar a nuestro plan toda la amplitud que requiere, debemos actuar con discreción, sigilosamente, ganando terreno poco a poco y sin perder jamás lo conseguido. El relámpago que acaba de surgir de la logia vaticana podría anunciar una tormenta. ¿Estamos en condiciones de evitarla? ¿Y no retrasará esa tormenta nuestra cosecha? Los Carbonarios se agitan en mil deseos estériles; cada día profetizan una conmoción universal. Eso es lo que nos perderá, pues entonces los bandos estarán más definidos y habrá que optar a favor o en contra. De esa elección surgirá inevitablemente una crisis, y de esa crisis, un aplazamiento o desgracias imprevistas”.

IX. — CARTA DE NUBIUS A VINDICE, tras las insurrecciones de febrero de 1831 y de enero de 1832.

“Zucchi, Sercognani, Armandi y todos nuestros viejos espadachines del Imperio actuaron como verdaderos colegiales de vacaciones. Tuvieron la fe de un martirio estéril, o más bien quisieron hacer brillar al sol las lujosas charreteras que les regalaron las logias masónicas de las Legaciones. Estas escaramuzas, de las que siempre me fue imposible augurar nada bueno, tuvieron, sin embargo, una ventaja: se llevan al exilio a una multitud de fanáticos sin juicio que aquí nos comprometían y que arden en deseos de averiguar si el pan del extranjero es tan amargo como afirma Dante. Aseguro que estos héroes, que se disponen a huir, no compartirán la opinión del poeta. La escalera del extranjero no les parecerá más dura de subir que la del Capitolio. Eso sí, dentro de unos meses, por fin nos serán útiles para algo. Nos serviremos de las lágrimas reales de la familia y de los supuestos dolores del exilio para convertir la amnistía en un arma popular. La pediremos siempre —felices de no obtenerla sino lo más tarde posible—, pero la pediremos a gritos.

 

Terenzio Mamiani della Rovere

Nuestros ocho años de labor interna habían dado excelentes frutos. Para espíritus tan avezados como los nuestros, empezaba a percibirse que el aire no circulaba con tanta libertad en torno a la Iglesia. Mi oído, siempre alerta como el de un perro de caza, captaba con deleite los suspiros del alma y las confesiones involuntarias que escapaban de labios de ciertos miembros influyentes de la familia clerical. A pesar de las bulas de excomunión y de las encíclicas, nos pertenecían de corazón, si no de cuerpo. El Memorándum habría culminado la obra mediante el desarrollo de sus consecuencias inglesas y naturales (3). Síntomas de diversa índole —cuya gravedad residía más en el fondo que en la forma— aparecían como densas nubes presagio de una tormenta. ¡Pues bien! Todos estos éxitos, preparados con tanta antelación, se ven comprometidos por unas expediciones lamentables que terminan aún peor de lo que empezaron. El pequeño Mamiani, con su poesía y sus panfletos; Pietro Ferretti, con sus turbios negocios que intenta ocultar; Orioli, con su ciencia estancada; todos nuestros exaltados de Bolonia, con su instinto belicoso que se apacigua al primer cañonazo, alejan de nosotros al sacerdocio por lo menos durante diez años. Se le dice al sacerdote que se atenta contra la Iglesia, contra el Papa, contra el Sacro Colegio, contra la Prelatura, etc. Y el sacerdote —que, en su condición de tal, considera todos esos bienes y honores como su propio patrimonio— se pone a reflexionar. El liberalismo se le presenta con el rostro de un enemigo implacable, y el sacerdote le declara una guerra a muerte. He aquí lo que sucede. Parece que el Cardenal Bernetti intuye nuestros planes, pues las órdenes que emanan de él —y que se me comunican— instruyen a monjes y párrocos para que se pongan al frente de la población y la lleven al combate contra los rebeldes. Monjes y párrocos obedecen; el pueblo les sigue clamando venganza. Un obispo fue aún más lejos: armado con dos pistolas al cinto, marchó contra los insurgentes y estuvo a punto de matar a su propio hermano en la refriega. Me gusta esa evocación de Caín y Abel. Desde la perspectiva de los odios familiares tiene su lado positivo, pero es incompatible con nuestros planes.


