jueves, 6 de septiembre de 2001

CONDENACION DE LA SOCIEDAD LLAMADA DE FRANC-MASONES Y DE OTRAS SOCIEDADES SECRETAS (15 DE MARZO DE 1825)


CARTA APOSTÓLICA

DE N. S. P. EL PAPA LEON XII

CONDENACION

DE LA SOCIEDAD LLAMADA DE FRANC-MASONES Y DE OTRAS SOCIEDADES SECRETAS

LEON OBISPO SIERVO DE LOS SIERVOS DE DIOS.

Para perpetua memoria

§1. Cuanto mayores son los desastres que amenazan al rebaño de Jesucristo, Nuestro Dios y Salvador, tanto mayor debe ser, para apartarlos la solicitud de los Romanos Pontífices, a quienes, en la persona de San Pedro, Príncipe de los Apóstoles, se ha conferido el poder y el cuidado de apacentar y gobernar este mismo rebaño. En efecto, a ellos, como colocados en el puesto mas elevado de la Iglesia, pertenece el descubrir de lejos los lazos preparados por los enemigos del nombre cristiano para exterminar la Iglesia de Jesucristo, (lo que no obstante jamás conseguirán): a ellos pertenece no solo señalar y descubrir a los fieles estos lazos, a fin de que se guarden de ellos, sino también el destruirlos y aniquilarlos con su autoridad.

Habiendo los Pontífices Romanos, Nuestros predecesores, comprendido que ellos debían desempeñar este grave cargo, vigilaron continuamente como buenos pastores, y se esforzaron, por medio de sus exhortaciones, de sus doctrinas, de sus decretos y hasta sufriendo la muerte por el bien de sus ovejas, en reprimir y en destruir enteramente las sectas, que amenazaban a la Iglesia con una completa ruina. La memoria de esta solicitud pontifical no se halla solamente en los antiguos anales eclesiásticos, sino que también se hallan brillantes pruebas de lo que han hecho los Romanos Pontífices en nuestros tiempos y en los tiempos de nuestros Padres para oponerse a las asociaciones secretas de los enemigos de Jesucristo; pues habiendo visto Nuestro predecesor Clemente XII, que la secta llamada Franc-Masones o conocida por otro nombre, adquiría nuevas fuerzas cada día, y habiendo sabido con toda certeza, por numerosas pruebas, que esta secta no solamente era sospechosa, sino también enemiga declarada de la Iglesia Católica, la condenó por una excelente Constitución, que empieza con estas palabras: In eminenti, publicada el 28 abril de 1738, cuyo tenor es el siguiente:

CLEMENTE OBISPO

SIERVO DE LOS SIERVOS DE DIOS.

A todos los fieles de Jesucristo salud y Bendición Apostólica

§ 2 Elevado por la Providencia Divina al grado más superior del Apostolado, aunque muy indigno de él, según el deber de la vigilancia pastoral que se nos ha confiado, hemos, constantemente secundado por la gracia divina, llevado de nuestra atención con todo el celo de nuestra solicitud, sobre lo que se puede, cerrando la entrada a los errores y a los vicios, servir a conservar, sobre todo, la integridad de la religión ortodoxa, y a desterrar del mundo católico, en estos tiempos tan difíciles, los peligros de las perturbaciones.

También hemos llegado a saber aun por la fama pública, que se esparcen a lo lejos, haciendo nuevos progresos cada día, ciertas sociedades, asambleas, reuniones, agregaciones o conventículos, llamados vulgarmente francmasones o bajo otra denominación, según la variedad de las lenguas, en las que hombres de toda religión y secta, afectando una apariencia de honradez natural, se ligan el uno con el otro con un pacto tan estrecho como impenetrable según las leyes y los estatutos que ellos mismos han formado y se obligan por medio de juramento prestado sobre la Biblia y bajo graves penas a ocultar con un silencio inviolable, todo lo que hacen en la oscuridad del secreto.

Pero como tal es la naturaleza del crimen, que se descubre a sí mismo, da gritos que lo manifiestan y lo denuncian; de ahí, las sociedades o conventículos susodichos han dado origen a tan fundadas sospechas en el espíritu de los fieles, que al alistarse en estas sociedades es para las personas honradas y prudentes contaminarse con el sello de la perversión y de la maldad; y esta sospecha ha tomado tanto cuerpo, que en muchos estados estas mencionadas sociedades han sido ya hace mucho tiempo proscritas y desterradas como contrarias a la seguridad de los reinos.

Por esto, reflexionando nosotros sobre los grandes males que ordinariamente resultan de esta clase de asociaciones o conventículos, no solamente para la tranquilidad de los estados temporales, sino también para la salud de las almas, y que por este motivo de ningún modo pueden estar en armonía con las leyes civiles y canónicas; y como los oráculos divinos nos imponen el deber de velar cuidadosamente día y noche como fiel y prudente servidor de la familia del Señor, para que esta clase de hombres, lo mismo que los ladrones, no asalten la casa y como los zorros no trabajen en demoler la viña, no perviertan el corazón de los sencillos, y no los traspasen en el secreto de sus dardos envenenados; para cerrar el camino muy ancho que de ahí podría abrirse a las iniquidades, y que se cometerían impunemente, u por otras causas justas y razonables conocidas de Nos, siguiendo el parecer de muchos de nuestros venerables hermanos cardenales de la Santa Iglesia romana y de nuestro propio movimiento de ciencia cierta, después de madura deliberación, y de nuestro pleno poder apostólico, hemos concluido y decretado condenar y prohibir estas dichas sociedades, asambleas, reuniones, agregaciones o conventículos llamados de francmasones, o conocidos bajo cualquier otra denominación, como Nos los condenamos, los prohibimos por Nuestra presente Constitución valedera para siempre.

Por esto prohibimos seriamente, y en virtud de la santa obediencia, a todos y cada uno de los fieles de Jesucristo de cualquier estado, grado, condición, rango, dignidad y preeminencia que sean, laicos o clérigos, seculares o regulares, aun los que merezcan una mención particular, osar o presumir bajo cualquier pretexto, bajo cualesquiera color que éste sea, entrar en las dichas sociedades de francmasones o llamadas de otra manera, o propagarlas, sostenerlas o recibirlas en su casa o darles silo en otra parte, y ocultarlas, inscribirse, agregarse y asistir o darles el poder o los medios de reunirse, suministrarles cualquier cosa, darles consejo, socorro o favor abierta o secretamente, directa o indirectamente por sí o por medio de otros de cualquiera manera que esto sea, como también exhortar a los demás, provocarlos, obligarlos o hacerse inscribir en esta clase de sociedades, a hacerse miembros y asistir a ellas, ayudarlos y mantenerlos de cualquier manera que esto sea o aconsejárselas; pero nosotros les ordenamos en absoluto que se abstengan enteramente de esta clases de sociedades, asambleas, reuniones, agregaciones o conventículos, esto bajo pena de excomunión en que incurren todos contraviniendo como arriba queda dicho, por el hecho y sin otra declaración de la que nadie puede recibir el beneficio de la absolución por otro sino por Nos o por el Pontífice romano que entonces exista, a no ser en el artículo de la muerte.

Queremos además y mandamos que tanto los Obispos y prelados superiores y otros ordinarios de los lugares, que todos los inquisidores de la herejía se informen y procedan contra los transgresores de cualquiera estado, grado, condición, rango, dignidad o preeminencia que sean, los repriman y los castiguen con las penas merecidas como fuertemente sospechosos de herejía; porque nosotros les damos, y a cada uno de ellos, la libre facultad de informar y de proceder contra los dichos transgresores, de reprimirlos y castigarlos con las penas merecidas, aun invocando para este efecto, si necesario fuere, el auxilio del brazo secular. Asimismo la mano de un Notario público y selladas con el sello de una persona constituida en dignidad eclesiástica, se dé el mismo crédito que se daría a las presentes, si fuesen representadas en el original.

Que no sea permitido a hombre alguno infringir o contrariar por una empresa temeraria esta Bula de nuestra declaración, condenación, mandamiento, prohibición e interdicción; si alguno presume atentar contra ella sepa que incurrirá en la indignación de Dios Todopoderoso y de los Bienaventurados Apóstoles San Pedro y San Pablo.

Dado en Roma, en Santa María la Mayor, el año de la Encarnación de N. S. MDCCXXXXVIII, el IV de las Calendas de mayo, VIII año de Nuestro Pontificado”.

§3. Esta Bula aun no pareció suficiente a Nuestro Predecesor de feliz memoria, Benedicto XIV, porque corrió el rumor de que habiendo muerto Clemente XII, quedaba sin efecto la pena de excomunión impuesta por la misma Bula, puesto que ella no había sido expresamente confirmada por su Sucesor. Era ciertamente un absurdo pretender que las leyes de los Pontífices anteriores debiesen caer en desuso si no eran expresamente aprobadas por sus sucesores y además, era bien evidente que Benedicto XIV había ratificado la constitución publicada por Clemente XII. No obstante, a fin de quitar hasta el menor pretexto a los sectarios, Benedicto XIV publicó una nueva Bula, que empezaba así: Providas, y fechada el 18 marzo de 1751; en esta Bula, él, reprodujo, y confirmó textualmente y de la manera mas explícita aquella de su predecesor. He aquí el tenor de la misma.


BENEDICTO OBISPO

SIERVO DE LOS SIERVOS DE DIOS

Para perpetua memoria

§ 4 Consideramos necesario, con una nueva intervención de nuestra autoridad, apoyar y confirmar, según lo justifiquen y por razones serias, las leyes y sanciones provisionales de los Romanos Pontífices Nuestros predecesores: no solo esas leyes y esas sanciones cuya fuerza o proceso por el tiempo o por el descuido de los hombres, tememos que puedan reducir la velocidad o extinguirse, pero también aquellos que recientemente han ganado fuerza y ​​pleno vigor.

1. De hecho, Clemente XII, nuestro predecesor de feliz memoria, con su carta apostólica del 28 de abril del año de la Encarnación del Señor 1738, el octavo año de su pontificado, en una carta dirigida a todos los fieles y que condena y prohíbe por siempre algunas Sociedades, Sindicatos, Reuniones, Conventículos o Agregaciones vulgarmente llamadas de los masones o des Francs Maçons, o nombradas de manera diferente, ya ampliamente difundidas en ciertos países y que ahora están aumentando cada vez más. Prohibió a todos y a los cristianos individuales (bajo pena de excomunión incurrir ipso facto sin ninguna declaración, de la cual nadie puede ser absuelto por nadie más que en el punto de la muerte, que no sea el Romano Pontífice pro tempore) para intentar o atreverse a ingresar a tales Sociedades, propagarlas o prestarles favor o refugio, ocultarlas, inscribirse en ellas, unirse o intervenir en ellas, y otras, como en la misma Carta, está cada vez más contenido. Aquí está el texto.

2. “Clemente Obispo, servidor de los servidores de Dios. A todos los fieles, salud y bendición apostólica.

Colocados a instancias de la clemencia divina, aunque indignos, en el eminente Asiento del Apostolado, para cumplir la deuda de la Providencia Pastoral que nos ha sido confiada, con diligencia y preocupación, en lo que nos concede el Cielo, dirigimos nuestros pensamientos a aquellas cosas por las cuales, para el cierre de errores y vicios, se preserva la integridad de la religión ortodoxa, y en estos tiempos muy difíciles, los peligros de los disturbios se eliminan de todo el mundo católico.

Ya por la misma reputación pública somos conocidos por extendernos en todas las direcciones, y día a día, algunas Compañías, Sindicatos, Reuniones, Conventículos o Congregaciones comúnmente llamadas de masones o des francs maçons, o con otros nombres. Llamados de acuerdo con la variedad de idiomas, en los que con una alianza estrecha y secreta, de acuerdo con sus leyes y estatutos, los hombres de cualquier religión y secta se unen, contentos con una cierta apariencia afectada de honestidad natural. Estas sociedades, con un estricto juramento sobre las Sagradas Escrituras, y con una exageración de las sanciones graves, están obligadas a mantener un silencio inviolable en torno a las cosas que hacen en secreto.

Pero dado que es la naturaleza del crimen manifestarse y generar el ruido que lo denuncia, se deduce que las Sociedades o Conventículos antes mencionados han producido tal sospecha en la mente de los fieles, según la cual los hombres honestos y prudentes que se suscriben a esas Agregaciones es lo mismo que mancharse con la infamia de la maldad y la perversión: si no actuaran injustamente, no odiarían tanto la luz. Tal fama ha crecido tanto que tales príncipes seculares en muchos países ya han sido proscritos como enemigos de los reinos, y han sido eliminados providencialmente.

