Por Mons. Carlo Maria Viganò
Parte II
Disposiciones Canónicas
Esta segunda parte de mi intervención en defensa de las Monjas de Pienza, después de la primera parte dedicada a la secuencia de los acontecimientos y una tercera parte (que se publicará próximamente) sobre las iniciativas que deberían emprenderse, aborda las medidas canónicas adoptadas por la Santa Sede con la colaboración de la Diócesis de Chiusi-Pienza-Montepulciano y la Federación Picena de la Orden Benedictina. Estas observaciones se basan en los documentos oficiales entregados a las Monjas y en los de terceros de los que han tenido conocimiento, así como en los testimonios unánimes de las Hermanas y las pruebas que han conservado (como comunicaciones informales por WhatsApp).
En la primera parte, destaqué la secuencia cronológica de los acontecimientos a partir de su instalación en el antiguo seminario de verano diocesano, que en ese momento estaba sin uso. Para esta cronología me refiero al período desde agosto de 2017, cuando las Hermanas llegaron a la diócesis, hasta las medidas más recientes a fines de febrero de 2023.
La primera anomalía
Como ya se mencionó en la primera parte, la primera anomalía que podemos encontrar en la historia del Monasterio Maria Tempio dello Spirito Santo se remonta a su erección canónica por el entonces obispo Mons. Stefano Manetti. Fue gracias a él que en febrero de 2019 el Monasterio obtuvo el estatus de sui juris –es decir, directamente dependiente de la Santa Sede– a pesar de que el Obispo no les había facilitado la propiedad del inmueble y les había asegurado tener suficientes medios de subsistencia, probablemente esperando que pudiera subsanar posteriormente una situación que consideraba provisional, habiéndose declarado garante de la estabilidad de las Monjas.
El traslado del obispo Manetti a la diócesis de Fiesole y el nombramiento del cardenal Augusto Paolo Lojudice como obispo de Pienza, nombramiento que formalmente entró en vigor el 21 de julio de 2022 pero que había sido comunicado informalmente el abril anterior, cambió drásticamente las cosas, obligando al obispo Manetti a intentar rectificar apresuradamente su forzamiento de las normas canónicas, lo que sin duda habría suscitado interrogantes a su sucesor. No olvidemos que el trait d'union entre Manetti y Lojudice viene dado por Don Antonio Canestri, el antiguo Rector del Seminario (cuya propiedad fue posteriormente asignada al Monasterio), que fue promovido a Vicario General por Manetti y confirmado en ese cargo por Lojudice, de quien es amigo desde hace mucho tiempo.
No está de más señalar que el nombramiento del cardenal Lojudice en Pienza se hizo in persona Episcopi, es decir, asignándole personalmente la diócesis de Montepulciano-Chiusi-Pienza , junto con la diócesis de la que ya era arzobispo, es decir, la Archidiócesis de Siena-Colle Val d'Elsa-Montalcino. Este nombramiento in persona Episcopi no hubiera sido posible sin el traslado de Manetti a Fiesole.
cardenal Augusto Paolo Lojudice
Comunicación de la visita apostólica
Dado que con la “Visita Apostólica” el Romano Pontífice, por medio de sus delegados, pone inmediatamente en práctica la suprema e inmediata jurisdicción que le corresponde sobre todas y cada una de las partes de la Iglesia, debe precisarse, no obstante, que este instrumento de inspección tiene siempre carácter extraordinario, motivado por circunstancias en su mayor parte graves y que deberán ser señaladas en el Breve de nombramiento de los visitadores. A los destinatarios de la Visitación se les garantiza, por lo tanto, el derecho a saber precisamente por qué están sujetos a una inspección por parte de la Santa Sede, y también qué poderes se atribuyen a los visitadores en el documento de asignación.
La comunicación del cardenal Braz de Aviz, Prefecto del Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica, lleva la fecha del 14 de septiembre de 2022 y el número de protocolo 27887/2014. No se indican los motivos de la visita, mientras que se afirma explícitamente que la acción de los visitadores “atañe a la conducta de gobierno, a la vida de la Comunidad y de las monjas en particular, así como a su formación inicial y permanente, a la perspectiva de futuro y la gestión económica del Monasterio”. Se adjunta a la comunicación una copia del decreto de nombramiento de los visitadores – Abad Dom Giordano Rota y Abadesa Madre Roberta Lanfredini – también de fecha 14 de septiembre de 2022, con número de protocolo 36256/2017.
Estas comunicaciones del Dicasterio, sin embargo, nunca fueron enviadas al Monasterio, y fue solo el 1 de noviembre de 2022 que las Monjas supieron por teléfono sobre el visitador que llegaría dos días después (excepto que llegó por sorpresa al día siguiente), después de haberse presentado también el 11 de octubre anterior. En esa ocasión, se presentó sin previo aviso en Pienza junto con la visitadora y el cardenal Lojudice mientras las monjas estaban de retiro en otro lugar. La entrega del documento vaticano, por lo tanto, sólo se produjo durante la propia visita y a petición insistente de la abadesa, un mes y medio después de su emisión, de forma totalmente irregular y sin que ésta indicara claramente los motivos de la visita.
Como vimos en la primera parte, el cardenal Lojudice, cuando la abadesa le preguntó si estaba al tanto de la Visitación, primero negó y luego admitió de mala gana que había acompañado a los visitadores en su visita del 11 de octubre, confirmando así que estaba al corriente de lo que se preparaba en Roma.
De lo que ha surgido hasta ahora es evidente que, en contra de toda norma de derecho y en contra de la Caridad que debe caracterizar toda acción disciplinaria de los Pastores de la Iglesia, se hizo todo lo posible para que la visita fuera lo más traumática posible ocultando las motivaciones, realizando los interrogatorios a las Monjas de forma intimidatoria, buscando pretextos irrisorios como la orientación del altar o la venta de mermeladas, y faltando al respeto a la intimidad de las religiosas, imposibilitándoles así conocer las acusaciones contra las que debían defenderse e incluso guardando silencio sobre los resultados de la propia visita.
Las modalidades de comunicación de los resultados de la “visita”
El 30 de enero de 2023, el Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada emitió cuatro decretos, firmados por Mons. José Rodríguez Carballo, Secretario del mismo Dicasterio, identificado con el mismo número de protocolo 27887/2014, que también parece estar informado incorrectamente y con referencia cronológica al año 2014. De hecho, el decreto de nombramiento de visitadores también tiene un número de protocolo anómalo. – 36256/2017 – que parece haber sido registrado en 2017. ¿Es esto un simple descuido?
El primer decreto establece que el Monasterio “se convertirá en miembro de la Federación de Monjas Benedictinas 'Picena' en Italia”. El segundo decreto prevé la encomienda del gobierno del Monasterio al Presidente Federal y al Consejo pro tempore de la referida Federación. El tercer decreto impone la exclaustración por tres años a la Abadesa, Madre Diletta, con la orden cautelar de que debe abandonar el Monasterio en el plazo de una semana a partir de la notificación del decreto. El cuarto decreto obliga a la Priora, Sor Margherita dell'Annunciazione, a trasladarse por un período de un año al "monasterio" de Bose en el plazo de una semana a partir de la comunicación del decreto. En la práctica, con el primer decreto las Monjas quedaron a merced de la Federación y perdieron así toda perspectiva de poder mantener su carisma "tradicional", mientras que con el segundo les fue impuesta una Abadesa, la Madre Vacca, que debe actuar como ejecutora de las órdenes vaticanas.
