viernes, 19 de junio de 2020

SOBRE LA "REFLEXIÓN" DE UN PÁRROCO MENDOCINO

El padre Aldo Vallone, párroco de la catedral de Mendoza, ha hecho circular en los últimos días una “reflexión” destinada a los fieles que se niegan a comulgar en la mano, tal como lo han ordenado los obispos mendocinos.

El autor comienza descalificando a esos fieles. Los trata de escrupulosos, desobedientes e ignorantes. Y así, el objetivo de su escrito es deshacer los escrúpulos, reparar la ignorancia y doblegar la desobediencia. A mi entender, se queda bastante corto en sus propósitos. Analicemos sus argumentos:

1. Comienza estableciendo que la potestad de régimen en la Iglesia la tiene el Sumo Pontífice y los obispos que están en comunión con él. Y esto incluye también la disciplina litúrgica, por lo que los obispos, concluye el padre Vallone, tendrían potestad para prohibir la comunión en la boca y obligar a sus fieles a recibirla en la mano.

Se trata de un argumento FALSO. En primer lugar, porque los obispos, aún con la autoridad disciplinar que poseen, no pueden modificar la disciplina litúrgica de acuerdo a sus caprichos y en contra de la Tradición y del rito mismo. Por ejemplo, no podrían obligar a sus sacerdotes a distribuir la comunión bajo las dos especies, aunque sea ésta una práctica permitida, y tampoco podrían prohibirles usar el velo del cáliz, porque una ley superior a la de su autoridad —la de la Sede Apostólica—, deja su uso ad libitum. Es decir, ni el Papa ni los obispos pueden comportarse como dictadores africanos. Su autoridad en este campo, no es absoluta. Está limitada por la Tradición y el derecho.

En segundo lugar, la falsedad del argumento se manifiesta porque el padre Vallone no tiene en cuenta el principio jurídico por el que la ley de una autoridad inferior no puede contradecir la de una autoridad superior. Un gobernador de provincia o un intendente no podría disponer que en su territorio no se aplique, por ejemplo, la ley del divorcio, puesto que ha sido sancionada por una autoridad superior. En nuestro caso, la autoridad superior en materia litúrgica es la Congregación del Culto Divino que, cuando autorizó la comunión en la mano, envió a los obispos una carta en que se establecía la disciplina de esta nueva práctica. Allí se dice:

La nueva manera de comulgar no deberá ser impuesta de modo que excluya el uso tradicional. Importa especialmente que cada fiel tenga la posibilidad de recibir la Comunión sobre la lengua allí donde se conceda legítimamente el nuevo uso y cuando se acerquen a comulgar al mismo tiempo que otras personas que reciban la Hostia en la mano. (Acta Apostolicae Sedis 69, p. 546)
Por tanto, la autoridad que legítimamente dispone la disciplina litúrgica ha dispuesto exactamente lo contrario a lo que afirma el padre Vallone.

2. Recurre también el autor a algunos argumentos históricos. Los hechos que destaca son acertados. Tal como sostiene Jungmann (El sacrificio de la misa, BAC, Madrid, 1963, p. 942), el historiador de la liturgia más reconocido del último siglo, la costumbre de comulgar en la mano se abolió en el siglo IX. Es decir, durante ochocientos años, en algunas zonas de las cristiandad, la comunión podía ser distribuida en la mano de los fieles. Infiere entonces el padre Vallone que este hecho debería ser suficiente para despejar cualquier escrúpulo u objeción contra dicha práctica que, para él, sería tan tradicional como la comunión en la boca.

Se trata, una vez más, de un argumento FALSO. En primer lugar, porque la selección de elementos de una tradición no puede ser arbitraria, sino que debe seguir un desarrollo homogéneo entre sus partes y es así como se la guarda de un modo inviolado. Si fuera el caso de tomar tradiciones de los primeros tiempos, podría el padre Vallone proponer que las mujeres entraran con la cabeza cubierta al templo o que la misa se celebrara en latín, pues es así como la iglesia procedió no sólo durante el primer milenio, sino hasta finales del segundo.

En segundo lugar, la instrucción Memoriale Domini de la Congregación para el Culto Divino que establece la práctica de la comunión en la mano, dice en su número 7:

Andando el tiempo, después de que la verdad del misterio eucarístico, su eficacia y la presencia de Cristo en el mismo fueron escrutados más profundamente, por ungirlo ya el sentido de la reverencia hacia este Santísimo Sacramento, ya el sentido de la humildad con que es preciso que éste sea recibido, se introdujo la costumbre de que el ministro pusiese por sí mismo la partícula de pan consagrado en la lengua de los que recibían la comunión.
Y esto justamente lo que afirma Jungmann: “Con todo, más que el temor a los abusos, influyó [en la prohibición de comulgar en la mano], sin duda, la creciente reverencia al sacramento a que se diese más tarde la sagrada forma directamente en la boca” (Jungmann, 942).

Como vemos, se trata de un prístino caso de desarrollo armónico no sólo del dogma, sino también de las formas sacramentales. El cambio en la práctica de la distribución de la eucaristía no se debió a un capricho pontificio que podría ser anulado por otro capricho pontificio, o episcopal, sino a una profundización en el misterio de la Eucaristía.

3. El padre Aldo Vallone afirma a continuación: “las dos [formas de recibir la eucaristía] son tradicionales, si el Magisterio con su autoridad disciplinar las ha legitimado y recomendado a ambas”. En poco más de diez palabras ha concretado tres graves error por lo que su afirmación, una vez más, es FALSA.

