jueves, 4 de enero de 2024

UN COMUNICADO DE PRENSA DEL DICASTERIO PARA LA DOCTRINA DE LA FE

Es necesario aclarar el oscuro nuevo comunicado de “Tucho” Fernández

Por Néstor Martínez


El Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha emitido un comunicado de prensa acerca de la recepción de Fiducia Supplicans, del cual nos interesa comentar algunos pasajes. Todos los resaltados en negrita son nuestros.


“La verdadera novedad de esta Declaración, que exige un generoso esfuerzo de acogida y de la que nadie debe declararse excluido, no es la posibilidad de bendecir a las parejas irregulares. Es la invitación a distinguir entre dos formas diferentes de bendiciones: “litúrgicas o ritualizadas” y “espontáneas o pastorales”.

Parece seguirse de aquí que las bendiciones litúrgicas no son pastorales, lo cual si así fuera obviamente iría contra todo lo que se ha dicho en la Iglesia siempre al respecto y debería provocar el horror de todos los liturgistas especialmente después del Concilio Vaticano II.

Esta “reflexión teológica, basada en la visión pastoral del Papa Francisco, implica un desarrollo real respecto de lo que se ha dicho sobre las bendiciones en el Magisterio y en los textos oficiales de la Iglesia”.

Una reflexión teológica basada en la visión pastoral de un Papa y que es un “desarrollo real respecto de lo que se ha dicho sobre las bendiciones en el Magisterio y en los textos oficiales de la Iglesia” ¿qué fundamento teológico real tiene?

La Teología se basa en la Escritura, la Tradición y el Magisterio de la Iglesia. A las dos primeras aquí no se las nombra, por la excelente razón de que obviamente no dicen nada respecto de tales bendiciones, y sí mucho de lo que se sigue que no se pueden dar, y al otro se lo nombra pero para decir que tampoco dice nada al respecto. ¿Y entonces?

“Para distinguirlas claramente de las bendiciones litúrgicas o ritualizadas, las “bendiciones pastorales” deben ser, ante todo, muy breves (cf. n. 28). Son bendiciones que duran unos segundos, sin ritual y sin bendicional”.

Otra novedad grande es introducir la duración temporal como criterio de admisibilidad teológica, especulativa o práctica. Dicho en criollo, el pecado que dura poco tiempo es pecado igual.

“Si dos personas se acercan juntas a invocarlo, simplemente piden al Señor paz, salud y otros bienes para estas dos personas que lo solicitan”.

Pero ¿porqué “juntas”? ¿Por qué el documento insiste en que tienen que ir juntas a pedir la bendición? Se las puede perfectamente bendecir por separado, primero una de ellas, luego la otra. ¿Cuál es la razón por la que tengan que ir juntas, sino porque se quiere bendecir la unión misma, que es justamente lo que en los casos a los que se refiere toda esta temática no se puede bendecir porque es pecado?

“Es únicamente la respuesta de un pastor a dos personas que piden la ayuda de Dios, por lo que en este caso el pastor no impone condiciones y no quiere conocer la vida íntima de estas personas”.

¿Y por qué tienen que ser solamente dos personas? ¿Por qué no tres o cuatro o cinco? Pero además, de nuevo ¿por qué juntas? Tiene que haber una razón. No se va al sacerdote en grupo y se le dice simplemente “Queremos que nos bendiga juntos”. Se le da alguna razón: “Somos el equipo de bridge de la parroquia de San Filiberto”.

Y aquí la razón es la que impide la bendición: “Somos una “pareja irregular”. Claro, el sacerdote no tiene porqué conocer la vida íntima de los miembros del equipo de bridge de la parroquia de San Filiberto para darles la bendición. Pero si le dicen “somos (mal llamados) divorciados vueltos a casar” o “somos pareja del mismo sexo (se entiende, que vivimos remedando la relación marital)” entonces ya la conoce, al menos conoce lo suficiente para ver que es situación objetiva de pecado y que no puede por eso mismo bendecirla.

“Imaginemos que en medio de una gran peregrinación una pareja divorciada en nueva unión le dice al sacerdote: “Por favor, danos una bendición, no encontramos trabajo, él está muy enfermo, no tenemos casa, la vida se está volviendo muy difícil: ¡que Dios nos ayude!””

Nuevamente, una distinción: si surgen simplemente del tumulto y dicen nada más que eso y el sacerdote no sabe nada más de ellos ¿porqué no bendecirlos?

Pero si dicen “somos pareja divorciada en nueva unión” (frase horrenda), entonces claro que sí, a ver, venga la señora primero y el señor después. ¿Cuál es el problema? ¿Por qué tienen que ser los dos juntos?

Obviamente, antes de la bendición deberá explicarles que deben salir de su situación objetiva de pecado, cosa que ni FS ni este comunicado dicen.

“En este caso, el sacerdote puede recitar una oración sencilla como esta: "Señor, mira a estos hijos tuyos, concédeles salud, trabajo, paz y ayuda mutua. Libéralos de todo lo que contradice tu Evangelio y permíteles vivir según tu voluntad. Amén". Y concluye con la señal de la cruz sobre cada uno de los dos”.

Eso que se describe ahí es un rito con todas las letras. Y no hace falta libro litúrgico, porque lo esencial lo acaba de proporcionar este mismo comunicado de prensa. Diríamos que ésta es la parte en que trae la rúbrica.

Y lo hace un sacerdote, así que no se ve qué materias le falta aprobar a esto para recibirse de “litúrgico”.

Además, como alguien ya lo ha hecho notar, “ayuda mutua”, en el lenguaje tradicional del Magisterio, significa las relaciones sexuales entre los esposos.

Según esto, en esta oración ya ritualizada en este comunicado mismo se está pidiendo a Dios que conceda a estas personas tener relaciones sexuales contrarias a la ley divina.

“Son unos 10 o 15 segundos”.

Nuevamente, el misterio del tiempo. ¿Qué cambia la duración temporal de un gesto para saber si es acorde o no con la doctrina de la Iglesia?

“Por lo tanto, al dar estas bendiciones a dos personas que se juntan para implorarlas espontáneamente, no las estamos consagrando ni las felicitamos ni aprobamos este tipo de unión. En realidad ocurre lo mismo cuando los individuos son bendecidos, pues el individuo que pide una bendición –no una absolución– puede ser un gran pecador, pero esto no significa que le neguemos este gesto paternal en medio de su lucha por sobrevivir”.

De nuevo, la consabida distinción: una cosa es “Padre, bendígame” (y resulta que el tipo es narcotraficante, pero no lo da a conocer) y otra “Padre, bendígame, que soy narcotraficante y tengo muchos problemas por esa razón”. Sin duda, el sacerdote no tiene porqué preguntarle a cada uno que le pide una bendición si es narcotraficante, pero es que si se lo dicen, como ya dijimos, no hace falta tampoco que pregunte.

Hay que seguir rezando, y mucho, por la Santa Iglesia.


No sin Grave Daño



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