sábado, 30 de abril de 2011

REFLEXIÓN DE MONS. HÉCTOR AGUER: “JUAN PABLO II, BEATO”





Mons. Héctor Aguer celebró la Beatificación de Juan Pablo II, este 1° de mayo, en Roma, señalando que “todos nosotros invocaremos la protección de Juan Pablo II para que nos ayude, dentro de todas nuestras limitaciones y pobrezas, a dar un auténtico testimonio de Cristo en el mundo de hoy”.



Texto completo de la alocución de Mons. Héctor Aguer

“La beatificación de Juan Pablo II es el acontecimiento que, en estos días, polariza la devoción de los fieles y concita la atención del mundo”.

“Como ustedes saben el proceso de beatificación se ha desarrollado de acuerdo a las pautas establecidas pero en un tiempo muy breve, y eso se explica porque en este caso se ha dado de un modo eximio una de las condiciones para que un cristiano acceda al reconocimiento oficial de la Iglesia: la fama de santidad”.

“Recordemos las escenas, en la Plaza San Pedro, de las exequias de Juan Pablo II; allí surgió, como una especie de clamor unánime, el reconocimiento de la santidad de ese gran Pontífice”.

“La fama de santidad es, en efecto, una de las causales importantísimas que llevan a un Siervo de Dios a la beatificación porque expresa el sentido de la fe los fieles. Los que hemos visto a Juan Pablo II algunas veces o hemos estado cerca de Él, que hemos concelebrado la misa con Él, hemos podido observar que, efectivamente, era un hombre que vivía en una continua unión con el Señor”.

“A mí personalmente me impresionó siempre la preparación del Papa para la celebración de la Misa y luego la prolongada acción de gracias después de celebrada la misa. Se veía que era un hombre que entraba en un ámbito de intensa oración. Era también muy notable su devoción a la Virgen María”.

“Luego tenemos su enseñanza no solo la ortodoxia sino la ponderación de su enseñanza que ha significado, en todo caso, una actualización de la doctrina permanente de la Iglesia. Un aspecto especial a destacar es cómo el magisterio de Juan Pablo II refiere todo lo que la Iglesia tenía que enseñar acerca del hombre en el mundo contemporáneo a la figura de Cristo Redentor, a la misericordia del Padre, a la presencia continua del Espíritu Santo, Señor y Dador de vida. Durante su pontificado, la Congregación para la Doctrina de la Fe tuvo que intervenir reiteradamente para corregir los errores teológicos que alteraban la fe católica y confundían a los fieles”.

“El Papa Juan Pablo II se ocupó, como todos recordamos, de cuestiones claves de la historia contemporánea. Ejemplos son la caída de los regímenes de socialismo real, como se les llamaba; la ponderación con la cual presentó el juicio de la Iglesia en situaciones dramáticas en el escenario internacional y como animó, en sus viajes apostólicos, a las distintas comunidades católicas de todo el mundo. La defensa de la vida humana desde la concepción, la santidad del matrimonio y la familia, la objetividad y trascendencia de los valores morales fueron puntos clave de su enseñanza”.

“Millones y millones de personas se reunían para escucharlo. A todos, y especialmente a los jóvenes les animó a dar un testimonio actualizado de Jesucristo”.

“Tenemos ahora una ocasión bellísima para reconocer cómo aún en la actualidad Dios enriquece a su Iglesia y la guía por medio de pastores como este gran pontífice que ahora intercederá por nosotros”.

“Por eso, nosotros desde aquí nos unimos a los actos que se celebran en Roma y a aquellas multitudes que confluyen en la Ciudad Eterna para homenajear al nuevo Beato”.

“He visto que la representación oficial de la Argentina es bastante numerosa. Está compuesta por un número notable de legisladores. Yo me permito, con todo respeto, deslizar una sugerencia: algunos de ellos podrían aprovechar esta circunstancia excepcional para pedir la intercesión del nuevo Beato de modo que Dios Nuestro Señor les perdone haber aprobado el año pasado en el Congreso de la Nación una ley inicua contraria a la enseñanza del Gran Pontífice, la ley que alteró la naturaleza del matrimonio en la Argentina”

“Y todos nosotros invocaremos la protección de Juan Pablo II para que nos ayude, dentro de todas nuestras limitaciones y pobrezas, a dar un auténtico testimonio de Cristo en el mundo de hoy”.



LIBERTAD DE CONCIENCIA

 
El Dr. Luis Lacalle Pou presentó un proyecto de ley que -valga el intento de resumir 14 artículos- reconoce el derecho de toda persona a oponer objeción de conciencia y no participar en actos técnicos que violen su fe religiosa o sus principios filosóficos.


Por Leonardo Guzmán

Con ese proyecto, un médico opuesto al aborto o a la eutanasia por motivos de fe, tendrá derecho a abstenerse y sus empleadores deberán respetarle su derecho; y una institución fundada en convicciones tendrá derecho a oponerlas frente a requerimientos, aun legales, que le impongan violar principios que para ella sean probadamente esenciales.

A primera vista no hace falta en el Uruguay una ley que reconozca la libertad de conciencia, porque la Constitución es rotunda cuando consagra la libertad de culto -art. 5º- y el respeto a la integridad de la persona -art. 72- incluso más allá de lo escrito. Pero cuando reflexionamos, sentimos que la Constitución bastaría… si dejáramos de leerla como inventario de normas abstractas y la viviéramos como fuente de mandatos concretos.

Bastaría, si aplicáramos el art. 72 como un hontanar que integra al texto constitucional los derechos y deberes que emanan de los avances en la filosofía de la persona.

Bastaría, si nos identificáramos con los principios de la Constitución y los aplicásemos con el rigor de la lógica deóntica que se abrió camino en la ciencia jurídica de finales del siglo XX.

Bastaría, si sintiéramos en los huesos el valor de que el Uruguay, antes de tener independencia, Constitución, partidos e ideologías, en 1813 haya recibido el apotegma artiguista: "La libertad civil y religiosa será garantizada en toda su extensión imaginable".

Pero todos esos "si", todas esas condiciones, distan mucho de darse hoy. Lejos estamos de vivir el Derecho y los derechos como responsabilidad recíproca que se cumple sin sentir, como fruto natural de un humus cultural abonado por la meditación profunda de cada ciudadano.

Estamos muy lejos, más que por los bolsones de incultura que deben abochornarnos, porque nuestro Derecho está aquejado de relativismo y cada vez más se muestra como un conjunto de reglas dependientes de consensos mutantes en vez de afirmarse como la concreción de principios éticos que se expresan en el lenguaje cambiante de las épocas pero renuevan los ecos del hombre eterno.

En suma: este proyecto resulta necesario para que la ley diga expresamente lo que viene implícito en la Constitución pero la caída cultural nos impide leer, sentir y aplicar. No nace para proteger a las instituciones religiosas sino a las conciencias, se funden ellas en un credo consolidado o en filosofías de raigambre laica. Ventila el temario, al restituirnos el respeto del espíritu de cada uno como cimiento de la República y al poner en valor que la Constitución define un proyecto de hombre y de cultura. Refresca, porque en tiempos en que se viola hasta plebiscitos nos hace volver la atención a la Constitución a partir del sentimiento de que cada uno es, como enseñó Unamuno, "yo y mi mismísima mismidad".


LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO ARREMETE CONTRA LAS ESTRUCTURAS SOCIALES




El homosexualismo político ataca a las comunidades autónomas españolas que aplican la ley que prohíbe inseminar a mujeres cuya pareja no sea estéril porque considera que discrimina a las lesbianas. Una jueza se ve obligada “por imperativo” a dar un niño a dos lesbianas.