Por lo tanto, meditando sobre los daños muy graves que tales Sociedades o Conventículos en su mayoría causan no solo a la tranquilidad de la República temporal, sino también a la salud espiritual de las almas, en el sentido de que no están de acuerdo de ninguna manera ni con las Leyes Civiles ni con las Canónicas; enseñadas por las palabras Divinas a vigilar día y noche, como un servidor fiel y prudente a cargo de la familia del Señor, para que esta raza de hombres no saqueen la Casa como ladrones, ni como zorros arruinen la Viña; es decir, para que no corrompa los corazones de los simples ni lesione ocultamente a los inocentes; para cerrar el camino que, si está abierto, podría permitir crímenes con impunidad; por otras razones justas y racionales que conocemos, con el consejo de algunos Venerables Nuestros Cardenales Hermanos de la Santa Iglesia Romana, y más motu proprio, con ciencia segura, deliberación madura y con la plenitud de Nuestro Poder Apostólico, decretamos condenar y prohibir, como con esta Nuestra Constitución, ser válidos a perpetuidad, condenamos y prohibimos las Compañías, Sindicatos y Reuniones mencionadas anteriormente de los masones o des Francs Maçons, o con cualquier otro nombre que se llamen. Por lo tanto, severamente, y en virtud de la santa obediencia, ordenamos a todos y cada uno de los fieles de cualquier estado, grado, condición, orden, dignidad o preeminencia, ya sean laicos o clérigos, tanto seculares como regulares, aunque dignos de mención especial e individual y convocarlos, que nadie debe atreverse o presumir bajo ningún pretexto o apariencia a establecer, propagar o favorecer a las mencionadas sociedades de masonería o des Francs Maçons o llamadas de otra manera; alojarlos y esconderlos en sus propios hogares o en otro lugar; para registrarse y unirse a ellos; para proporcionarles los medios, la facultad o la posibilidad de reunirse en algún lugar; para darles algo o incluso para darles consejos, ayuda o favor de cualquier manera, clara o secreta, directa o indirectamente, por su cuenta o para otros, así como para exhortar, inducir, provocar o persuadir a otros para que se inscriban o intervengan de manera similar en esa empresa, o de alguna manera beneficiar y favorecer a la misma. De hecho, todos deben abstenerse absolutamente de dichas empresas, sindicatos, reuniones, agregaciones o convenios, bajo pena de excomunión para todos los delincuentes, como se indicó anteriormente, para incurrir en ipso facto y sin ninguna declaración, de la que nadie puede ser absuelto, si no está a punto de morir, por otro que no sea el Romano Pontífice pro tempore.

También queremos y ordenamos que tanto los obispos, los prelados superiores y los demás ordinarios de los lugares, como los inquisidores de los herejes malvados en cualquier lugar, procedan e indaguen contra los transgresores de cualquier estado, grado, condición, orden, dignidad o preeminencia, y que repriman y castiguen a los mismos con las mismas penas con las que golpean a los sospechosos de herejía. Por lo tanto, les otorgamos y les damos facultad gratuita a ellos, y a cada uno de ellos, para proceder e investigar contra los delincuentes antes mencionados, y para encarcelarlos y castigarlos con las debidas sanciones, invocando también, si es necesario, la ayuda del brazo secular.

También queremos copias de esta carta, incluso si están impresas, firmadas por la mano de un notario público y con el sello de una persona constituida con dignidad eclesiástica, para que se les preste la misma fe que se prestaría a la carta si se exhibiera o mostrara en el original.

Por lo tanto, absolutamente nadie está autorizado a violar, o con osadía, contradecir esta página de nuestra declaración, condena, mandamiento, prohibición e interdicción. Si alguien se atrevió tanto, sepa que incurrirá en la indignación del Dios Todopoderoso y los santos apóstoles Pedro y Pablo”.

3. Pero desde que, hasta donde nos han dicho, algunos no han tenido dificultad en afirmar y revelar públicamente que la pena de excomunión impuesta por Nuestro Precursor ya no es efectiva porque la Constitución relativa no ha sido confirmada por nosotros, casi como si la confirmación explícita del sucesor es necesaria para que las Constituciones Apostólicas sigan siendo válidas;

4. y habiéndonos sugerido por algunas personas piadosas y temerosas de Dios, que sería muy útil eliminar todo el subterfugio de los calumniadores y declarar la uniformidad de Nuestra alma con la intención y la voluntad del Predecesor mismo, agregando a su Constitución el nuevo voto de Nuestra confirmación;

5. Ciertamente, hasta ahora, cuando hemos otorgado amablemente la absolución de la excomunión incurrida, a menudo antes y principalmente en el último año del Jubileo, a muchos creyentes verdaderamente arrepentidos y afligidos por haber transgredido las leyes de la misma Constitución y que se aseguraron desde el corazón alejarse completamente de tales Sociedades y Conventículos, y que en el futuro nunca volverían; o cuando otorgamos a los centros penitenciarios delegados por nosotros la facultad de impartir absolución en nuestro nombre y con nuestra autoridad a quienes recurrieron a los centros penitenciarios mismos; y cuando con pronta vigilancia no descuidamos asegurarnos de que los jueces y tribunales competentes procedieran en proporción al delito cometido contra los infractores de la propia Constitución, que en realidad se llevó a cabo varias veces; ciertamente hemos proporcionado argumentos que no solo son probables, sino que son completamente evidentes e indudables, a través de los cuales las disposiciones de Nuestra alma y la firme y deliberada voluntad serán consistentes con la censura impuesta por el mencionado Predecesor Clemente antes mencionado. Si una opinión contraria se extendiera a nuestro alrededor, ciertamente podríamos despreciarla y exponer nuestra causa al justo juicio del Dios Todopoderoso, diciendo esas palabras que una vez fueron recitadas durante las funciones sagradas: "Concede, oh Señor, te suplicamos que no curamos las calumnias de las almas perversas, sino que, habiendo frenado la perversidad misma, suponemos que no permites que nos veamos afectados por calumnias injustas o envueltos en una adulación astuta, sino que amamos lo que tú mandas". Así lo informa un antiguo Misal atribuido a San Gelasio, Nuestro Predecesor, y que por el Venerable Siervo de Dios, el Cardenal Giuseppe Maria Tommasi fue incluido en la Misa que se titula “Contra los calumniadores”.

6. Sin embargo, para que no se pueda decir que habíamos omitido imprudentemente algo, para eliminar fácilmente los pretextos de calumnias mentirosas y cerrar sus bocas; Tras haber escuchado por primera vez el consejo de algunos Venerables Cardenales Hermanos de la Santa Iglesia Romana, hemos decretado confirmar la misma Constitución de Nuestro Predecesor, palabra por palabra, como se informó anteriormente en una forma específica, que se considera la más extensa y efectiva de todas: Confirmamos, validamos, renovamos y queremos y decretamos que tiene fuerza y ​​eficacia perpetuas para nuestra ciencia segura, en la plenitud de nuestra autoridad apostólica, de acuerdo con el tenor de la misma Constitución, en todos los aspectos, como si hubiera sido promulgada con nuestro motu proprio y con nuestra autoridad, y como si la hubiésemos publicado por primera vez Nosotros.

7. En verdad, entre las razones muy serias de las prohibiciones y condenas mencionadas en la Constitución mencionada, hay una, en virtud de la cual los hombres de cualquier religión y secta pueden unirse en tales Sociedades y Conventículos. Está claro qué daño puede hacerse a la pureza de la religión católica. La segunda razón es la estricta e impenetrable promesa secreta, bajo el cual se esconde lo que se hace en estas reuniones, que se pueden aplicar con razón que: "Las cosas honestas siempre aman la luz pública; la maldad es secreta". La tercera razón es el juramento con el que se comprometen a observar inviolablemente dicho secreto, como si fuera legal para alguien, cuestionado por un poder legítimo, con la excusa de alguna promesa o juramento de escapar de la obligación de confesar todo lo que se busca, para saber si se hace algo en estos conventos contrario a la estabilidad y las leyes de la religión y la República. La cuarta razón es que estas compañías se oponen a las sanciones civiles no menos que a los cánones, teniendo en cuenta, de hecho, que según la ley civil, todas las universidades y reuniones formadas sin autoridad pública están prohibidas, como se indica en el Pandette (libro 47, tit.22, De Collegiis et corporibus illicitis), y en la famosa carta (n. 97 del libro 10) de C. Plinio Cecilio, quien informa que estaba prohibido para su Edicto, solo el mandamiento del Emperador, que las Aetherias estaban retenidas, es decir, que podían existir y reunirse Empresas y reuniones sin la autorización del Príncipe. La quinta razón es que en muchos países las Sociedades y Agregaciones antes mencionadas ya han sido proscritas y prohibidas con las leyes de los Principios Seculares. Finalmente, la última razón es que las Sociedades y Agregaciones antes mencionadas fueron culpadas por los hombres prudentes y honestos: en su opinión, cualquiera que se inscribiera en ellas incurrió en la acusación de idolatría y perversión.

8. Finalmente, el mismo Predecesor en la Constitución mencionada anteriormente exhorta a los Obispos, los Prelados Superiores y los demás Ordinarios de los lugares a no descuidar invocar la ayuda del brazo secular si es necesario para la ejecución de esta disposición.

9. Todas estas cosas, incluso individualmente, no solo son aprobadas y confirmadas por nosotros, sino también recomendadas y ordenadas por los superiores eclesiásticos; pero a nosotros mismos, fuera de la deuda de la preocupación apostólica, con esta carta que invocamos y con profundo afecto buscamos la ayuda de los príncipes católicos y de los poderes seculares, siendo los mismos príncipes supremos y podestás elegidos por Dios como defensores de la fe y protectores de la Iglesia, para que puedan hacer todo lo posible para garantizar que las Constituciones Apostólicas tengan el debido respeto y la obediencia absoluta. Esto trajo a la memoria a los Padres del Consejo Tridentino (sex. 25, cap. 20), y el emperador Carlomagno lo había declarado muy bien en sus Especificaciones (tit. I, cap. 2), en el que, de ninguna manera podemos saber “cuán fieles pueden ser fieles a nosotros aquellos que se muestran infieles a Dios y desobedientes a sus sacerdotes”. En consecuencia, impuso a todos los presidentes y ministros de sus provincias que obliguen a todos y a las personas a obedecer las leyes de la Iglesia. Además, cometió sanciones muy serias contra aquellos que descuidaron hacer esto, agregando entre otras cosas: "Aquellos que luego encontrarán negligentes y transgresoras estas cosas (lo que no sucede), saben que no conservarán los honores en nuestro Imperio, ni tendrán un lugar en el Palacio, ni con nosotros ni con nuestros fieles tendrán sociedad o comunidad, sino que pagarán la pena en angustia”.

10. También queremos copias de esta carta, incluso si están impresas, firmadas por la mano de un notario público y con el sello de una persona constituida con dignidad eclesiástica, para que se les preste la misma fe que se prestaría a la carta si se exhibiera o mostrara en el original.

11. Por lo tanto, absolutamente nadie está autorizado a violar, o con osadía, contradecir esta página de Nuestra confirmación, innovación, aprobación, mandamiento, invocación, solicitud, decreto y voluntad. Si alguien se atrevió tanto, sepa que incurrirá en la indignación del Dios Todopoderoso y los santos apóstoles Pedro y Pablo.

Dado en Roma, en Santa Maria Maggiore, el 18 de marzo del año de la Encarnación del Señor 1751, el undécimo año de nuestro pontificado.
 
§ 5 ¡Ojalá que aquellos, que en aquel entonces tenían en sus manos el poder hubiesen sabido apreciar estos decretos tal como los exigía el bien de la Iglesia y del Estado! ¡Ojalá que hubiesen estado convencidos que en los Romanos Pontífices sucesores de S. Pedro debían ver no solo los pastores y los jefes de la Iglesia Católica, sino también los más firmes apoyos de los gobiernos y los centinelas más vigilantes para descubrir los peligros de la sociedad! ¡Ojalá que hubiesen empleado su poder para combatir y destruir las sectas, cuya perfidia les había descubierto la Silla Apostólica! Ya desde aquel entonces hubieran acabado con ellas. Mas, ya sea que los sectarios tuviesen cuidado de ocultar sus maquinaciones, ya sea que, por una negligencia o imprudencia culpable, se hubiese considerado la cosa como poco importante y digna de ser despreciada; los Franc-Masones sectarios, que nunca cejaron en sus trabajos, dieron origen a otras sectas mucho más perniciosas y más atrevidas. A la cabeza de todas ellas debe colocarse la secta de los Carbonarios, secta que parecía contenerlas todas en su seno y que es la más considerable en Italia y en algunos otros países. Dividida en varias ramas, solo diferentes en el nombre, ella se ha atrevido a combatir con todo vigor la Religión Católica y toda autoridad civil superior y legítima. Para librar a la Italia y a los demás países y especialmente a los Estados Pontificios de este azote traído por extranjeros en tiempo en que la autoridad pontificia se hallaba trabada por la invasión, Pio VII, Nuestro predecesor de feliz memoria, publicó una Bula el 13 Setiembre de 1821, que empezaba con estas palabras: Ecclesiam a Jesu Christo. Ella condena con las mas graves penas la referida secta de los Carbonarios bajo cualquier nombre, según la lengua de los países, en que existe. He aquí su tenor:

PIO OBISPO

SIERVO DE LOS SIERVOS DE DIOS

Para perpetua memoria

§ 6 1. La Iglesia fundada por Jesucristo Nuestro Salvador sobre una piedra sólida (y contra ella Cristo prometió que las puertas del infierno nunca prevalecerían) fue atacada tan a menudo y por tantos enemigos temibles, que si esa promesa divina no se interpusiera que no puede fallar, se teme que pueda sucumbir, rodeado de fuerza, vicios o astucia. De hecho, lo que sucedió en otros tiempos también se repite y, sobre todo, en esta triste época nuestra que parece ser la última vez predicha en el pasado por el Apóstol: «Vendrán los engañadores que, según sus deseos, caminarán por el camino de la impiedad» (Di-s 18). De hecho, nadie ignora cuantos malvados, en estos tiempos tan difíciles, han unido fuerzas contra el Señor y contra Cristo Su Hijo; se esfuerzan sobre todo (aunque con esfuerzos vanos) para abrumar y subvertir a la Iglesia misma, engañando a los fieles (Col 2,8) con una filosofía vana y falaz y restándolos de la doctrina de la Iglesia. Para lograr este objetivo más fácilmente, muchos de ellos organizaron conferencias secretas y siete clandestinos con los que esperaban en el futuro arrastrar más fácilmente a numerosos individuos a ser cómplices de su conspiración e iniquidad.