La exclaustración de la Madre Diletta, después de veintiún años de vida enclaustrada, es una medida extremadamente severa, en ausencia de motivos graves, con la que la abadesa ha sido puesta de facto en la calle durante tres años, sin garantías para su identidad religiosa, sin medios de subsistencia y sin certeza sobre su futuro. Imaginemos cómo debe sentirse una monja de clausura, expulsada sin motivo y castigada sin poder defenderse, a la que se ordena volver a vivir en el mundo que ha decidido abandonar para seguir su vocación contemplativa. La crueldad de semejante disposición debería horrorizarnos, sobre todo cuando los cortesanos de Santa Marta no se avergüenzan de celebrar a Bergoglio como "el papa de la ternura" y de señalar como "rígidos" a quienes denuncian la deriva doctrinal y moral en la que ha sumido a la Iglesia de Cristo.
No es menos absurdo enviar a la Priora a Bose, lo que suena como una cruel condena a su “reeducación” en una comunidad mixta notoriamente acatólica, ecuménica y ultraprogresista, donde le será imposible encontrar la serenidad y seguir su vocación. Vemos, pues, que a raíz de los Acuerdos (secretos) entre la Santa Sede y el régimen comunista de Pekín, el silencio de la Iglesia sobre las violaciones de los derechos humanos en China se acompaña también de la adquisición por parte de la jerarquía bergogliana de esos métodos de “reprogramación” a los que se ven sometidos los opositores a la dictadura de Xi Jinping.
Aunque la fecha de los decretos es el 30 de enero de 2023, fueron entregados brevi manu a las Hermanas el 13 de febrero siguiente por dos sacerdotes (Padre Raffaele Mennitti, Responsable de la Pastoral Vocacional e Institutos Religiosos de la Diócesis de Montepulciano-Chiusi-Pienza, y Don Paolo Mancini, que se hace llamar “secretario del cardenal Lojudice”). Esta entrega se hizo violando los deberes de confidencialidad, informando a toda la Comunidad incluso de las medidas concernientes a la Abadesa y a la Priora (can. 220).
Los dos sacerdotes pidieron a las Hermanas que firmaran un recibo, sin embargo, sin entregarles su propia copia regular (can. 37) y sin mencionar en modo alguno en calidad de qué se les había encargado la notificación y aplicación de los decretos.
Otra anomalía: las actas entregadas llevan, en lugar del sello del Dicasterio Romano, el sello de la Diócesis de Montepulciano-Chiusi-Pienza, con fecha de 9 de febrero de 2023 y número de protocolo adicional n. 03.A.54. No está claro por qué los decretos de la Santa Sede se enviaron a la Diócesis en lugar de directamente al Monasterio, ya que el Monasterio no está sujeto a la jurisdicción del Ordinario; tampoco está claro por qué los decretos han sido revelados a terceros, en violación de los deberes de confidencialidad y discreción ordinaria que protegen el derecho a la buena reputación de los Institutos Religiosos y entidades eclesiásticas.
Estas graves deficiencias formales hacen que el decreto sea arbitrario, absolutamente infundado y, por lo tanto, manifiestamente nulo (cf. can. 51), también por la consiguiente y manifiesta ausencia de indicación de “motivos graves” que hubieran llevado al Dicasterio a destituir a la Abadesa y Priora legítimamente elegidas.
La falta de comunicación detallada de los motivos, así como la falta de resultados en el preceptivo informe final de la Visita Apostólica, lesiona gravemente el derecho personal e inviolable de defensa de las Religiosas. Por otra parte, el hecho de no haber recibido ningún aviso ni desagravio por parte de los visitadores, unido a su prolongado silencio -desde principios de noviembre de 2022 hasta febrero de 2023-, había llevado a las Religiosas a pensar que la Visita no había detectado cuestiones lo suficientemente críticas como para justificar las severísimas medidas que entonces, sorpresiva e inesperadamente, se adoptaron.
Y esto no es todo: el Dicasterio, con el primer decreto ha ordenado la adscripción del Monasterio a la Federación Picena (es decir, que debe convertirse en miembro de la Federación Picena); con el segundo decreto, ha ordenado la encomienda del gobierno del Monasterio a la Presidenta Federal, Madre Vacca, y al Consejo pro tempore de la propia Federación. Dado que el Consejo presidido por la Madre Diletta no ha sido declarado caducado, la encomienda del gobierno a otros sujetos es imposible, dado que los que son titulares siguen siéndolo.
Y de nuevo: a diferencia de la afiliación, que conllevaría la supresión del Monasterio con su estatuto sui juris, la adscripción a la Federación no produce, ipso facto, la decadencia de las dirigentes de la misma ni implica la encomienda del Gobierno a sujetos ajenos a ella. Los artículos 57 y 59 de la Instrucción Cor Orans, citados por el Dicasterio en el segundo decreto, no parecen integrables, dado que el art. 54 de la misma Instrucción aplicativa la Constitución Apostólica Vultum Dei Quærere menciona la afiliación, y no la adscripción, precisando que "la afiliación es una forma particular de ayuda que la Santa Sede establece en situaciones particulares a favor de la comunidad de un Monasterio sui juris que presenta una autonomía sólo afirmada, pero en realidad muy precaria o, de hecho, inexistente". La autonomía del Monasterio Maria Tempio dello Spirito Santo no es en absoluto "sólo afirmada", "precaria" o "inexistente", ni puede decirse que la razón justificativa sean las irregularidades causadas por el Obispo Manetti, que él mismo se había comprometido a subsanar, porque ya estaban presentes en el momento de la erección canónica. En cualquier caso, ni con ocasión de la visita ni posteriormente se impugnó a las Monjas la autonomía del Monasterio. Tampoco hubiera sido posible, puesto que la falta de bienes en propiedad no es imputable a las Monjas, y no se ha producido posteriormente ningún cambio que modifique la situación. Además, es completamente anómalo que una comunidad de trece jóvenes religiosas sea juzgada incapaz de autonomía, cuando la mayoría de los conventos y monasterios en Italia y en casi todos los países del mundo tienen un número mucho menor de Hermanas.
La afiliación debe entenderse como “una ayuda” a aquellas comunidades que, por el escaso número de Hermanas, su avanzada edad y la dificultad objetiva de la gestión del Monasterio necesitan ser asistidas por otros monasterios federados, para poder tener Hermanas que las cuiden, las asistan y asuman las tareas más pesadas. No es, ni puede ser, un instrumento para someter a las comunidades de monjas jóvenes a un comisariado, únicamente porque sus legítimas elecciones en el ámbito litúrgico o de vida religiosa no agradan a las Superioras, notoriamente progresistas y opuestas a cualquier forma de la vida contemplativa y el catolicismo tradicional.