Cardenal Tomasso Bernetti

Los franceses parecen haber nacido para nuestra desgracia. Nos traicionan o nos comprometen. ¿Cuándo podremos retomar, ahora con serenidad, la obra en torno a la cual habíamos reunido tantos elementos de éxito?”

X. — CARTA DE MALÉGARI DIRIGIDA DESDE LONDRES AL DOCTOR BREIDENSTEIN, en 1835.

“Formamos una asociación de hermanos en todos los puntos del globo; tenemos votos e intereses comunes: todos aspiramos a la emancipación de la humanidad; queremos romper todo tipo de yugo, y existe uno que no se ve, que apenas se siente y que pesa sobre nosotros. ¿De dónde viene? ¿Dónde está? Nadie lo sabe, o al menos nadie lo dice. La asociación es secreta, incluso para nosotros, los veteranos de las asociaciones secretas. Se nos exigen cosas que, a veces, ponen los pelos de punta; ¿y creería usted que me informan desde Roma de que dos de los nuestros, bien conocidos por su odio al fanatismo, se vieron obligados, por orden del jefe supremo, a arrodillarse y comulgar en la pasada Pascua? No cuestiono mi obediencia, pero confieso que me gustaría saber adónde nos conducirán semejantes actos de sumisión servil.

XI. — CARTA DE NUBIUS A BEPPO, del 7 de abril de 1836.

Ya sabe que Mazzini se consideró digno de colaborar con nosotros en la obra más grandiosa de nuestros tiempos. La Vendita Suprema no lo estimó así. Mazzini tiene demasiado aire de conspirador de melodrama para encajar en el papel discreto que nosotros nos resignamos a desempeñar hasta alcanzar el triunfo. A Mazzini le gusta hablar de muchas cosas, y sobre todo de sí mismo. No cesa de escribir que derriba tronos y altares, que fecunda a los pueblos, que es el profeta del humanitarismo, etcétera; y todo ello se reduce a unas cuantas derrotas lamentables o a asesinatos tan vulgares que despediría de inmediato a uno de mis lacayos si se atreviera a librarme de un enemigo mediante procedimientos tan vergonzosos. Mazzini es un semidiós para los necios ante quienes intenta hacerse proclamar pontífice de la fraternidad, de la cual él sería el dios italiano. En la esfera en que se mueve, el pobre Giuseppe no pasa de ser ridículo; para convertirse en una auténtica fiera, siempre le faltarán las garras.

Giuseppe Mazzini

Es el burgués gentilhombre de las sociedades secretas que mi querido Molière no tuvo la suerte de vislumbrar. Dejémosle pregonar su importancia y su vacuidad real por las tabernas del lago Lemán o esconderlas en los lupanares de Londres. Que diserte o divague; que fabrique a su antojo —ya sea con viejos restos de insurrecciones o con su general Ramorino— jóvenes Italias, jóvenes Alemanias, jóvenes Francias, jóvenes Polonias, jóvenes Suizas, etcétera. Si eso sirve de alimento a su insaciable orgullo, no nos oponemos; pero hágale entender —eligiendo las palabras según le convenga— que la asociación de la que ha hablado ya no existe, si es que alguna vez existió; que usted no la conoce y que, sin embargo, debe declararle que, de existir, él habría tomado sin duda el peor camino para ingresar en ella. Admitiendo el caso de su existencia, esa Vendita está evidentemente por encima de todas las demás; es San Juan de Letrán, caput et mater omnium ecclesiarum. A ella se ha convocado a los elegidos, a los únicos considerados dignos de ser admitidos. Hasta el día de hoy, Mazzini habría quedado excluido: ¿acaso no cree que, al inmiscuirse por la fuerza o por astucia en un secreto que no le pertenece, tal vez se expone a peligros que ya ha hecho correr a más de uno?

