viernes, 24 de diciembre de 2021

SOBRE EL MOTU PROPRIO: MENSAJE NAVIDEÑO DEL PRIOR DE LA FRATERNIDAD DE SAN VICENTE FERRER DE CHÉMERÉ-LE-ROI (FRANCI

¡Oh Emmanuel!


23 de diciembre de 2021

Mensaje de navidad

Queridos amigos:

En esta ferviente expectativa del Salvador, siento la necesidad de venir y discutir con ustedes un tema que nos concierne a todos. Lo haré con las palabras que saldrán del corazón de un sacerdote que celebra con profunda alegría desde hace más de cuarenta y cuatro años la Misa Tradicional.

Se nos ha hecho una pregunta desde el Motu proprio Traditionis custodes del 16 de julio de 2021 y la Responsa ad dubia de la Congregación para el Culto Divino del 18 de diciembre de 2021: ¿No deberían adoptar los Institutos Ecclesia Dei, como les invitamos a hacer, la celebración de la Misa y los Sacramentos según el misal y los rituales reformados por Pablo VI? En otras palabras, ¿estos Institutos inician un proceso de abandono de los libros litúrgicos antes de la reforma de 1969?

Como fundador de uno de estos Institutos, responderé espontáneamente: “¡La liturgia tradicional es nuestro mismo ser! Pedirnos que lo abandonemos es instarnos a matar lo que ha dado forma a nuestro ser espiritual durante décadas. La Liturgia Tradicional Latina es además parte de la riqueza inmemorial de la Iglesia, que no puede desaparecer, porque forma parte de su herencia inaccesible. Querer eliminarla del "perímetro visible de la Iglesia católica" (como decía Jean Madiran) es una operación imposible, porque contradice la esencia de la Tradición. Finalmente, para nosotros que hemos hecho votos según Constituciones impregnadas de Liturgia Tradicional, es invitarnos a rechazar “la forma en que Dios quiere que seamos santos”, como dice santa Isabel de la Trinidad sobre su Regla.

Al permanecer fieles a nuestros votos, estamos en plena obediencia a la Iglesia. De hecho, la Constitución Apostólica Pastor Bonus del 28 de junio de 1988 especifica en su artículo 107: La Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica “vela por que los institutos de vida consagrada y las sociedades de vida apostólica se desarrollen y progresen en el espíritu de los fundadores y en las sólidas tradiciones, para que persigan fielmente sus propios fines y contribuyan eficazmente a la misión salvífica de la Iglesia”.

Ahora bien, ¿cuál es el espíritu de los fundadores y sus propios fines? Es la fidelidad a la Sede Apostólica íntimamente unida al apego a la Tradición Latina, por la espiritualidad, el apostolado, la liturgia y la disciplina [1]. Es en particular la facultad de utilizar los libros litúrgicos en uso en 1962. El abandono de estas expresiones en el campo crucial de la liturgia sería para nosotros contrario a la obediencia y al espíritu de la Iglesia.

Hay otra razón por la que este abandono es imposible: el honor de la Santa Sede. Respecto a los sacerdotes y fieles respetuosos de la autoridad jerárquica para quienes la reforma litúrgica constituye una verdadera dificultad, la Santa Sede aseguró: “Se tomarán todas las medidas para garantizar su identidad en plena comunión de la Iglesia Católica” [2]. Se inscribieron estas disposiciones en los Decretos para la erección de nuestros Institutos, confirmando nuestras Constituciones. Estos textos solemnes explican claramente nuestro apego a las pedagogías tradicionales de la fe, especialmente en materia litúrgica. Según el principio “pacta sunt servanda” [3], la Autoridad Suprema de la Iglesia no puede retractarse de la palabra dada.

Este abandono de las particularidades litúrgicas es, además, imposible, como ya he mencionado anteriormente, para los miembros de nuestros Institutos. Los religiosos, religiosas y sacerdotes que participan en nuestros Institutos han hecho votos o se han comprometido según la especificación de los Decretos de Erección y de las Constituciones, que los vinculan a las formas litúrgicas de la Tradición Latina anterior. Así, confiando en la palabra del Sumo Pontífice, entregaron su vida a Cristo para servir a la Iglesia. Según la ley natural y la teología clásica de la obediencia, lo que sería contrario a esta especificación esencial no puede, por lo tanto, obligarlos [4].

Finalmente, tal proceso de cambio litúrgico dañaría seriamente a un gran número de fieles. Ya no comprenden las restricciones impuestas a la celebración de la Misa Tradicional. Su consternación por la pérdida de esta liturgia que alimenta su vida interior sería inmensa. ¿Y cómo aceptar que se les trate así, contrariamente a su conciencia iluminada y apoyados en las palabras de los pontífices anteriores, cientos de sacerdotes, religiosos y religiosas, seminaristas, que han permanecido fieles a la jerarquía católica durante treinta y tres años, a veces con grandes sacrificios?  

La fidelidad a la Liturgia Tradicional es nuestro deber y la alegría de contribuir así a "la misión de salvación de la Iglesia"[5].

¡Que el Niño del Pesebre y su Madre Inmaculada los bendiga, mis queridos amigos, y los mantenga en la Esperanza!



[1] El Motu Proprio Ecclesia Dei del 2 de julio de 1988 menciona estas expresiones de la tradición latina anterior al nn. 5a, 5b y 6a.

[2] Nota informativa de la Santa Sede de 16 de junio de 1988, Documentation Catholique, n ° 1966, p. 739.

[3] "Se deben respetar las convenciones".

[4] Cfr. Código de Derecho Canónico, canon 601, y Santo Tomás de Aquino, Summa Theologiae, II-II, q. 104, a. 5, ad 3.

[5] Constitución Apostólica Pastor Bonus, artículo 107.


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