En el segundo decreto, el Dicasterio cita el art. 57 del Cor Orans, que dispone : "Con la afiliación, la Santa Sede suspende la condición de monasterio autónomo, haciéndolo 'donec aliter provideatur' una casa dependiente de otro Monasterio autónomo del mismo Instituto o de la Federación, según lo establecido en la presente Instrucción y en cualesquiera otras disposiciones al respecto dadas por la misma Santa Sede”. La norma de referencia en la que dice basarse la medida, hace al monasterio afiliado "dependiente de otro monasterio autónomo [...] o de la Federación", pero el Presidente y el Consejo Federal pro-tempore no son un Monasterio, ni son "la" Federación. Y donde el art. 58 habla explícitamente del "Superior Mayor", en el decreto romano éste no se menciona. Confiar, por tanto, el gobierno del Monasterio "conjuntamente" a la Presidenta de la Federación y a su Consejo no tiene base normativa, sino que constituye un abuso de autoridad que ni siquiera tiene en cuenta la forma necesaria y elemental para garantizar la validez y eficacia a los actos jurídicos.
También se debe resaltar otra inconsistencia: los mismos Monasterios de la Madre Daniela Vacca y la Madre Roberta Lanfredini, que tienen muy pocas Hermanas, no fueron los primeros en cumplir con las disposiciones de Cor Orans. En esencia, la Visitadora y el Presidente Federal no han cumplido en sus Monasterios lo que reprochan a las monjas de Pienza. Y la paradoja está en querer sacar a una Abadesa, la Madre Diletta, con el pretexto de no haber federado su Monasterio, para sustituirla por otra, la Madre Vacca, perteneciente a un Monasterio que no cumple con lo dispuesto en el Cor Orans. Cabe señalar que la visitadora, Madre Lanfredini, también proviene de un Monasterio que no cumplió con las disposiciones del Cor Orans.
Los decretos impugnados por las monjas, por lo tanto, presentan graves lagunas legales, tanto en lo que se refiere a su fundamento jurídico como por la forma en que se presentan. Además de la falta de motivación y de referencias normativas, no se han indicado las modalidades que permiten a las destinatarias de los decretos, impugnarlos; lo que los convierte injustamente en inmediatamente ejecutivos, creando una presión intimidatoria muy evidente.
Y resulta desconcertante que los medios adoptados por estos eclesiásticos tengan un reflejo significativo en los utilizados por las instituciones supranacionales para obligar a los gobiernos de los países pertenecientes al Foro Económico Mundial a adaptarse a la Agenda 2030. El método del chantaje económico -(Si no legalizáis los matrimonios homosexuales y la ideología de género, no os concederé la financiación que necesitáis)- se acompaña también del uso de formas de "revoluciones de colores" fomentadas por las fundaciones de George Soros para conducir al cambio de régimen y a la imposición de un Jefe de Gobierno afín al sistema. Lo hicieron en Ucrania, lo están intentando en Moldavia, en Bielorrusia y en Hungría. Al mismo tiempo, los cortesanos de Bergoglio actúan de la misma manera para sustituir a los Superiores "non gratos" de las Comunidades religiosas o a los Obispos que en sus propias Diócesis no se adaptan al nuevo rumbo.
La exclaustración de la Madre Diletta, después de veintiún años de vida enclaustrada, es una medida extremadamente severa, en ausencia de motivos graves, con la que la abadesa ha sido puesta de facto en la calle durante tres años, sin garantías para su identidad religiosa, sin medios de subsistencia y sin certeza sobre su futuro. Imaginemos cómo debe sentirse una monja de clausura, expulsada sin motivo y castigada sin poder defenderse, a la que se ordena volver a vivir en el mundo que ha decidido abandonar para seguir su vocación contemplativa. La crueldad de semejante disposición debería horrorizarnos, sobre todo cuando los cortesanos de Santa Marta no se avergüenzan de celebrar a Bergoglio como "el papa de la ternura" y de señalar como "rígidos" a quienes denuncian la deriva doctrinal y moral en la que ha sumido a la Iglesia de Cristo.
No es menos absurdo enviar a la Priora a Bose, lo que suena como una cruel condena a su “reeducación” en una comunidad mixta notoriamente acatólica, ecuménica y ultraprogresista, donde le será imposible encontrar la serenidad y seguir su vocación. Vemos, pues, que a raíz de los Acuerdos (secretos) entre la Santa Sede y el régimen comunista de Pekín, el silencio de la Iglesia sobre las violaciones de los derechos humanos en China se acompaña también de la adquisición por parte de la jerarquía bergogliana de esos métodos de “reprogramación” a los que se ven sometidos los opositores a la dictadura de Xi Jinping.
Aunque la fecha de los decretos es el 30 de enero de 2023, fueron entregados brevi manu a las Hermanas el 13 de febrero siguiente por dos sacerdotes (Padre Raffaele Mennitti, Responsable de la Pastoral Vocacional e Institutos Religiosos de la Diócesis de Montepulciano-Chiusi-Pienza, y Don Paolo Mancini, que se hace llamar “secretario del cardenal Lojudice”). Esta entrega se hizo violando los deberes de confidencialidad, informando a toda la Comunidad incluso de las medidas concernientes a la Abadesa y a la Priora (can. 220).
Los dos sacerdotes pidieron a las Hermanas que firmaran un recibo, sin embargo, sin entregarles su propia copia regular (can. 37) y sin mencionar en modo alguno en calidad de qué se les había encargado la notificación y aplicación de los decretos.
Otra anomalía: las actas entregadas llevan, en lugar del sello del Dicasterio Romano, el sello de la Diócesis de Montepulciano-Chiusi-Pienza, con fecha de 9 de febrero de 2023 y número de protocolo adicional n. 03.A.54. No está claro por qué los decretos de la Santa Sede se enviaron a la Diócesis en lugar de directamente al Monasterio, ya que el Monasterio no está sujeto a la jurisdicción del Ordinario; tampoco está claro por qué los decretos han sido revelados a terceros, en violación de los deberes de confidencialidad y discreción ordinaria que protegen el derecho a la buena reputación de los Institutos Religiosos y entidades eclesiásticas.
Estas graves deficiencias formales hacen que el decreto sea arbitrario, absolutamente infundado y, por lo tanto, manifiestamente nulo (cf. can. 51), también por la consiguiente y manifiesta ausencia de indicación de “motivos graves” que hubieran llevado al Dicasterio a destituir a la Abadesa y Priora legítimamente elegidas.
La falta de comunicación detallada de los motivos, así como la falta de resultados en el preceptivo informe final de la Visita Apostólica, lesiona gravemente el derecho personal e inviolable de defensa de las Religiosas. Por otra parte, el hecho de no haber recibido ningún aviso ni desagravio por parte de los visitadores, unido a su prolongado silencio -desde principios de noviembre de 2022 hasta febrero de 2023-, había llevado a las Religiosas a pensar que la Visita no había detectado cuestiones lo suficientemente críticas como para justificar las severísimas medidas que entonces, sorpresiva e inesperadamente, se adoptaron.