La ideología de género ha vuelto a arremeter contra las estructuras sociales. Ahora lo hace a través del caso de Silvia García, una lesbiana de 30 años a la que la Sanidad pública de Asturias le ha denegado el tratamiento de reproducción asistida debido a que no existe infertilidad del hombre en su caso.

Es la segunda vez que sucede esto en el Principado después de que a otra lesbiana, Andrea Muñiz, anunciara un caso similar: “El consejero de Salud del Principado de Asturias, Ramón Quirós, me ha quitado mi derecho a acceder a la Unidad de Reproducción Asistida en Mieres argumentando que no existe infertilidad del varón, la misma razón que le dieron a Andrea días atrás”, ha afirmado Silvia García, vocal de la asociación de la órbita del homosexualismo político Xente Gay Astur (Xega).

La realidad, sin embargo, es que la Consejería de Salud dio la orden de no admitir a ninguna lesbiana ni mujer sola que quiera someterse a un proceso de fertilidad basándose en el Real Decreto 1030/2006 que establece la cartera de servicios comunes a todas las comunidades, y que contempla la “reproducción humana asistida cuando haya un diagnóstico de esterilidad o una indicación clínica establecida”.

El hecho es que en el caso de las dos mujeres lesbianas no existe infertilidad. Además, aunque en España no hay una normativa que lo regularice, en el contexto europeo existen países como Italia en los que no se le someten a procesos de inseminación con dinero público a mujeres que no vayan acompañadas de una pareja.

Lo que se intenta hacer pasar como una discriminación hacia la orientación sexual de estas mujeres, es en realidad una normativa que establece para todas las mujeres de cualquier tipo de orientación sexual una normativa que no excluye, evidentemente, a las lesbianas.

Es evidente que la reproducción asistida abre interrogantes que el homosexualismo político se encarga de llevar al extremo.


Tres comunidades no pagarán la fecundación en estos casos

Cataluña, Murcia y Asturias ya han afirmado basándose en el Real Decreto que no incluyen ni incluirán entre los servicios financiados públicamente el tratamiento de reproducción asistida a mujeres que no tengan una pareja infértil, entre las que se encuentran las lesbianas.

Otras tres comunidades autónomas, según informa el diario El País, se han saltado la Ley para poder inseminar a mujeres solas (entre las que están las lesbianas) con dinero público. Se trata de Valencia, Andalucía y el País Vasco.

La ministra de Sanidad, Leire Pajín, ha declarado que “la ley de reproducción humana asistida no discrimina a ningún tipo de mujer, pero no establece si el tratamiento debe financiarse o no”. Una portavoz de su departamento va más allá: “El Sistema Nacional de Salud está para solucionar problemas de salud, no para garantizar el derecho de ser madre, que es algo mucho más amplio”.

Por eso, para la portavoz del Ministerio no hay contradicción entre la ley de reproducción asistida, que dice que no se puede discriminar a las mujeres por su estado civil u orientación sexual, y el decreto que fija los mínimos, que deja entrever que solo se financiarán los tratamientos a en los que uno de ellos es estéril.


El homosexualismo político prosigue su acoso y derribo

La cruz del tenso panorama que está provocando el homosexualismo político en las estructuras sociales se encuentra en una resolución dictada “por imperativo legal” por la jueza Maria Rosa Gutés Pascual, que ha concedido la adopción de un niño de dos años a la pareja de una mujer lesbiana porque la Ley le obliga.

No obstante, la jueza deja claro en el auto su disconformidad con la sentencia que no ha tenido más remedio que aplicar. La magistrada considera y declara en el auto que “ya que Dios los creó a los progenitores hombre y mujer, lo ideal sería que el menor contara con un padre y una madre, o con un buen padre y una buena madre, si se prefiere”.

En el auto, al que ha tenido acceso El Periódico, la jueza dice que la ley actual es “disparatada” y afirma que “cuando el padre ejerce sus funciones correctamente, máxime al tratarse de un niño varón, no puede suplirse ni equipararse con una segunda madre, por muy madre que sea”.

“Podemos admitir que el menor contará a todos los efectos legales con una nueva figura materna..., a pesar de que, en los planos afectivo, educativo y material, bastaría al menor una sola figura materna”, agrega la magistrada. 


ForumLibertas.com





EN LOS PRIMEROS AÑOS DE VIDA EL NIÑO NO RAZONA



Se equivocan y se ilusionan viendo las cosas que pasan a su alrededor y la mayoría de ellas sin entenderlas. Todavía su razonamiento es muy simple, todo está lleno de intuición y de ilusión.

Por Salvador Casadevall


Se equivocan los padres si quieren ya inculcarles razonamientos formativos, como si pudiera comprender la lógica de las cosas.

Los primeros pasos del niño, son pasos que los aprende por lo que ve. Después irá uniendo imagen con razonamiento. De entrada vive y hace lo que ve. Muchas veces sin saber por qué. Lo hace porque lo ve hacer.

La mente del niño, desde los primeros meses, es por demás dinámica: todo lo quiere hacer, todo lo que se le acerca es un descubrimiento, es un entretenimiento y como no razona, ni entiende, frecuentemente se cansa de todo lo que hace e inicia otra cosa nueva. Por eso no hay nada que lo calme: salta de una cosa a la otra.
Es la etapa de los descubrimientos sin saber qué es lo que se descubre.

Por lo tanto, la mente infantil no espera la edad de la razón para empezar a formarse. ¡Al contrario! Y ni tampoco espera que los padres intervengan.

Bien o mal se va estructurando sólo: sólo crea sus comportamientos que se van estructurando en él y que pasarán a integrar su yo y por lo tanto muy difícil de desarraigar. Lo que se mete en el ser de ese chiquillo lo llevará toda su vida. Y lo habrá mamado, lo habrá adquirido sin darse cuenta.

La primera educación es hacerle vivir los valores positivos: el orden, la limpieza, la sinceridad, la dulzura, etc. De manera de ir creando en él hábitos buenos para que vaya intuyendo que el bien aparece unido a la alegría y al amor.

El niño aprende enseguida lo que está unido al bien y lo que no está bien.
Debemos desarrollar las cosas que llevan al bien. De ahí la importancia de la armonía y serenidad que vea a su alrededor. Y sobre todo armonía y serenidad en la vida de sus padres.

Nada hay más dañino a los ojos de un niño que las desavenencias de sus padres y ni mencionemos cuando la unidad conyugal es destruida. Desde el primer instante ama a los dos y sin entender se lo hiere en lo más profundo de su pequeño ser,
Lo paradójico es que los padres que dicen amarlos, los convierten en hijos de la desesperanza En hijos de la tristeza. Un corazón triste no percibe la belleza.

Cuando sus padres ponen en el primer lugar de su vida el de ser padres antes que mujer u hombre, los hijos aprenden lo que es el amor viéndolo vivir.
Por eso lo más importante no es amarlos, sino amarse.
Viendo a sus padres amarse todo lo aprenden bien, todo les parece bien y los valores van metiéndose en su alma sin percibirlo.

Así se acostumbrarán a estos valores y los querrán y los practicarán como la cosa más natural. Todo va sucediendo sin que ellos se den cuenta, porque está en su entorno, está en la atmósfera que viven y que ven vivir.

Se debe favorecer, inculcar y elogiar el bien. Es de gran importancia resaltar y alabar lo que está bien, aplaudirlo en todo aquello que está bien, y aplaudirlo en todo aquello que hace que está bien.

Desde temprano ya sabe distinguir entre lo que está bien y lo que está mal.
Debe ver en sus padres, en sus abuelos, en sus hermanos mayores actitudes de bien, porque le harán bien, sin saber muy bien el porqué.

El bien siempre hace bien, siempre irradia cosas buenas.
Cosas buenas son lo que necesita todo niño en sus primeros años de vida.
Si recibe cosas buenas y se le van metiendo en su alma y en su ser, difícilmente que no termine siendo un hombre bueno.