Disponga de esta última idea a su antojo, pero hágasela llegar al gran sacerdote del puñal; y yo, que conozco su consumada prudencia, apuesto a que tal idea surtirá efecto en el rufián”.

Continúa...

Notas:

1) Fragmento de Traditi Humilitati, la encíclica emitida por el Papa Pío VIII el 24 de mayo de 1829:

Así, habiendo evitado la distorsión de las sagradas escrituras, es vuestro deber, Venerables Hermanos, dirigir vuestros esfuerzos contra esas sociedades secretas de hombres facciosos, que, enemigos de Dios y de los Príncipes, están todos empeñados en provocar la ruina de la Iglesia, socavar los Estados y subvertir el orden universal; y, habiendo roto el freno de la verdadera fe, han abierto el camino a toda clase de maldades. Se esfuerzan por ocultar en la oscuridad de los ritos arcanos la iniquidad de sus concilios y las decisiones que en ellos se toman, y por ello han despertado graves sospechas sobre aquellos hechos infames que por la tristeza de los tiempos, como por un resquicio de un abismo, irrumpieron hasta la ofensa suprema del consorcio religioso y civil. Por ello, los Sumos Pontífices Clemente XII, Benedicto XIV, Pío VII y León XII (Clemente XII, con la constitución In eminenti; Benedicto XIV con la constitución Pro vidas; Pío VII, con la constitución Ecclesiam a Jesu Christo; León XII con la constitución Quo graviora), de quien somos sucesores, aunque seamos muy inferiores en méritos, excomulgaron a esas sociedades secretas (cualquiera que sea su nombre) por cartas apostólicas públicas, cuyas disposiciones confirmamos en la plenitud de Nuestro poder apostólico, ordenando su escrupulosa observancia. Con todo Nuestro celo, procuraremos que la Iglesia y la sociedad civil no reciban ningún daño de la conspiración de tales sectas, e invocamos vuestra asiduidad diaria en este empeño, para que, vistiendo la armadura de la constancia y fortaleciendo válidamente la unidad de los espíritus, podamos sostener nuestra causa común, o más bien la causa de Dios, para destruir los baluartes levantados por la fétida impiedad de los hombres malvados.

Entre todas estas sociedades secretas, hemos decidido describir una en particular, que se ha formado recientemente con el propósito de corromper las mentes de los adolescentes que asisten a gimnasios y escuelas secundarias. Esta secta se esfuerza, con astucia, en emplear maestros corruptos que conducen a sus discípulos por los caminos de Baal, con doctrinas contrarias a Dios, sabiendo muy bien que las mentes y la moral de los alumnos son moldeadas por los preceptos de los maestros.

Nos lleva, pues, a lamentar que el libertinaje de la juventud haya llegado a quitarle el miedo a la religión, a rechazar la disciplina de la moral, a oponerse a la santidad de la más pura doctrina, a pisotear los derechos del poder religioso y civil, a no avergonzarse ya de ningún crimen, de ningún error, de ninguna audacia, de modo que podemos decir de ellos, con León Magno: "Su ley es la mentira, el diablo es su religión, la bajeza su culto". Apartad todos estos males de vuestras diócesis, oh Hermanos, y, con lo mejor de vuestra autoridad e influencia, procurad que se confíe la educación de la juventud a hombres eminentes no sólo por su cultura literaria, sino sobre todo por su pureza de vida y piedad.

...