2. Durante algún tiempo, esta Santa Sede, después de descubrir estas sectas, hizo sonar la alarma contra ellos con una voz fuerte y libre y reveló sus conspiraciones contra la Religión y contra la sociedad civil misma. Desde hace algún tiempo, había instado a la vigilancia de todos a asegurarse de que estas sectas no se atrevieran a implementar sus intenciones malvadas. Sin embargo, es lamentable que el resultado de esta misión no se correspondiera con el compromiso de esta Sede Apostólica y que esos hombres malvados no renunciaran a la conspiración que habían emprendido, de modo que los males que nosotros mismos habíamos previsto finalmente resultaron. Por el contrario, aquellos hombres, cuya afinidad siempre está creciendo, incluso se han atrevido a crear nuevas sociedades secretas.

3. En este punto, es necesario recordar una sociedad recién nacida que se extiende a lo largo y ancho de Italia y otras regiones: sin embargo, está dividida en numerosas sectas y aunque a veces toma nombres diferentes y distintos, debido a su variedad, sin embargo, es una de hecho en la comunidad de doctrinas y crímenes y en el pacto que se estableció; generalmente se llama Carbonari. Simulan un respeto singular y un celo extraordinario hacia la Religión Católica y hacia la persona y la enseñanza de Jesucristo Nuestro Salvador, que a veces se atreven sacrílegamente a llamar a Rector y gran Maestro de su sociedad. Pero estos discursos, que parecen suavizarse con aceite, no son más que dardos disparados con más confianza por hombres astutos, para herir a los menos cautelosos; esos hombres se presentan vestidos de cordero pero en el fondo son lobos rapaces.

4. Incluso si faltan otros argumentos, los siguientes convencen lo suficiente de que no se debe dar crédito a sus palabras, a saber: el juramento muy severo por el cual, imitando en gran parte a los antiguos priscillanistas, prometen nunca revelar, en cualquier caso, a aquellos que no son miembros de la sociedad, cualquier cosa que concierna a la misma compañía, ni comunicar a los que están en los grados inferiores nada que concierna a los grados superiores; además, las reuniones secretas e ilegales que convocan siguiendo la costumbre de muchos herejes y la cooptación de hombres de todas las religiones y sectas en su sociedad.

5. Por lo tanto, no se necesitan conjeturas y argumentos para juzgar sus declaraciones, como se indicó anteriormente. Los libros que publican (que describe el método que generalmente se sigue en las reuniones de los grados superiores), sus catecismos, los estatutos y otros documentos muy serios y auténticos destinados a inspirar confianza, y los testimonios de aquellos que, habiendo abandonado La sociedad a la que pertenecían anteriormente, reveló los errores y fraudes a los jueces legítimos, demuestra abiertamente que los Carbonari apuntan sobre todo a otorgar una licencia completa a cualquiera para inventar una religión que profese con su ingenio y sus propias opiniones, introduciendo así hacia la Religión esa indiferencia de la que difícilmente puede imaginarse algo más pernicioso. Al profanar y contaminar la pasión de Jesucristo con ciertas de sus siniestras ceremonias; al despreciar los sacramentos de la Iglesia (a los que parecen reemplazar otros nuevos que inventaron con suprema impiedad) y los mismos misterios de la religión católica; Al subvertir esta Sede Apostólica (en la que siempre ha residido la primacía de la Cátedra Apostólica) (San Agustín, Ep. 43), están animados por un odio particular y meditan intenciones fatales y perniciosas.

6. No menos villanas (como se desprende de los documentos mismos) son las reglas de conducta que enseña la sociedad Carbonari, aunque se enorgullece imprudentemente de exigir a sus seguidores que cultiven y practiquen la caridad y cualquier otra virtud, y que se abstengan escrupulosamente de cada vicio. Por lo tanto, favorece sin modestia la voluptuosidad más salvaje; enseña que es legal matar a aquellos que no respetaron el juramento de secreto, que se mencionó anteriormente; y aunque Pedro el príncipe de los apóstoles (1Pt 2,13) ​​prescribe que los cristianos "están sujetos, en nombre de Dios, a toda criatura humana o al Rey como preeminente o a los Jefes enviados por Él, etc.", Aunque el apóstol Pablo (Rom 3:14) ordena que «cada alma está sujeta a los más altos poderes», sin embargo, esa sociedad enseña que no es un delito fomentar rebeliones y privar a los reyes y otros líderes de su poder, quienes por el mayor daño se atreven indiferentemente a llamar a los tiranos.

7. Estos y otros son los dogmas y preceptos de esta sociedad, a partir de los cuales se originaron los crímenes recientemente cometidos por los Carbonari, que han causado tanto duelo a personas honestas y piadosas. Nosotros, por lo tanto, quienes hemos sido designados como videntes de esa casa de Israel que es la Santa Iglesia y que para nuestro oficio pastoral debemos evitar que el rebaño del Señor divinamente confiado a Nosotros sufra algún daño, creemos que en una contingencia tan grave no podemos eximirnos de prevenir los intentos criminales de estos hombres. También nos conmueve el ejemplo de Clemente XII y Benedicto XIV de feliz memoria, Nuestros predecesores: el primero, el 28 de abril de 1738, con la Constitución In eminenti, y el segundo, el 18 de mayo de 1751, con la Constitución Providas. Las sociedades de los masones libres, es decir, de los Francs Maçons, o llamadas por cualquier otro nombre, según la variedad de regiones e idiomas, condenadas y prohibidas; debe suponerse que esta sociedad de los Carbonari es quizás una rama, o ciertamente una imitación.

Y aunque con dos edictos promulgados por nuestra Secretaría de Estado, ya hemos proscrito severamente a esta sociedad, sin embargo, siguiendo a los mencionados Predecesores, creemos que decretaremos, incluso más solemnemente, sanciones graves contra esta sociedad, sobre todo porque los Carbonarios afirman erróneamente que no son incluido en las dos Constituciones de Clemente XII y Benedicto XIV ni están sujeto a las sentencias y sanciones previstas en ellos.

8. Por lo tanto, después de consultar a una Congregación elegida de Venerables Cardenales de la Santa Iglesia Romana, con sus consejos y también por su propio motivo, por cierta doctrina y por meditar sobre nuestra deliberación, en la plenitud de la autoridad apostólica que hemos establecido y decretado para condenar y prohibir a la sociedad Carbonari antes mencionada, o con cualquier otro nombre llamado, sus reuniones, asambleas, conferencias, agregaciones, convenios, así como con nuestro presente acto, lo condenamos y prohibimos.

9. Por lo tanto, para todos y cada uno de los fieles de Cristo de cualquier estado, grado, condición, orden, dignidad y preeminencia, ya sea secular o regular, tanto secular como regular, también dignos de mención específica, individual y explícita, ordenamos estrictamente y en virtud de santa obediencia que nadie, bajo ningún pretexto o razón buscada, se atreva a difundir o favorecer, en su hogar o en cualquier otro lugar para acoger y esconder a la mencionada sociedad Carbonari, o dicho de otro modo, unirse a ellos o intervenir en cualquier grado o para ofrecerles la facultad y la oportunidad de que se reúnan en algún lugar o para darles algo o de otra manera darles consejos, ayuda o favores descarados u ocultos, directos o indirectos, para sí mismo o para otros; y nuevamente, exhortar, inducir, provocar o persuadir a otros para que se unan o intervengan en esta empresa o en cualquier grado de la misma o para beneficiarla o favorecerla en cualquier caso. Los fieles deben abstenerse absolutamente de esa empresa, de sus reuniones, agregaciones o convenios bajo pena de excomunión en la que todos los delincuentes indicados anteriormente se ejecutan inmediatamente, sin ninguna otra declaración; de la excomunión nadie puede ser absuelto excepto por nosotros o por el pontífice romano pro tempore, a menos que esté a punto de morir.

10. También prescribimos a todos, bajo la misma pena de excomunión, reservada a nosotros y a los Pontífices Romanos Sucesores, la obligación de informar a los Obispos, u otros competentes, sobre todos aquellos que saben que se han unido a esta sociedad o que están manchados con algunos de los delitos mencionados anteriormente.

11. Finalmente, para eliminar cualquier peligro de error de manera más efectiva, condenamos y proscribimos todos los llamados catecismos y libros de Carbonari, donde describen lo que se acostumbra hacer en sus reuniones; asimismo sus estatutos, códigos y todos los libros escritos en su defensa, tanto impresos como manuscritos. A todos los fieles, bajo la misma pena de excomunión igualmente reservada, prohibimos los libros antes mencionados, o la lectura o conservación de cualquiera de ellos; y ordenamos que esos libros se entreguen sin excepción a los Ordinarios locales u otras personas que tengan derecho a recibirlos.

12. También queremos que a las transposiciones, incluso impresas, de Nuestra carta, firmadas por la mano de un notario público y con el sello de una persona investida con dignidad eclesiástica, se preste la misma fe que se otorgaría a la carta original si se presentara o mostrara.

13. Por lo tanto, no es legal para nadie arrebatar o contradecir con imprudente arrogancia este texto de nuestra declaración, condena, orden, prohibición e interdicción. Si alguien se atrevió a intentar esto, sepa que incurrirá en la indignación del Dios Todopoderoso y sus benditos apóstoles Pedro y Pablo.

Dado en Roma, en Santa Maria Maggiore, en el año de la Encarnación del Señor 1821, el 13 de septiembre, en el vigésimo segundo año de Nuestro Pontificado.

§ 7 Poco tiempo después de haber sido esta Constitución publicada por Pio VII, a pesar de nuestra indignidad fuimos elevados a la Suprema Cátedra de S. Pedro; y al instante pusimos todo nuestro cuidado para descubrir cual fuese el estado de estas sociedades secretas, cual su número y su poder. Al hacer estas averiguaciones fácilmente conocimos, que había crecido su audacia, principalmente a causa de su multitud aumentada con nuevas sectas. De todas ellas, la que ha llamado nuestra atención de una manera especial, es la conocida con el nombre de Universitaria, por tener su asiento y domicilio en diferentes universidades, en las que la juventud en lugar de ser instruida, es pervertida por algunos profesores iniciados en los misterios, (que segurísimamente deben llamarse misterios de iniquidad) y formados para todos los crímenes.

De aquí proviene, que después de tanto tiempo, que por primera vez las sociedades secretas por medio de sus sectarios inflamaron y levantaron la tea de la revolución en Europa, a pesar de las brillantes victorias alcanzadas por los príncipes mas poderosos de la misma Europa y que Nos hacían esperar la represión de estas sociedades, no obstante, sus perversos esfuerzos no han cesado todavía, porque en los mismos países, en los que parecían apaciguadas las antiguas tempestades, ¿no hay motivos para temer nuevos tumultos y nuevas sediciones, que estas sociedades traman de continuo? ¿No siembra el terror por todas aquellas partes el puñal impío que hiere en secreto a aquellos que son designados para la muerte? ¿Cuán terribles decretos ha tenido que dictar la autoridad a pesar suyo, para mantener la tranquilidad pública?

A estas mismas asociaciones deben también atribuirse las grandes calamidades que por todas partes afligen a la Iglesia y las que Nos no podemos recordar sin el mas profundo dolor y amargura. Se atacan con un atrevimiento inaudito los dogmas y los preceptos más sagrados; se procura envilecer su dignidad y se halla, no solo perturbada, sino del todo destruida la paz de que ella tendría derecho a gozar.

Ni hay que pensar, que Nos atribuyamos falsamente y por mera calumnia a estas sociedades secretas, todos estos males y los otros, que Nos pasamos por alto. Los libros, que sus miembros se han atrevido a escribir sobre la Religión y sobre la causa pública, con los cuales desprecian la dominación, blasfeman de la majestad, y motejan a Jesucristo de escándalo y de locura; niegan la existencia de Dios y enseñan el materialismo, afirmando, que el alma del hombre acaba juntamente con el cuerpo; sus códigos y sus estatutos, con que demuestran sus proyectos y sus leyes, prueban lo que Nos hemos dicho de sus esfuerzos para derribar los principados legítimos, y para destruir hasta los fundamentos a la Iglesia; y lo que no es menos cierto, es, que estas sectas aunque diferentes en el nombre, se hallan no obstante, ligadas entre sí por sus infames miras e intenciones.