Podrá mandarse alguna patinada por ahí, pero lo que está dentro de su ser que lo ha mamado en su niñez, un día florece.

Y florece y brota porque hubo una semilla.
Esa semilla de bondad que recibió y vio vivir cuando casi no entendía las cosas.



LOS RIESGOS DE INICIAR LA VIDA SEXUAL A UNA TEMPRANA EDAD

Las mujeres que inician su vida sexual en edades muy tempranas, cuando sus órganos reproductivos aún no han completado su pleno desarrollo, se encuentran ubicadas entre la población de riesgo para desarrollar cáncer de cuello uterino, sostuvo el Dr. Marco Sánchez Salcedo, cirujano oncólogo del Departamento de Ginecología del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN).
 
El galeno refirió que, según los estudios epidemiológicos, uno de los factores de riesgo que contribuye a padecer dicha enfermedad es el inicio de las relaciones sexuales antes de los 18 años aproximadamente, lo que últimamente es un hecho frecuente en nuestro país.

Cuando una joven inicia sus relaciones sexuales está expuesta no solo a un evento psicológico sino que también está expuesta a diversas enfermedades de transmisión sexual, que en la mayoría de los casos son originados por la falta de información sobre los métodos de protección correspondientes.

Asimismo, se pueden presentar infecciones vaginales que cuando ascienden hacia la cavidad uterina y luego a las trompas de Falopio pueden provocar problemas de fertilidad si no son tratadas a tiempo. "Las mujeres de esta edad no acuden al médico por vergüenza y la detección se hace en forma tardía", advirtió.

"Tener relaciones sexuales en edad precoz también tiene relación con el cáncer de cuello uterino debido a la transmisión del Papiloma Virus Humano (PVH) que sumado a otros factores de riesgo como el tabaco, el alcohol y las diversas parejas, podrían desarrollar una neoplasia maligna al cabo de una década, aproximadamente", dijo el médico.

Recomendó que toda mujer sexualmente activa deba someterse a exámenes de detección a partir del tiempo en que inicia las relaciones sexuales.

Desde el punto de vista médico, la edad reproductiva ideal puede ser a partir de los 21 años de edad, cuando la mujer ha madurado biológica, social y psicológicamente. Además porque todos sus órganos deben estar en sus respectivos lugares.




UNIVERSAE ECCLESIAE (30 DE ABRIL DE 2011)


COMISIÓN PONTIFICAL ECCLESIA DEI

INSTRUCCIÓN

UNIVERSAE ECCLESIAE

SOBRE LA APLICACIÓN DE LA CARTA APOSTÓLICA

SUMMORUM PONTIFICUM

DE SU SANTIDAD BENEDICTO XVI

DADO MOTU PROPRIO

I.

Introducción

1. La Carta apostólica Summorum Pontificum del Soberano Pontífice Benedicto XVI, entregada como Motu Proprio el 7 de julio de 2007, que entró en vigor el 14 de septiembre de 2007, ha hecho más accesible a la Iglesia universal la riqueza de la liturgia romana.

2. Con este Motu Proprio, el Santo Padre Benedicto XVI promulgó una ley universal para la Iglesia, destinada a establecer nuevas normas para el uso de la Liturgia Romana vigente en 1962.

3.  El Santo Padre, tras recordar la preocupación de los Sumos Pontífices en el cuidado de la Sagrada Liturgia y en el reconocimiento de los libros litúrgicos, reafirma el principio tradicional, reconocido desde siempre y que es necesario mantener en el futuro, de que "cada Iglesia particular debe estar de acuerdo con la Iglesia universal no sólo en lo que se refiere a la doctrina de la fe y a los signos sacramentales, sino también en cuanto a los usos universalmente transmitidos por la tradición apostólica e ininterrumpida. Estos deben mantenerse no sólo para evitar errores, sino también para que la fe se transmita en su integridad, ya que la regla de oración de la Iglesia (lex orandi) corresponde a su regla de creencia (lex credendi)".

4.  El Santo Padre recuerda también a aquellos Pontífices romanos que, de manera particular, se destacaron en esta tarea, concretamente San Gregorio Magno y San Pío V. El Santo Padre subraya además que, entre los libros litúrgicos sagrados, el Missale Romanum ha gozado de un particular protagonismo en la historia, y se mantuvo actualizado a lo largo de los siglos hasta la época del Beato Papa Juan XXIII. Posteriormente, en 1970, tras la reforma litúrgica posterior al Concilio Vaticano II, el Papa Pablo VI aprobó para la Iglesia de rito latino un nuevo Misal, que fue traducido a varias lenguas. En el año 2000, el Papa Juan Pablo II promulgó la tercera edición de este Misal.

5. Muchos fieles, formados en el espíritu de las formas litúrgicas anteriores al Concilio Vaticano II, expresaron un vivo deseo de mantener la antigua tradición. Por esta razón, el Papa Juan Pablo II, con un Indulto especial Quattuor abhinc annos emitido en 1984 por la Congregación para el Culto Divino, concedió la facultad bajo ciertas condiciones de restaurar el uso del Misal promulgado por el Beato Papa Juan XXIII. Posteriormente, el Papa Juan Pablo II, con el Motu Proprio Ecclesia Dei de 1988, exhortó a los Obispos a ser generosos en la concesión de dicha facultad para todos los fieles que lo solicitaran. El Papa Benedicto continúa esta política con el Motu Proprio Summorum Pontificum relativo a ciertos criterios esenciales para el Usus Antiquior del Rito Romano, que se recuerdan aquí.

6. El Misal Romano promulgado por el Papa Pablo VI y la última edición preparada bajo el Papa Juan XXIII, son dos formas de la Liturgia Romana, definidas respectivamente como ordinaria y extraordinaria: son dos usos del único Rito Romano, uno al lado del otro. Ambas son la expresión de la misma lex orandi de la Iglesia. Por su venerable y antiguo uso, la forma extraordinaria debe mantenerse con el debido honor.

7. El Motu Proprio Summorum Pontificum iba acompañado de una carta del Santo Padre a los Obispos, con la misma fecha que el Motu Proprio (7 de julio de 2007). Esta carta daba más explicaciones sobre la conveniencia y la necesidad del Motu Proprio; se trataba de superar una laguna proporcionando nuevas normas para el uso de la Liturgia Romana de 1962. Estas normas eran necesarias sobre todo porque, cuando se introdujo el nuevo Misal bajo el Papa Pablo VI, no parecía necesario publicar directrices que regulasen el uso de la Liturgia de 1962. Debido al aumento del número de personas que solicitan poder utilizar la forma extraordinaria, se ha hecho necesario proporcionar ciertas normas en este ámbito.

Entre las declaraciones del Santo Padre estaba la siguiente: "No hay contradicción entre las dos ediciones del Misal Romano. En la historia de la Liturgia se encuentran el crecimiento y el progreso, pero no la ruptura. Lo que era sagrado para las generaciones anteriores, sigue siendo sagrado y grandioso también para nosotros, y no puede prohibirse repentinamente por completo o incluso juzgarse como perjudicial" [2].

8. El Motu Proprio Summorum Pontificum constituye una importante expresión del Magisterio del Romano Pontífice y de su munus de regular y ordenar la Sagrada Liturgia de la Iglesia [3]. El Motu Proprio manifiesta su solicitud como Vicario de Cristo y Pastor Supremo de la Iglesia Universal [4] y tiene como finalidad:

a. ofrecer a todos los fieles la Liturgia Romana en el Usus Antiquior, considerada como un precioso tesoro que hay que conservar

b. garantizar y asegurar efectivamente el uso de la forma extraordinaria a todos los que lo soliciten, dado que el uso de la Liturgia Romana de 1962 es una facultad generosamente concedida para el bien de los fieles y, por tanto, debe ser interpretada en un sentido favorable a los fieles que son sus principales destinatarios

c. promover la reconciliación en el seno de la Iglesia.


