EPISTOLA
SUPER QUIBUSDAM*
CLEMENTE VI
Tomada de Denzinger
[De la Carta Super quibusdam a Consolador, Católicon de los armenios]
Se exige a los armenios una profesión de fe más plena y clara
1051 Dz:570b En segundo lugar preguntamos si creéis Vos y los armenios que os obedecen que ningún hombre viador podrá finalmente salvarse fuera de la fe de la misma Iglesia y de la obediencia de los Pontífices Romanos.
1052 Dz:570c En cuanto al capítulo segundo... preguntamos: Primero, si habéis creído, creéis o estáis dispuesto a creer, con la iglesia de los armenios que os obedece, que el bienaventurado Pedro recibió del Señor Jesucristo plenísima potestad de jurisdicción sobre todos los fieles cristianos, y que toda la potestad de jurisdicción que en ciertas tierras y provincias y en diversas partes del orbe tuvieron Judas Tadeo y los demás Apóstoles, estuvo plenísimamente sujeta a la autoridad y potestad que el bienaventurado Pedro recibió del Señor Jesucristo sobre cualesquiera creyentes en Cristo en todas las partes del orbe; y que ningún Apóstol ni otro cualquiera, sino sólo Pedro, recibió plenísima potestad sobre todos los cristianos.
1053 Dz:570d En segundo lugar, si habéis creído, sostenido o estáis dispuesto a creer y sostener, con los armenios que os están sujetos, que todos los Romanos Pontífices que, sucediendo al bienaventurado Pedro, canónicamente han entrado y canónicamente entrarán, al mismo bienaventurado Pedro, Pontífice Romano, han sucedido y sucederán en la misma plenitud de jurisdicción de potestad que el mismo bienaventurado Pedro recibió del Señor Jesucristo sobre el todo y universal cuerpo de la Iglesia militante.
1054 Dz:570e En tercer lugar, si habéis creído y creéis Vos y los armenios que os están sujetos a vos que los Romanos Pontífices que han sido y Nos, que somos Pontífice Romano y los que en adelante lo serán por sucesión, hemos recibido, como vicarios de Cristo legítimos, de plenísima potestad, inmediatamente del mismo Cristo sobre el todo y universal cuerpo de la Iglesia militante, toda la potestativa jurisdicción que Cristo, como cabeza conforme, tuvo en su vida humana.
1055 Dz:570f En cuarto lugar si habéis creído y creéis que todos los Romanos Pontífices que han sido, Nos que somos y los otros que serán en adelante, por la plenitud de la potestad y autoridad antes dicha, han podido, podemos y podrán por Nos y por sí mismos juzgar de todos como sujetos a nuestra y su jurisdicción, y constituir y delegar, para juzgar, a los jueces eclesiásticos que quisiéramos.
1056 Dz:570g En quinto lugar, si habéis creído y creéis que en tanto haya existido, exista y existirá la suprema y preeminente autoridad y jurídica potestad de los Romanos Pontífices que fueron, de Nos que somos y de los que en adelante serán, que por nadie pudieron ser juzgados, ni pudimos Nos, ni podrán en adelante, sino que fueron reservados, se reservan y se reservarán para ser juzgados por solo Dios, y que de nuestras sentencias y demás juicios no se pudo ni se puede ni se podrá apelar a ningún juez.
1057 Dz:570h Sexto, si habéis creído y creéis que la plenitud de potestad del Romano Pontífice se extiende a tanto, que puede trasladar a los patriarcas, católicon, arzobispos, obispos, abades o cualesquiera prelados, de las dignidades en que estuvieron constituidos a otras dignidades de mayor o menor jurisdicción o, de exigirlo sus crímenes, degradarlos y deponerlos, excomulgarles y entregarlos a Satanás.
1058 Dz:570i Séptimo, si habéis creído y todavía creéis que la autoridad pontificia no puede ni debe estar sujeta a cualquiera potestad imperial y real u otra secular, en cuanto a institución judicial, corrección o destitución.
1059 Dz:570k Octavo, si habéis creído y creéis que el Romano Pontífice sólo puede establecer sagrados cánones generales, conceder plenísima indulgencia a los que visitan los umbrales (limina) de los Apóstoles Pedro y Pablo o a los que peregrinan a tierra santa o a cualesquiera fieles verdadera y plenamente arrepentidos y confesados.
1060 Dz:570l Noveno, si habéis creído y creéis que todos los que se han levantado contra la fe de la Iglesia Romana y han muerto en su impenitencia final, se han condenado y bajado a los eternos suplicios del infierno.
1061 Dz:570m Décimo, si habéis creído y todavía creéis que el Romano Pontífice puede acerca de la administración de los sacramentos de la Iglesia, salvo siempre lo que es de la integridad y necesidad de los sacramentos, tolerar los diversos ritos de las Iglesias de Cristo y también conceder que se guarden.