Y de nuevo: a diferencia de la afiliación, que conllevaría la supresión del Monasterio con su estatuto sui juris, la adscripción a la Federación no produce, ipso facto, la decadencia de las dirigentes de la misma ni implica la encomienda del Gobierno a sujetos ajenos a ella. Los artículos 57 y 59 de la Instrucción Cor Orans, citados por el Dicasterio en el segundo decreto, no parecen integrables, dado que el art. 54 de la misma Instrucción aplicativa la Constitución Apostólica Vultum Dei Quærere menciona la afiliación, y no la adscripción, precisando que "la afiliación es una forma particular de ayuda que la Santa Sede establece en situaciones particulares a favor de la comunidad de un Monasterio sui juris que presenta una autonomía sólo afirmada, pero en realidad muy precaria o, de hecho, inexistente". La autonomía del Monasterio Maria Tempio dello Spirito Santo no es en absoluto "sólo afirmada", "precaria" o "inexistente", ni puede decirse que la razón justificativa sean las irregularidades causadas por el Obispo Manetti, que él mismo se había comprometido a subsanar, porque ya estaban presentes en el momento de la erección canónica. En cualquier caso, ni con ocasión de la visita ni posteriormente se impugnó a las Monjas la autonomía del Monasterio. Tampoco hubiera sido posible, puesto que la falta de bienes en propiedad no es imputable a las Monjas, y no se ha producido posteriormente ningún cambio que modifique la situación. Además, es completamente anómalo que una comunidad de trece jóvenes religiosas sea juzgada incapaz de autonomía, cuando la mayoría de los conventos y monasterios en Italia y en casi todos los países del mundo tienen un número mucho menor de Hermanas.
La afiliación debe entenderse como “una ayuda” a aquellas comunidades que, por el escaso número de Hermanas, su avanzada edad y la dificultad objetiva de la gestión del Monasterio necesitan ser asistidas por otros monasterios federados, para poder tener Hermanas que las cuiden, las asistan y asuman las tareas más pesadas. No es, ni puede ser, un instrumento para someter a las comunidades de monjas jóvenes a un comisariado, únicamente porque sus legítimas elecciones en el ámbito litúrgico o de vida religiosa no agradan a las Superioras, notoriamente progresistas y opuestas a cualquier forma de la vida contemplativa y el catolicismo tradicional.
En el segundo decreto, el Dicasterio cita el art. 57 del Cor Orans, que dispone : "Con la afiliación, la Santa Sede suspende la condición de monasterio autónomo, haciéndolo 'donec aliter provideatur' una casa dependiente de otro Monasterio autónomo del mismo Instituto o de la Federación, según lo establecido en la presente Instrucción y en cualesquiera otras disposiciones al respecto dadas por la misma Santa Sede”. La norma de referencia en la que dice basarse la medida, hace al monasterio afiliado "dependiente de otro monasterio autónomo [...] o de la Federación", pero el Presidente y el Consejo Federal pro-tempore no son un Monasterio, ni son "la" Federación. Y donde el art. 58 habla explícitamente del "Superior Mayor", en el decreto romano éste no se menciona. Confiar, por tanto, el gobierno del Monasterio "conjuntamente" a la Presidenta de la Federación y a su Consejo no tiene base normativa, sino que constituye un abuso de autoridad que ni siquiera tiene en cuenta la forma necesaria y elemental para garantizar la validez y eficacia a los actos jurídicos.
También se debe resaltar otra inconsistencia: los mismos Monasterios de la Madre Daniela Vacca y la Madre Roberta Lanfredini, que tienen muy pocas Hermanas, no fueron los primeros en cumplir con las disposiciones de Cor Orans. En esencia, la Visitadora y el Presidente Federal no han cumplido en sus Monasterios lo que reprochan a las monjas de Pienza. Y la paradoja está en querer sacar a una Abadesa, la Madre Diletta, con el pretexto de no haber federado su Monasterio, para sustituirla por otra, la Madre Vacca, perteneciente a un Monasterio que no cumple con lo dispuesto en el Cor Orans. Cabe señalar que la visitadora, Madre Lanfredini, también proviene de un Monasterio que no cumplió con las disposiciones del Cor Orans.
Los decretos impugnados por las monjas, por lo tanto, presentan graves lagunas legales, tanto en lo que se refiere a su fundamento jurídico como por la forma en que se presentan. Además de la falta de motivación y de referencias normativas, no se han indicado las modalidades que permiten a las destinatarias de los decretos, impugnarlos; lo que los convierte injustamente en inmediatamente ejecutivos, creando una presión intimidatoria muy evidente.
Aqua et igni interdictio
Es inútil buscar algún rastro, no digo de Caridad Cristiana, sino sólo de humanidad en este asunto. Además de los abusos e irregularidades formales y sustanciales, hay una serie de elementos cuya valoración contribuye a componer un cuadro cuanto menos alarmante sobre la desastrosa situación en la que se encuentra el Vaticano, que ha degenerado dramáticamente en los últimos diez años. Los emisarios de la Santa Sede han llegado al punto de aplicar métodos persecutorios y fuertemente punitivos, que en la antigua Roma estaban reservados a los privados de la ciudadanía por delitos muy graves. Entre estas, estaba la pena de aqua et igni interdictio, es decir, la privación de cualquier apoyo y ayuda de otros ciudadanos romanos, para obligar a los culpables a exiliarse.
Esta aqua et igni interdictio se ha materializado en dos frentes. El primero es la revocación por parte del banco de la delegación de la Abadesa Madre Diletta para utilizar la cuenta corriente del Monasterio, a petición de la autodenominada nueva representante legal, Madre Vacca, sin informarle. Esto no habría sido posible sin la complicidad y connivencia de los empleados de la oficina de Montepulciano de Banca Intesa San Paolo. La revocación de la delegación añade a las graves irregularidades de estas medidas la privación de los medios de sustento diario de las Hermanas, con clara intención intimidatoria, cuando no incluso de chantaje. Para agravar la situación, considérese que la Madre Vacca, en una comunicación amenazante enviada a las Hermanas el 14 de febrero de 2023, declaró que había asumido la representación legal del Cuerpo del Monasterio también a efectos civiles el 3 de febrero, es decir, diez días antes de que las Hermanas fueran notificadas del decreto. Esto no sólo representa una nueva violación de la ley, sino que demuestra por parte del Dicasterio una voluntad persecutoria totalmente injustificada y gravemente lesiva de los derechos de las Monjas, no sin recurrir a viles estratagemas para impedir que las Monjas se protejan retirando a tiempo sus ahorros.