II.

Las responsabilidades de la Comisión Pontificia Ecclesia Dei

9. El Soberano Pontífice ha conferido a la Comisión Pontificia Ecclesia Dei la potestad vicaria ordinaria para los asuntos de su competencia, en particular para controlar la observancia y la aplicación de las disposiciones del Motu Proprio Summorum Pontificum (cf. art. 12).

10. § 1. La Comisión Pontificia ejerce esta potestad, más allá de las facultades concedidas anteriormente por el Papa Juan Pablo II y confirmadas por el Papa Benedicto XVI (cf. Motu Proprio Summorum Pontificum, arts. 11-12), también mediante la facultad de decidir sobre los recursos que le sean legítimamente enviados, como Superior jerárquico, contra cualquier posible disposición administrativa singular de un Ordinario que parezca contraria al Motu Proprio.

§ 2. Los decretos por los que la Comisión Pontificia decide los recursos pueden ser impugnados ad normam iuris ante el Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica.

11. Después de haber recibido la aprobación de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, la Comisión Pontificia Ecclesia Dei tendrá la tarea de cuidar las futuras ediciones de los textos litúrgicos pertenecientes a la forma extraordinaria del Rito Romano.


III.

Normas específicas

12. A raíz de la encuesta realizada entre los Obispos del mundo, y con el deseo de garantizar la adecuada interpretación y la correcta aplicación del Motu Proprio Summorum Pontificum, esta Comisión Pontificia, en virtud de la autoridad que le ha sido concedida y de las facultades de las que goza, emite esta Instrucción según el can. 34 del Código de Derecho Canónico.

La competencia de los obispos diocesanos

13. Los Obispos Diocesanos, según el Derecho Canónico, deben vigilar los asuntos litúrgicos para garantizar el bien común y para que todo se desarrolle en paz y serenidad en sus Diócesis [5], siempre de acuerdo con la mens del Santo Padre claramente expresada por el Motu Proprio Summorum Pontificum [6]. En los casos de controversia o duda fundada sobre la celebración en la forma extraordinaria, la Comisión Pontificia Ecclesia Dei juzgará.

14. Corresponde al Obispo diocesano tomar todas las medidas necesarias para asegurar el respeto a la forma extraordinaria del Rito Romano, según el Motu Proprio Summorum Pontificum.

El coetus fidelium (cf. Motu Proprio Summorum Pontificum, art. 5 § 1)

15. Se puede decir que el coetus fidelium ("grupo de fieles") es stabiliter existens ("existente de manera estable"), según el sentido del art. 5 § 1 del Motu Proprio Summorum Pontificum, cuando está constituido por algunas personas de una parroquia individual que, incluso después de la publicación del Motu Proprio, se reúnen en razón de su veneración por la Liturgia en el Usus Antiquior, y que piden que se celebre en la iglesia parroquial o en un oratorio o capilla; tal coetus ("grupo") puede estar compuesto también por personas procedentes de diferentes parroquias o diócesis, que se reúnen en una iglesia parroquial específica o en un oratorio o capilla con este fin.

16. En el caso de un sacerdote que se presenta ocasionalmente en una iglesia parroquial o en un oratorio con algunos fieles, y desea celebrar en la forma extraordinaria, según lo previsto en los artículos 2 y 4 del Motu Proprio Summorum Pontificum, el párroco o el rector de la iglesia, o el sacerdote responsable, debe permitir tal celebración, respetando el horario de las celebraciones litúrgicas en esa misma iglesia.

17. § 1. Para decidir los casos individuales, el párroco o el rector, o el sacerdote responsable de una iglesia, debe guiarse por su propia prudencia, motivada por el celo pastoral y por un espíritu de generosa acogida.

§ 2. En los casos de grupos bastante reducidos, pueden dirigirse al Ordinario del lugar para identificar una iglesia en la que estos fieles puedan reunirse para dichas celebraciones, con el fin de asegurar una participación más fácil y una celebración más digna de la Santa Misa.

18. Incluso en los santuarios y lugares de peregrinación se debe ofrecer la posibilidad de celebrar en forma extraordinaria a los grupos de peregrinos que lo soliciten (cf. Motu Proprio Summorum Pontificum, art. 5 § 3), si hay un sacerdote cualificado.

19. Los fieles que solicitan la celebración de la forma extraordinaria no deben de ninguna manera apoyar o pertenecer a grupos que se manifiesten en contra de la validez o legitimidad de la Santa Misa o de los Sacramentos celebrados en la forma ordinaria o en contra del Romano Pontífice como Pastor Supremo de la Iglesia Universal.

Sacerdos idoneus ("Sacerdote cualificado") (cf. Motu Proprio Summorum Pontificum, art. 5 § 4)

20. Con respecto a la cuestión de los requisitos necesarios para que un sacerdote sea considerado idóneo ("cualificado") para celebrar en la forma extraordinaria, se afirma lo siguiente

a. Todo sacerdote católico que no esté impedido por el Derecho Canónico [7] debe ser considerado idóneo ("cualificado") para la celebración de la Santa Misa en forma extraordinaria.

b. En cuanto al uso de la lengua latina, es necesario un conocimiento básico que permita al sacerdote pronunciar correctamente las palabras y comprender su significado.

c. En cuanto al conocimiento de la ejecución del Rito, se presume que están capacitados los sacerdotes que se presentan espontáneamente a celebrar la forma extraordinaria, y que la han celebrado anteriormente.

21. Se pide a los Ordinarios que ofrezcan a su clero la posibilidad de adquirir una adecuada preparación para las celebraciones en forma extraordinaria. Esto se aplica también a los Seminarios, donde los futuros sacerdotes deben recibir una formación adecuada, que incluya el estudio del latín [8] y, donde las necesidades pastorales lo sugieran, la posibilidad de aprender la forma extraordinaria del Rito Romano.

22. En las Diócesis que no cuentan con sacerdotes cualificados, los Obispos Diocesanos pueden solicitar la ayuda de los sacerdotes de los Institutos erigidos por la Comisión Pontificia Ecclesia Dei, ya sea para celebrar la forma extraordinaria o para enseñar a otros a celebrarla.

23. La facultad de celebrar sine populo (o con la participación de un solo ministro) la forma extraordinaria del Rito Romano es otorgada por el Motu Proprio a todos los sacerdotes, sean seculares o religiosos (cf. Motu Proprio Summorum Pontificum, art. 2). Para tales celebraciones, por tanto, los sacerdotes, por disposición del Motu Proprio Summorum Pontificum, no necesitan ningún permiso especial de sus Ordinarios o superiores.

Disciplina litúrgica y eclesiástica

24. Los libros litúrgicos de la forma extraordinaria deben ser utilizados tal cual. Todos los que deseen celebrar según la forma extraordinaria del Rito Romano deben conocer las rúbricas pertinentes y están obligados a seguirlas correctamente.

25. Los nuevos santos y algunos de los nuevos prefacios pueden y deben insertarse en el Misal de 1962 [9], según las disposiciones que se indicarán posteriormente.

26. Como prevé el artículo 6 del Motu Proprio Summorum Pontificum, las lecturas de la Santa Misa del Misal de 1962 pueden ser proclamadas o bien sólo en lengua latina, o bien en latín seguido de la lengua vernácula o, en las Misas bajas, sólo en lengua vernácula.

27. En cuanto a las normas disciplinarias relacionadas con la celebración, se aplica la disciplina eclesiástica contenida en el Código de Derecho Canónico de 1983.

