Por Nicolás Jouve
Hay leyes que, aun obedeciendo a circunstancias sociales y tratando de resolver los conflictos de momentos históricos puntuales son injustas, antisociales y hasta crímenes contra la humanidad. Quien esto suscribe no es un jurista, aunque en las líneas que siguen aparecerán los nombres de ilustres doctores que sí lo son. Quien esto suscribe es un testigo de cómo muchas veces se construye la casa empezando por el tejado, sin un sólido fundamento científico, antropológico ni jurídico y se utilizan medios de ingeniería social para convertir en ley cualquier cosa.
¿Es un derecho la esclavitud?… Ahora no, afortunadamente, pero lo fue en la Grecia antigua. De hecho, Aristóteles lo consideraba como algo natural. Después lo fue en la Roma clásica, donde se reguló hasta el punto de negar a los esclavos el derecho a casarse o a ejercer la paternidad… También en el mundo árabe o en la Escandinavia medieval y ya no digamos en la colonización americana… donde la esclavitud llegó a convertirse en un gran negocio y los esclavos en pura mercancía, carentes de los más mínimos derechos, hasta la llegada de las tardías leyes abolicionistas de los siglos XVIII y XIX que, entre otras cosas, costaron miles de vidas y una gran guerra fratricida en los EE.UU.
¿Es un derecho la eugenesia?, es decir, la discriminación por razones genéticas. Yo creo que a nadie en su sano juicio se le ocurre mantener aquellas corrientes de la “eugenesia social” o maltusiana de finales del siglo XIX y principios del XX, que se propagaron por EE.UU. y Europa. Sin embargo, la eugenesia se convirtió en una corriente social y en su causa se llegó a la promulgación de leyes injustas e inmorales, que en aras de la pureza racial o la erradicación de las personas con defectos genéticos, o simplemente tenidas como de “peor calidad”, permitieron diversos modos de discriminación y todo tipo de abusos que quebrantaban los derechos humanos, como la esterilización, la prohibición a contraer matrimonio o el asesinato, como ocurriría en la Alemania nazi.
Ni la esclavitud, ni la eugenesia, ni el racismo, ni otros abusos de signo similar como la discriminación por razones de religión, los nacionalismos excluyentes o el aborto, sobre el que hablaremos a continuación, pueden considerarse un derecho. En algunos sitios y en algunos momentos se habrán regulado por ley todo este tipo de abusos contra la humanidad, pero no dejan de ser leyes injustas e ilegítimas, dado que para su legitimidad, además de otras consideraciones de carácter ético, harían falta dos elementos primordiales: el reconocimiento de que lo que se legisla es de “derecho natural”, y la verdad aportada por los “datos científicos”.
Respecto al “derecho natural” es algo que no tiene nada que ver con modas pasajeras o culturales, variables entre pueblos o épocas históricas. El profesor Andrés Ollero, catedrático de Derecho Constitucional y magistrado del Tribunal Constitucional coincide con el catedrático de Filosofía del Derecho Americano Ronald Dworkin (1931–2013), al reclamar el derecho natural del siguiente modo: “Todo parece confirmar la identificación entre lo que él llama ‘moralidad política’ y lo que cabría entender como ‘derecho natural’; en concreto: la existencia de unas exigencias jurídicas objetivas, que puedan garantizar un mínimo ético capaz de posibilitar una existencia realmente humana, teniendo como fundamento una determinada concepción del hombre, racionalmente cognoscible y argumentable”.
Respecto a los datos científicos, un par de ejemplos:
La eugenesia se basaba en la falacia de que muchos caracteres no deseados, de manifiesta influencia ambiental, eran genéticamente heredables. Muchas patologías son adquiridas, no heredadas, y de las diferencias entre las personas, aquellas que tienen que ver con el comportamiento, o las creencias religiosas, las costumbres sociales o incluso las antisociales, son fruto de las influencias y la educación y de los deseos personales, no de los genes. No somos esclavos de nuestros genes.
