A continuación publicamos el comunicado de prensa del abogado del Arzobispo, que aclara totalmente la cuestión financiera (que envuelve, además del Arzobispo y a su hermano, a otros hermanos y a las hermanas de la casa Viganò) y sobre el uso que el Arzobispo quiso hacer de su parte de la herencia (la erección de un seminario y de un Carmelo en África). Es interesante, sin embargo, desde el punto de vista estrictamente periodístico, el último apartado del comunicado. En él se anuncia la posibilidad de querellar a quien intentó difamar al Arzobispo utilizando el instrumento de la causa ante el Tribunal. En particular algunos sites autodenominados católicos que utilizaron términos como “robar”. Sería verdaderamente algo útil al saneamiento de la información si finalmente estos permanentes insultadores y difamadores fueran llamados a responder ante un juez, y de su propio bolsillo, por este género de comportamiento.
Comunicado de Prensa
Con respecto a las recientes e infundadas noticias aparecidas en múltiples órganos de prensa y en otros medios, en orden a una supuesta condena por “estafa”, “hurto” o substracción de dinero, en perjuicio del hermano Don Lorenzo Viganò, Monseñor Carlo Maria Viganò aclara cuanto sigue a continuación:
1) El Tribunal de Milán, en la sentencia nº 10359/2018 del 9 de Octubre de 2018, ordenó a Mons. Viganò pagar, ante una demanda judicial de división de bienes muebles e inmuebles y compensación por las mutuas relaciones de dar y recibir con el hermano Don Lorenzo Viganò, el importe de capital de cerca de 1,8 millones de euros, frente a una demanda inicial de Don Lorenzo Viganò de casi 40 millones de Euros, cifra ésta macroscópicamente irreal correspondiente al efectivo valor de los bienes de la comunidad hereditaria de ambos hermanos;
2) Con dicha sentencia, que ninguna de las partes ha impugnado y que por lo tanto adquirió fuerza de cosa juzgada, el Tribunal de Milán rechazó todas las otras demandas interpuestas por Don Lorenzo Viganò, quien inició la causa contra el hermano negándose a toda y cualquier mediación por parte de la familia.
3) Mons. Viganò ya saldó espontáneamente todos los importes establecidos en la sentencia;
4) Don Lorenzo Viganò, como resultado de la sentencia, recibió substancialmente todo cuanto hubiera recibido si hubiese aceptado la propuesta de conciliación formulada por el hermano, pro bono pacis, a lo largo del juicio;
5) Desde hace más de 10 años Don Lorenzo Viganò sometió a Mons. Viganò a un asedio judicial y a una verdadera y auténtica campaña de difamación por medio de la prensa, omitiendo informar a los complacientes periodistas que el frente por ellos capitaneado debió abandonar o perdió, hasta ahora, todas las otras 10 causas civiles, penales y administrativas iniciadas;
6) No obstante, Mons. Viganò siempre sufrió en silencio tales agresiones, para evitar ulteriores instrumentalizaciones de los sucesos judiciales familiares, que nada tienen que ver con los otros conocidos sucesos “institucionales” que lo involucraron;
7) Los bienes muebles e inmuebles fueron recibidos por los dos hermanos como herencia indivisa de los padres, los cuales eran emprendedores en el campo industrial;
8) Mons. Viganò destinó la mayor parte de dicho patrimonio a obras de caridad y religiosas, entre las cuales la construcción de un Seminario en Nigeria y un Carmelo en Burundi y continuará haciéndolo.
9) Con relación a las dolorosas relaciones personales con su hermano, Mons. Viganò ama profundamente a su hermano Don Lorenzo y nunca perderá la esperanza de que vuelva a hacer las paces y a mantener relaciones con él, a lo cual unilateralmente, totalmente y de improviso se negó desde noviembre de 2008, cuando huyó de Milán acusando a su hermano, Mons. Carlo Maria de querer secuestrarlo. También por este motivo, aunque tuviera razones válidas, Mons. Viganò no impugnó la sentencia en primera instancia, aunque considerándola, por muchos motivos, equivocada e injusta.
10) Mons. Viganò pretende confiar a sus abogados el inicio de querellas penales contra todo intento de difamación en su contra.
Marco Tosatti, Stilum Curiae – 3 diciembre 2018
Correspondencia Romana
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