28. Además, en virtud de su carácter de ley especial, dentro de su propio ámbito, el Motu Proprio Summorum Pontificum deroga aquellas disposiciones de ley, relacionadas con los Ritos sagrados, promulgadas a partir de 1962 e incompatibles con las rúbricas de los libros litúrgicos vigentes en 1962.

La confirmación y las órdenes sagradas

29. La autorización de utilizar la fórmula más antigua para el rito de la Confirmación fue confirmada por el Motu Proprio Summorum Pontificum (cf. art. 9 § 2). Por lo tanto, en la forma extraordinaria, no es necesario utilizar la fórmula más nueva del Papa Pablo VI que se encuentra en el Ordo Confirmationis.

30. En cuanto a la tonsura, las órdenes menores y el subdiaconado, el Motu Proprio Summorum Pontificum no introduce ningún cambio en la disciplina del Código de Derecho Canónico de 1983; en consecuencia, en los Institutos de Vida Consagrada y en las Sociedades de Vida Apostólica que dependen de la Comisión Pontificia Ecclesia Dei, quien ha emitido la profesión solemne o se ha incorporado definitivamente a un instituto clerical de vida apostólica, se incardina como clérigo en el instituto o sociedad al ser ordenado al diaconado, de acuerdo con el canon 266 § 2 del Código de Derecho Canónico.

31. Sólo en los Institutos de Vida Consagrada y en las Sociedades de Vida Apostólica que dependen de la Comisión Pontificia Ecclesia Dei, y en los que utilizan los libros litúrgicos de la forma extraordinaria, se permite el uso del Pontificale Romanum de 1962 para conferir las órdenes menores y mayores.

Breviarium Romanum

32. Art. 9 § 3 del Motu Proprio Summorum Pontificum concede a los clérigos la facultad de utilizar el Breviarium Romanum vigente en 1962, que debe rezarse íntegramente y en lengua latina.

El Triduo Sagrado

33. Si hay un sacerdote cualificado, un coetus fidelium ("grupo de fieles"), que sigue la tradición litúrgica más antigua, puede celebrar también el sagrado triduo en forma extraordinaria. Cuando no haya una iglesia u oratorio destinado exclusivamente a estas celebraciones, el párroco o el Ordinario, de acuerdo con el sacerdote cualificado, debe encontrar algún arreglo favorable al bien de las almas, sin excluir la posibilidad de que se repita la celebración del Sagrado Triduo en la misma iglesia.

Los ritos de las órdenes religiosas

34. Se permite el uso de los libros litúrgicos propios de las Órdenes Religiosas que estaban en vigor en 1962.

Pontificale Romanum y el Rituale Romanum

35. Se permite el uso del Pontificale Romanum, del Rituale Romanum, así como del Caeremoniale Episcoporum vigentes en 1962, de acuerdo con el n. 28 de esta Instrucción, y respetando siempre el n. 31 de la misma.

El Santo Padre Benedicto XVI, en audiencia concedida al infrascrito Cardenal Presidente de la Comisión Pontificia Ecclesia Dei el 8 de abril de 2011, aprobó la presente Instrucción y ordenó su publicación.

Dado en Roma, en la sede de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, el 30 de abril de 2011, en la memoria del Papa San Pío V.


Cardenal William LEVADA
Presidente

Mons. Guido Pozzo
Secretario


[1] BENEDICTO XVI, Litterae Apostolicae Summorum Pontificum motu proprio datae, I, AAS 99 (2007) 777; cf. Institutio Generalis Missalis Romani, tertia editio 2002, n. 397.

[2] BENEDICTO XVI, Epistola ad Episcopos ad producendas Litteras Apostolicas motu proprio datas, de Usu Liturgiae Romanae Instaurationi anni 1970 praecedentis, AAS 99 (2007) 798.

[3] Cf. Código de Derecho Canónico, canon 838 §1 y §2.

[4] Cf. Código de Derecho Canónico, canon 331.

[5] Cf. Código de Derecho Canónico, cánones 223 § 2 u 838 §1 y §4.

[6] BENEDICTO XVI, Epistola ad Episcopos ad producendas Litteras Apostolicas motu proprio datas, de Usu Liturgiae Romanae Instaurationi anni 1970 praecedentis, AAS 99 (2007) 799.

[7] Cf. Código de Derecho Canónico, canon 900 § 2.

[8] Cf. Código de Derecho Canónico, canon 249; Concilio Ecuménico Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium, 36; Declaración Optatum totius, 13.

[9] BENEDICTO XVI, Epistola ad Episcopos ad producendas Litteras Apostolicas motu proprio datas, de Usu Liturgiae Romanae Instaurationi anni 1970 praecedentis, AAS 99 (2007) 797.


jueves, 28 de abril de 2011

EL PBRO. SANAHUJA RECIBIÓ EL TÍTULO DE “CAPELLÁN DE SU SANTIDAD”



Durante el pasado mes de marzo, el nuncio apostólico monseñor Adriano Bernardini le comunicó al presbítero Juan Claudio Sanahuja, de la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei, que el papa Benedicto XVI le concedió el título de “Capellán de Su Santidad”, incorporándolo de esta manera a la Familia Pontificia.


Tal distinción, que trae consigo el trato de “monseñor”, es muy significativa pues implica el reconocimiento del Santo Padre por el servicio particular que un sacerdote presta a la Iglesia. En el caso del ahora monseñor Sanahuja, el gesto del Papa está seguramente vinculado a la tarea de esclarecimiento en defensa de la vida y de la familia que este sacerdote realiza incansablemente desde hace más de veinte años.

En las insistentes campañas contra la vida del niño por nacer, así como en el reciente debate parlamentario, que hizo de la Argentina el primer país latinoamericano que legalizó el llamado “matrimonio del mismo sexo”, deformando el Código Civil y el concepto natural de familia, se hizo evidente que los medios de comunicación masivos son a veces capaces de producir una gran confusión, tergiversando la posición de la Iglesia católica, para presentarla como odiosamente negativa.

En tales situaciones, los obispos insisten en que es de fundamental importancia que el laicado comprometido en la defensa de la vida y de la familia, reciba una información actualizada y exacta sobre los hechos que se desarrollan en el país, dentro del contexto de una más amplia estrategia internacional, y les haga frente a la luz del Magisterio de la Iglesia.

En la Argentina, esta tarea tiene como destacado protagonista a monseñor Juan Claudio Sanahuja, ordenado en 1972 y posteriormente licenciado en Ciencias de la Información, y doctor en Teología por la Universidad de Navarra.

Monseñor Sanahuja realiza esa obra mediante dos boletines informáticos: “Noticias Globales” y “Notivida”, este último con la especial dedicación de su colaboradora Mónica del Río.

Dichos boletines se emiten con una frecuencia que se adapta a cada tema, con un promedio de aparición de cada cinco días. Su difusión alcanza actualmente a todo el país, con un total de 140.000 suscriptores por correo electrónico. Ello permitió, por ejemplo, una cabal comprensión del trámite legislativo que culminó en la mencionada ley de reforma “matrimonial”.

La dedicación del flamante Capellán de Su Santidad a los temas de la vida y la familia es una verdadera vocación que se fue desarrollando en su colaboración con el Consejo Pontificio para la Familia, cuyo presidente, el cardenal Alfonso López Trujillo, lo llamó a participar en 1992 en el Primer Encuentro de los Movimientos Pro-Vida de América, organizado en Monterrey, México.

Allí pasó a integrar el grupo encargado de implantar la agenda pro-vida y pro-familia en América Latina. Desde entonces, su actividad fue muy intensa, siempre en colaboración estrecha con el Consejo Pontificio para la Familia, y participando en numerosos actos nacionales e internacionales.