Puesto que en todas partes hay una gran proliferación de libros malos, mediante los cuales la enseñanza de los impíos se extiende como un tumor por todo el cuerpo de la Iglesia (2 Tim. 2:17), vigilad vuestro rebaño y no rehuyáis ningún esfuerzo para conjurar la plaga de esos libros, de los cuales nada es más pernicioso; advertid a las ovejas de Cristo que os han sido confiadas con las palabras de Pío VII, Nuestro santísimo predecesor y benefactor (In litt. encyclicis ad universos episcopos datis Venetiis), según la cual el rebaño debe considerar como pastos sanos (y alimentarse de ellos) sólo aquellos a los que la voz y la autoridad de Pedro lo han invitado; si esa voz causa desconfianza en él y lo llama a retirarse a otros pastos, que los considere perjudiciales y pestíferos, que se aleje de esa voz con horror, que no se deje engañar por ninguna apariencia o adulación perversa.

2) El Cardenal Castiglioni acababa de ser nombrado Papa con el nombre de Pío VIII.

3) MEMORANDUM:

1. A los representantes de las cinco Potencias les parece que, en lo que respecta a la Iglesia, y en aras del interés general de Europa, están en juego dos puntos fundamentales: 1º que el gobierno de este Estado se asiente sobre bases sólidas gracias a las mejoras proyectadas y anunciadas por Su Santidad desde el comienzo de su reinado; 2º que dichas mejoras —las cuales, según la expresión del edicto de Su Excelencia Monseñor el Cardenal Bernetti, inaugurarán una nueva era para los súbditos de Su Santidad— queden protegidas, mediante una garantía interna, frente a los cambios inherentes a la naturaleza de todo gobierno electivo.

II. — Para alcanzar este saludable objetivo, que por la posición geográfica y social del Estado de la Iglesia, es de interés europeo, parece imprescindible que la declaración orgánica de Su Santidad parta de dos principios vitales:

1º De la aplicación de las mejoras en cuestión, no solo a las provincias donde estalló la revolución, sino también a las que permanecieron fieles y a la capital;

2º De la admisibilidad general de los laicos para desempeñar funciones administrativas y judiciales.

III. — Las propias mejoras parecen deber abarcar, en primer lugar, el sistema judicial y el de la administración municipal y provincial.

A. En lo que respecta al orden judicial, parece que la plena ejecución y el consiguiente desarrollo de las promesas y principios del motu proprio de 1816 ofrecen los medios más seguros y eficaces para remediar las quejas, bastante generalizadas, relativas a esta parte tan interesante de la organización social.

B. En lo que respecta a la administración local, parece que el restablecimiento y la organización general de los municipios elegidos por la población, así como el establecimiento de franquicias municipales que regulen la actuación de dichos municipios en defensa de los intereses locales de las comunas, deberían constituir la base indispensable de toda mejora administrativa.

En segundo lugar, la organización de consejos provinciales —ya sea un consejo administrativo permanente destinado a asistir al gobernador de la provincia en el ejercicio de sus funciones con atribuciones adecuadas, o bien una asamblea más amplia, integrada principalmente por miembros de los nuevos municipios y destinada a ser consultada sobre los asuntos de mayor interés para la provincia— parece sumamente útil para lograr la mejora y simplificación de la administración, supervisar la administración municipal, establecer impuestos e informar al gobierno sobre las necesidades reales de la provincia.

IV. — En lo que respecta a las finanzas, la inmensa importancia de un estado regulado de las finanzas y de tal administración de la deuda pública, que daría la tan deseable garantía para el crédito financiero del gobierno, y contribuiría esencialmente a aumentar sus recursos y asegurar su independencia, parece hacer indispensable un establecimiento central en la capital, encargado, como Tribunal Supremo de Cuentas, del control de la contabilidad del servicio anual de cada rama de la administración civil y militar, y de la supervisión de la deuda pública, con atribuciones correspondientes a los grandes y beneficiosos que pretendemos lograr.

Cuanto más posea tal institución el carácter de independencia y la impronta de la unión íntima entre el gobierno y el país, tanto más responderá a las benéficas intenciones del Soberano y a la expectativa general.

