lunes, 19 de marzo de 2001

SUMMO IUGITER STUDIO (27 DE MAYO DE 1832)


BREVE

SUMMO IUGITER STUDIO

SOBRE LOS MATRIMONIOS MIXTOS

Papa Gregorio XVI - 1832

Venerables Hermanos, Saludos y Bendición Apostólica.

1. La Sede Apostólica siempre ha velado por la religiosa observancia de los cánones que prohíben los matrimonios de católicos con herejes. Ocasionalmente, tales matrimonios han sido tolerados para evitar escándalos más graves. Pero, incluso entonces, los Romanos Pontífices se encargaron de enseñar a los fieles lo deformes que son estos matrimonios y los peligros espirituales que presentan. Un hombre o una mujer católicos serían culpables de un gran crimen si presumieran de violar las sanciones canónicas en esta materia. Y si los mismos Romanos Pontífices suavizaron muy a regañadientes esta misma prohibición canónica en algunos casos graves, añadieron siempre a su dispensa una condición formal: que la parte católica no se pervirtiera, sino que hiciera todo lo posible por apartar del error a la parte no católica y que la prole de ambos sexos fuera educada enteramente en la religión católica.

Matrimonios mixtos

2. Por lo tanto, guiados por el ejemplo de Nuestros predecesores, Nos apena oír informes de vuestras diócesis que indican que algunas de las personas confiadas a vuestro cuidado fomentan libremente los matrimonios mixtos. Además, promueven opiniones contrarias a la fe católica: a saber, se atreven a afirmar que un católico puede contraer libre y legalmente matrimonio con un heterodoxo, no sólo sin pedir dispensa (que debe obtenerse de la Sede Apostólica en cada caso particular), sino también sin aceptar las obligaciones necesarias, especialmente el deber de educar a toda la prole en la religión católica. De hecho, se ha llegado al punto de que estas mismas personas insisten en que los matrimonios mixtos deben ser aprobados cuando la pareja herética es una persona divorciada cuyo ex cónyuge aún vive. Con este fin, lanzan serias amenazas de castigos para inducir a los sacerdotes a anunciar matrimonios mixtos en las iglesias y, después, a defender el acto por el que se contrajeron estos matrimonios o, al menos, a conceder a los contrayentes lo que ellos llaman ‘cartas dimisorias’. Por último, algunos de estos descarriados intentan persuadirse a sí mismos y a los demás de que los hombres no sólo se salvan en la religión católica, sino que incluso los herejes pueden alcanzar la vida eterna.

Situaciones loables

3. Algunas circunstancias, sin embargo, aligeran Nuestra pena que surge de este asunto: a saber, la constancia de la mayor parte del pueblo bávaro en aferrarse a la fe católica, su sincera obediencia a la autoridad eclesiástica y la firmeza de casi todo su clero en el desempeño de su ministerio según los cánones. Sabemos que, aunque no todos tengáis la misma opinión en este asunto de los matrimonios mixtos, todos estáis resueltos a escuchar a la Sede Apostólica y, con su guía, a proteger los rebaños que se os han confiado, sin temer siquiera encontrar peligros para salvaguardar a las ovejas.

Ayuda del Rey Luis

4. Por medio de estas cartas esperamos fortalecer vuestra fraternidad para que en el asunto que nos ocupa sigáis predicando las inmutables enseñanzas católicas y salvaguardando la observancia de los cánones. Puesto que Nuestra opinión os ha sido dada a conocer, esperamos que de ella resulte un acuerdo más perfecto entre todos vosotros y la Santa Sede. Esperamos que Nuestro querido hijo en Cristo, Luis, el ilustre Rey de Baviera, cuando comprenda el problema actual, pueda ayudarnos y ayudaros con su patrocinio, debido al celo de su abuelo por la religión católica que Luis ha heredado. Si lo hace, los males que amenazan la causa católica desde esta fuente podrán ser prevenidos y nuestra santísima religión podrá ser restaurada y protegida en toda Baviera. Entonces, el clero católico podrá gozar de plena libertad en el ejercicio de su ministerio, tal como estaba previsto en el acuerdo celebrado con la Sede Apostólica en 1817.

Historia del dictamen contra los matrimonios mixtos

5. Comencemos ahora con las cosas que conciernen a la fe y que, como ya hemos dicho, algunos ponen en peligro para dar mayor libertad a los matrimonios mixtos. Vosotros sabéis con qué celo enseñaron Nuestros predecesores precisamente el artículo de fe que éstos se atreven a negar, es decir, la necesidad de la fe católica y de la unidad para la salvación. Las palabras de aquel célebre discípulo de los apóstoles, el mártir San Ignacio, en su carta a los filadelfianos son pertinentes a este asunto: "No te engañes, hermano mío; si alguno sigue a un cismático, no alcanzará la herencia del reino de Dios". Además, San Agustín y los demás obispos africanos que se reunieron en el Concilio de Cirta en el año 412 explicaron lo mismo con mayor extensión: "Quien se haya separado de la Iglesia católica, por muy loablemente que viva, no tendrá la vida eterna, sino que se ha ganado la ira de Dios a causa de este único crimen: que abandonó su unión con Cristo". Omitiendo otros pasajes apropiados, que son casi innumerables en los escritos de los Padres, alabaremos a San Gregorio Magno, que atestigua expresamente que ésta es, en efecto, la enseñanza de la Iglesia católica. Dice: "La santa Iglesia universal enseña que no es posible adorar a Dios verdaderamente sino en ella y afirma que todos los que están fuera de ella no se salvarán". Los actos oficiales de la Iglesia proclaman el mismo dogma. Así, en el decreto sobre la fe que Inocencio III publicó con el sínodo de Letrán IV, está escrito esto "Hay una Iglesia universal de todos los fieles fuera de la cual nadie se salva". Finalmente, el mismo dogma también se menciona expresamente en la profesión de fe propuesta por la Sede Apostólica, no sólo la que usan todas las iglesias latinas, sino también la que usa la Iglesia Ortodoxa Griega y la que usan los demás católicos orientales. No mencionamos estos selectos testimonios porque pensamos que ignorabais ese artículo de fe y necesitabais Nuestra instrucción. Lejos de Nosotros tener una sospecha tan absurda e insultante sobre vosotros. Pero estamos tan preocupados por este serio y bien conocido dogma, que ha sido atacado con tan notable audacia, que no pudimos contener Nuestra pluma para reforzar esta verdad con muchos testimonios.