La segunda forma de aqua et igni interdictio se materializó en la comunicación, difundida a los medios de comunicación, con la que la Diócesis declaró: “Cabe señalar que no se autoriza en modo alguno el envío de dinero a cuentas del Monasterio y menos a nombre de personas físicas”. De esta forma, las Monjas, privadas de la posibilidad de utilizar la cuenta corriente en la que depositaban sus ahorros - nada menos que seis mil euros para trece Hermanas - están siendo obligadas por la intervención “misericordiosa” no firmada de la Curia de Pienza a incluso no poder recurrir a la caridad de los fieles. Si tenemos en cuenta cómo el limosnero papal, el cardenal Krajewski -conocido como Don Corrado- acudió personalmente a reabrir los contadores de luz de un edificio ocupado ilegalmente por un centro social de extrema izquierda (aquí), ofreciéndose a pagar todas las facturas atrasadas (cosa que luego no sucedió), comprendemos hasta qué punto se ha invertido la jerarquía de valores a la que se refiere el tribunal de Bergoglio.
No hace falta decir que la Diócesis no tiene derecho a prohibir la recaudación de fondos en el Monasterio: nadie puede impedir las donaciones gratuitas de los fieles. Pero cabe destacar la dureza despiadada de estos eclesiásticos, para los que “tu prójimo” es el inmigrante ilegal, el transexual y el extremista anarquista, pero nunca los que profesan la fe católica, ya sea Clérigo, Religiosa o un simple miembro de los fieles. Tal trato desigual revela un enfoque ideológico nocivo que contradice el Evangelio y muestra a quienes lo promueven como realmente son.
El atractivo de las monjas
Es por estas razones que las Hermanas presentaron una Remonstratio formal al Dicasterio para la Vida Religiosa, solicitando la revocación total de los decretos y el acceso a todas las actas, incluidas las enviadas originalmente por el obispo Manetti a Roma para la erección canónica del Monasterio. También piden aclaración sobre la anomalía de los mismos números de protocolo para diferentes documentos.
La ley de la Iglesia reconoce que los destinatarios de una medida tienen derecho a apelar, y también prevé la suspensión de la ejecución de la medida hasta que el órgano de emisión examine los argumentos alegados por el apelante. Por lo tanto, el Dicasterio Romano deberá responder a las objeciones formuladas por el Monasterio de Pienza, que son tanto de procedimiento como de fondo, y también permitir que las Hermanas vean las actas que les conciernen para que puedan ejercer legítimamente su derecho de autodefensa.
Cabe señalar que, cuando hay un recurso pendiente, se suspende la ejecución del acto apelado. Esto quiere decir que los dos emisarios del Dicasterio y sus celosos compañeros no tenían ni tienen todavía ningún título para reclamar el acceso al Monasterio y expulsar a la Abadesa ya la Priora.
El acto de significación y notificación
El 24 de febrero, en el sitio web de ANSA (en italiano aquí), se informó que la Diócesis de Montepulciano-Chiusi-Pienza y la Federación de Picena habían dado un aviso formal a las Monjas. El Acta de Significación y Notificación, redactada por el Abogado Alessandro Pasquazi, fue luego publicada en el sitio web diocesano (en italiano aquí): A las Monjas se les ordena ejecutar los decretos de la Santa Sede.
Lo surrealista es que este acto nunca fue comunicado a las Monjas, sino que fue puesto a disposición de los medios de comunicación, lo que entre otras cosas viola los deberes de confidencialidad a los que tanto la Diócesis como la Federación de Picena deben estar sujetas.
En el acto no se hace la menor mención al recurso que legítimamente hicieron las monjas contra los decretos vaticanos, como suspender su vigencia, pero se les reprocha haber alimentado “un debate indebido en los medios de comunicación”, aunque la realidad de los hechos desmiente esta acusación, que en cambio es válida contra la Diócesis, la cual es responsable de haber dado a conocer noticias del hecho sin que las Monjas hayan recibido notificación alguna, lo que hasta el día de hoy no ha sucedido. Y resulta cuanto menos desconcertante que los autores de estos “gritos” de la memoria manzoniana pretendan insinuar la sospecha de que las “instigadoras” de la “revuelta” son únicamente la Abadesa y la Priora, mientras que la Comunidad de Hermanas se encuentra sólida y unida para enfrentar este escandaloso asunto y oponerse a la violación de sus derechos. Me pregunto: ¿cuál es el papel que Bergoglio quiere dar a las mujeres en la Iglesia? ¿Es para que sufran en silencio mientras la autoridad tiránica malversa sus fondos sin siquiera poder defenderse, en nombre de un concepto distorsionado de obediencia que sólo se aplica a quienes son fieles a su vocación, mientras que los religiosos y clérigos corruptos, heréticos o fornicarios pueden violar la ley con la certeza de la impunidad?
En el acto no se hace la menor mención al recurso que legítimamente hicieron las monjas contra los decretos vaticanos, como suspender su vigencia, pero se les reprocha haber alimentado “un debate indebido en los medios de comunicación”, aunque la realidad de los hechos desmiente esta acusación, que en cambio es válida contra la Diócesis, la cual es responsable de haber dado a conocer noticias del hecho sin que las Monjas hayan recibido notificación alguna, lo que hasta el día de hoy no ha sucedido. Y resulta cuanto menos desconcertante que los autores de estos “gritos” de la memoria manzoniana pretendan insinuar la sospecha de que las “instigadoras” de la “revuelta” son únicamente la Abadesa y la Priora, mientras que la Comunidad de Hermanas se encuentra sólida y unida para enfrentar este escandaloso asunto y oponerse a la violación de sus derechos. Me pregunto: ¿cuál es el papel que Bergoglio quiere dar a las mujeres en la Iglesia? ¿Es para que sufran en silencio mientras la autoridad tiránica malversa sus fondos sin siquiera poder defenderse, en nombre de un concepto distorsionado de obediencia que sólo se aplica a quienes son fieles a su vocación, mientras que los religiosos y clérigos corruptos, heréticos o fornicarios pueden violar la ley con la certeza de la impunidad?
La insinuación final del abogado Pasquazi debe aplicarse sobre todo a sus patrocinadores: “No se permitirá de ninguna manera transmitir reconstrucciones sesgadas y engañosas de este complejo caso, que ha sido objeto de una decisión de la Santa Sede”. sobre todo teniendo en cuenta que las “reconstrucciones sesgadas y engañosas” se originaron con los comunicados de prensa de la Diócesis y la Federación, así como con las muchas cuestiones críticas contenidas en los decretos del Dicasterio Vaticano.
La violación de las normas del concordato
El allanamiento efectuado el 17 de febrero por la Madre Vacca y la Madre Di Marzio, junto con un laico (el asistente financiero de la diócesis de Montepulciano) y otras personas, tuvo lugar en presencia del mariscal de la comisaría local de Carabinieri y de otros dos miembros de la policía militar. No se sabe en calidad de qué intervinieron estos tres militares ni quién los llamó, aunque obviamente no fueron las Monjas.