El segundo ejemplo es el del aborto, en el que se acumulan los errores y las falsedades respecto a la realidad biológica del no nacido: como negar que desde la fecundación existe una vida humana, un ser humano; o decir que el embrión es un amasijo de células, o que el hijo es una parte del cuerpo de la madre, etc. La genética, la embriología y los datos de la ciencia señalan que la vida se constituye con la fecundación, al formarse el cigoto, que es cuando se constituye una nueva identidad genética, y aparece una nueva realidad corporal y por tanto una nueva vida, independiente y genéticamente diferente a la madre [1].
Por lo tanto las leyes que ignoran estos datos u ocultan la dignidad de cada persona como un fin en sí mismo, como las que regularon la esclavitud, la eugenesia o el racismo, y ahora el aborto, al margen de las circunstancias históricas y sociales, o de la condición física o mental de las personas, ni son leyes naturales, ni se basan en los datos objetivos de la ciencia, por lo que no pueden considerarse ni justas ni legítimas.
Pronto hará 10 años de la llamada Declaración de Madrid, un manifiesto en defensa de la vida humana naciente, dado a conocer en rueda de prensa el 17 de marzo de 2009, con la inestimable ayuda de la organización HazteOir.org, que recibió la aprobación y adhesión de cientos de académicos, profesores de universidad, investigadores, médicos, altos cargos del Estado, directivos de entidades sociales, escritores, etc. Con relación a ello la doctora María Dolores Vila-Coro, jurista y Académica de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación señalaba -en relación con la primera ley del aborto de España, la de 1985- que “para que una ley sea justa; es necesario, que se fundamente en unos valores y principios de moralidad que la legitimen, sin ellos no será una verdadera ley […] Solo se puede despenalizar la muerte de un ser humano cuando hay conflicto entre dos bienes jurídicos del mismo rango: la vida de la madre y la vida del hijo» […] Por que despenalizado o no, el aborto es un delito que está en el Código Penal, que, en su versión anterior, vigente hasta 1985, aparecía tipificado en los Delitos contra las personas. Ahora está en el Titulo II, Del aborto, cambio que ha permitido la temeraria discusión de si el nasciturus era o no persona, para aminorar en la conciencia el efecto de su destrucción” [2].
En este argumento abundó el Comité de Bioética de España en su informe de junio de 2014 sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica para la Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada, a propósito de la frustrada reforma planteada por el ex-ministro de justicia Alberto Ruiz Gallardón. Tras una larga consideración sobre la confrontación de los derechos del niño y de la madre se señalaban las grandes deficiencias de la Ley vigente: la falta de consideración del no nacido como un bien jurídico, la necesidad de asumir la tutela y protección efectiva de los neonatos y la puesta en marcha de instrumentos necesarios para dar cobertura a las necesidades de las mujeres embarazadas, es decir, de la maternidad. Nada de esto ha cambiado en los casi diez años de la vigente ley del aborto.
La generalización de las leyes del aborto en los países occidentales propiciada e impulsada por la Organización de las Naciones Unidas –quien te ha visto y quién te ve-, no es más que el fruto de una época, una cultura, que pasará por su propia iniquidad. El papa Francisco lo expresó, como siempre de forma magistral, cuando en junio del año pasado se preguntaba por qué cada vez se ven menos enanos por la calle… y decía: “En el pasado siglo todo el mundo se escandalizaba por lo que hacían los nazis para curar la pureza de la raza. Hoy hacemos lo mismo, pero con guantes blancos”.
Dicho todo lo anterior solo cabe apelar a la cordura y esperar que la barbarie del aborto termine como en el pasado lo hicieron las injustas leyes sobre la esclavitud y el racismo.
[1] N. JOUVE, El Manantial de la Vida. Genes y Bioética. (Ediciones Encuentro, Madrid 2012).
[2] M. D. Vila-Coro, La vida humana en la encrucijada. Pensar la Bioética (Ediciones Encuentro, Madrid 2010).
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