viernes, 20 de marzo de 2015

CARTA DEL PAPA FRANCISCO AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN INTERNACIONAL CONTRA LA PENA DE MUERTE


CARTA DEL PAPA FRANCISCO

AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN INTERNACIONAL 

CONTRA LA PENA DE MUERTE


Distinguido señor Federico Mayor

Presidente de la Comisión Internacional contra la Pena de Muerte

Señor presidente:

Con estas palabras, quisiera transmitir mi saludo a todos los miembros de la Comisión Internacional contra la Pena de Muerte, al grupo de países que la apoyan y a quienes colaboran con la organización que ustedes presiden. Además, me gustaría expresar mi gratitud personal, y también la de los hombres de buena voluntad, por su compromiso de lograr un mundo libre de la pena de muerte y por su contribución al establecimiento de una moratoria universal de las ejecuciones en todo el mundo para abolir la pena capital.

Compartí varias ideas sobre este tema en mi carta del 30 de mayo de 2014 a la Asociación Internacional de Derecho Penal y a la Asociación Latinoamericana de Derecho Penal y Criminología. En mi discurso ante las cinco grandes asociaciones mundiales dedicadas al estudio del derecho penal, la criminología, la victimología y las cuestiones del encarcelamiento el 23 de octubre de 2014, aproveché la oportunidad para profundizar en estos temas. En esta ocasión, quisiera ofrecerles algunas sugerencias con las que la Iglesia puede contribuir al esfuerzo humano de la Comisión.

El Magisterio de la Iglesia, a partir de la Sagrada Escritura y de la experiencia del Pueblo de Dios durante milenios, defiende la vida desde la concepción hasta la muerte natural y sostiene la plena dignidad humana como imagen de Dios (cf. Gn 1, 26). La vida humana es sagrada porque desde su inicio, desde el primer momento de la concepción, es fruto de la acción creadora de Dios (cf. Catecismo de la Iglesia Católica , n. 2258), y desde ese momento, el hombre, única criatura... que Dios quiso por sí mismo, es el destinatario del amor personal de Dios (cf. Gaudium et spes, n. 24).

Los Estados pueden matar con su acción cuando aplican la pena de muerte, cuando llevan a su pueblo a la guerra o cuando realizan ejecuciones extrajudiciales o sumarias. También pueden matar por omisión, cuando no garantizan a su gente el acceso a las necesidades básicas de la vida. “Así como el mandamiento 'No matarás' establece un límite claro para salvaguardar el valor de la vida humana, hoy también tenemos que decir 'no matarás' a una economía de exclusión y desigualdad” (Evangelii Gaudium, n. 53).

La vida, la vida humana sobre todo, pertenece solo a Dios. Ni siquiera un asesino pierde su dignidad personal, y Dios mismo se compromete a garantizarlo. Como enseñaba san Ambrosio, Dios no quiso castigar a Caín con el homicidio, porque quiere que el pecador se arrepienta más que muera (cf. Evangelium vitae, n. 9).

En determinadas circunstancias, cuando las hostilidades están en curso, es necesaria una reacción mesurada para evitar que el agresor cause daño, y la necesidad de neutralizar al agresor puede resultar en su eliminación; se trata de un caso de legítima defensa (cf. Evangelium Vitae, n. 55). Sin embargo, los requisitos de la legítima defensa personal no son aplicables en el ámbito social sin riesgo de distorsión. De hecho, cuando se aplica la pena de muerte, las personas mueren no por actos de agresión actuales, sino por delitos cometidos en el pasado. Además, se aplica a personas cuya capacidad de causar daño no está vigente, porque ya ha sido neutralizada, y se encuentran privadas de su libertad.

Hoy la pena capital es inaceptable, por grave que haya sido el crimen del condenado. Es una ofensa a la inviolabilidad de la vida y a la dignidad de la persona humana que contradice el designio de Dios para el hombre y la sociedad y su justicia misericordiosa, y no se ajusta a ningún propósito justo de castigo. No hace justicia a las víctimas, sino que fomenta la venganza.

