UNFPA dio a conocer los “gastos cuantiosos” que en el 2018 le demandó la maternidad adolescente al Estado argentino, simultáneamente el Gobierno nacional aprobó una “Hoja de Ruta” elaborada junto a UNICEF que facilita los abortos en menores.
Por Mónica del Río
En la misma semana la comisión de Asuntos Constitucionales despachó por unanimidad los proyectos que le otorgarían rango constitucional a la Convención de Belem do Pará, la niña mimada del abortismo americano ¿Casualidades o causalidades?
La Hoja de Ruta
La semana pasada se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 1841/2020 con la que el Gobierno nacional aprobó la “Hoja de Ruta” para la atención de adolescentes embarazadas. La nueva Guía -elaborada por el Ministerio de Salud y UNICEF- desnaturalizó la definición de “embarazo forzado”, destacó que esta situación es causal de aborto y que “la falta de respuesta institucional a los embarazos forzados” es “violencia institucional”. La subversión del lenguaje nos ha llevado del “embarazo no planificado”, al “embarazo no deseado” y de allí al “embarazo forzado”.
Recordemos que "embarazo forzado" fue una frase acuñada en el Estatuto de Roma para describir la violencia sexual utilizada como arma de guerra, ya sea por venganza o para hacer “limpieza étnica”.
No obstante, el Gobierno argentino hizo propia la distorsionada e ideologizada definición de “embarazo forzado” de CLADEM: “puede ser producto de un abuso sexual pero también de una relación sexual libre consentida, entre pares, sin desequilibrio de poder y sin violencia”. “Se produce cuando una 'niña' queda embarazada sin haberlo buscado o deseado, o cuando se le niega, dificulta, demora u obstaculiza la interrupción del embarazo. El embarazo forzado puede ser producto de una violación sexual o relación sexual consensuada por la 'niña' no conociendo las consecuencias o, cuando conociéndolas, no pudo prevenirlas”.
Convención de Belem do Pará
La expresión “embarazo forzado” también es utilizada -del mismo e incorrecto modo- por el Comité de Seguimiento de la Convención de Belem do Pará. No podía esperarse otra cosa porque ese Comité de “expertas”, desde su creación, está muy vinculado a CLADEM. La semana pasada la Comisión de Asuntos Constitucionales despachó por unanimidad los proyectos de ley que le otorgarían rango constitucional a la “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer” (Belem do Pará).
Firmaron el dictamen de Asuntos constitucionales los diputados: Pablo González, Gustavo Menna, Vanesa Massetani, Marcelo Koenig, Pablo Tonelli, Karim Alume Sbodio, Miguel Nanni, Karina Banfi, Rosana Bertone, Graciela Camaño, Ana Carla Carrizo, Gabriela Cerruti, Marcos Cleri, Mayda Cresto, Ricardo Daives, Jorge Enriquez, Ezequiel Fernández Langan, Ana Carolina Gaillard, Ximena García, Silvana Ginocchio, Ramiro Gutiérrez, Ma.de las Mercedes Joury, Juan Manuel López, Silvia Lospennato, Leopoldo Moreau, Mario Negri, Graciela Ocaña, Paula Oliveto, Humberto Orrego, Hernán Pérez Araujo, Martin Soria, Luis Tailhade y Eduardo Valdés.
El informe del UNFPA
El estudio del Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA) publicado días atrás lleva por título: “Consecuencias socioeconómicas del embarazo en la adolescencia en seis países de América Latina y el Caribe” y analiza la situación de Argentina, Colombia, Ecuador, Guatemala, México y Paraguay.
Según el informe “por cada 'niña' y adolescente que atraviesa un embarazo temprano, los países destinan recursos para cubrir gastos asistenciales y el Estado pierde ingresos, ya que el embarazo en la adolescencia compromete la participación de estas mujeres en el mercado laboral y su aporte al sistema tributario”.