La producción escrita de monseñor Sanahuja fue incesante, destacándose sus libros “El Gran Desafío: la Cultura de la Vida contra la Cultura de la Muerte” (Buenos Aires 1995), y “El Desarrollo Sustentable. Nueva Ética Internacional” (Buenos Aires 2003), ambos con prólogo del cardenal Alfonso López Trujillo.

En su reciente “Poder Global y religión universal” (Buenos Aires 2010) monseñor Sanahuja actualiza los temas desarrollados en las obras precedentes.



UN "MANUAL PARA EL ABORTO SEGURO"





En 2009, la organización Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto lanzó la línea telefónica “Más información, menos riesgos” para compartir con otras mujeres información sobre el aborto con pastillas de misoprostol (que puede realizarse de "manera segura" hasta la semana 12 de embarazo).


Las dudas y comentarios de las más de 8000 mujeres que llamaron a esa línea (011-1566647070) se tradujeron en el manual “Todo lo que querés saber sobre cómo hacerse un aborto con pastillas”, editado por “El Colectivo”.

El material ha vendido más de 5000 ejemplares y sólo desde el sitio de la editorial lo bajaron 25 mil personas. Este impensado suceso de ventas tuvo su presentación en la Feria del Libro.

Lucía Álvarez, periodista de Tiempo Argentino, enfatizó "la importancia de que el debate por la despenalización del aborto atraviese todo el espacio público".

Ella fue panelista durante la actividad, junto a la abogada Claudia Peruggino y Marlene Wayar, dirigente de la organización “Futuro Transgenérico”.

El libro –escrito en un lenguaje directo, con información proveniente de diversas fuentes jurídicas y sanitarias como la Organización Mundial de la Salud– responde a preguntas elementales sobre el "uso correcto del misoprostol".


“Este manual rompe el silencio y defiende el derecho de cada persona a elegir sobre su cuerpo. Por eso también es un tema que 'los varones' debemos militar”, sostuvo el homosexual Alex Freyre (uno de los integrantes del primer “gaymonio” de la Argentina) activista por los “derechos de las personas que viven con VIH-SIDA”, presente en el auditorio Alfonsina Storni el domingo por la noche.



LOS ANCIANOS RECLUIDOS EN SU HOGAR TIENEN MÁS RIESGO DE CONTRAER ALZHEIMER

Un estudio reciente señala que las personas mayores que están confinadas en el hogar parecen tener casi el doble de riesgo de desarrollar la enfermedad de Alzheimer. 

La investigación no demuestra que estar confinado a permanecer en casa cause demencia, ya que otros factores podrían explicar esa relación. Sin embargo, los hallazgos plantean dudas sobre el posible costo del aislamiento, señaló el investigador principal Bryan D. James, estudiante postdoctoral en el Centro Rush para la Enfermedad de Alzheimer de Chicago.

"Las personas que no salen de su casa no disfrutan de su entorno ni conocen gente nueva", apuntó James. "Es posible que no utilicen tanto sus mentes".

No obstante, James y sus colegas señalaron que una enfermedad cerebral subyacente también podría explicar los resultados, es decir, la gente quizá no pueda salir tan a menudo debido a que la evolución gradual de la enfermedad de Alzheimer u otra forma de demencia puede afectar la forma en que una persona se desplaza por el mundo mucho antes de afectar su memoria o habla.

Se calcula que la enfermedad de Alzheimer afecta a cerca de 5.2 millones de personas en Estados Unidos. Se espera que ese número aumente a 7.7 millones de estadounidenses para 2030 a medida que la generación nacida después de la Segunda Guerra Mundial vaya envejeciendo.

El nuevo estudio, publicado en la edición en línea del 15 de abril en la American Journal of Geriatric Psychiatry, analiza algo que se conoce como "espacio vital".

"[El espacio vital] es de hecho una medida que se ha puesto de moda entre los gerontólogos últimamente", apuntó James. "Sobre todo es una medida de la movilidad, una forma de averiguar si las personas están explorando su entorno, si están disfrutando de otras cosas que no sean su sofá, sala o dormitorio".

Los investigadores dieron seguimiento a 1,294 personas mayores de dos estudios independientes de adultos mayores cuya salud fue rastreada con el transcurso del tiempo. Al comienzo del estudio, ninguno de los adultos mayores mostró signos de demencia. Durante una media de 4.4 años, 180 desarrollaron enfermedad de Alzheimer.

Los investigadores encontraron que las personas que informaban que no salían del entorno de su hogar durante una semana eran dos veces más propensas a desarrollar enfermedad de Alzheimer en los cinco años de seguimiento en comparación con los que salían fuera de la ciudad. La investigación, según James, ofrece "una nueva forma de saber quién será más propenso a desarrollar demencia en el futuro".

El estudio también encontró que los que no traspasaban su puerta de entrada o el patio frontal también eran más propensos a desarrollar trastorno cognitivo leve, que puede ser una manifestación temprana de la enfermedad de Alzheimer.

Hay algunas advertencias en cuanto a la investigación. Algunos de los participantes vivían en residencias para ancianos y quizá tenían una vida plena sin necesidad de salir de las instalaciones en las que vivían, sin embargo, fueron catalogados como confinados en el hogar.

Aún así, los investigadores encontraron que la conexión entre el aislamiento y la enfermedad de Alzheimer se mantenía incluso después de ajustar las estadísticas para que no resultaran afectadas por factores tales como la depresión, las redes sociales, la enfermedad y la discapacidad, así como la edad, el sexo, la educación, la raza o la demencia preclínica.

¿Por qué todo esto es importante? "La gente quiere saber quién va a desarrollar la enfermedad de Alzheimer así como nuevas formas de abordar a más personas que están en riesgo de desarrollarla", apuntó James. "Quizá podemos dirigir las limitadas intervenciones que tenemos disponibles a las personas que no están saliendo de sus hogares".

El Dr. James R. Burke, director de la Clínica de Trastornos de la Memoria del Centro Médico de la Universidad de Duke señaló que el aislamiento social podría ofrecer una pista sobre posibles problemas de demencia antes de que éstos sean evidentes. "Esto será particularmente importante cuando estén disponibles terapias que modifiquen la enfermedad, de modo que se puedan iniciar las evaluaciones y poner en marcha las intervenciones de lugar antes de que existan problemas cognitivos importantes", dijo Burke.

"Este trabajo no sólo coincide con los hallazgos previos de que la actividad física, el compromiso intelectual y la estimulación social son importantes para retrasar el deterioro cognitivo, sino que los amplía", agregó Burke.


Artículo por HealthDay, traducido por Hispanicare
FUENTES: Bryan D. James, Ph.D., postdoctoral fellow, Rush Alzheimer's Disease Center, Chicago; James R. Burke, M.D., Ph.D., director, Memory Disorders Clinic, Duke University Medical Center, Durham, N.C.; April 15, 2011, American Journal of Geriatric Psychiatry, online





SANTIAGO DEL ESTERO: ASESINARÁN EL BEBÉ DE UNA JOVEN DISCAPACITADA

“Entre el miércoles y el jueves le realizarán el aborto”. De esta forma, escueta y firme, el abogado Mario Rovelli, confirmó que es inminente la realización del aborto a la joven discapacitada de 27 años que habría sido abusada sexualmente, y que se encuentra en la 12ª semana de gestación.  

Rovelli, abogado de la familia de la mujer, explicó ayer que no realizó ninguna presentación ante la justicia, pues en un contacto que mantuvo con profesionales del Ministerio de Salud, le informaron que los padres de la joven habían presentado su consentimiento para que se le realice la abominable práctica, por lo que no sería necesaria la autorización judicial.