Para un Estado constitucional la pena de muerte representa un fracaso, porque obliga al Estado a matar en nombre de la justicia. Dostoyevsky escribió: “Matar a un asesino es un castigo incomparablemente peor que el crimen mismo. El asesinato por sentencia legal es inconmensurablemente más terrible que el asesinato por un criminal”. La justicia nunca se alcanza matando a un ser humano.

La pena de muerte pierde toda legitimidad por la selectividad defectuosa del sistema de justicia penal y ante la posibilidad de error judicial. La justicia humana es imperfecta y el no reconocer su falibilidad puede transformarla en fuente de injusticia. Con la aplicación de la pena capital, al condenado se le niega la posibilidad de enmendar o arrepentirse del daño causado; la posibilidad de la confesión, con la que el hombre expresa su conversión interior; y de la contrición, medio de arrepentimiento y expiación, para llegar al encuentro con el amor misericordioso y sanador de Dios.

Además, la pena capital es una práctica frecuente a la que recurren regímenes totalitarios y grupos fanáticos, para el exterminio de disidentes políticos, minorías y todo individuo etiquetado como "peligroso" o que pueda ser percibido como una amenaza para su poder o para la consecución de sus objetivos. Como en los primeros siglos y también en el actual, la Iglesia sufre la aplicación de esta pena a sus nuevos mártires.

La pena de muerte es contraria al significado de humanitas y a la misericordia divina, que deben ser modelos de justicia humana. Implica un trato cruel, inhumano y degradante, como lo es la angustia ante el momento de la ejecución y el terrible suspenso entre el dictado de la sentencia y la ejecución de la pena, una forma de “tortura” que, en nombre del correcto procedimiento, tiende a durar muchos años y, a menudo, conduce a la enfermedad y la locura en el corredor de la muerte.

En algunos ámbitos se debate el método de ejecución, como si se tratara de encontrar “la mejor” forma. A lo largo de la historia se han defendido diversos mecanismos letales porque redujeron el sufrimiento y la agonía de los condenados. Pero no existe una forma humana de matar a otra persona.

Hoy en día, no solo existen medios para abordar eficazmente el crimen sin privar definitivamente a los delincuentes de la posibilidad de reformarse (cf. Evangelium Vitae, n. 27), sino que también existe una mayor sensibilidad moral sobre el valor de la vida humana, despertando la opinión pública en apoyo de las distintas disposiciones destinadas a su abolición o suspensión de su aplicación y una creciente aversión a la pena de muerte (cf. Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, n. 405).

Por otro lado, la cadena perpetua, así como aquellas penas que por su duración imposibiliten al condenado a planificar un futuro en libertad, pueden ser consideradas penas de muerte encubiertas, porque con ellas el culpable no sólo está privado de su libertad, sino también insidiosamente privado de esperanza. Pero, aunque el sistema de justicia penal pueda apropiarse del tiempo de los culpables, nunca debe quitarles la esperanza.

Como dije en mi discurso el pasado 23 de octubre, la pena de muerte se refiere directamente a la negación del amor a los enemigos predicada por el Evangelio. “Todos los cristianos y hombres de buena voluntad están llamados hoy a luchar no solo por la abolición de la pena de muerte, legal o ilegal, y en todas sus formas, sino también para mejorar las condiciones carcelarias, respetando la dignidad humana de las personas privadas de libertad”.

Queridos amigos, los animo a continuar con la obra que están haciendo porque el mundo necesita testigos de la misericordia y la ternura de Dios.

Me despido mientras te confío al Señor Jesús que, en los días de su vida terrena, no quiso que sus perseguidores fueran lastimados en su defensa: “Vuelve tu espada a su lugar” (Mt 26, 52), fue capturado y condenado injustamente a muerte, y que se identificaba con todos los presos, culpables o no: “Estuve en la cárcel y vinieron a visitarme” (Mt 25, 36). Que Él, que ante la mujer adúltera no cuestionó su culpa, sino que invitó a los acusadores a examinar su propia conciencia antes de arrojarle una piedra (cf. Jn 8, 1-11), os conceda el don de la sabiduría, para que la acción que emprenda a favor de la abolición de este cruel castigo, puede ser apropiada y fructífera.

Les pido que recen por mí.

Cordialmente,

FRANCISCO

Vaticano, 20 de marzo de 2015



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