En primer lugar, como ya vimos, recibir la comunión en la mano no es tradicional, sencillamente porque la tradición se desarrolla armónicamente. Sobre este punto tan importante se explayó con autoridad magisterial, el Papa Pío XII en su encíclica Mediator Dei, donde parece que responde a este reclamo de tradición del padre Vallone. Allí dice en el n. 80:

“… pero, ciertamente, no es prudente y loable reducirlo todo, y de todas las maneras, a lo antiguo. […] Tal manera de pensar y de obrar hace revivir, efectivamente, el excesivo e insano arqueologismo despertado por el ilegítimo concilio de Pistoya, y se esfuerza por resucitar los múltiples errores que un día provocaron aquel conciliábulo y los que de él se siguieron…”.
Más aún, la instrucción Memoriale Domini, en el n. 10, adjudica expresamente el carácter de “tradicional” a la comunión en la boca, en contraste con la comunión en la mano. Por tanto, reclamar el carácter de tradicional a este último modo de comulgar sólo porque fue una práctica de los primeros siglos, como hace Vallone, es erróneo y contradice el magisterio pontificio.


En segundo lugar, pareciera que el párroco de la catedral mendocina, tiene un concepto de magisterio demasiado extenso. Se designa por magisterio la función que incumbe a la Iglesia, y especialmente a su jerarquía apostólica, de anunciar perpetuamente la palabra de Dios en su nombre y con sus autoridad y definir su sentido cuando es necesario (L. Bouyer, Diccionario de teología, Herder, Barcelona, 1977, p. 419). Me pregunto, entonces, de qué modo entra en la categoría magisterial una disposición disciplinar sobre el modo de recibir la eucaristía. ¿Es que esa cuestión forma parte del Depósito de la Fe, del que el magisterio es guardián? Como afirma el cardenal Billot, s.j., lo que le corresponde a la jerarquía es proponer y definir con autoridad en qué sentido Escritura y tradición deben entenderse. Consecuentemente, las disposiciones de los obispos mendocinos que obligan a sus fieles a comulgar en la mano no forman parte de ninguna manera del magisterio.

En tercer lugar, el padre Vallone afirma que el magisterio “ha recomendado” ambas formas de recibir la eucaristía. Es exactamente lo contrario. El magisterio no recomienda la comunión en la mano; más aún la desaconseja. Y recurro al documento magisterial con mayor autoridad en el tema, la instrucción Memoriale Domini:

15. Así, pues, […] en razón de la gravedad del asunto y la fuerza de los argumentos aducidos, al Sumo Pontífice [San Pablo VI] no le ha parecido oportuno mudar el modo hace mucho tiempo recibido de administrar a los fieles la Sagrada Comunión” [es decir, en la boca].
Hacia el final del documento, el Papa permite a los que obispos de aquellas zonas donde la costumbre de comulgar en la mano se hubiese arraigado, recurrir a la Santa Sede a fin de conseguir un indulto para continuar con la misma.

En conclusión, y tal como se desprende de toda instrucción Memoriale Domini, y en especial del n. 18, la posibilidad de comulgar en la mano es un indulto o permiso especial y extraordinario concedido expresamente y para cada caso en particular por la Sede Apostólica. Afirmar, entonces, como hace el padre Vallone, que la Iglesia recomienda tanto la comunión en la boca como en la mano, es un error. Es equivalente al caso del indulto que concede un obispo para que puedan casarse primos hermanos. Este permiso no implica que se recomiende el casamiento entre primos; se lo permite a regañadientes.

El padre Vallone ofrece otro argumento para defender su postura. Escribe: “…en otra diócesis sólo se permitía comulgar en la boca. Y, Esto (sic), no es ni discriminación, ni abuso de autoridad… ¿Por qué aceptar y alabar con religioso respeto una determinación y despreciar otra?”. Es decir, así como en una diócesis (San Luis) no se permite comulgar en la mano, es perfectamente lícito que en otra (Mendoza y San Rafael) no se permita comulgar en la boca. Pareciera que no es necesario explicar que se trata, una vez más, de un argumento FALSO.

Siguiendo el mismo razonamiento, podríamos decir que así como en San Luis está prohibido que las mujeres ayuden a misa, Mendoza podría prohibir que lo hagan los varones. ¿Le parecería a alguien atinada semejante prohibición? O, para seguir con el ejemplo anterior y siguiendo con el razonamiento de Vallone, así como un obispo podría negar el indulto a una pareja de primos hermanos para contraer matrimonio, otro obispo podría obligar a que todos las parejas que se casen en su diócesis sean primos hermanos.

Finalmente, los argumentos de autoridad que esgrime el padre Vallone en los últimos párrafos de su “reflexión” se vuelven en su contra. Cita allí al Papa Pío IX, que en su carta Tuas libenter afirmó que “llega a estar frecuentemente de acuerdo con quienes claman y chillan contra los decretos de esta Sede Apostólica y de nuestras Congregaciones…”. Lo que hemos visto es que la Sede Apostólica y las Congregaciones vaticanas sostienen que “la nueva manera de comulgar no deberá ser impuesta de modo que excluya el uso tradicional. Importa especialmente que cada fiel tenga la posibilidad de recibir la Comunión sobre la lengua…” (AAS 69, 546). ¿Quiénes son, entonces, los que “claman y chillan”? ¿Los fieles que se resisten a comulgar en la mano, o los obispos que quieren obligarlos a ello?


Wanderer



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