1062 Dz:570o Undécimo, si habéis creído y creéis que los armenios que en diversas partes del orbe obedecen al Romano Pontífice y con empeño y devoción guardan las formas y ritos de la Iglesia Romana en la administración de los sacramentos y en los oficios eclesiásticos, en los ayunos y en otras ceremonias, obran bien y obrando así merecen la vida eterna.
1063 Dz:570p Duodécimo, si habéis creído y creéis que nadie puede pasar por propia autoridad de la dignidad episcopal a la arzobispal, patriarcal o católicon, ni tampoco por autoridad de ningún príncipe secular, fuere rey o emperador, o bien cualquier otro apoyado en cualquier potestad o dignidad terrena.
1064 Dz:570q Decimotercero, si habéis creído y todavía creéis que sólo el Romano Pontífice, al surgir dudas sobre la fe católica, puede ponerles fin por determinación auténtica, a la que hay obligación de adherirse inviolablemente, y que es verdadero y católico cuanto él, por autoridad de las llaves que le fueron entregadas por Cristo, determina ser verdadero; y que aquello que determina ser falso y herético, ha de ser tenido por tal.
1065 Dz:570r Decimocuarto, si habéis creído y creéis que el Nuevo y Antiguo Testamento, en todos los libros que nos ha transmitido la autoridad de la Iglesia Romana, contienen en todo la verdad indubitable...
Del purgatorio (1)
[De la misma Carta a Consolador]
1066 Dz:570s (8) Preguntamos si habéis creído y creéis que existe el purgatorio, al que descienden las almas de los que mueren en gracia, pero no han satisfecho sus pecados por una penitencia completa.
1067 Asimismo, si creéis que son atormentadas con fuego temporalmente y, que apenas están purgadas, aun antes del día del juicio, llegan a la verdadera y eterna beatitud que consiste en la visión de Dios cara a cara y en su amor.
De la materia y ministro de la Confirmación (2)
[De la misma Carta a Consolador]
1068 Dz 571 (12) Habéis dado respuestas que nos inducen a que os preguntemos lo siguiente: Primero, sobre la consagración del crisma, si creéis que no puede ser ritual y debidamente consagrado por ningún sacerdote que no sea obispo.
1069 Dz 572 Segundo, si creéis que el sacramento de la confirmación no puede ser de oficio y ordinariamente administrado por otro que por el obispo.
1070 Dz 573 Tercero, si creéis que sólo por el Romano Pontífice, que tiene la plenitud de la potestad, puede encomendarse la administración del sacramento de la confirmación a presbíteros que no sean obispos.
1071 Dz 574 Cuarto, si creéis que los crismados o confirmados por cualesquiera sacerdotes que no son obispos ni han recibido del Romano Pontífice comisión o concesión alguna sobre ello, han de ser otra vez confirmados por el obispo u obispos.
De los errores de los armenios (1)
[De la misma Carta a Consolador]
1072 Dz:574a (15) Después de todo lo dicho, no podemos menos de maravillarnos, vehementemente de que en una Carta que empieza: “Honorabilibus in Christo patribus”, de los primeros LIII capítulos suprimes XIV capítulos. El primero, que el Espíritu Santo procede del Padre y del Hijo.
1073 El tercero, que los niños contraen de los primeros padres el pecado original.
1074 El sexto, que las almas totalmente purgadas, después de separadas de sus cuerpos, ven a Dios claramente.
1075 El nono, que las almas de los que mueren en pecado mortal bajan al infierno.
1076 El duodécimo, que el bautismo borra el pecado original y actual.
1077 El decimotercero, que Cristo, al bajar a los infiernos, no destruyó el infierno inferior.
1078 El decimoquinto, que los ángeles fueron creados buenos por Dios.
1079 El treinta, que la efusión de la sangre de animales no opera remisión alguna de los pecados.
1080 El treinta y dos, que no juzguen a los que comen peces y aceite en los días de ayuno.
1081 El treinta y nueve, que los bautizados en la Iglesia Católica, si se hacen infieles y después se convierten, no han de ser nuevamente, bautizados.
1082 El cuarenta, que los niños pueden ser bautizados antes del día octavo, y que el bautismo no puede darse en otro líquido, sino en agua verdadera.
1083 El cuarenta y dos, que el cuerpo de Cristo, después de las palabras de la consagración, es numéricamente el mismo que el cuerpo nacido de la Virgen e inmolado en la cruz.
1084 El cuarenta y cinco, que nadie, ni un santo, puede consagrar el cuerpo de Cristo, si no es sacerdote.
1085 El cuarenta y seis, que es de necesidad de salvación confesar al sacerdote propio o a otro con su permiso, todos los pecados mortales, perfecta y distintamente.
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