sábado, 29 de enero de 2011

AUTORIZAN EL CAMBIO DE NOMBRE A UN TRAVESTI

La justicia ordenó darle el DNI de mujer a otro travesti: tiene 20 años. De esta manera, Darío Ángel S. llevará en su documento nacional de identidad el nombre de "Paula Melina".

La decisión se inscribe en la nueva jurisprudencia de reconocer como del “género femenino” a los travestis.

El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Capital Federal, Guillermo Scheibler, ordenó adecuar los documentos de identidad de un travesti y modificar su nombre originario por otro de mujer, confirmaron fuentes judiciales.

La decisión del magistrado, que se inscribe en la nueva jurisprudencia de reconocer como del “género femenino” a los travestis, fue tomada ante la acción de amparo promovida por Darío Ángel S.

Basado en los elementos de prueba reunidos en el expediente, el juez concluyó que S. nació varón, pero su “identidad de género es femenina” y ordenó que se anotara el apellido precedido por los nombres "Paula Melina".

Darío Ángel S. acudió a la justicia de la ciudad luego de que el 4 de noviembre último la delegación del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas ubicado en Beruti 3.325 de esta Capital, se opusiera a anotar el cambio de nombre y sexo registral.

Darío Ángel S., de 20 años, quien para fundar su pedido invocó el derecho constitucional que impide que alguien sea privado de lo que la ley no prohíbe, expuso que nació en el conurbano bonaerense, donde se crió en un hogar tradicional junto a sus padres y tres hermanos.

El joven contó que "desde muy temprana edad sintió un deseo irrefrenable de vestirse y relacionarse conforme el sexo femenino" y que por eso "comenzó una serie de consultas médicos-psicológicas y un tratamiento de sustitución hormonal por ingesta autoindicada, al no encontrar respuesta en el servicio público de salud".

Ese tratamiento "produjo cambios apreciables y junto a la colocación de implantes mamarios logró su finalidad de alcanzar una razonable feminización física", relató el demandante.

"La posibilidad del cambio o modificación del nombre existe en la legislación y debe ser dispuesto por resolución judicial ante la presencia de “justos motivos” del particular, siempre y cuando no derive de ello una grave afectación de un interés colectivo", consignó Scheibler en su resolución.

El juez citó como ejemplo casos clásicos de cambios de identidad (como el de "Atilio" por "Ateo") y señaló que "se trata de subsanar situaciones en las que el nombre genera en quien lo lleva una situación de mortificación, sufrimiento o vergüenza".



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