Según me relató la madre de una de las Monjas, citada por los Carabinieri de Ancona el 28 de febrero, las preguntas que le fueron dirigidas en el curso de un intenso y traumático interrogatorio fueron de este tenor: ¿Puedes visitar a tu hija? ¿Con qué frecuencia? ¿Alguna vez la has visto triste o preocupada? ¿Alguna vez se ha quejado de cómo vive, o ha compartido en confianza sobre los problemas en el Monasterio? ¿Quién guarda el teléfono en el Monasterio? ¿Tu hija puede enviar mensajes y usar WhatsApp, además de llamar? Los Carabinieri, sin tener mandato, también presionaron a la madre de la monja para que les mostrara el contenido de su celular. Observo que a las personas convocadas por los Carabinieri no se les entregó copia de las transcripciones de los interrogatorios, a pesar de haberlas solicitado. Esto también, desde el punto de vista de la ley, es absolutamente inconcebible y censurable.
El comportamiento de los carabinieri también sorprende. Llevaron a cabo el interrogatorio sin respetar las reformas recientes al Código de Procedimiento Penal, que establece que se debe dar aviso a la persona interrogada sobre la posibilidad de grabar el interrogatorio. El trato al que han sido sometidos los familiares de las Monjas será evaluado por los abogados para su posterior actuación.
Cabe señalar también que en los Monasterios y Casas Religiosas fieles a la Regla y al propio carisma, es disciplina normal limitar o no permitir el uso de internet, así como regular las relaciones con el exterior.
Me parece claro que “alguien” hizo creer deliberadamente a los Carabinieri que se trataba de una especie de “psico-secta”. Pero las mismas “acusaciones” que según la prensa supuestamente se lanzaron a las Monjas por pasar demasiado tiempo en internet –condenándolas incluso por tener su propio sitio web, como casi todas las Comunidades religiosas– están en contradicción con su supuesta incapacidad para comunicarse con el mundo exterior. En cualquier caso, el abogado de las Monjas verificará quién solicitó la intervención de los Carabinieri al sugerir la posibilidad de que las Monjas estuvieran siendo manipuladas psicológicamente, y pedirá cuenta en las oficinas correspondientes para saber si la “sugerencia” provino de la Curia o de una intervención de niveles superiores, por ejemplo de la Secretaría de Estado o del Ministerio del Interior. Porque, de ser así, el peligro de un autoritarismo manipulador por parte de la Abadesa debería haber sido declarado en la motivación de la Visita y en el informe final, cosa que no ocurrió precisamente porque hubo una ausencia deliberada de motivación, vulnerando lo dispuesto en el derecho canónico.
Suena desproporcionado, por decir lo mínimo, que la Santa Sede, tan comprometida de palabra en distanciarse de mezclarse con el poder temporal y tan celosa en predicar la separación de Iglesia y Estado, no dudara en desatar la fuerza pública contra trece Hermanas cuyo único error fue haber querido permanecer fieles a su propio carisma de benedictinas -ora et labora- sin tener que sufrir primero la indebida intromisión de Kiko Argüello, luego la intromisión económica de la Curia, e incluso la intromisión por orden ideológica del Vaticano.
Esta participación del “brazo secular” constituye además una gravísima violación de las Normas del Concordato, y crea un precedente peligroso que se suma a lo que ya sucedió vergonzosamente durante la farsa de la “pandemia” cuando la policía irrumpía en las iglesias y obligaba al celebrante a interrumpir la Misa con la excusa de las delirantes normas sanitarias entonces vigentes. El precedente que se está creando en este “caso Pienza” es que la autoridad civil puede intervenir con la fuerza para ejecutar disposiciones dictadas por la autoridad eclesiástica, violando así el principio de independencia de los dos poderes que es la base del Concordato.
Nuevos detalles inquietantes: el centro de acogida
Justo cuando esta segunda parte de mi intervención estaba a punto de ser publicada, dos artículos aparecidos en Repubblica han sacado a la luz otros elementos que confirman la total engañosidad de las medidas tomadas por la Santa Sede y sus emisarios.
El primer artículo, publicado el 2 de marzo (en italiano aquí) arroja luz sobre las intenciones de la Diócesis en cuanto al uso de la propiedad del antiguo Seminario, que actualmente está destinado a las Monjas. Según informa Repubblica, el Monasterio “pronto podría convertirse en un centro de acogida para inmigrantes y refugiados, ya demasiados, incluso en el área de Siena, en comparación con los edificios del territorio. Con las propias monjas, si están disponibles, para echar una mano. Es un destino totalmente en línea con la “Iglesia de los pobres” querida por el Papa Francisco, y con el carisma episcopal de Augusto Paolo Lojudice, arzobispo de Siena desde 2019 y también jefe de la diócesis de Montepulciano-Chiusi-Pienza desde septiembre pasado, y con un largo compromiso en los suburbios romanos a sus espaldas”.
La sospecha de especulación inmobiliaria -sospecha que es del todo razonable, dado el comportamiento de los protagonistas de la historia- parece ceder ahora en favor de una operación de propaganda ideológica: la “iglesia de los pobres” quisiera dar alojamiento a refugiados e inmigrantes en el corazón de la Toscana, en un pueblo de Val d'Orcia de apenas dos mil almas que depende del turismo. No me atrevo a imaginar cuál será la respuesta de los habitantes a esta decisión demagógica del cardenal Lojudice, quien, creyendo que no puede ser atacado en los medios por revelar sus intenciones “inclusivas”, mientras que ahora se encuentra contra toda Pienza, legítimamente preocupada por las consecuencias de una decisión tan imprudente. No es un misterio que los centros de acogida presentan problemas de orden público y de control de sus “huéspedes”, como demuestran invariablemente todos los casos similares. Llegado ese momento, los Carabinieri tendrán mucho más de qué preocuparse que de interrogar a los familiares de las Hermanas.
En el mismo artículo se menciona que el Decreto del Dicasterio está supuestamente “cargado por el secreto pontificio”. Esto no solo no es cierto, sino que ni siquiera es posible: ¿cómo podrían las Monjas defenderse de acusaciones que nunca fueron detalladas, cuyos actos no han sido notificados y cuyos decretos, según Repubblica, son secretos ?
Según el artículo, las monjas fueron “trasladadas de Holanda, expulsadas precisamente por su carisma no alineado”, mientras que su envío al extranjero supuestamente lo decidió Kiko de acuerdo con el obispo de Ámsterdam para abrir una nueva comunidad, y la decisión de abandonar ese Monasterio se tomó para sustraerse a la injerencia de la dirección del Camino Neocatecumenal. En definitiva, no hay una “historia” de traslados o remociones de carácter punitivo, sino más bien un doloroso testimonio de coherencia, según el cual, cuanto más se acercaban las Monjas a la Tradición, más eran objeto de la atención de sus Superioras eclesiásticas.
