lunes, 19 de septiembre de 2011

EL ESPACIO RADIOELÉCTRICO COMO COMPONENTE GEOGRÁFICO

El denominado espacio aéreo esta así calificado por tratarse de una magnitud tridimensional que se identifica sobre la superficie de la tierra y hasta una altura determinada y finita, en cuyo interior es factible y se produce el acontecimiento del tráfico aéreo realizado por aeronaves tripuladas o no tripuladas, autorizadas a cursarlo o no, con regularidad o de acuerdo a convenios.


Por el Dr. Juan de Dios Romero

Su volumen mundial es prácticamente fijo y cobra relevancia en cuanto existe la necesidad de controlar su uso mediante sistemas tecnológicos, como los radares, lo que también confirma el reconocimiento de las fronteras nacionales por parte de los estados.-

También es relevante la organización del uso del espacio aéreo, mediante otro tipo de convenios, para regularlo con la mejor seguridad que los sistemas tecnológicos permitan y de acuerdo al aumento o variación del tráfico aéreo declarado y autorizado preventivamente en forma anticipada y por períodos comprobables por las partes interesadas.-

Las regulaciones internacionales y nacionales del uso del espacio aéreo tienen una historia extensa y aún está en reforma y extensión, en particular por la naturaleza de los actores, estatales y no estatales, la industria, los usuarios, el valor del uso del tiempo y la distancia y los negocios de los seguros.-

El uso hostil del espacio aéreo esta abordado y regulado de acuerdo a otros más específicos, convenido entre naciones o grupo de naciones (v.g. UE, NATO, etc.) sobre la base de concepciones políticas que se enuncian comunes y vinculadas a la inteligencia, la seguridad, la defensa y el comercio mundial.-

En lo que hace al tráfico jurídico comercial del tráfico aéreo y sus derivados técnicos (en íntima relación con los sistemas mundiales de los seguros) existe una institución con sede en Canadá, en Quebec, que es la OACI , la Organización de la Aviación Civil Internacional, la cual se expide también respecto a temas técnicos de naturaleza distinta pero decisivos en la materia, como ser, las radiocomunicaciones fijas, móviles y satelitales (cuyas órbitas son sí un recurso natural y fuera del espacio aéreo nacional), incidiendo a nivel global ante y, en las regulaciones de la UIT – Unión Internacional de Telecomunicaciones- con sede en Suiza, Ginebra.-

Con motivo de lo que se está denominado crimen organizado en cuya organización y operatividad se adjudica enorme importancia al uso clandestino del tráfico aéreo, la tipificación de “vuelo clandestino”, también como en la ley N º 19.798 de Telecomunicaciones (Artículos Nros 6 y 36) la ilegalidad se tipifica por la carencia de autorización para un tráfico que se manifiesta de ese modo fuera del sistema regular y con fines delictivos, se presenta como la existencia de un vuelo oculto con esos fines y los sistemas de radarización son considerados vitales para la identificación en tiempo real de esas incursiones.

Entonces, en tal marco, este tipo de control está comprendido dentro de un sistema de seguridad con el uso de sistemas de radares vinculados al uso del espacio aéreo, enfoque éste donde se ha percibido la ausencia de referencias a los sistemas aéreos de radiocomunicaciones móviles para el curso de señales aire tierra, es decir, desde la aeronave clandestina que realiza subrepticio tráfico de radio con una estación de radio fija o móvil terrestre y, debe tenerse en cuenta que la posible identificación del vuelo clandestino no implica necesariamente la identificación de la estación de radio terrestre que, aunque esté autorizada realiza en el caso una transmisión no autorizada lo que la convierte inmediatamente en forma inmediata en clandestina, como el vuelo mismo.-

Y esa estación de radio terrestre que se vincula radio eléctricamente con el vuelo, es posible detectarla mediante el vigente sistema de Comprobación Técnica de Emisiones y Control Radioeléctrico que se opera desde 6 estaciones ubicadas en Posadas (Misiones), Salta, Córdoba, Neuquén, Comodoro Rivadavia y la provincia de Buenos Aires bajo responsabilidad de la Comisión Nacional de Comunicaciones, ente que tiene otorgado el ejercicio del poder de policía en el control de esas radiocomunicaciones.-