“El problema radicaba en la objeción de conciencia de los médicos y el estado público que había tomado el caso, pero al estar contemplado dentro de la ley, no habrá inconvenientes”, se explayó.

Al no concretarse solicitud alguna, la justicia actuará de oficio y realizará posteriormente al crimen, las pericias correspondientes para determinar si la joven estaba o no en condiciones de consentir una relación sexual.

Al respecto, la fiscal del Crimen de Primera Nominación, Aída Farrán Serlé, manifestó que la madre de la joven que según afirman, es discapacitada, presentó la denuncia en contra de un vecino del barrio. Ahora la Justicia buscará establecer si la discapacidad de la joven le permite prestar consentimiento para mantener relaciones sexuales, de no ser así, el hombre denunciado podría ser imputado por abuso calificado con acceso carnal.

“El Ministerio Fiscal solicitó un examen que comprobó que esta persona padecería un retraso madurativo y cursaría un embarazo de 12 semanas, esto motivó que se solicite un examen psicológico a fin de determinar la incidencia de este retraso madurativo, respecto de la capacidad volitiva de la víctima y la comprensión de la sexualidad”, señaló.

La funcionaria manifestó que nunca existió un pedido de permiso por parte de la familia para realizar el aborto.

“La madre ha manifestado ante este Ministerio Fiscal la voluntad de que su hija, sea sometida a un aborto, pero esto no está acreditado en lo absoluto en la causa penal y tampoco correspondería, remitiéndome a la letra del artículo 86 del Código Penal cuando habla de una violación de una persona idiota o demente se requiere sólo el consentimiento de un representante legal”, señaló Farrán Serlé.

“La ley es clara -concluyó-, queda a consideración del médico, que deberá determinar si el aborto causa o no un riesgo para la vida de la persona y deberá tomar la decisión”.



miércoles, 27 de abril de 2011

VICTORIA DANIELA, LA NIÑA QUE VIVIÓ...





Al ver a esa niña o a esa abuela con la bebé prestada en los brazos, me preguntaba: ¿quién se atreverá a afirmar que la vida es una carga, un castigo?


Por Mario Arroyo (*)


Hoy tuve la alegría de tener entre mis brazos a una niña recién nacida. Cinco días tenía en el mundo, fuera de su madre esa preciosa criatura; sus padres adoptivos le pondrán “Victoria Daniela”, es decir “ViDa”. Han esperado con ansia el momento y por fin hoy por la tarde les fue entregada. Los primeros cinco días fuera del seno materno corrieron a cargo de una generosa familia con cinco hijos. Cuando miraba a la niña de diez años que cargaba y atendía a la bebé, a la abuela de la familia que se inventaba un pretexto para aparecerse y bañar a la niña, aprovechando al máximo los momentos que restaban a cargo de la criatura, multitud de pensamientos se agolpaban y confundían en mi mente: ¡qué bella es la familia!, ¡qué hermosa es la vida! -en ambos sentidos-... y ¡qué oscuridad la de aquellos que ciegamente se oponen a ella!, un auténtico eclipse, más aún, una noche de la razón, de humanidad.

Al ver a esa niña o a esa abuela con la bebé prestada en los brazos, me preguntaba: ¿quién se atreverá a afirmar que la vida es una carga, un castigo? Al imaginarme la ilusión de la pareja adoptante, que unen al gozo de contar con un hijo, que acaso la naturaleza les ha negado, el saber que han salvado de la muerte y han ofrecido una vida digna a tan bella criatura, pensaba: ¡vale la pena luchar por la vida!

Soy consciente de que no todos piensan así, vivimos en una sociedad pluralista, caben todas las posiciones, todas se deben respetar -quisiera que por lo menos los que no piensan como yo respetaran la mía-, pero al ver a Victoria Daniela no podía evitar cuestionarme: ¿es esto bueno o malo?, ¿es bueno que algunos sostengan que no debería haber vivido?, ¿que probablemente se hizo presión a la madre que originalmente deseaba abortar?, ¿que el valor absoluto es la libertad y, por lo tanto, lo que decida la madre debe respetarse y nadie debería objetar nada?

O que se trataba de una compra que hacen familias ricas de niños pobres; mejor sería impedirle vivir a los pobres, es decir, negarles la posibilidad de vivir como ricos, y otras tantas falacias propias del resentimiento social. Al sentir su calor en mis brazos, al ver sus ojitos abrirse y cerrarse, su boquita bostezar, y la ilusión con la que era cuidada por la familia intermediaria, no podía dejar de pensar que todo eso eran discusiones bizantinas, juegos del lenguaje, agudezas, pero no la simple, llana, y sencilla realidad.

Alguien -seguramente pesimista- podría objetar que mi cuadro responde a la historia con final feliz, pero que no todas las historias son así; también hay historias de terror. Alguien podría presentar otro escenario: mujeres metiéndose ganchos en condiciones antihigiénicas y desangrándose inútilmente, muriendo en el acto mismo de asesinar a sus hijos, ¿puede imaginarse algo más dantesco?

Mujeres violentadas, condenadas a vivir con oprobio, obligadas a cargar físicamente durante nueve meses, con recuerdos traumáticos que quisieran olvidar; familias que ven mellado su buen nombre, etc. En ese caso el inhumano, machista, opresor de la mujer, sería yo. Pero, ¿no es Victoria Daniela una mujer?, ¿no podrá llegar tal vez, el día de mañana, a ser una gran mujer?

Noche de la razón que equivale a pobreza de ingenio, a ceguera ideológica que hace violencia a la realidad. Es verdad, caben las dos posibilidades, pero, ¿no tenemos, sea por dádiva divina o como producto de la evolución, la luz de la razón? ¿No podemos intentar ofrecer mejores soluciones?, las más humanas, las más acordes con la dignidad de la persona.

¿Por qué ofrecer la tentación -facilitarla- de acabar con todo y por la vía más rápida, más cómoda, más irreflexiva? ¿Es el aborto una manera humana de solucionar los problemas? ¿No se merece esa incipiente vida, que quiéranlo o no llevan adentro, otra posibilidad, buscar otra solución? Y, sobre todo, ¿quiénes somos nosotros para decidir quién debe vivir y quién no?, ¿se debe respetar al hombre sólo si está en los planes de sus padres?

La realidad humana es compleja, nadie lo niega; lo que me cuestiono es la racionalidad de cortar por lo sano y cauterizar la conciencia diciendo que es algo “legal”, lo que a la postre confunde y deforma al colectivo social.

La falacia de que “nadie las obliga a hacerlo” pone la decisión de quién debe vivir y quién no en personas que, o han demostrado su inmadurez, o están sufriendo un fuerte shock emocional y, en muchas ocasiones, son menores de edad. ¿Cabe mayor absurdo?

La solución de la “historia feliz” es creativa al tiempo que laboriosa, muestra un profundo compromiso social y una solidaridad que no se queda en teoría, sino que se encarna en Victoria Daniela.

Además, como el problema es más profundo, no se limitan a ayudar a parir: se da educación a las madres, se les ofrece albergue donde pueden, si lo desean, permanecer sin que nadie las vea embarazadas; se les da atención psicológica, etc. Es decir, se utiliza la razón.

(*) Doctor en Filosofía por la Università della Santa Croce, Roma 2002.




MUERE OTRO TESTIGO DE JEHOVÁ ARGENTINO POR NEGARSE A UNA TRANSFUSIÓN

Según La Gaceta de Tucumán, un hombre de 67 años murió el pasado 6 de abril en un sanatorio de Rosario (Argentina) después de negarse a recibir una transfusión sanguínea, en cumplimiento de un precepto de su secta, los testigos de Jehová.