Y mientras nos enteramos por la prensa de que el Monasterio se convertirá en un centro de acogida, para regocijo de los vecinos de Pienza (y, me imagino, que también de la estación local de Carabinieri), no podemos dejar de observar que, en el delirio pauperístico de Lojudice, no se ha tenido en cuenta el carisma benedictino de la vida de clausura de las Hermanas, decidiendo motu proprio transformarlas en asistentes sociales. Y esto no es todo: sólo la prudencia debería haber desaconsejado poner monjas jóvenes con inmigrantes y refugiados que, por su religión y cultura, podrían crear serios problemas. Pero quizá ese sea precisamente el propósito: hacer una propuesta aparentemente conciliadora a las Hermanas, pero que para ellas es tan incompatible con su carisma como para obligarlas a abandonar el Monasterio. Y si esto ocurriera junto con las legítimas protestas de los habitantes de Pienza contra la apertura del centro, en ese momento probablemente se consideraría preferible y deseable la venta de la propiedad. No se puede negar: la propiedad del antiguo Seminario resulta ser una fuente de beneficios tanto si se convierte en centro de acogida como si se vende o alquila a terceros, mientras que en este momento no está produciendo beneficio alguno. En cuanto a estas trece Monjas y la función sobrenatural de oración que desempeñan en la Iglesia, no importa en absoluto a estos miserables funcionarios grises del Vaticano.
El segundo artículo, publicado el 4 de marzo (en italiano aquí) y señalado por la agencia ANSA, revela desconcertantes noticias sobre una investigación del Ministerio Público, ante la cual se dice que Carabinieri estaría recogiendo testimonios. Si esto resulta ser cierto, será difícil para la Diócesis y la Federación de Picena demostrar la legitimidad de las medidas no notificadas, y reclamar la ejecutoriedad de los decretos que, habiendo sido impugnados por un recurso, por ley deben considerarse suspendidos. Podemos decir que esta noticia, sabiamente difundida a ANSA, sirve más que nada para intimidar y desgastar psicológicamente a las Monjas.
Lo que es interesante en cambio es que este artículo también reafirma las intenciones de Lojudice de “transformar el convento de Pienza en una estructura para refugiados, con las hermanas (si quieren) echando una mano, para no exponer el convento al riesgo de supresión y ellas mismas a la reducción al estado laico”. Un chantaje en toda regla: primero se crean las condiciones para agudizar una situación hasta entonces normal; luego, siguiendo la legítima reacción de las monjas, se les asegura que no tendrán que irse, solo para descubrir que su destino, que Repubblica casualmente describe como “echar una mano”, hace que la propuesta sea inadmisible y, por lo tanto, las obliga a rechazarla, haciéndolas parecer “desobedientes” y “rebeldes”.
Pero si la dirección de un periódico prometiera a todos los periodistas de una redacción no despedirlos siempre que aceptaran trabajar como secretarias o conserjes, ¿aceptarían “dar una mano”? Y sobre todo: ¿aceptarían en silencio hacerse pasar por insubordinados cuando sólo querían seguir haciendo el trabajo para el que habían sido contratados? ¿Permitirían que su reputación se viera empañada por acusaciones e insinuaciones infundadas que cuestionaban su profesionalismo o su honestidad? Si la dirección les pidiera que dejaran de ser periodistas para no ser despedidos, ¿no considerarían esta propuesta de “echar una mano” como una provocación y un chantaje? Quizás muchos de los que denuncian acríticamente la línea de la Diócesis y de la Federación deberían hacerse estas preguntas, y comprender que detrás de este sórdido asunto hay personas reales, mujeres jóvenes que en un mundo materialista e inmoral han decidido ofrecer su vida a Dios en oración, y que ven peligrar su propio futuro sin haber hecho nada malo. Y todo esto tiene lugar en un contexto eclesial objetivamente invertido, donde las Comunidades fieles a la Tradición son perseguidas, mientras que los responsables de graves desviaciones doctrinales y morales –demasiadas para contarlas– son tolerados e incluso alentados y protegidos.
Que quede claro: la asistencia a los pobres y necesitados ha sido siempre uno de los ámbitos de acción de la Iglesia y de las Órdenes Religiosas, así como una obra de misericordia. Lo que es moralmente reprobable es el deseo de querer utilizar hipócritamente la acogida de refugiados e inmigrantes –no sin un beneficio económico, dadas las contribuciones que el gobierno da a las instituciones asistenciales– como un medio para cometer abusos injustificados contra trece Hermanas jóvenes. Y querer presentarlas como insensibles y egoístas simplemente porque no son capaces de aceptar la distorsión de su elección libremente asumida de entrar en la vida contemplativa.
Quienes esperan limpiar su conciencia envolviendo la persecución de las Monjas con fines humanitarios, están descubriendo a su costa que la deshonestidad y la mentira están saliendo a la luz, y que tras la promesa de no suprimir el Monasterio se esconde la intención de forzar las vocaciones contemplativas hacia una vida que nada tiene de contemplativa; que es entonces el fin último de Cor Orans y la furia demoledora del tribunal bergogliano. He aquí el “conflicto intereclesial” entre “sectores tradicionalistas antibergoglianos” y “la 'Iglesia de los pobres' querida por el papa Francisco, así como por el arzobispo Lojudice”, del que habla Repubblica. Un verdadero conflicto, en el que la misión espiritual de la Iglesia Católica choca con la visión demagógica e hipócrita de quienes sólo piensan en agradar al mundo y en desmantelar las Órdenes Religiosas juzgadas pasadas de moda y poco rentables. Tendría curiosidad por saber si la Santa Sede transformaría el Centro Aletti (Fondazione Agape) en una estructura para refugiados, cuyos cuantiosos beneficios por las “obras de arte” de mosaicos de Rupnik apenas se verían compensados por el lucrativo negocio de la hospitalidad. Pero el verdadero problema son “las mermeladas de las Monjas”.
En el mismo artículo se menciona que el Decreto del Dicasterio está supuestamente “cargado por el secreto pontificio”. Esto no solo no es cierto, sino que ni siquiera es posible: ¿cómo podrían las Monjas defenderse de acusaciones que nunca fueron detalladas, cuyos actos no han sido notificados y cuyos decretos, según Repubblica, son secretos ?
Según el artículo, las monjas fueron “trasladadas de Holanda, expulsadas precisamente por su carisma no alineado”, mientras que su envío al extranjero supuestamente lo decidió Kiko de acuerdo con el obispo de Ámsterdam para abrir una nueva comunidad, y la decisión de abandonar ese Monasterio se tomó para sustraerse a la injerencia de la dirección del Camino Neocatecumenal. En definitiva, no hay una “historia” de traslados o remociones de carácter punitivo, sino más bien un doloroso testimonio de coherencia, según el cual, cuanto más se acercaban las Monjas a la Tradición, más eran objeto de la atención de sus Superioras eclesiásticas.