Por lo expresado infiero que ambos sistemas, deben operar coordinadamente y tributarse uno con el otro de acuerdo a cada circunstancia o hipótesis de trabajo y, esto constituye un desafío inmediato vinculado a un posible sistema de clasificación de necesidades de políticas de estado para Argentina.-

Hasta finalizar la segunda guerra mundial, casi hasta fines de la década del cincuenta del siglo pasado, el salto tecnológico enorme que se produjo en materia de radiocomunicaciones y con motivo del esfuerzo bélico, un nuevo tipo de “espacio” cobró enorme vigencia, el denominado “espacio radioeléctrico” el que carece de algunas limitaciones del espacio aéreo en cuanto a su tamaño, el tipo de “tráfico” que lo cursa y la naturaleza de la energía que implica su ocupación.-

El “espacio radioeléctrico” es aquel en que es posible el curso de señales de radiocomunicaciones, medido en frecuencias, curso que puede ser de señales de emisiones como de recepciones; tiene la característica que, un aumento de la energía que se traduce en un aumento del valor de las frecuencias implican que éstas tienen menor alcance, a mayor frecuencia menor distancia para ser recibidas, las frecuencias de radio más bajas son las que tiene mayor alcance, las de HF pueden ser emitidas para poder ser recepcionadas en la mayor parte del mundo.-

El espacio radioeléctrico esta aún más allá del espacio aéreo, más allá de la atmosfera, como se observa con el uso de radio en el sistema de satélites y, ese espacio puede ser tenido como “en construcción”, porque también es posible que ocurra bajo tierra y se identifique espacio radioeléctrico en un túnel, como el subte.

Todo el actual espacio radioeléctrico mundial puede ser en parte artificialmente construido, como en túneles o refugios y es volumétricamente mucho más enorme que el espacio aéreo, sea éste nacional o internacional.- Aquel contiene a éstos y ambos están sujetos a actividades de control del tráfico que en ellos se cursan por medio de sistemas complejos muy distintos en su naturaleza pero ambos vinculados a las comunicaciones.-

Las interferencias radioeléctricas perjudiciales –que están tipificadas en la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y en su Reglamento de Radiocomunicaciones (UIT-R), son un daño técnico que se abalanza en el sistema ordenado de las atribuciones y asignaciones de radio y puede ser subsanado tecnológicamente pero, la clandestinidad en la materia es un hecho moral más grave que no puede subsanarse retroactivamente y desbarata, soberanía, derechos, urgencias y consolida la posibilidad de la comisión de delitos.-

El “espacio radioeléctrico” en Argentina es vía de paso de señales originadas en terceros países y destinadas a otros y, se trate o no de señales clandestinas o encubiertas está legitimado el derecho a tal comprobación por parte de nuestro sistema de seguridad en la materia.-

El “tráfico” radioeléctrico que se cursa en el “espacio” radioeléctrico puede ser analógico o digital y en estos casos el sistema del Comprobación Técnica de Emisiones y Control Radioeléctrico necesita de distintos tipos de equipamiento para estos dos tipos de modulaciones.

Este sistema de Control implica consecuencias no solo vinculadas a la tutela de derechos que se han otorgado a usuarios, o licenciatarios del espectro de radio, implican a su vez actividades de seguridad imbricadas en actividades de la soberanía del país en ambos espacios.- También el sistema de control está destinado a tutelar los convenios vigentes en la materia, tanto en el seno de la UIT como la llevada a cabo con países fronterizos.

Este espacio radioeléctrico permite el paso de señales de radio FM, que son aquellas señales menores mayores a 30 megahertz y estas señales de mayor valor en frecuencias tiene menor alcance que las señales de amplitud modulada que pueden llegar a mayores distancias y son más vulnerables a la interferencias perjudiciales.-

El espacio radioeléctrico no ha dado aún todo lo que posible que soporte como señales de radio, aún la tecnología promete mayores y más densos usos en sistemas más sofisticados donde el concepto “municipal” de la FM sea o mas potenciado o más reducido. Esto dependerá de cómo se articulen otras políticas vinculadas a las actividades mundiales del comercio y los nuevos desafíos en materia de seguridad y defensa nacional o regional.-

Lo que sí es posible sostener es la imperiosa urgencia que ambos sistemas de control y seguridad en esos “espacios” se consoliden y actúen coordinadamente de forma tal que se reduzca la incertidumbre.


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