Para alcanzar este objetivo, parece conveniente que en ella se sienten personas elegidas por los consejos locales, las cuales formarían —junto con consejeros del gobierno— una junta o cuerpo consultivo administrativo. Dicha junta podría formar parte o no de un Consejo de Estado, cuyos miembros serían nombrados por el Soberano de entre las personalidades más destacadas del país por su linaje, fortuna y talento.

Sin uno o varios establecimientos centrales de esta índole, estrechamente vinculados a las personalidades más destacadas de un país rico en elementos aristocráticos y conservadores, parece que la naturaleza de un gobierno electivo privaría necesariamente a las mejoras —que constituirán la gloria eterna del Pontífice reinante— de esa estabilidad cuya necesidad se percibe de manera general y poderosa, y que se sentirá con tanta mayor intensidad cuanto más grandes y valiosos sean los beneficios aportados por el Pontífice.

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UN CATECISMO SOBRE LOS ERRORES DOCTRINALES DE LA SECTA DEL NOVUS ORDO (8)

Error relativo a la administración de los sacramentos y, en particular, de la Eucaristía a los no católicos.

Por Mark Escobar


Nota: El autor de este artículo es un laico que, en la actual crisis de la Iglesia, representada por Acción Católica, se ha permitido, mediante el uso de textos de los Papas y otros libros católicos autorizados y aprobados, escritos por autores santos y fiables, defender la fe católica. Ahora bien, si —Dios no lo quiera— algo en ello resultara contrario a la verdadera fe católica, el autor se somete de antemano a la decisión de la Santa Sede y está dispuesto a retractarse de cualquier parte de sus escritos inmediatamente al percatarse de su contradicción con las enseñanzas de la Iglesia.

******************

8. Error relativo a la administración de los sacramentos y, en particular, de la Eucaristía a los no católicos.

Pregunta: ¿No es la alteración de la ley perpetua de la Iglesia Católica relativa a la administración de la Eucaristía a los no católicos una consecuencia de su error respecto a la Iglesia de Cristo, sus miembros y aquellos que están en comunión con ella?

Respuesta: Sí.

Pregunta: ¿Cuál es la enseñanza de la Iglesia Católica con respecto a la administración de la Eucaristía a los no católicos?

Respuesta: La participación en los Sacramentos, especialmente en el Sacramento de la Eucaristía, es uno de los signos y vínculos de la unidad de la fe y de la comunión. La Iglesia Católica, que siempre ha considerado los Sacramentos como su posesión exclusiva y propia, siempre ha sostenido, en virtud de la ley divina, que su administración a personas ajenas a la Iglesia Católica está absolutamente prohibida, a menos que primero ingresen a la Iglesia Católica rechazando su herejía y cisma; ya sea que dichas personas estén fuera de la Iglesia de buena o mala fe; ya sean material o formalmente heréticas o cismáticas; incluso si solicitan el Sacramento voluntaria y libremente.

Las personas bautizadas que nacen en sectas heréticas y cismáticas, si han alcanzado la edad de razón y son menores de catorce años, están obligadas a hacer una profesión de la fe católica antes de la administración del sacramento; y si son mayores de catorce años, entonces, además de una profesión de la fe católica, deben hacer una abjuración antes de la administración del sacramento.

Pregunta: Cite varios textos de autores que escribieron sobre este tema antes del Vaticano II.

Respuesta: Respecto a esto, leemos:

La exclusión de la comunión sacramental de herejes y cismáticos es muy antigua. La herejía implicaba un error positivo y la contaminación de la doctrina de Cristo. Colocaba a grupos e individuos fuera de la Iglesia. En consecuencia, la comunicación con ellos en relaciones tan sagradas como la administración de los sacramentos era considerada, naturalmente, por los primeros Padres y cristianos como una traición a Nuestro Señor. (…) La ley divina prohíbe claramente la comunión in divinis con todos aquellos que no están plenamente de acuerdo con la Iglesia visible. Si bien la recepción del Bautismo convierte a uno en súbdito de la Iglesia, la plena pertenencia a la Iglesia como sociedad visible exige mucho más. Porque la Iglesia es la congregación de todos los fieles que profesan la misma fe, participan de los mismos sacramentos y sacrificios, y están sujetos a sus pastores legítimos, bajo la única cabeza visible, el Papa. Cualquier persona bautizada que no observe todas estas condiciones, aunque sea súbdita de la Iglesia, se encuentra en estado de deserción o rebelión. Ahora bien, los principales vínculos sociales mediante los cuales la Iglesia visible une a sus miembros consigo misma y con su esposo, Cristo, son los Sacramentos (…) Pero tanto los herejes como los cismáticos, aunque se encuentren invisiblemente dentro de la Iglesia, están externa y públicamente fuera de ella. Por lo tanto, en virtud del mandato divino, ella debe prohibir gravemente a sus ministros administrar los sacramentos a quienes se encuentren en estado de rebelión pública, ya sea de manera culpable o inculpable.

- Reverendo James Ignatius King, The Administration of the Sacraments to Dying Non-Catholics, Universidad Católica de América, [1925], págs. 61-62

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

Los herejes y cismáticos materiales, aunque incurran en error sin pecado —y, por lo tanto, no sean indignos desde esta perspectiva—, mientras no se hayan reconciliado, permanecen fuera del cuerpo de la Iglesia; para participar de los sacramentos de la Iglesia, deben primero reconciliarse con ella —tras haber abjurado (renunciado) a sus errores— y ser reintegrados al cuerpo de la Iglesia.

- Wernz-Vidal, Jus Canonicum, Romae: Apud Aedes Universitatis Gregorianae, vol. IV, [1938] n. 27, pág. 32

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

En general, cabe señalar, con respecto a la comunicación negativa, que la admisión de no católicos a la participación activa en el culto católico constituiría una violación del vínculo de unidad que debe existir entre los fieles. La unidad de los fieles debe consistir en su participación en los mismos sacramentos y en el mismo culto religioso. Si se admitiera a un no católico a la participación activa en los sacramentos de los católicos, ello implicaría la existencia de una unidad y un acuerdo en la profesión religiosa entre católicos y no católicos, como si el culto católico no difiriera sustancialmente del culto herético. (…) La razón no reside en el principio general de que los sacramentos deben negarse a los indignos, sino en el hecho de que los herejes y cismáticos están separados de la Iglesia, que posee los sacramentos como propios. … La prohibición del canon 731, §2, es general. No admite excepciones cuando un cismático no se encuentra en peligro de muerte. (…) Aquellos cismáticos que, estando de buena fe, no se encuentren en peligro de muerte, también deben ser excluidos de los sacramentos, puesto que la administración de los sacramentos fue encomendada a la Iglesia por Cristo, y solo quienes pertenecen al cuerpo de la Iglesia de Cristo tienen derecho a recibirlos. Los herejes y cismáticos, mientras no se hayan reconciliado con la Iglesia, no pertenecen en modo alguno al cuerpo de la Iglesia. Por consiguiente, deben ser excluidos de la recepción de los sacramentos de la Iglesia.

- Rev. Ignatius J. Szal, The Communication of Catholics with Schismatics, The Catholic University of America Press, [1948], págs. 151, 152

Pregunta: Ahora bien, cite los textos eclesiásticos relativos a este asunto.

Respuesta: Respecto a esto, leemos:

A los católicos no les está permitido comunicarse con herejes y cismáticos, ni escuchar sus confesiones, ni confesarse en su presencia, ni administrarles la Sagrada Eucaristía.

- Sagrada Congregación del Santo Oficio bajo el Papa Clemente XI, 15 de mayo de 1709

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

Se puede permitir el acceso de los griegos no unidos a las iglesias católicas, siempre y cuando no se les administren los sacramentos.