Y mientras nos enteramos por la prensa de que el Monasterio se convertirá en un centro de acogida, para regocijo de los vecinos de Pienza (y, me imagino, que también de la estación local de Carabinieri), no podemos dejar de observar que, en el delirio pauperístico de Lojudice, no se ha tenido en cuenta el carisma benedictino de la vida de clausura de las Hermanas, decidiendo motu proprio transformarlas en asistentes sociales. Y esto no es todo: sólo la prudencia debería haber desaconsejado poner monjas jóvenes con inmigrantes y refugiados que, por su religión y cultura, podrían crear serios problemas. Pero quizá ese sea precisamente el propósito: hacer una propuesta aparentemente conciliadora a las Hermanas, pero que para ellas es tan incompatible con su carisma como para obligarlas a abandonar el Monasterio. Y si esto ocurriera junto con las legítimas protestas de los habitantes de Pienza contra la apertura del centro, en ese momento probablemente se consideraría preferible y deseable la venta de la propiedad. No se puede negar: la propiedad del antiguo Seminario resulta ser una fuente de beneficios tanto si se convierte en centro de acogida como si se vende o alquila a terceros, mientras que en este momento no está produciendo beneficio alguno. En cuanto a estas trece Monjas y la función sobrenatural de oración que desempeñan en la Iglesia, no importa en absoluto a estos miserables funcionarios grises del Vaticano.
El segundo artículo, publicado el 4 de marzo (en italiano aquí) y señalado por la agencia ANSA, revela desconcertantes noticias sobre una investigación del Ministerio Público, ante la cual se dice que Carabinieri estaría recogiendo testimonios. Si esto resulta ser cierto, será difícil para la Diócesis y la Federación de Picena demostrar la legitimidad de las medidas no notificadas, y reclamar la ejecutoriedad de los decretos que, habiendo sido impugnados por un recurso, por ley deben considerarse suspendidos. Podemos decir que esta noticia, sabiamente difundida a ANSA, sirve más que nada para intimidar y desgastar psicológicamente a las Monjas.
Pero si la dirección de un periódico prometiera a todos los periodistas de una redacción no despedirlos siempre que aceptaran trabajar como secretarias o conserjes, ¿aceptarían “dar una mano”? Y sobre todo: ¿aceptarían en silencio hacerse pasar por insubordinados cuando sólo querían seguir haciendo el trabajo para el que habían sido contratados? ¿Permitirían que su reputación se viera empañada por acusaciones e insinuaciones infundadas que cuestionaban su profesionalismo o su honestidad? Si la dirección les pidiera que dejaran de ser periodistas para no ser despedidos, ¿no considerarían esta propuesta de “echar una mano” como una provocación y un chantaje? Quizás muchos de los que denuncian acríticamente la línea de la Diócesis y de la Federación deberían hacerse estas preguntas, y comprender que detrás de este sórdido asunto hay personas reales, mujeres jóvenes que en un mundo materialista e inmoral han decidido ofrecer su vida a Dios en oración, y que ven peligrar su propio futuro sin haber hecho nada malo. Y todo esto tiene lugar en un contexto eclesial objetivamente invertido, donde las Comunidades fieles a la Tradición son perseguidas, mientras que los responsables de graves desviaciones doctrinales y morales –demasiadas para contarlas– son tolerados e incluso alentados y protegidos.
Que quede claro: la asistencia a los pobres y necesitados ha sido siempre uno de los ámbitos de acción de la Iglesia y de las Órdenes Religiosas, así como una obra de misericordia. Lo que es moralmente reprobable es el deseo de querer utilizar hipócritamente la acogida de refugiados e inmigrantes –no sin un beneficio económico, dadas las contribuciones que el gobierno da a las instituciones asistenciales– como un medio para cometer abusos injustificados contra trece Hermanas jóvenes. Y querer presentarlas como insensibles y egoístas simplemente porque no son capaces de aceptar la distorsión de su elección libremente asumida de entrar en la vida contemplativa.
Quienes esperan limpiar su conciencia envolviendo la persecución de las Monjas con fines humanitarios, están descubriendo a su costa que la deshonestidad y la mentira están saliendo a la luz, y que tras la promesa de no suprimir el Monasterio se esconde la intención de forzar las vocaciones contemplativas hacia una vida que nada tiene de contemplativa; que es entonces el fin último de Cor Orans y la furia demoledora del tribunal bergogliano. He aquí el “conflicto intereclesial” entre “sectores tradicionalistas antibergoglianos” y “la 'Iglesia de los pobres' querida por el papa Francisco, así como por el arzobispo Lojudice”, del que habla Repubblica. Un verdadero conflicto, en el que la misión espiritual de la Iglesia Católica choca con la visión demagógica e hipócrita de quienes sólo piensan en agradar al mundo y en desmantelar las Órdenes Religiosas juzgadas pasadas de moda y poco rentables. Tendría curiosidad por saber si la Santa Sede transformaría el Centro Aletti (Fondazione Agape) en una estructura para refugiados, cuyos cuantiosos beneficios por las “obras de arte” de mosaicos de Rupnik apenas se verían compensados por el lucrativo negocio de la hospitalidad. Pero el verdadero problema son “las mermeladas de las Monjas”.
Más allá del análisis de los documentos y de las consideraciones jurídicas que de ellos se desprenden, es del todo innegable que quienes afirmaron que este asunto se limitaba a un simple cambio en la dirección del Monasterio en lugar de pretender eliminarlo tuvieron una actitud gravemente engañosa y mentirosa. Y si los temores de nuestras Monjas parecen injustificados, para comprender que efectivamente tenían mil razones para oponerse a estas maniobras criminales basta ver cuántas otras comunidades religiosas han sido objeto de juicios sumarios similares (ver por ejemplo aquí y aquí), siempre con excusas engañosas, siempre violando la ley, siempre implicando propiedades prestigiosas que alguien quiere liquidar para conseguir dinero, siempre dirigidos contra comunidades que no quieren renunciar a su carisma simplemente porque la junta bergogliana así lo ha decidido.
Al final de esta segunda parte, quisiera citar la exhortación dirigida por José Rodríguez Carballo a las Hermanas de clausura el 21 de noviembre de 2018, comentando la Instrucción Cor Orans (aquí). Estas palabras, a pesar de la paradoja de haber sido pronunciadas con una intención completamente diferente, son válidas para las monjas de Pienza y para todas las hermanas perseguidas:
¡No os dejéis manipular! ¡Ustedes son las que tienen que administrar su vida, como mujeres adultas! No hace falta una parrilla sino tres para separaros de aquellas personas que os quieren manipular, así sean obispos, cardenales, frailes u otras personas. Sois vosotras las que debéis discernir, porque hay gente que os está haciendo mucho daño. Porque están proyectando en ti sus propias ideas.Y si una persona como Carballo, involucrado en escándalos financieros que llevaron a la quiebra a la Orden de los Frailes Menores, ha sido nombrado Secretario del Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica, no debe extrañarnos que continúe en su nueva posición con su obra devastadora en una escala mucho mayor. Solo nos queda rezar y esperar que a él y a sus cómplices les espere “no una parrilla sino tres”.
Alguien, en Roma y en Pienza, está olvidando que las Monjas están místicamente casadas con el Señor. No me atrevo a pensar cuál será el castigo del Esposo Divino contra quienes pongan sus manos sobre las Vírgenes consagradas y las tengan junto a fornicarios y herejes.
+ Carlo Maria Viganò, Arzobispo
Dominica II en Cuadragésima
5 de marzo de 2023
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