Después de haber expuesto todo esto, Nos creemos, que debemos condenar de nuevo todas estas sociedades secretas, a fin de que ninguna de ellas pueda pretender no estar comprendida en Nuestra sentencia apostólica, y valerse de este pretexto para inducir al error a hombres incautos y fáciles de ser engañados. Y así, después de haber tomado el parecer de Nuestros Venerables Hermanos los Cardenales de la Santa Iglesia Romana, de nuestro propio movimiento, y después de una madura deliberación, Nos prohibimos perpetuamente y bajo las mismas penas impuestas en las Bulas de Nuestros predecesores, insertas en la presente, y que Nos confirmamos, todas las sociedades secretas, así las que existen en la actualidad, como las que bajo cualquier denominación podrán formarse en lo sucesivo, y los proyectos que ellos formarán, como arriba hemos mencionado, contra la Iglesia y contra toda legítima autoridad.

Por lo mismo ordenamos a todos y a cada uno de los fieles, sea cual fuere su estado, su condición, su rango, dignidad y preeminencia, ya sean laicos o eclesiásticos, así seglares como regulares, aún aquellos de quienes se deba hacer específica e individual mención, y en virtud de santa obediencia les mandamos que no presuman ni se atrevan bajo pretexto alguno a entrar en las predichas sociedades conocidas bajo cualquier nombre, a propagarlas, favorecerlas, recibirlas y ocultarlas en sus casas o en otra parte, hacerse iniciar en las mismas o en cual quiera de sus grados, permitir que se reúnan, darles consejo o ayuda pública o secretamente, directa o indirectamente, por sí o por otros, o bien inducir, mover y persuadir a otros a que se hagan admitir e iniciar en estas sociedades, en cualquiera de sus grados, asistir a sus reuniones, ayudarlas o favorecerlas de cualquier manera que sea: antes al contrario, deben procurar mantenerse cuidadosamente apartados de estas sociedades, de sus asociaciones, reuniones o juntas, bajo pena de excomunión, que incurrirán los que contravengan a esta prohibición, de la que no podrán ser absueltos por otro, que por Nos, o por Nuestros sucesores fuera del artículo de la muerte.

Además, mandamos a todos bajo la misma pena de excomunión reservada a Nos y a los Romanos Pontífices, Nuestros sucesores, que denuncien a los Obispos o a los demás a quienes competa, todos aquellos que sepan se hayan inscrito en estas sociedades, o se hayan hecho culpables de alguno de los crímenes mencionados.

Nos condenamos principalmente, y declaramos nulo el juramento impío e infame, por el cual, los que entran en estas sociedades se obligan a no revelar a persona alguna nada de lo que pertenece a sus sectas y a herir de muerte a cualquiera de los miembros que haga revelaciones a los superiores eclesiásticos o laicos. ¿No es, en efecto, un crimen, el mirar al juramento, que debe hacerse en toda justicia, como un vínculo forzoso, con el cual uno se obliga a cometer un asesinato y a despreciar la autoridad de aquellos que estando encargados del poder eclesiástico o civil, deben conocer de todo lo que conviene a la Religión y a la sociedad, y que puede causarles perturbaciones? ¿No es una cosa indigna e inicua el tomar a Dios por testigo y fiador de semejantes atentados? Los Padres del Concilio II de Letrán dicen con mucha razón en el canon 3°: “Que no debe considerarse como un juramento, sino mas bien como un perjurio, todo lo que se prometa con detrimento de la Iglesia y contra las reglas establecidas por los Santos Padres”. Y es intolerable la impudencia, o mejor dicho la demencia de unos hombres que, diciendo no solamente en su interior, sino también públicamente, y consignando en sus escritos que no hay Dios, se atreven no obstante a exigir en su nombre un juramento de todos aquellos, que admiten en sus sectas.

He aquí lo que Nos hemos decretado para reprimir y condenar todas estas sectas odiosas y perversas. Ahora, Venerables Hermanos, Católicos, Patriarcas, Primados, Arzobispos y Obispos, Nos os rogamos, o más bien, os pedimos con instancia y fervor vuestra asistencia. Mirad por vosotros y por toda la grey, en la cual el Espíritu Santo os ha puesto por Obispos para gobernar la Iglesia de Dios. Lobos rapaces se arrojarán sobre vosotros, sin que perdonen a vuestras ovejas. No queráis temer ni hagáis vuestra vida mas preciosa que a vosotros mismos. Estad bien persuadidos, que la constancia en la Religión y en el bien obrar de los que están bajo vuestro cuidado depende principalmente de vosotros; porque aunque vivamos en unos tiempos desgraciados, en unos tiempos, en que muchos no sostienen la sana doctrina, no obstante, muchos de los fieles respetan todavía a sus pastores y les miran, con razón, como los ministros de Jesucristo y los dispensadores de sus misterios. Usad pues, para el bien de vuestro rebaño, de esta autoridad, que Dios os ha dado sobre sus almas por una gracia especial. Descubridles los artificios de los sectarios y manifestadles los medios de que se deben valer para precaverse de ellos. Inspiradles horror hacia los que profesan una doctrina perversa, que hacen burla de los misterios de nuestra Religión y de los preceptos purísimos de Jesucristo, y que atacan todo poder legítimo. Finalmente, para servirnos de las palabras de Nuestro predecesor Clemente XII en su Carta encíclica a todos los Patriarcas, Primados, Arzobispos y Obispos de la Iglesia Católica del 14 Setiembre de 1798: “Por Dios os ruego, que nos manifestemos llenos de fortaleza del espíritu del Señor, de juicio, y de virtud, a fin de que, semejantes a los perros mudos, que no pueden ladrar, no dejemos nuestros rebaños expuestos a la rapacidad de todas las bestias del campo. Que nada nos detenga en el deber, que nos incumbe de sostener toda clase de combates por el amor de Dios, y el bien de las almas. No perdamos jamás de vista, a Aquel que sufrió tal contradicción de los pecadores, contra su persona. Porque si nosotros nos dejamos conmover por el atrevimiento de los malos, se acabó con el vigor del episcopado y con la autoridad sublime y divina de la Iglesia. No hay que pensar en ser cristianos, si nosotros llegamos al punto de temer las amenazas y las asechanzas de nuestros enemigos”.

Príncipes Católicos, hijos Nuestros muy amados en Jesucristo, por quienes Nos sentimos una afección singular y toda paternal, con instancia os pedimos que acudáis a nuestro socorro. Nos os recordaremos estas palabras, que S. León el Grande, Nuestro predecesor, cuyo nombre llevamos, aunque indignos herederos suyos, dirigió al Emperador León: “Vos debéis recordar continuamente, que el poder imperial no os has ido conferido solamente para gobernar al mundo, sino principalmente para prestar auxilio a la Iglesia, reprimiendo los ataques de los perversos con valor, protegiendo las buenas leyes y restableciendo el orden en todas las cosas, en que haya sido turbado”. Las circunstancias actuales son tales, que vosotros debéis reprimir estas sociedades secretas, no solamente para defender la Religión Católica, sino también para vuestra propia seguridad y para la de vuestros súbditos. La causa de la Religión está hoy de tal manera enlazada con la de la sociedad, que no se las puede separar, porque los que forman estas asociaciones, no son menos enemigos de vuestro poder que de la Religión. Ellos atacan lo uno y lo otro, y desean ver destruidas las dos cosas; y si ellos podían lograrlo, no dejarían subsistir ni la Religión ni el poder real.

Es tal la perfidia de estos hombres astutos, que cuando secretamente trabajan para destruir vuestro poder, fingen quererte dar mayor extensión. Procuran persuadir que Nuestro poder y el de los Obispos debe ser restringido y debilitado por los príncipes, a quienes dicen, que se deben transferir muchos de los derechos, tanto de esta Cátedra Apostólica y de esta Iglesia principal, como de los Obispos llamados a compartir Nuestra solicitud. Pero no es el solo odio a la Religión, el que anima su saña, sino también la esperanza de que, cuando los pueblos sometidos a vuestro imperio vean trastornar los límites puestos en las cosas Santas por Jesucristo y por su Iglesia, serán arrastrados por este ejemplo a cambiar o destruir también la forma del gobierno político (1).

A vosotros también queridos Hijos, que profesáis la Religión Católica, os dirigimos particularmente Nuestras súplicas y exhortaciones. Evitad con cuidado a los hombres que llaman luz a las tinieblas y tinieblas a la luz. En efecto, ¿que ventaja sacaríais vosotros de enlazaros con unos hombres que no tienen respeto alguno a Dios ni a las potestades, que les declaran la guerra por medio de intrigas y de juntas secretas, y que mientras publican altamente que no quieren mas que el bien de la Iglesia y de la sociedad, prueban con sus acciones que procuran llevar el desorden por todas partes y a trastornarlo todo? Estos hombres son parecidos a los que el Apóstol S. Juan manda, que no se les dé hospitalidad ni se les salude (Carta 2ª, v. 10); son los mismos a quienes nuestros mayores llamaban primogénitos del diablo. Guardaos, pues, de sus seducciones y de los discursos lisonjeros que ellos emplearán para haceros entrar en las asociaciones de las que ellos forman parte. Estad persuadidos que nadie puede ser participe de estas sectas, sin hacerse eco de un pecado gravísimo; cerrad los oídos a las palabras de los que para atraeros a sus asambleas os afirmarán que en sus grados inferiores de nada se trata que sea contrario a la razón y a la Religión, que en las mismas no se ve ni se oye cosa alguna que no sea pura, recta y honesta. De pronto, este juramento infame del que os hemos hablado y que se presta hasta en los grados inferiores, es suficiente para que comprendáis que está prohibido entrar en estos primeros grados y permanecer en ellos. Después, aunque no se acostumbre confiar a los que no han llegado a los grados superiores, lo que hay de más comprometido y más criminal, no obstante es cosa manifiesta que la fuerza y el atrevimiento aumentan a proporción del número y del consentimiento de los que las forman. De lo que resulta, que los que no han pasado de los grados inferiores deben ser considerados como cómplices de los mismos crímenes y les comprende perfectamente esta sentencia del Apóstol (Carta a los Romanos, cap. 1): “Los que hacen estas cosas son dignos de muerte, y no solamente los que las hacen, sino también los que consienten, que otros las hagan”.

Finalmente, Nos nos dirigimos con afición a los que a pesar de las luces que habían recibido, del don celestial que habían gustado y de las gracias del Espíritu Santo de que habían participado, han tenido la desgracia de dejarse seducir y de entrar en estas asociaciones, ya sea en los grados inferiores, ya sea en los más elevados. Nos, que ocupamos el lugar de Aquel, que declaró que no había venido para llamar a los justos sino a los pecadores, y que se comparó al pastor, que dejando el resto del rebaño, busca con solicitud la oveja que ha perdido, Nos les exhortamos y les conjuramos a que vuelvan a Jesucristo. Ellos sin duda han cometido un gran crimen, más no por esto deben desesperar de la misericordia y de la clemencia de Dios y de su hijo Jesucristo; que vuelvan a entrar en los caminos del Señor, que este no los rechazará, sino que como el padre del hijo pródigo, les abrirá sus brazos para recibirlos con ternura. En cuanto a lo que a Nos toca, para hacerles mas fácil el camino de la penitencia, suspendemos por el espacio de un año desde la publicación de estas Letras apostólicas en los países en que ellos habitan, la obligación, que tienen de denunciar a sus consocios y la reserva de las censuras incurridas por haberse inscrito en aquellas sociedades, y declaramos que pueden ser absueltos de las censuras aún sin denunciar a sus cómplices, por cualquier confesor, aprobado por los Ordinarios de los países, en que ellos habitan.

Nos usamos igualmente de la misma indulgencia en favor de aquellos que tal vez viven en Roma. Si alguno fuese tan pertinaz, (lo que Dios no permita) que no quisiera apartarse de estas sociedades dentro del tiempo que Nos hemos prescrito, será obligado a denunciar a sus cómplices y estará bajo el peso de las censuras si vuelve a penitencia después de esta época, y no podrá ser absuelto hasta después de haber denunciado a sus cómplices, o a lo menos hasta después de haber jurado denunciarlos lo más pronto posible, ni podrá ser absuelto por otro que por Nos, o por Nuestros sucesores, o por aquellos que habrán obtenido de la Santa Sede la facultad de absolver estas censuras.

Nos queremos, que a los ejemplares del presente Breve, aún a los impresos, cuando sean firmados por algún notario público y autorizados con el sello de alguna persona constituida en dignidad eclesiástica, se les dé la misma fe, que se les daría si se presentara el original.

Que a nadie sea permitido infringir ni contradecir por un acto temerario esta Nuestra declaración, condenación, confirmación, innovación, mandato, prohibición, invocación, requisición, decreto y voluntad. Si alguno lo intentare, sepa que incurrirá en la indignación de Dios Omnipotente y de los Apóstoles S. Pedro y S. Pablo.

Dado en Roma en San Pedro, año de la Encarnación del Señor mil ochocientos veinte y cinco, tercero de los Idus de Marzo, año segundo de Nuestro Pontificado


Notas:

1) Esto ha sucedido ya, particularmente en Francia e irá sucediendo en adelante.

miércoles, 5 de septiembre de 2001

EXSTAT IN CIVITATE (20 DE MARZO DE 1920)


CARTA APOSTÓLICA

EXSTAT IN CIVITATE

DEL SUMO PONTÍFICE

BENEDICTO XV

LA IGLESIA DE SAN MATEO EN TREVERIS RECIBE EL TÍTULO Y LOS PRIVILEGIOS DE BASÍLICA MENOR.

Para la perpetua memoria.