- Sagrada Congregación del Santo Oficio bajo el Papa Clemente XIII, 22 de septiembre de 1763

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

Ellos [es decir, los soldados rutenos y albaneses] no serán admitidos a la participación en los Sacramentos a menos que hayan dado señales suficientes de que no se han apartado de la fe y la unidad católicas, o, habiendo hecho una abjuración adecuada de la herejía y abandonado el cisma, hayan regresado al seno y la unidad de la Iglesia.

- Sagrada Congregación del Santo Oficio bajo el Papa Pío VII, 30 de julio de 1806

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

... como dijo Jerónimo, quien coma el cordero fuera de esta casa será un profano.

- Papa Pío VIII, Traditi Humilitati, 24 de mayo de 1829

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

Quien come el cordero [pascual] fuera de esta casa queda excluido de la salvación.

- Papa Gregorio XVI, Commissum Divinitus, 17 de mayo de 1835

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

... "quien come del cordero y no es miembro de la Iglesia, ha profanado".

- Papa Pío IX, Amantissimus, 8 de abril de 1862

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

La profesión de la fe católica debe exigirse a los jóvenes menores de 14 años, antes de admitirlos a los santos sacramentos; pero a los que hayan pasado los 14 años, la abjuración formal (renuncia) a la secta a la que pertenecían.

- Sagrada Congregación del Santo Oficio bajo el Papa León XIII, 8 de marzo de 1882

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

Canon 731

§ 2. Está prohibido administrar los Sacramentos de la Iglesia a herejes y cismáticos, incluso si los piden y están de buena fe, a menos que previamente, rechazando sus errores, se reconcilien con la Iglesia.

- Papa Benedicto XV, Código de Derecho Canónico, 27 de mayo de 1917

Pregunta: Después de que la secta del Novus Ordo reconociera a las Iglesias no católicas como la Iglesia de Cristo y la verdadera Iglesia, y también llamara a los seguidores de esas iglesias falsas, al igual que a los católicos, verdaderos cristianos y personas en comunión parcial con la Iglesia católica, ¿declaró, en consecuencia, que la administración de los sacramentos, y especialmente de la Eucaristía, a ellos era permisible?

Respuesta: Sí; y este cambio en la ley divina, según la admisión de un autor del Novus Ordo, es el resultado de la comprensión más profunda del concilio Vaticano II sobre la Iglesia y sus miembros; y esta definición, según la admisión de los autores del Novus Ordo, surgió de la comprensión más profunda del concilio sobre la naturaleza de la Iglesia y de las personas en comunión con ella, como leemos:

Antes del Concilio Vaticano II, la comunicación en los sacramentos entre católicos y no católicos estaba absolutamente prohibida por la normativa (cf. c. 731 § 2 CIC/1917). Este último Concilio, profundizando en los aspectos comunes que existen entre la Iglesia Católica y las iglesias y comunidades cristianas separadas, sentó las bases para una renovada acción ecuménica que contempla, entre otras cosas, la posibilidad de cierta participación en los sacramentos con algunos de ellos.

- José T. Martín de Agar, Exegetical Commentary on the Code of Canon Law, vol. III/1, [2004], pág. 410

Pregunta: Ahora bien, cite los textos de los líderes de la secta del Novus Ordo en los que permiten la administración de los Sacramentos, y en particular la Eucaristía, a los seguidores de sectas no católicas.

Respuesta: Respecto a esto, leemos:

27. (…) pueden administrarse los sacramentos de la penitencia, eucaristía y unción de los enfermos a los orientales que de buena fe viven separados de la Iglesia católica, con tal que los pidan espontáneamente y estén bien preparados.

- Concilio Vaticano II, Orientalium Ecclesiarum, 21 de noviembre de 1964

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

15. (…) estas Iglesias, aunque separadas, tienen verdaderos sacramentos y, sobre todo por su sucesión apostólica, el sacerdocio y la Eucaristía, por los que se unen a nosotros con vínculos estrechísimos, no solamente es posible, sino que se aconseja, alguna comunicación con ellos en las funciones sagradas en circunstancias oportunas y aprobándolo la autoridad eclesiástica.