La semana pasada se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 1841/2020 con la que el Gobierno nacional aprobó la “Hoja de Ruta” para la atención de adolescentes embarazadas. La nueva Guía -elaborada por el Ministerio de Salud y UNICEF- desnaturalizó la definición de “embarazo forzado”, destacó que esta situación es causal de aborto y que “la falta de respuesta institucional a los embarazos forzados” es “violencia institucional”. La subversión del lenguaje nos ha llevado del “embarazo no planificado”, al “embarazo no deseado” y de allí al “embarazo forzado”.
Recordemos que "embarazo forzado" fue una frase acuñada en el Estatuto de Roma para describir la violencia sexual utilizada como arma de guerra, ya sea por venganza o para hacer “limpieza étnica”.
No obstante, el Gobierno argentino hizo propia la distorsionada e ideologizada definición de “embarazo forzado” de CLADEM: “puede ser producto de un abuso sexual pero también de una relación sexual libre consentida, entre pares, sin desequilibrio de poder y sin violencia”. “Se produce cuando una 'niña' queda embarazada sin haberlo buscado o deseado, o cuando se le niega, dificulta, demora u obstaculiza la interrupción del embarazo. El embarazo forzado puede ser producto de una violación sexual o relación sexual consensuada por la 'niña' no conociendo las consecuencias o, cuando conociéndolas, no pudo prevenirlas”.
Convención de Belem do Pará
La expresión “embarazo forzado” también es utilizada -del mismo e incorrecto modo- por el Comité de Seguimiento de la Convención de Belem do Pará. No podía esperarse otra cosa porque ese Comité de “expertas”, desde su creación, está muy vinculado a CLADEM. La semana pasada la Comisión de Asuntos Constitucionales despachó por unanimidad los proyectos de ley que le otorgarían rango constitucional a la “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer” (Belem do Pará).
Firmaron el dictamen de Asuntos constitucionales los diputados: Pablo González, Gustavo Menna, Vanesa Massetani, Marcelo Koenig, Pablo Tonelli, Karim Alume Sbodio, Miguel Nanni, Karina Banfi, Rosana Bertone, Graciela Camaño, Ana Carla Carrizo, Gabriela Cerruti, Marcos Cleri, Mayda Cresto, Ricardo Daives, Jorge Enriquez, Ezequiel Fernández Langan, Ana Carolina Gaillard, Ximena García, Silvana Ginocchio, Ramiro Gutiérrez, Ma.de las Mercedes Joury, Juan Manuel López, Silvia Lospennato, Leopoldo Moreau, Mario Negri, Graciela Ocaña, Paula Oliveto, Humberto Orrego, Hernán Pérez Araujo, Martin Soria, Luis Tailhade y Eduardo Valdés.
El informe del UNFPA
El estudio del Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA) publicado días atrás lleva por título: “Consecuencias socioeconómicas del embarazo en la adolescencia en seis países de América Latina y el Caribe” y analiza la situación de Argentina, Colombia, Ecuador, Guatemala, México y Paraguay.
Según el informe “por cada 'niña' y adolescente que atraviesa un embarazo temprano, los países destinan recursos para cubrir gastos asistenciales y el Estado pierde ingresos, ya que el embarazo en la adolescencia compromete la participación de estas mujeres en el mercado laboral y su aporte al sistema tributario”.
¿Cuánto deja de recaudar el Estado Argentino debido al embarazo en la adolescencia?
El documento afirma que “hay una reducción en la recaudación tributaria del Estado con las madres adolescentes”. Considerando el IVA y el impuesto a las ganancias, se estima que en el 2018 Argentina recaudó USD 66.438.967 menos.
Gasto en la atención en salud
“El Estado argentino incurre en gastos cuantiosos para atender el embarazo, parto, puerperio y los recién nacidos de las madres adolescentes a través de los servicios brindados por el Sistema Público de Salud. Según el microcosteo realizado, se estima que este subsistema destinó USD 200.520.723 para la atención sanitaria del embarazo adolescente en 2018”, y alrededor del 70% -consigna UNFPA- sería un gasto evitable.