En la ciudad de Tréveris existe una iglesia consagrada a Dios en honor a San Matías, en la que se conservan los huesos de este Apóstol y se les rinde culto según la antigua religión del pueblo cristiano. Esta casa sagrada, sin embargo, se alza precisamente en el lugar donde San Eucario, a quien el Martirologio Romano proclama discípulo de San Pedro y primer obispo de Tréveris, junto con Valerio y Materno, sentó las primeras bases de la fe cristiana en esa misma ciudad. Los monumentos más antiguos dejan claro que, desde los primeros siglos de la Iglesia, ese lugar era sagrado para los ritos cristianos. Una tradición recogida en la lengua de nuestros antepasados ​​relata que el cuerpo de San Matías fue donado a la iglesia de Tréveris por Santa Elena, la madre de Constantino el Grande, junto con otras reliquias sagradas notables. El templo, notable por su tamaño, fue construido en el siglo XII y consagrado por Nuestro Predecesor, el Beato Papa Gregorio III, en presencia de San Bernardo, el abad. Durante muchos siglos, la abadía, que albergaba el templo, fue un lugar de culto destacado para la Orden de San Benito, y se distinguió por sus monjes, que eran considerados tanto por su celo por la disciplina regular como por su aprecio por el saber. Cuando el monasterio fue destruido por los franceses invasores y los monjes fueron expulsados ​​de su sede, la iglesia en sí quedó casi completamente destruida, pero siguió siendo la iglesia parroquial del suburbio de Tréveris, que lleva el nombre de San Matías. Sin embargo, la devoción de los ciudadanos de Tréveris y de los recién llegados hacia esa iglesia y la tumba del apóstol Matías permaneció intacta.A aquel célebre santuario acudían constantemente innumerables multitudes de fieles, tanto para venerar las reliquias de los apóstoles como la imagen de la Santísima Virgen María, que se conserva en el mismo templo en la antigua tradición. Nuestros predecesores, los Romanos Pontífices, ampliaron y enriquecieron este templo con numerosos e importantes privilegios e indulgencias. En los últimos años, sin embargo, el sagrado edificio, que había caído en ruinas debido al paso del tiempo, fue restaurado por los fieles y ahora acoge con beneplácito el nuevo culto. Ahora, cuando nuestro amado hijo Jacob Freitz, actual párroco de la iglesia de San Matías en Tréveris, nos implora con fervientes oraciones que nos dignemos elevar dicha iglesia a la categoría de Basílica Menor, y que dichas oraciones sean enriquecidas y adornadas con el más amplio apoyo del Obispo de Tréveris; hemos considerado necesario concederle estos deseos de forma voluntaria y de buena gana. Por lo tanto, habiendo consultado con Nuestro Venerable Hermano Antonio S. R. E. Cardenal Vico, Obispo de Porto y de Santa Rufina, Prefecto de la Sagrada Congregación de Ritos, Nosotros, teniendo en nuestras mentes los recuerdos de la antigüedad cristiana, que de cierta manera se adhieren al templo mismo, tan ilustre en sus sagrados juramentos, por Nuestra autoridad apostólica, en virtud de estas presentes, y de manera perpetua, la antes mencionada iglesia existente en Tréveris, consagrada a Dios en el nombre y honor de San Matías, con el título y dignidad de Basílica Menor, atribuyéndole todos y cada uno de los privilegios que legítimamente corresponden a las Basílicas Menores de esta querida Ciudad. Además, concedemos esto, decretando que nuestras presentes Cartas existirán siempre y permanecerán firmes, válidas y efectivas, y tendrán y obtendrán sus plenos efectos, y contarán con el pleno respaldo de aquellos a quienes se refieren o puedan referirse, ahora y en el futuro; y así serán debidamente juzgadas y definidas, y serán nulas y sin efecto desde ahora, si alguien, por cualquier autoridad, a sabiendas o por ignorancia, intentara algo más contra ellas. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario.

Dado en Roma, en San Pedro, bajo el Anillo del Pescador, el día 20 de marzo del año 1920, sexto de Nuestro Pontificado.

Card. P. GASPARRI

Secretario de Estado


martes, 4 de septiembre de 2001

GALLIAM ECCLESIAE FILIAM (2 DE MARZO DE 1922)


CARTA APOSTÓLICA

GALLIAM ECCLESIAE FILIAM

DEL SUMO PONTÍFICE PÍO XI

Para su perpetua memoria.

Nuestros predecesores, los Romanos Pontífices, siempre, a lo largo de los siglos, colmaron a Francia, con razón llamada la hija primogénita de la Iglesia, de muestras especiales de su afecto paternal. Nuestro predecesor, de bendita memoria, el Papa Benedicto XV, quien se preocupó profundamente por el bienestar espiritual de Francia, concibió la idea de obsequiar a esta noble nación una muestra especial de su benevolencia.

En efecto, cuando recientemente, nuestros Venerables Hermanos Cardenales, Arzobispos y Obispos de Francia, con unánime consentimiento, le transmitieron, por medio de nuestro Venerable Hermano Stanislas Touchet, Obispo de Orléans, fervientes y ardientes súplicas para que se dignara proclamar a la Santísima Virgen María, recibida en el Cielo, como patrona principal de la nación francesa, y a Santa Juana de Orléans, como segunda patrona celestial, nuestro predecesor opinó que debía responder con benevolencia a estas piadosas peticiones. Impedido por la muerte, no pudo realizar el plan que había concebido. 

Pero para Nosotros, que acabamos de ser elevados por la gracia divina a la sublime cátedra del Príncipe de los Apóstoles, es dulce y grato cumplir el deseo de nuestro muy lamentado predecesor y, por nuestra suprema autoridad, decretar lo que para Francia puede ser causa de bien, prosperidad y felicidad. 

Ciertamente, como reza un antiguo proverbio, el reino de Francia ha sido llamado el reino de María, y con razón. Pues, desde los primeros siglos de la Iglesia hasta nuestros días, Ireneo y Euquerio de Lyon, Hilario de Poitiers, Anselmo, quien viajó de Francia a Inglaterra como arzobispo, Bernardo de Claraval, Francisco de Sales y muchos otros Santos Doctores de la Iglesia, celebraron a María y contribuyeron a promover y difundir la devoción a la Virgen Madre de Dios en toda Francia. En París, en la prestigiosa Universidad de la Sorbona, está históricamente comprobado que, ya en el siglo XIII, se proclamó que la Virgen había sido concebida sin pecado.

Incluso los monumentos sagrados dan testimonio conmovedor de la antigua devoción del pueblo a la Virgen: treinta y cuatro catedrales llevan el título de Virgen Madre de Dios; entre ellas, las de Reims, París, Amiens, Chartres, Coutances y Rouen suelen citarse como las más famosas. La inmensa afluencia de fieles que acuden cada año, incluso en nuestros días, a los santuarios de María, demuestra claramente la profunda devoción del pueblo hacia la Madre de Dios, y varias veces al año la basílica de Lourdes, por muy vasta que sea, parece incapaz de contener a las incontables multitudes de peregrinos.

La Virgen Madre misma, depositaria ante Dios de todas las gracias, parecía, mediante repetidas apariciones, aprobar y confirmar la devoción del pueblo francés.

Además, las figuras más destacadas y los jefes de la nación se enorgullecieron durante mucho tiempo de afirmar y defender esta devoción a la Virgen. 

Convertido a la verdadera fe de Cristo, Clodoveo se apresuró a colocar los cimientos de la iglesia de Notre-Dame sobre las ruinas de un templo druídico, iglesia que su hijo Childeberto completó. Carlomagno dedicó varias iglesias a María. Los duques de Normandía proclamaron a María reina de la nación. El rey San Luis recitaba devotamente el Oficio de la Virgen todos los días. Luis XI, en cumplimiento de una promesa, construyó una iglesia a Nuestra Señora en Cléry. Finalmente, Luis XIII consagró el Reino de Francia a María y ordenó que cada año, en la fiesta de la Asunción de la Virgen, se celebraran solemnes servicios en todas las diócesis de Francia; y sabemos que estas solemnes ceremonias continúan celebrándose anualmente.

En cuanto a la Doncella de Orléans, a quien Nuestro predecesor elevó a los más altos honores de la santidad, nadie puede dudar de que fue bajo los auspicios de la Virgen que recibió y cumplió la misión de salvar a Francia. Pues primero, bajo el patrocinio de Nuestra Señora de Bermont, luego bajo el de la Virgen de Orléans, y finalmente bajo el de la Virgen de Reims, emprendió, con corazón valiente, una obra tan grandiosa, que permaneció intrépida ante las espadas desenvainadas e inmaculada en medio de la lascivia de los campos, que libró a su país del peligro supremo y restauró la fortuna de Francia. Fue después de recibir consejo de sus voces celestiales que añadió a su glorioso estandarte el nombre de María al de Jesús, verdadero Rey de Francia. Montada en la pira, murmuró entre las llamas, en un último grito, los nombres de Jesús y María, antes de ascender al Cielo. Habiendo experimentado así la evidente ayuda de la Doncella de Orleans, que Francia reciba el favor de esta segunda patrona celestial: esto es lo que el clero y el pueblo exigen, lo que ya agradaba a Nuestro predecesor y lo que nos agrada a Nosotros.

Por lo tanto, después de haber tomado el consejo de Nuestros Venerables Hermanos los Cardenales de la Santa Iglesia Romana encargados de los Ritos, motu proprio, de cierto conocimiento y después de madura deliberación, en la plenitud de Nuestro poder apostólico, por la fuerza de estas presentes y a perpetuidad, declaramos y confirmamos que la Virgen María Madre de Dios, bajo el título de su Asunción al Cielo, ha sido debidamente elegida como Patrona principal de toda Francia ante Dios, con todos los privilegios y honores que conlleva este noble título y dignidad.

Además, atendiendo a los deseos urgentes de los Obispos, el clero y los fieles de las diócesis y misiones de Francia, declaramos con la mayor alegría y establecemos a Santa Juana de Arco, virgen, Patrona secundaria de Francia, admirada y venerada especialmente por todos los católicos de Francia como heroína de la patria, elegida por pleno sufragio popular, y esto también según Nuestra suprema autoridad apostólica, otorgándole además todos los honores y privilegios que este título de segunda patrona conlleva según la ley.

Por lo tanto, rogamos a Dios, autor de todas las cosas buenas, que, por la intercesión de estas dos patronas celestiales, la Madre de Dios asunta al Cielo y Santa Juana de Arco, virgen, así como de los demás santos patronos de lugares y santos titulares de iglesias, tanto de diócesis como de misiones, la Francia católica, con sus esperanzas puestas en la verdadera libertad y su antigua dignidad, sea verdaderamente la hija primogénita de la Iglesia romana; que caliente, conserve y desarrolle mediante el pensamiento, la acción y el amor sus antiguas y gloriosas tradiciones para el bien de la religión y del país.

Concedemos estos privilegios, decretando que estas Cartas serán y permanecerán para siempre firmes, válidas y efectivas; que obtendrán y conservarán su pleno y completo efecto; que serán, ahora y en el futuro, para toda la nación francesa la más amplia garantía de asistencia divina; que esto debe ser juzgado definitivamente; y que todo aquello que pretenda menoscabar estos decretos, ya sea por cualquier autoridad, a sabiendas o sin saberlo, será considerado nulo y sin efecto desde este momento en adelante. No obstante cualquier disposición en contrario.

Dado en Roma, cerca de San Pedro, bajo el Anillo de los Pescadores, el 2 de marzo del año 1922, primero de Nuestro pontificado.

Papa Pío XI

Cardenal Gasparri, Secretario de Estado.
 

lunes, 3 de septiembre de 2001

INTER SODALICIA (20 DE MARZO DE 1918)


CARTA

INTER SODALICIA

DE SU SANTIDAD BENEDICTO XV

Se conceden indulgencias plenarias y parciales a la Sociedad de Nuestra Señora de la Buena Muerte en ciertos días de peste, y a todos los fieles cristianos que reciten ciertas oraciones para alcanzar una muerte santa.

Para memoria perpetua.

Entre las sociedades que promueven el culto a la Santísima Virgen María y, al mismo tiempo, los beneficios espirituales de los fieles cristianos, la Sociedad de Nuestra Señora de la Buena Muerte, fundada no hace mucho por los Sacerdotes de Santa María (de Tinchebray), ocupa sin duda un lugar de gran honor, si se considera el propósito que la impulsa y la amplia difusión que ha tenido en todo el mundo hasta el día de hoy, con la mayor abundancia de frutos. Pues quienes se incorporan a ella se proponen, de acuerdo con la institución y los estatutos de la sociedad, venerar a la Virgen María Dolorosa y velar por que todos la veneren, y así presentar a Dios los méritos de las oraciones y sufrimientos de la misma Virgen al pie de la Cruz de Jesús, y confiar en que les obtengan para sí mismos o para otros la gracia de la perseverancia en la fe y la moral cristianas o el retorno a los buenos frutos, y especialmente una santa muerte en el beso de Cristo, de la cual depende la felicidad eterna. 

Pero el hecho de que la Virgen Dolorosa sea elegida e invocada como Patrona de una buena muerte no solo responde maravillosamente a la enseñanza y al significado piadoso de la Iglesia Católica, sino que también se basa en una esperanza que está justamente y felizmente depositada. 