- Concilio Vaticano II, Unitatis Redintegratio, 21 de noviembre de 1964

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Lata 844

§3. Los ministros católicos administran lícitamente los sacramentos de la penitencia, la Eucaristía y la unción de los enfermos a los miembros de las Iglesias orientales que no están en plena comunión con la Iglesia católica, si estos la solicitan voluntariamente y están debidamente dispuestos. Esto también aplica a los miembros de otras Iglesias que, a juicio de la Sede Apostólica, se encuentren en la misma condición respecto a los sacramentos que estas Iglesias orientales.

- Juan Pablo II, Código de Derecho Canónico, 25 de enero de 1983

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

9. (…) les autorizamos en tales casos a solicitar los Sacramentos de la Penitencia, la Eucaristía y la Unción de los Enfermos a sacerdotes legítimos de cualquiera de nuestras dos Iglesias hermanas.

- Juan Pablo II, Declaración común con el Patriarca cismático de Antioquía, 23 de junio de 1984

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

1399. (…) Una cierta comunión en sacris, y por lo tanto en la Eucaristía, “dadas las circunstancias adecuadas y la aprobación de la autoridad de la Iglesia, no solo es posible sino que se alienta.

1401 Cuando, a juicio del Ordinario, surge una grave necesidad, los ministros católicos pueden administrar los sacramentos de la Eucaristía, la Penitencia y la Unción de los Enfermos a otros cristianos que no estén en plena comunión con la Iglesia Católica, que los pidan por su propia voluntad.

- Juan Pablo II, Catecismo de la Iglesia Católica, 11 de octubre de 1992

☙❧ ☙❧ ☙❧ 

129. … también reconoce que en ciertas circunstancias, a modo de excepción y bajo ciertas condiciones, se puede permitir, o incluso recomendar, el acceso a estos sacramentos a los cristianos de otras Iglesias y comunidades eclesiales.

- Consejo Pontificio para la Promoción de la Unidad de los Cristianos bajo el pontificado de Juan Pablo II, Directorio para la aplicación de los principios y normas del ecumenismo, 25 de marzo de 1993

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58. (…) la Iglesia católica, según las circunstancias de tiempos, lugares y personas, usó y usa con frecuencia un modo de actuar más suave, ofreciendo a todos medios de salvación y testimonio de caridad entre los cristianos, mediante la participación en los sacramentos y en otras funciones y cosas sagradas”. Esta orientación teológica y pastoral, con la experiencia de los años del posconcilio, ha sido recogida por los dos Códigos de Derecho Canónico (Canon 844, §§ 2 y 3) (…) No se debe perder nunca de vista la dimensión eclesiológica de la participación en los sacramentos, sobre todo en la sagrada Eucaristía.

- Juan Pablo II, Ut Unum Sint, 25 de mayo de 1995

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45. Si en ningún caso es legítima la concelebración si falta la plena comunión, no ocurre lo mismo con respecto a la administración de la Eucaristía, en circunstancias especiales, a personas pertenecientes a Iglesias o a Comunidades eclesiales que no están en plena comunión con la Iglesia Católica.

- Juan Pablo II, Ecclesia de Eucharistia, 17 de abril de 2003

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293. ¿Cuándo es posible dar la Sagrada Comunión a otros cristianos?

Los ministros católicos pueden administrar lícitamente la Sagrada Comunión a los miembros de las Iglesias Orientales que no están en plena comunión con la Iglesia Católica, siempre que la soliciten voluntariamente y posean las disposiciones necesarias. Los ministros católicos solo pueden administrar lícitamente la Sagrada Comunión a los miembros de otras comunidades eclesiales si, en grave necesidad, la solicitan voluntariamente, poseen las disposiciones necesarias y dan testimonio de profesar la fe católica respecto al sacramento.

- Benedicto XVI, Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica, 28 de junio de 2005

Continúa...