“De ese total, USD 70.043.302 se destinaron a la atención y cuidado de los partos y cesáreas de las adolescentes, estimados en 83.788 casos anuales (67.030 partos vaginales y 16.758 cesáreas). Estas atenciones incluyen los cuidados de rutina durante el período prenatal, el parto y el puerperio, y también de los recién nacidos”.
“Por otra parte, se estima que el Estado gastó USD 12.7 millones para la atención ambulatoria de los problemas de salud que se presentan en los embarazos de las adolescentes, como la anemia aguda, la hipertensión y la diabetes gestacional, entre otros”.
“Adicionalmente, se destinaron otros USD 18 millones para atender las complicaciones obstétricas que enfrentan las adolescentes embarazadas y que requieren internación, como los abortos y las amenazas de parto prematuro, entre otras”.
“Por último, el sistema de salud público gastó cerca USD 40 millones para la atención de los recién nacidos (RN) de madres adolescentes que nacen con bajo peso y con otras complicaciones neonatales como malformaciones, RN deprimidos graves, casos de aspiración de meconio o infección neonatal precoz, entre otros”.
Conclusiones del UNPFA
“Estas estimaciones indican que si el Estado argentino continuara los esfuerzos que viene realizando desde 2017 a través de la implementación del 'Plan de Prevención del Embarazo no Intencional en la Adolescencia' (Plan ENIA), además de reducir el Embarazo adolescente, también lograría ahorrar una magnitud importante de recursos fiscales”. “El Estado podría ahorrar cerca de 140 millones de dólares al año”.
Mencionemos finalmente que la implementación del Plan ENIA (ESI/consejerías, anticoncepción y aborto), fue uno de los condicionamientos crediticios de los organismos financieros internacionales.
NOTIVIDA
El documento afirma que “hay una reducción en la recaudación tributaria del Estado con las madres adolescentes”. Considerando el IVA y el impuesto a las ganancias, se estima que en el 2018 Argentina recaudó USD 66.438.967 menos.
Gasto en la atención en salud
“El Estado argentino incurre en gastos cuantiosos para atender el embarazo, parto, puerperio y los recién nacidos de las madres adolescentes a través de los servicios brindados por el Sistema Público de Salud. Según el microcosteo realizado, se estima que este subsistema destinó USD 200.520.723 para la atención sanitaria del embarazo adolescente en 2018”, y alrededor del 70% -consigna UNFPA- sería un gasto evitable.
“De ese total, USD 70.043.302 se destinaron a la atención y cuidado de los partos y cesáreas de las adolescentes, estimados en 83.788 casos anuales (67.030 partos vaginales y 16.758 cesáreas). Estas atenciones incluyen los cuidados de rutina durante el período prenatal, el parto y el puerperio, y también de los recién nacidos”.
“Por otra parte, se estima que el Estado gastó USD 12.7 millones para la atención ambulatoria de los problemas de salud que se presentan en los embarazos de las adolescentes, como la anemia aguda, la hipertensión y la diabetes gestacional, entre otros”.
“Adicionalmente, se destinaron otros USD 18 millones para atender las complicaciones obstétricas que enfrentan las adolescentes embarazadas y que requieren internación, como los abortos y las amenazas de parto prematuro, entre otras”.
“Por último, el sistema de salud público gastó cerca USD 40 millones para la atención de los recién nacidos (RN) de madres adolescentes que nacen con bajo peso y con otras complicaciones neonatales como malformaciones, RN deprimidos graves, casos de aspiración de meconio o infección neonatal precoz, entre otros”.
Conclusiones del UNPFA
“Estas estimaciones indican que si el Estado argentino continuara los esfuerzos que viene realizando desde 2017 a través de la implementación del 'Plan de Prevención del Embarazo no Intencional en la Adolescencia' (Plan ENIA), además de reducir el Embarazo adolescente, también lograría ahorrar una magnitud importante de recursos fiscales”. “El Estado podría ahorrar cerca de 140 millones de dólares al año”.
Mencionemos finalmente que la implementación del Plan ENIA (ESI/consejerías, anticoncepción y aborto), fue uno de los condicionamientos crediticios de los organismos financieros internacionales.
NOTIVIDA
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