En efecto, los Doctores de la Iglesia enseñan comúnmente que la Santísima Virgen María, que parecía estar ausente de la vida pública de Jesucristo, si estuvo presente cuando se enfrentó a la muerte y fue crucificado, no fue sin consejo divino. 

Por supuesto, ella sufrió y casi murió con su Hijo sufriente, y nos advierten que, al hacerlo, renunció a sus derechos maternales sobre su Hijo por la salvación de la humanidad y, para aplacar la justicia de Dios, sacrificó a su Hijo, de modo que puede decirse con razón que redimió al género humano con Cristo. 

Pero si por esta misma razón todas las gracias que recibimos del tesoro de la Redención se administran como si provinieran de las manos de la misma Virgen Dolorosa, nadie deja de ver que la santa muerte de los hombres se espera de ella misma, puesto que por este don especial la obra de la Redención se realiza en cada hombre de manera eficaz y perpetua. 

Es evidente también que la Virgen Dolorosa, constituida por Jesucristo como Madre de todos los hombres, los ha recibido como si se le hubieran confiado mediante un testamento de infinita caridad y cumple con el deber de proteger su vida espiritual con bondad maternal, por lo que no puede sino ser más diligente en ayudar a sus amados hijos adoptivos en el momento en que su salvación y santidad se confirman para toda la eternidad. 

Por ello, la Iglesia misma, en muchas oraciones litúrgicas, implora a la Santísima Virgen María que esté misericordiosamente presente con los hombres que luchan contra la proximidad de la muerte; pero la opinión más constante entre los fieles cristianos, probada por larga experiencia, es que quienes tienen a la misma Virgen como su Patrona no perecerán para siempre. 

No es de extrañar, pues, que quinientos mil fieles, de ambos sexos y de todas las clases sociales, ya se hayan inscrito en la Sociedad de Nuestra Señora de la Buena Muerte, que hemos mencionado, puesto que parece tan oportuna y apropiada para los tiempos; pues es lamentable que hoy en día demasiados hijos de la Iglesia, por no hablar de aquellos que han abandonado la fe o que han descuidado por completo los deberes cristianos, estén tan absortos en los asuntos y los placeres fugaces y vacíos del mundo que ni siquiera se detienen a pensar con una sana reflexión sobre la muerte, y se esfuerzan por apartar sus mentes y almas de ella deliberadamente. 

Por consiguiente, no solo varios Cardenales y Obispos del mundo católico han aprobado vehementemente dicha Sociedad, que con razón se puede decir que persigue el bonae mortis apostolatum, sino que también nuestro bendito predecesor Pío X la ha acogido con singular benevolencia y ha aumentado nuestra abundancia de gracias; no lo consideramos menos importante que lo que nos había dado el mismo Pontífice, y estamos igualmente dispuestos a apoyar generosamente esa misma labor tan valiosa. 

De esta voluntad Nuestra, poco después de asumir el Pontificado, por el misericordioso consejo de Dios, publicamos un claro testimonio en una Carta escrita a Nuestro amado hijo, el Moderador General de la Congregación de Sacerdotes de Santa María, y pronto publicaremos otro igualmente claro, guiados por una buena y cierta esperanza, de que los mismos Sacerdotes a quienes Santa María ha confiado el bonae mortis apostolatus cumplirán su oficio como si fuera propio, para que, con la ayuda de los Obispos, sacerdotes de la Curia y zelatoribus, como se les llama, puedan promover la Compañía más ampliamente por todo el mundo y obtener para los fieles pretiosam in conspectu Domini mortem y que los fieles obtengan tantas bendiciones como sea posible de la Augusta Patrona.

Puesto que, nuestro amado hijo Henri Rondet, Procurador General de la misma Congregación, nos ha hecho suplicantes peticiones para que añadamos algunas otras indulgencias de bondad apostólica a las indulgencias concedidas por nuestro inmediato predecesor a la Sociedad de Nuestra Señora de la Buena Muerte, hemos decidido acceder a tales piadosos deseos, por nuestra devoción a la Virgen Dolorosa y nuestro celo por tan fructífera obra. 

Por lo tanto, confiando en la misericordia de Dios Todopoderoso y en la autoridad de los Apóstoles Pedro y Pablo, habiendo escuchado a nuestro amado Hijo, el Cardenal Penitenciario Mayor, todos y cada uno de los fieles, tanto los que han sido como los que serán inscritos en la misma Sociedad de Nuestra Señora de la Buena Muerte, que, habiendo confesado debidamente y recibido la Sagrada Comunión en los días de fiesta de Nuestra Señora de la Buena Muerte, es decir, el 11 de mayo, la aparición de San Miguel Arcángel, es decir, el 7 del mismo mes, la Dedicación de San Miguel Arcángel, es decir, el 29 de septiembre, desde el mediodía del día anterior hasta la medianoche de la misma fiesta, hayan visitado alguna iglesia u oratorio público, y allí hayan derramado piadosas súplicas a Dios por la concordia de los príncipes cristianos, la erradicación de las herejías, la conversión de los pecadores y la exaltación de la Santa Madre Iglesia, en cuyo último día hayan cumplido la obra prescrita, les concedemos indulgencia plenaria y remisión de todos sus pecados en el Señor. 

Pero si los mismos miembros no pueden confesarse y ser reconfortados por el alimento celestial, en lugar de una indulgencia plenaria, les concedemos misericordiosamente en el Señor una indulgencia de siete años y cuarenta, como se ha dicho, visiten cualquier templo u oratorio público durante esos días y ofrezcan oraciones a la mente del Sumo Pontífice, se lo concedemos misericordiosamente en el Señor

Además, por la misma autoridad Nuestra, a todos y cada uno de los fieles, incluso si no están afiliados a la Compañía, en cada uno de los siete viernes consecutivos inmediatamente anteriores a la fiesta de la Virgen María, si, habiendo confesado y recibido los sacramentos, han rezado siete veces el Pater, Ave, Gloria, siempre que hayan completado el ejercicio piadoso novenal, con el cual, se implorar la gracia de una santa muerte, se recitan diariamente la oración Recordare, Virgo, según la copia de esta Nuestra Carta y que se adjunta a ella y debe conservarse en el registro de los Breves Apostólicos de la Cancillería, siempre que hayan hecho debidamente la expiación y se hayan alimentado con alimento celestial, asimismo una indulgencia plenaria; bajo esta última condición, una vez al mes, si han recitado diariamente el Ave, Mater dolorosa, también añadido a esta Nuestra Carta y que se guarde en el registro que hemos dicho, asimismo el día en que hayan cumplido el último de los preceptos, concedemos y otorgamos una indulgencia plenaria y remisión de todos sus pecados. 

Con este fin, concedemos a todos y cada uno de los fieles, aunque no sean miembros de la Compañía, en cada una de las seis ferias antes mencionadas, si rezan el Pater, Ave, Gloria siete veces, siete años y cuarenta; por cada día del ejercicio de la novena antes mencionada, trescientos días; siempre que reciten la fórmula antes mencionada, también deducimos trescientos días del número de penitencias, en la forma usual de la Iglesia. 

Además, deseamos que a todos los mismos miembros y fieles cristianos se les permita expiar las faltas y penas de los difuntos durante sus vidas con las indulgencias plenarias y parciales que hemos concedido. 

Decidiendo que las presentes Cartas existirán siempre y permanecerán firmes, válidas y efectivas, y tendrán y obtendrán sus plenos y completos efectos, y que aquellos a quienes se refieren o a quienes remiten podrán ser plenamente apoyados en todo y por todos los medios, y que serán definidas y juzgadas como tales en las presentes, y que serán nulas y sin efecto si alguien, por cualquier autoridad, a sabiendas o sin saberlo, intenta hacer lo contrario. Las presentes Cartas tendrán vigencia perpetua. No obstante cualquier disposición en contrario.

Dado en Roma, en San Pedro, bajo el anillo del Pescador, el día 20 de marzo, fiesta de los Siete Dolores de Nuestra Señora, en el año 1918, cuarto de Nuestro Pontificado.

Cardenal Gasparri

Secretario de Estado

BENEDICTO PP. XV

I. Preces novendiales ad sanctam mortem
a Virgine Perdolente effiagitandam. 

Recordare, Virgo Mater Dei, dum steteris in conspectu Domini, ut loquaris pro nobis bona, et ut avertat indignationem suam a nobis.

1. Sancta Mater, istud agas, Crucifixi fige plagas 
Cordi meo valide.

2. Fac ut portem Christi mortem, 
Passionis fac consortem 
Et plagas reeolere

3. Flammis ne urar succensus,  
Per te, Virgo, sim defensus  
In die iudicii.

4. Christe, cum sit hinc exire,
Da per Matrem me venire
Ad palmam victoriae.

5. Quando corpus morietur,
Fac ut animae donetur 
Paradisi gloria. Amen.

f. Ora pro novis, virgo dolorosissima.

Rj. Quae iuxta Crucem Iesu constitisti.

Oremus

Interveniant pro novis, quaesumus, Domine Iesu Christe, nunc et in hora mortis nostrae, apud tuam clementiam, Beata Virgo Maria Mater tua, cuius sacratissimam animam in hora tuae Passionis doloris gladius pertransivit. Per te, Iesu Christe, Salvator mundi, qui cum Patre et Spiritu Sancto vivis et regnas in saecula saeculorum.

Rj. Amen.

3 Ave Maria 
Nostra Domina a bona morte, ora pro nobis.
Sancte Ioseph, ora pro nobis.

II.- Rhythmus in honorem Nostrae Dominae a bona morte.

1. Ave, Mater dolorosa, 
Martyrumque prima rosa, 
Audi vocem supplicis: 
Fac, ut mortis in agone, 
Tua fidens protectione, 
Iusti pace gaudeam.

2. Per dolorem, o Maria, 
Tibi Senis prophetia, 
Velut ense, conditum: 
Fac, ut mortis, etc.

3. Per dolorem, quem tulisti, 
In Egyptum quum fugisti, 
Ut salvares Puerum: 
Fac, ut mortis, etc.

4. Pe r dolorem, quando moerens, 
Inter notos Iesum quaerens, 
Revocabas perditum: 
Fac, ut mortis, etc.

5. Per dolorem, qui te pressit, 
Dulcis Natus quum processit, 
Fractus ligni pondere: 
Fac, ut mortis in agone, 
Tua fidens protectione, 
Iusti pace gaudeam.

6. Per dolorem cordi infixum, 
Dum spectabas Crucifixum, 
Sacra simul victima: 
B'ac, ut mortis, etc.

7. Per dolorem, quando Christi 
Corpus ulnis excepisti 
E Cruce depositum: 
Fac, ut mortis, etc.

8. Per dolorem, dum condebas, 
Pia Mater, et linquehas 
In sepulcro Filium: 
Fac, ut mortis, etc.

9. Christe, cum sit hinc exire, 
Da per Matrem me venire 
Ad palmam victoriae. 
Amen.

domingo, 2 de septiembre de 2001

FAUSTO APPETENTE DIE (29 DE JUNIO DE 1921)


ENCÍCLICA 

FAUSTO APPETENTE DIE

DEL PAPA BENEDICTO XV

SOBRE SANTO DOMINGO

A LOS PATRIARCAS, PRIMADOS, ARZOBISPOS,

OBISPOS Y DEMÁS ORDINARIOS

EN PAZ Y COMUNIÓN CON LA SEDE APOSTÓLICA.

Venerables Hermanos,

Salud y la Bendición Apostólica

Se acerca el séptimo centenario del día en que esa luz de santidad, Domingo, pasó de estas miserias a la sede del Beato. Desde hace tiempo nos interesamos profundamente por sus devotos, especialmente desde que asumimos el gobierno de la Iglesia de Bolonia, que con mayor devoción conserva sus restos. Por ello, nos complace poder, desde esta Sede Apostólica, exhortar al pueblo cristiano a celebrar la memoria de tan gran hombre. En esto no solo consultamos nuestra propia piedad, sino que cumplimos con un deber de gratitud hacia el padre y legislador y hacia la distinguida Orden que fundó.

2. Este hombre de Dios y verdadero Dominicus se entregó por completo a la Santa Iglesia, que tenía en él un defensor invencible de la fe. La Orden de Predicadores, fundada también por él, ha sido siempre la firme defensa de la Iglesia romana. Así, no solo fortaleció el templo en su tiempo, sino que también aseguró la continuidad de dicha defensa. Las palabras de Honorio III al aprobar la Orden parecen proféticas: “…viendo a los hermanos de vuestra Orden como los futuros defensores de la fe y las verdaderas luces del mundo”.

3. En efecto, como todos saben, para la expansión del reino de Dios Jesucristo no empleó otra arma que la predicación del Evangelio, es decir, la voz viva de sus heraldos, quienes difundieron por doquier la doctrina celestial. “Enseñad -dijo- a todas las naciones”. “Predicad el Evangelio a toda criatura”. Así, a partir de la predicación de los Apóstoles, y especialmente de San Pablo, sucedió que, al complementarse la predicación con la doctrina y la disciplina de los Padres y posteriormente de los Doctores, las mentes de los hombres se iluminaron con la luz de la verdad y concibieron un amor por todas las virtudes. Siguiendo esta misma línea en su labor por la salvación de las almas, Domingo se propuso a sí mismo y a todos sus seguidores “transmitir a otros lo que habían contemplado”. Por esta razón, además del deber de cultivar la pobreza, la inocencia de vida y la disciplina religiosa, ordenó a su Orden, de manera estricta y solemne, que fueran celosos en el estudio de la doctrina cristiana y la predicación de la verdad.