El hombre había sido internado semanas atrás en estado crítico en el Sanatorio Julio Corso. En declaraciones radiales la jueza que intervino en el caso, Raquel Cosgaya, señaló que el paciente se internó con consentimiento, pero había dejado asentado en un documento que por motivos religiosos no permitía la transfusión sanguínea si era necesario. Su mujer y su hija avalaron ese pedido. El caso se judicializó a partir de una presentación hecha por el representante del sanatorio en una comisaría.

La magistrada Raquel Cosgaya consideró que “hay que respetar los deseos y las creencias”, y agregó: “No estamos ante un caso de abandono de persona”. En el diario La Capital leemos que el paciente había ingresado al centro de salud de San Juan 3034 el 19 de marzo. Según detalló el director médico, Américo Daminato, presentaba “un problema circulatorio complicado, tenía una indicación quirúrgica y dado su cuadro se planteó la necesidad una transfusión”.

Pero el paciente, su esposa e hijos se negaron. “Argumentando creencias religiosas, él y su familia rechazaron la transfusión y firmaron un documento. Entonces se puso en marcha una terapia alternativa con heritropoyetina, que como demora más tiempo dio un resultado parcial”, detalló Daminato.

El médico hizo hincapié en que la familia “conocía y había sido informada de los riesgos que implicaba no realizar el tratamiento, incluso de que existía riesgo de vida”. Pese a eso, la familia mantuvo su posición y el cuadro del paciente se agravó. Por eso fue trasladado a terapia intensiva y sometido a la cirugía con medidas terapéuticas sustitutivas.

“En las últimas horas el cuadro era crítico y se volvió a plantear la opción de la transfusión, pero volvieron a negarse. Allí, se recurrió a la Justicia para dejar constancia de la situación”, explicó el director del Julio Corzo, que dijo que la decisión fue “propia del sanatorio y de los médicos, sin la mediación de ningún otro familiar”.

El pedido recayó sobre la jueza de Instrucción Nº 6 Raquel Cosgaya, que tras constatar la originalidad de los documentos firmados por el paciente y sus familiares, no autorizó la práctica. Finalmente el hombre falleció el día 6 de abril, a la 1.30 de la mañana. La magistrada estableció que con acuerdo de su esposa y dos hijas el paciente había dejado una constancia donde manifestaba su voluntad de no ser transfundido. Por lo que sólo procedió a ordenar al sanatorio que no realizara la práctica. “Hay que respetar los deseos y las creencias. Los médicos expusieron que era necesaria la transfusión, pero respetaron la voluntad del paciente”, indicó Cosgaya a La Capital.

“Prevalece la voluntad de la persona que tiene que recibir la transfusión, debe respetarse su decisión. Además el señor estaba ya en un estado muy crítico, por supuesto no soy médica para determinar si la transfusión era o no necesaria para este caso, pero permanecía en un estado casi irreversible”, explicó la magistrada, en declaraciones recogidas por Noticias Argentinas. (Infories)



LOS NIÑOS VÍCTIMAS DE ACOSO ACUDEN A LAS ENFERMERÍAS ESCOLARES





Los estudiantes de escuela primaria víctimas de abuso escolar (bullying) y los acosadores mismos, visitaban con mayor frecuencia la enfermería escolar con quejas de enfermedades y lesiones físicas que sus otros compañeros de clase, según una investigación reciente.


"El mensaje es que un niño podría sufrir de dolores de estómago frecuentes debido a que le están molestando", señaló Eric Vernberg, autor líder del estudio y director de la Clínica de Servicios Infantiles y Familiares de la Universidad de Kansas en Lawrence.

La investigación, que aparece en la edición de mayo de la revista Pediatrics, reveló una estrategia útil para detectar las interacciones agresivas entre niños que tal vez de otra forma no se reconocerían, añadió Vernberg.

"Si un niño acude con frecuencia a la enfermería con fiebre o vómitos y sin enfermedad aparente, podría reflejar que la visita se relaciona con la victimización y hasta cierto grado con agresión", dijo Vernberg. Añadió que cuando un estudiante visita la enfermería con frecuencia y los padres reciben llamadas de que su hijo se queja de dolores estomacales, "ciertamente vale la pena examinar la relación del niño con sus pares".

El informe busca fomentar la investigación de dichos casos por parte de las enfermeras escolares y otros para determinar si las autoridades escolares deben intervenir para detener el abuso.

En el estudio de Kansas participaron 590 niños de tercero a quinto grados. Identificó un número pequeño pero estadísticamente significativo de niños involucrados en incidentes de acoso en seis escuelas primarias de Topeka. Esos estudiantes acudieron a la enfermería un promedio de 4.71 veces en el año escolar 2000-2001.

El estudio encontró que las interacciones agresivas entre los niños puede dañar su salud y provocar en particular daño al niño victimizado, que es propenso a retraerse socialmente.

Alrededor del 45 por ciento de las visitas a la enfermería escolar fueron por quejas somáticas, o físicas, como dolores de cabeza. Trece por ciento de las visitas fueron por enfermedades con síntomas físicos, mientras que 42 por ciento fueron por lesiones físicas sin motivos indicados, según las notas de la enfermería.

Vernberg y colegas usaron cuestionarios para encuestar a los estudiantes sobre la agresión y la victimización. Les preguntaron sobre el abuso, que iba desde ser pateado o que lo asieran de forma violenta, hasta que un niño dijera mentiras sobre un compañero de clases.

Dado que los niños con frecuencia reportan poco su propia agresión, se les pidió que encerraran en un círculo los nombres de los compañeros de clase que golpeaban, pateaban o daban puñetazos a los demás, o que propagaban rumores dañinos, entre otras cosas.

En promedio, los chicos puntuaron más que las chicas en la agresión reportada por los pares, mientras que las puntuaciones de ser víctimas de abusadores no variaron significativamente según el sexo.

Jeffrey Jenson, investigador jefe del proyecto Youth Matters (los jóvenes importan) que se enfocó en la prevención de la agresión y el uso de sustancias en 28 escuelas primarias de Denver, dijo que el estudio de Kansas era una contribución significativa a la investigación sobre el acoso escolar y que presentaba formas de detenerlo.

"El enfoque no tiene que estar sobre el acoso en sí, sino en desarrollar las habilidades necesarias para ayudar a los niños en situaciones en que pudiera surgir acoso", aseguró Jenson, titular de la cátedra de niños y jóvenes en riesgo y decano asociado de investigación de la Facultad de postgrados en trabajo social de la Universidad de Denver.

Un segundo método es cambiar la cultura del aula colgando letreros con mensajes contra el acoso, presentar obras de teatro que exploren las interacciones agresivas, y capacitar a los maestros para que estén atentos a señales de acoso y den el mensaje de que no es aceptable, añadió Jenson.

"Hay algunos resultados exitosos de programas que trabajan para reducir la agresión y la victimización en las escuelas", apuntó. "Cambiar el clima general es un método que hemos usado y que ha arrojado buenos resultados con niños de primaria".

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) de EE. UU. también sugieren que las campañas contra el acoso escolar siempre incluyan a las familias de los estudiantes. Un estudio reciente de los CDC mostró que tanto acosadores como víctimas son mucho más propensos que otros estudiantes a haber experimentado o sido testigos de abuso físico en el hogar.

Los autores del estudio de Kansas recomendaron que investigaciones futuras incluyan medidas rigurosas de resultados de salud, datos de exámenes físicos y diagnósticos médicos para examinar más la relación entre el acoso escolar y la salud infantil.

Artículo por HealthDay, traducido por Hispanicare
FUENTES: Eric Vernberg, Ph.D., director, Child and Family Services Clinic, and professor in child psychology, University of Kansas, Lawrence; Jeffrey Jenson, Ph.D., professor for children and youth at risk, and associate dean for research, Graduate School of Social Work, University of Denver; May 2011, Pediatrics