Ayudad al pueblo bávaro a evitar los matrimonios mixtos

6. Esforzaos por erradicar estos errores escurridizos con todas vuestras fuerzas. Inspirad al pueblo de Baviera a mantener la fe católica y la unidad como único camino de salvación con un celo cada vez más ardiente, y, así, a evitar todo peligro de abandonarla. Una vez que los fieles bávaros comprendan esta necesidad de mantener la unidad católica, las amonestaciones y advertencias que se les hagan para que no se unan en matrimonio con herejes no serán ciertamente en vano. Si en alguna ocasión alguna causa grave sugiriera tal matrimonio mixto, entonces solicitaréis la dispensa de la Iglesia y observaréis las condiciones que hemos mencionado anteriormente. Vosotros y vuestros padres y otras personas que los tengan a su cuidado sois responsables de enseñarles cuál es el juicio de los cánones en esta materia. Deben ser advertidos para que no se atrevan a quebrantar estos cánones y, de este modo, pongan en peligro sus almas. Por eso, si las circunstancias lo aconsejan, puede ser necesario recordarles aquel conocido precepto de la ley natural y divina, que nos manda evitar no sólo los pecados, sino también la ocasión próxima de pecado. Recordadles también el otro precepto de la misma ley que manda a los padres educar a sus hijos en la disciplina y amonestaciones del Señor (Ef 6,4). Por lo tanto, debéis instruirlos en el verdadero culto a Dios, que es propio de la religión católica. Por lo tanto, exhortad a vuestros fieles a sopesar seriamente cuán grande es la ofensa que cometen contra la suprema Deidad y cuán cruelmente actúan consigo mismos y con sus futuros hijos cuando, contrayendo precipitadamente un matrimonio mixto, se exponen a sí mismos y a sus hijos al peligro de la perversión. Para que se vea más claramente la gravedad de tal peligro, recordadles las saludables amonestaciones de los Apóstoles, de los Padres y de los cánones, que advierten que debe evitarse la asociación familiar con herejes.

Responsabilidad del clero

7. Pero puede suceder que estas advertencias y amonestaciones sean desoídas y que algún hombre o mujer católicos no estén dispuestos a renunciar a su perversa intención de contraer matrimonio mixto. Si no se solicita o no se obtiene de la Iglesia la dispensa o si no se cumplen las condiciones necesarias o alguna de ellas, entonces será deber del sacerdote abstenerse no sólo de honrar con su presencia el matrimonio mismo, sino también de anunciarlo y de conceder cartas dimisorias. Debéis amonestar a los sacerdotes y exigirles que se abstengan de todo acto semejante. Pues quien tiene la cura de almas y actúa de otro modo, especialmente en las circunstancias que prevalecen en Baviera, parecería de algún modo aprobar con sus actos estos matrimonios ilícitos. Sus obras fomentarían la libertad de esas almas, una libertad que es perniciosa para su salvación e incluso para la causa de la fe.

Casos relacionados con el divorcio

8. Después de estas cosas, apenas es necesario añadir declaraciones relativas a esos otros casos, mucho más graves, de matrimonios contraídos entre católicos y herejes en los que la parte herética puede tener una pareja anterior todavía viva de la que se separó por divorcio. Vosotros sabéis cuán fuerte es por ley divina el vínculo del matrimonio. Este vínculo no puede ser roto por la autoridad humana. Por lo tanto, un matrimonio mixto en tales casos no sólo es ilícito, sino totalmente inválido y adúltero. La única excepción es cuando el matrimonio anterior, que la parte herética considera disuelto por divorcio, era totalmente inválido a causa de algún impedimento canónico. En este último caso, no sólo debe observarse todo lo dicho anteriormente, sino que el nuevo matrimonio no debe permitirse hasta después de que el primer matrimonio haya sido declarado inválido por una sentencia eclesiástica dictada según las normas canónicas.

9. Estas son las cosas, Venerables Hermanos, que Nosotros pensamos que debían llamarse a vuestra atención en este asunto. Mientras tanto, no cesamos de pedir a nuestro omnipotente y misericordioso Dios con fervientes oraciones que os revista a vosotros y a todo el clero de Baviera con la virtud de lo alto y os cubra con su diestra y os defienda con su santo brazo. Que la Bendición Apostólica sea prenda del gran amor con que miramos vuestra fraternidad en el Señor. Os impartimos con gran amor esta bendición. Difundidla entre el clero y los fieles laicos de vuestras diócesis.

Dado en Roma, junto a San Pedro, bajo el anillo del Pescador, el 27 de mayo de 1832, segundo año de Nuestro Pontificado.



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