4. En la predicación dominicana destacan tres cualidades: gran solidez doctrinal, plena fidelidad a la Sede Apostólica y piedad hacia la Virgen María. Pues, aunque Domingo se sentía maduro para la predicación, no la asumió hasta haber estudiado a fondo en el Ateneo Palentino de filosofía y teología. Tras una larga formación con los Padres de la Iglesia, bajo su guía y enseñanza, asimiló, por así decirlo, las riquezas de la Sagrada Escritura, y especialmente las de Pablo.

5. El valor de este conocimiento de las cosas divinas pronto se hizo patente en sus disputas contra los herejes. Estos, armados con toda clase de artimañas y falacias, atacaban los dogmas de la fe; sin embargo, él los confundió y refutó con asombroso éxito. Esto se manifestó especialmente en Toulouse, epicentro de las herejías, donde se habían congregado los más eruditos de los adversarios. Se cuenta que él, junto con sus primeros compañeros, poderosos en palabra y obra, resistió invenciblemente la insolencia de los herejes. De hecho, no solo resistió su fuerza, sino que, con su elocuencia y caridad, ablandó sus espíritus de tal manera que logró que un gran número regresara al seno de la Iglesia. Dios mismo estuvo siempre presente para ayudarlo en su lucha por la fe. Así, habiendo aceptado el desafío de los herejes de que cada uno entregara su libro a las llamas, solo el suyo permaneció intacto. De este modo, gracias al valor de Domingo, Europa se libró del peligro de la herejía albigense.

6. Con esta sólida doctrina, ordenó que sus hijos se adornaran. Pues, poco después de la aprobación de su Orden por la Sede Apostólica y la confirmación del noble título de Predicadores, dispuso que se fundaran casas lo más cerca posible de las universidades más prestigiosas para que sus hermanos pudieran ejercitarse con mayor facilidad en todas las ramas de la cultura y ganar seguidores entre los estudiantes universitarios. Por consiguiente, el instituto dominico fue desde sus inicios famoso por su erudición. Su misión especial fue siempre atender las diversas heridas del error y difundir la luz de la fe cristiana, puesto que nada obstaculiza tanto la salvación eterna como la ignorancia de la verdad y la perversidad doctrinal. No fue extraño, pues, que los ojos y los corazones de todos se volvieran hacia este nuevo apostolado, fundamentado en el Evangelio y las enseñanzas de los Padres, y avalado por la abundancia de todos los conocimientos.

7. La misma sabiduría de Dios pareció manifestarse a través de los dominicos cuando surgieron entre ellos heraldos y defensores de la sabiduría cristiana como Jacinto Polono, Pedro el Mártir, Vicente Ferrer, y figuras de genio y erudición como Alberto Magno, Raimundo de Peñafort y Tomás de Aquino, en quien, especialmente como seguidor de Domingo, Dios “se dignó iluminar a su Iglesia”. Esta Orden, por lo tanto, siempre honrada como maestra de la verdad, adquirió nuevo esplendor cuando la Iglesia declaró propia la enseñanza de Tomás y a ese Doctor, honrado con los elogios especiales de los Pontífices, maestro y patrono de las escuelas católicas.

8. Junto a este celo por conservar y defender la fe, Domingo sentía una reverencia suprema por la Sede Apostólica. Se narra que, postrado a los pies de Inocencio III, se comprometió a defender el Pontificado Romano, y que el mismo predecesor nuestro lo vio en visión la noche siguiente sosteniendo sobre su valiente hombro la tambaleante pila de la Basílica de Letrán. La historia cuenta también cómo, mientras formaba a sus primeros seguidores en la perfección cristiana, Domingo pensó en reunir entre laicos piadosos y devotos una milicia sagrada que defendiera los derechos de la Iglesia y resistiera con vigor la herejía. De ahí surgió la Tercera Orden de los Dominicos, que, al difundir entre los laicos la enseñanza de una vida más perfecta, se convertiría en un gran ornamento y defensa para la Iglesia.

9. Transmitida por su Padre y Legislador, la herencia de tal devoción a esta Sede pasó a los hijos. Por lo tanto, cada vez que, por las mentes apasionadas de los hombres, la Iglesia tuvo que sufrir movimientos populares o la tiranía de los príncipes, esta Sede Apostólica tuvo en los dominicos, defensores de la verdad y la justicia, una ayuda sumamente oportuna para la preservación y el honor de su autoridad. ¿Quién ignora las gloriosas hazañas de la virgen dominicana Catalina de Siena en este sentido? Impulsada por la caridad de Jesucristo, persuadió al Romano Pontífice, lo que nadie más había podido hacer, a regresar a su Sede Romana después de setenta años. Posteriormente, mientras la Iglesia Occidental se veía desgarrada por un terrible cisma, ella mantuvo a un gran número de cristianos en fiel obediencia al legítimo Pontífice.

10. Y, dejando de lado otros aspectos, no podemos dejar de recordar que cuatro grandes Pontífices romanos procedían de la Orden Dominicana. De ellos, el último, San Pío V, se granjeó la eterna gratitud del cristianismo y de la sociedad civil. Tras incansables esfuerzos, unió las armas de los príncipes católicos y, bajo el amparo de la Virgen María, a quien, por lo tanto, ordenó que se venerara en adelante como Auxilio de los Cristianos, destruyó para siempre en Lepanto el poder de los turcos.

11. En esto se muestra ampliamente la tercera cualidad que hemos observado en la predicación dominicana: una piedad ferviente hacia la Madre de Dios. Se dice que el Pontífice conoció por revelación divina la victoria de Lepanto, lograda en el preciso instante en que, a través del mundo católico, las piadosas cofradías del Santo Rosario imploraban la ayuda de María con la fórmula iniciada por el Fundador de los Predicadores y difundida por sus seguidores. Amando a la Santísima Virgen como a una Madre y confiando principalmente en su protección, Domingo comenzó su lucha por la fe. Los albigenses, entre otros dogmas, atacaban tanto la maternidad divina como la virginidad de María. Él, atacado por ellos con toda clase de insultos, defendiendo con todas sus fuerzas la santidad de estos dogmas, invocó la ayuda de la Virgen Madre misma, utilizando frecuentemente estas palabras: “Hazme digno de alabarte, Santísima Virgen; dadme fuerza contra tus enemigos”. La complacencia de la Reina Celestial con su piadoso siervo se deduce fácilmente de que utilizó su ministerio para enseñar el Santísimo Rosario a la Iglesia, Esposa de su Hijo; esta oración, tanto vocal como mental, especialmente en la contemplación de los misterios de la religión, mientras que el Padrenuestro se repite quince veces junto con otras tantas decenas del Ave María, es sumamente adecuada para fomentar la piedad y toda virtud. Con razón, pues, Domingo ordenó a sus seguidores, al predicar al pueblo, inculcar con frecuencia esta forma de oración, cuya utilidad había experimentado. Sabía, por un lado, que la autoridad de María con su Hijo es tal que cualquier gracia que él confiera a los hombres, ella tiene su distribución y reparto. Por otro lado, sabía que ella es de naturaleza tan bondadosa y misericordiosa que, dado que tiene por costumbre socorrer a los afligidos por propia voluntad, le es imposible rechazar las peticiones de quienes le rezan. Por consiguiente, la Iglesia, que acostumbra a venerarla como “Madre de la Gracia y Madre de la Misericordia”, siempre la ha encontrado presente, pero especialmente en respuesta al Rosario. Por ello, los Romanos Pontífices no han desaprovechado ninguna ocasión para recomendar el Rosario y lo han enriquecido con Indulgencias Apostólicas.

12. Ahora bien, los institutos dominicos, como bien sabéis, Venerables Hermanos, son tan oportunos hoy como en tiempos de su Fundador. ¡Cuántos hoy, privados del pan de vida, es decir, de la doctrina celestial, se encuentran, por así decirlo, en un estado de inanición! ¡Cuántos, engañados por las apariencias de la verdad, se apartan de la fe por diversos errores! Para que los sacerdotes puedan atender debidamente las necesidades de todos ellos mediante la Palabra de Dios, ¡cuán celosos deben ser por la salvación de los demás y cuán firmemente arraigados en el conocimiento! ¡Cuántos, además, hijos ingratos y olvidadizos de la Iglesia, se apartan del Vicario de Jesucristo por ignorancia de los hechos o por una voluntad perversa, a quien es necesario conducir al seno común! ¡Para la curación de estos y de todos los demás males, cuánta necesidad tenemos del patrocinio maternal!

13. Los dominicos, por lo tanto, tienen un campo casi ilimitado en el que trabajar por el bienestar común. Por ello, deseamos a todos ellos que, en estas celebraciones del centenario, renueven su devoción al santo ejemplo de su fundador y se hagan cada día más dignos de tal padre. Que sus hijos de la Primera Orden tomen un ejemplo digno en esto y sean cada vez más celosos en la predicación de la Palabra Divina, de tal manera que puedan infundir reverencia por el sucesor de San Pedro y devoción a la Virgen María, y que puedan difundir y defender la verdad. Pero también de los terciarios dominicos, la Iglesia espera mucho, si se esfuerzan por conformarse al espíritu de su patriarca, en la instrucción de los incultos y poco versados ​​en la doctrina y la moral cristianas. En esto esperamos que sean asiduos, pues es un asunto de gran importancia para el bien de las almas. Finalmente, deseamos que este sea un cuidado especial de los dominicos: la difusión y el uso frecuente del Rosario entre los cristianos. Hacemos esta exhortación en estos tiempos difíciles, siguiendo el ejemplo de nuestro predecesor, León XIII, y si da fruto, esta celebración del centenario no habrá sido en vano.

Mientras tanto, como presagio de los dones divinos y prueba de Nuestra benevolencia, os impartimos la Bendición Apostólica, Venerables Hermanos, a vosotros, a vuestro clero y a vuestro pueblo.

Dado en Roma, en San Pedro, el 29 de junio, fiesta del Príncipe de los Apóstoles, de 1921, séptimo año de Nuestro Pontificado.

BENEDICTO XV
 

sábado, 1 de septiembre de 2001

INGRAVESCENTIBUS MALIS (29 DE SEPTIEMBRE DE 1937)


CARTA ENCÍCLICA

INGRAVESCENTIBUS MALIS

DEL SUPREMO PONTÍFICE

PÍO XI

A LOS VENERABLES HERMANOS PATRIARCAS,

PRIMADOS, ARZOBISPOS, OBISPOS

Y DEMÁS ORDINARIOS LOCALES

EN PAZ Y COMUNIÓN

CON LA SEDE APOSTÓLICA,

SOBRE EL ROSARIO

Venerables Hermanos, saludos y la bendición apostólica.

Hemos afirmado repetidamente —y lo reiteramos recientemente en la encíclica Divini Redemptoris [1]— que los males cada vez más graves de nuestro tiempo solo pueden remediarse volviendo a Cristo y a sus santísimos preceptos. Porque solo Él “tiene las palabras de vida eterna” [2], y ni los individuos ni la sociedad pueden hacer nada que no fracase rápida y estrepitosamente si descuidan la majestad de Dios y repudian su ley.

Pero quien estudie diligentemente los anales de la Iglesia Católica podrá apreciar fácilmente el poderoso patrocinio de la Virgen Madre de Dios vinculado a todas las glorias del nombre cristiano.

Cuando los errores, que se extendían por doquier, pretendían desgarrar el manto inmaculado de la Iglesia y sumir al mundo católico en la confusión, nuestros padres recurrieron con confianza a aquella que “sola destruyó todas las herejías del mundo” [3], y la victoria que obtuvo trajo de vuelta tiempos más serenos.

Y cuando el poder impío de Mahoma, confiando en poderosas flotas y ejércitos curtidos en la batalla, amenazaba con la ruina y la esclavitud de los pueblos de Europa, entonces, por sugerencia del Sumo Pontífice, se imploró fervientemente la protección de la Madre celestial; y los enemigos fueron derrotados y sus barcos hundidos.

Y así como en las desgracias públicas, así también en las necesidades privadas los fieles de todas las épocas han acudido suplicantes a María, para que ella, tan bondadosa, les socorra, implorando alivio y remedio para los dolores del cuerpo y del alma. Y jamás su poderosa ayuda ha sido esperada en vano por aquellos que le imploran con oración piadosa y confiada.

Pero incluso en nuestros días, peligros tan graves como los del pasado se ciernen sobre la sociedad religiosa y civil.

En efecto, dado que muchos desprecian y rechazan por completo la autoridad suprema y eterna de Dios, quien manda y prohíbe, el resultado es que el sentido del deber cristiano se debilita, la fe se debilita en las almas o se extingue por completo, y los cimientos mismos de la sociedad humana se tambalean y se arruinan.

Por un lado, vemos así a los ciudadanos enfrascados en una cruel lucha entre sí, porque algunos están dotados de abundante riqueza mientras que otros deben ganarse el pan para sí mismos y sus seres queridos con el duro trabajo diario.

En efecto, en algunas regiones, como es bien sabido, la maldad ha llegado a tal extremo que incluso se ha intentado abolir el derecho a la propiedad privada para convertirlo todo en común. Por otro lado, no faltan quienes afirman honrar y exaltar por encima de todo el poder del Estado y argumentan que el orden civil debe garantizarse por todos los medios y la autoridad debe fortalecerse, pretendiendo que de esta manera se pueden rechazar por completo las execrables teorías comunistas. Sin embargo, despreciando la luz de la sabiduría evangélica, se esfuerzan por revivir los errores de los paganos y su forma de vida.

A esto se suma la astuta y nefasta secta de aquellos que, negando y odiando a Dios, se declaran enemigos del Eterno; se infiltran por doquier; desacreditan y erradican toda creencia religiosa; finalmente, pisotean todo derecho divino y humano. Y mientras se burlan de la esperanza de las bendiciones celestiales, incitan a los hombres a alcanzar, incluso por medios ilícitos, una felicidad terrenal totalmente falsa, empujándolos así con temeraria audacia a la disolución del orden social, provocando desorden, sangrientas rebeliones e incluso el estallido de una guerra civil.

Sin embargo, Venerables Hermanos, aunque tantos y tan grandes males nos amenazan, y aún mayores deben ser temidos en el futuro, no debemos desanimarnos ni permitir que la firme esperanza que solo reside en Dios se extinga.

Aquel que ha hecho sanar a los pueblos y a las naciones [4] ciertamente no permitirá que perezcan aquellos a quienes ha redimido con su preciosa sangre, ni abandonará a su Iglesia.

Pero más bien, como recordamos al principio, pidamos la intercesión ante Dios por medio de la mediación de la Santísima Virgen, que le es sumamente grata, ya que, para usar las palabras de San Bernardo, “esta es su voluntad, que ha querido que tengamos todo por medio de María” [5].

Entre las diversas súplicas con las que nos dirigimos a la Virgen Madre de Dios, el Santo Rosario ocupa sin duda un lugar especial y distinguido.

Esta oración, que algunos llaman el “Salterio de la Virgen” o el “Breviario del Evangelio y de la Vida Cristiana”, es descrita y recomendada por nuestro Predecesor, de feliz memoria, León XIII, con estas vigorosas palabras: “¡Qué admirable es esta corona tejida con la Salutación Angélica, intercalada con el Padrenuestro y unida a la obligación de la meditación interior! Es una excelente manera de orar… y sumamente útil para alcanzar la vida inmortal” [6].

Y esto se deduce claramente de las mismas flores con las que se compone esta mística corona. ¿Qué oraciones, en efecto, podrían ser más apropiadas y más santas?

La primera es la que nuestro Divino Redentor mismo pronunció cuando sus discípulos le pidieron: “Enséñanos a orar” [7]. Santísima súplica, que, al ofrecernos los medios, en la medida en que nos son dados, para dar gloria a Dios, también considera todas las necesidades de nuestro cuerpo y alma. ¿Cómo podría el Padre Eterno, al que se le invoca con las palabras de su propio Hijo, no venir en nuestra ayuda?

La otra oración es la Salutación Angélica, que comienza con la alabanza al Arcángel Gabriel y a Santa Isabel, y termina con esa piadosísima súplica con la que pedimos la ayuda de la Santísima Virgen ahora y en la hora de nuestra muerte.

A estas invocaciones verbales se añade la contemplación de los sagrados misterios, mediante los cuales las alegrías, los dolores y los triunfos de Jesucristo y de su Madre se presentan ante nosotros, de modo que recibimos alivio y consuelo en nuestras aflicciones; así, siguiendo esos santísimos ejemplos, ascendemos por grados cada vez mayores de virtud a la felicidad de la patria celestial.

Esta práctica de piedad, Venerables Hermanos, maravillosamente difundida por Santo Domingo, no sin la sublime guía e inspiración de la Virgen Madre de Dios, es sin duda fácil para todos, incluso para los iletrados y los sencillos.

Pero ¡cuán lejos del camino de la verdad están aquellos que consideran esta devoción una fórmula tediosa repetida como un canto monótono, y la rechazan por considerarla solo apta para niños y mujeres!

En este sentido, cabe señalar que tanto la piedad como el amor, al renovar las mismas palabras una y otra vez, no repiten siempre lo mismo, sino que expresan algo nuevo, que brota del sentimiento más profundo de caridad. Además, esta forma de orar tiene el aroma de la sencillez evangélica y exige humildad de espíritu; sin la cual, como enseña el Divino Redentor, es imposible alcanzar el reino de los cielos: “En verdad os digo que, si no os humilláis como niños pequeños, no entraréis en el reino de los cielos” [8].

Sin embargo, mientras nuestro siglo, en su orgullo, se burla y rechaza el Rosario Mariano, una innumerable multitud de hombres santos de todas las épocas y condiciones siempre lo han venerado, lo han rezado con gran devoción y lo han utilizado constantemente como un arma poderosa para expulsar demonios, preservar su integridad y adquirir virtud con mayor facilidad; en una palabra, para alcanzar la verdadera paz para la humanidad. Tampoco han faltado hombres eminentes por su erudición y sabiduría que, aun estando intensamente ocupados en el estudio y la investigación científica, no han dejado de orar fervientemente de rodillas ante la imagen de la Virgen en esta forma tan piadosa. Asimismo, reyes y príncipes lo han considerado un deber ineludible, incluso cuando se veían agobiados por las ocupaciones y asuntos más apremiantes. Esta corona mística, por lo tanto, se encuentra y fluye no solo en manos de los pobres, sino que también es honrada por ciudadanos de todas las clases sociales.

Y no queremos olvidar que la Santísima Virgen misma, incluso en nuestros días, recomendó encarecidamente esta forma de oración, cuando se apareció y enseñó con su ejemplo cómo recitarla a la niña inocente en la gruta de Lourdes. ¿Por qué, entonces, no esperar toda gracia si, con las debidas disposiciones y de manera santa, oramos a nuestra Madre celestial de esta forma?

Por lo tanto, Venerables Hermanos, les rogamos fervientemente que, especialmente durante el próximo mes de octubre, se rece el Santo Rosario con mayor devoción tanto en las iglesias como en los hogares. Esto debe hacerse con mayor urgencia este año, para que los enemigos del nombre divino —a saber, aquellos que se han alzado para negar y vilipendiar al Dios eterno, para tender trampas a la fe católica y a la libertad debida a la Iglesia, y finalmente para rebelarse con esfuerzos insensatos contra los derechos divinos y humanos, para llevar la ruina y la perdición a la sociedad humana— puedan, mediante el recurso efectivo a la Virgen Madre de Dios, ser finalmente sometidos y conducidos a la penitencia y al retorno al camino recto, encomendándose a la protección y tutela de María.

Que la Santísima Virgen, que una vez expulsó victoriosamente a la terrible secta albigense de tierras cristianas, ahora, invocada por nosotros con súplica, evite nuevos errores, especialmente los del comunismo, que, por muchas razones y muchas fechorías, se asemejan a los antiguos.

Y así como en tiempos de las Cruzadas, una sola voz se alzó de los pueblos de toda Europa, una sola súplica, así también hoy en todo el mundo, incluso en las ciudades y pueblos más pequeños, unidos en espíritu y fuerza, busquemos con filial y constante insistencia obtener de la gran Madre de Dios la derrota de los enemigos de la civilización cristiana y humana, y así hacer brillar la verdadera paz sobre los hombres cansados ​​y perdidos.

Si todos lo hacen con la disposición adecuada, con gran confianza y ferviente piedad, es de esperar que, como en el pasado, también en nuestros días la Santísima Virgen implore a su Divino Hijo que las olas de las tormentas actuales se contengan y se calmen, y que una brillante victoria corone esta noble lucha de los cristianos en la oración. Además, el Rosario Mariano no solo es sumamente eficaz para vencer a los enemigos de Dios y de la religión, sino que también es un estímulo para la práctica de las virtudes evangélicas que inculca y cultiva en nuestras almas. Nutre, sobre todo, la fe católica, que florece de nuevo precisamente mediante la meditación oportuna de los sagrados misterios, y eleva las mentes a las verdades que Dios nos ha revelado. Y todos pueden comprender cuán beneficioso es esto, especialmente en nuestros tiempos, cuando a veces incluso entre los fieles existe cierto desinterés por las cosas espirituales y la doctrina cristiana se vuelve tediosa.

Entonces, reavivad la esperanza de bienes inmortales, mientras que el triunfo de Jesucristo y su Madre, meditado en la última parte del Rosario, nos muestra el Cielo abierto y nos invita a conquistar la Patria Eterna. Así, mientras un deseo desenfrenado por las cosas terrenales ha penetrado en los corazones de los mortales, y los hombres anhelan cada vez con mayor ardor las riquezas perecederas y los placeres efímeros, todos sienten un llamado útil a los tesoros celestiales, “donde ningún ladrón entra, ni la polilla roe” [9], y a los bienes que jamás perecerán.

¿Y cómo no va a reavivarse la caridad, que ha languidecido y se ha enfriado en muchos, en un amor recíproco en las almas de quienes recuerdan con corazones afligidos las torturas y la muerte de nuestro Redentor y las aflicciones de su Madre? De esta caridad hacia Dios, necesariamente brotará un amor más intenso al prójimo, si tan solo reflexionamos sobre los esfuerzos y dolores que nuestro Señor soportó para devolver a todos los hijos de Dios su herencia perdida.

Que ustedes, Venerables Hermanos, veléis por que esta fructífera práctica se extienda cada vez más, sea muy apreciada por todos y fomente la piedad común. Que, gracias a vuestros esfuerzos y a los de los sacerdotes que los asisten en el cuidado de las almas, sus alabanzas y beneficios sean predicados y repetidos a los fieles de todas las clases sociales. Que de Ella los jóvenes obtengan nuevas fuerzas para dominar las crecientes tentaciones del mal y mantener intacta e inmaculada la sinceridad de su alma. Que en Ella también los ancianos encuentren descanso, alivio y paz en medio de sus angustias. Que sirva de estímulo a quienes se dedican a la Acción Católica, impulsándolos a un apostolado más ferviente y activo; y que brinde consuelo y aumente la esperanza de la felicidad eterna a todos los que sufren de cualquier manera, especialmente a los moribundos.

Y que los padres y las madres, en particular, sean ejemplo para sus hijos también en esto; especialmente cuando, al atardecer, se reúnen después de la jornada laboral, en el seno de sus hogares, rezando primero el Santo Rosario, de rodillas ante la imagen de la Virgen, uniendo su voz, su fe y su sentimiento. Esta es una hermosa y saludable costumbre, de la cual ciertamente puede brotar una serena tranquilidad y una abundancia de dones celestiales para la familia. Por lo tanto, cuando sucede con frecuencia que recibimos en audiencia a los recién casados ​​y les dirigimos una palabra paternal, mientras les damos el rosario, se lo recomendamos encarecidamente y los exhortamos con gran entusiasmo, incluso citando nuestro ejemplo, a no dejar pasar ni un solo día, aunque estén agobiados por tantas preocupaciones y trabajos. 

Por estas razones, Venerables Hermanos, hemos querido exhortaros encarecidamente a vosotros y, por medio de vosotros, a todos los fieles a esta piadosa práctica; y no dudamos de que, atendiendo con vuestra habitual respuesta a nuestra invitación paternal, cosecharéis abundante fruto. Y otra razón nos impulsa a dirigiros esta Encíclica. Deseamos, pues, que todos los que son hijos nuestros en Jesucristo se unan a nosotros para dar gracias a la excelentísima Madre de Dios por la mejor salud que hemos recuperado felizmente. Esta gracia, como ya hemos tenido ocasión de escribir [10], la atribuimos a la especial intercesión de la virgen de Lisieux, Santa Teresa del Niño Jesús; pero sabemos que todo nos es concedido por el Dios Supremo y Todopoderoso por medio de las manos de Nuestra Señora.

Y finalmente, puesto que se acaba de publicar en la prensa, con temeraria insolencia, un gravísimo insulto a la Santísima Virgen, no podemos dejar pasar esta oportunidad para ofrecer, junto con el Episcopado y el pueblo de aquella nación que venera a María como “Reina del Reino de Polonia”, con el homenaje de Nuestra piedad, la debida reparación a la misma augusta Reina, y para denunciar ante el mundo entero, como un acto doloroso e indigno, este sacrilegio cometido con impunidad contra un pueblo civilizado.

Mientras tanto, os impartimos de todo corazón, Venerables Hermanos, y al rebaño confiado a su cuidado, la Bendición Apostólica como prenda de las gracias celestiales y de Nuestra benevolencia paternal.

Dado en Castel Gandolfo, cerca de Roma, el 29 de septiembre, fiesta de la Dedicación de San Miguel Arcángel, del año 1937, decimosexto de Nuestro Pontificado.

Pío PP XI

Notas:

[1] Acta Ap. Sed., 1937, vol. XXIX, p. 65.

[2] Cfr. Ioann. VI, 69.

[3] Ex Brev. Rom.

[4] Cfr. Sap., I, 14.

[5] Serm. in Nativ. B. M. V.

[6] Acta Leonis XIII, 1898, vol. XVIII, pp. 154, 155.

[7] Luc. XI, 1.

[8] Mat., XVIII, 3.

[9] Luc. XII, 33.

[10] Cfr. Chirographum ad Eminentissimum Card. Eugenium Pacelli, 3 Sept. 1937.