Cuando el derecho eclesiástico ya no existe, es una suerte que siga existiendo el derecho civil
El 24 de junio de 2021 se dio a conocer que fue Francisco quien ordenó la destitución de la Madre Marie Ferréol (Sabine Baudin de la Valette), de 55 años, de las Hermanas Dominicas del Rito Antiguo de Pontcalec, donde había estado durante los últimos 34 años.
La noticia de su destitución fue publicada el 23 de junio de 2021 por el sitio web LeMonde.fr. Las cerca de 100 Hermanas de Pontcalec, entre las que se encuentran muchos miembros de la nobleza e intelectuales, dirigen cinco colegios en Francia. La madre Marie Ferréol es latinista y medievalista.
Madre Marie Ferréol
Según LeMonde.fr, la Madre Ferréol fue destituida por “diferencias teológicas con otra hermana” que está bien relacionada con el cardenal de la Curia, Marc Ouellet.
En una réplica, la acusada dijo que pidió repetidamente que se le informara sobre los hechos concretos en los que se basaba su expulsión. Pero esto se le denegó alegando “confidencialidad”. Además, no se le permitió presentar una defensa.
COMUNICADO DE PRENSA DE 08 DE AGOSTO DE 2023
Tras numerosos intentos de encontrar una solución, tanto canónica como material, la Hermana Marie Ferréol no tiene más remedio que emprender acciones legales contra el Cardenal OUELLET, ex Prefecto de la Congregación de Obispos, Dom Jean Charles NAULT y la Madre Emmanuelle DESJOBERT, visitadores apostólicos que trabajaron para que fuera desalojada, y la asociación de Hermanas Dominicas del Espíritu Santo.
Por auto de 3 de agosto de 2023, el Presidente del Tribunal de Primera Instancia de Lorient accedió a la petición de fijación de fecha, estando prevista la vista para el 4 de octubre.
Un despido sin causa...
Después de 34 años en su comunidad, la Hermana Marie Ferréol fue destituida por el Cardenal OUELLET hace tres años, el 21 de octubre de 2020, siendo acusada de “espíritu maligno”, tras una visita apostólica de una semana realizada por Dom NAULT y la Madre DESJOBERT, y seis meses después, siendo expulsada definitivamente. La Hermana nunca conoció los hechos de los que supuestamente era culpable, a pesar de sus reiteradas peticiones y las de su abogado. Se denegó su petición alegando “confidencialidad”.
Condiciones ilegales, duras y vejatorias
Aparte de que no se conoce ninguna razón válida para el despido, éste se llevó a cabo haciendo caso omiso de las normas básicas aplicables a cualquier sanción: el respeto del proceso contradictorio y el derecho a defenderse.
Además, el despido se sometió a condiciones especialmente duras y vejatorias.
Pérdida material sustancial
Además de la pérdida de su vida en el seno de su comunidad, que era lo más importante para ella, la Hermana se enfrenta a dificultades materiales: no tiene derecho al subsidio de desempleo y ya no recibe la RSA, está sin trabajo ni alojamiento, a pesar de sus muchos esfuerzos, y vive de la caridad de los demás. Ni los responsables de su despido ni su comunidad se preocuparon de cómo iba a poder vivir. Peor aún, el sindicato de las Hermanas Dominicas del Espíritu Santo no se molestó en hacer ninguna oferta económica al miembro que les había servido fielmente durante 34 años.
Esta dureza es consecuencia de la decisión de despido, que no dejó lugar a discusión, defensa, claridad o verdad.
Pero, sobre todo, un inmenso daño moral
La pérdida más importante es el daño moral sufrido por Sor Marie Ferréol. Nada puede reparar el dolor de haber sido brutalmente privada, sin motivo, de su vida religiosa, de su medio de vida, de haber visto su honor y su reputación destruidos, de haber sufrido la violencia del trato que se le infligió.
Un paso hacia el objetivo final y primordial
Habida cuenta de las faltas cometidas y del perjuicio sufrido, está justificada una acción de indemnización. Esta acción judicial, iniciada a regañadientes por la hermana Marie Ferréol, es legítima. El reconocimiento de sus daños materiales y morales, que es esencial, es sólo el primer paso hacia el objetivo primordial: la admisión de la injusticia, la rehabilitación moral y el regreso a una comunidad religiosa.
Esta acción debería ser una oportunidad para obtener respuestas y averiguar la verdad sobre este asunto. También debería contribuir a una mejor justicia, para que en el futuro los hombres y mujeres de Iglesia respeten mejor las normas de derecho, tanto civiles como canónicas: es inconcebible que se pueda disponer de las personas arbitrariamente y sin asumir las consecuencias materiales.
Documento original en francés aquí
Además de la pérdida de su vida en el seno de su comunidad, que era lo más importante para ella, la Hermana se enfrenta a dificultades materiales: no tiene derecho al subsidio de desempleo y ya no recibe la RSA, está sin trabajo ni alojamiento, a pesar de sus muchos esfuerzos, y vive de la caridad de los demás. Ni los responsables de su despido ni su comunidad se preocuparon de cómo iba a poder vivir. Peor aún, el sindicato de las Hermanas Dominicas del Espíritu Santo no se molestó en hacer ninguna oferta económica al miembro que les había servido fielmente durante 34 años.
Esta dureza es consecuencia de la decisión de despido, que no dejó lugar a discusión, defensa, claridad o verdad.
Pero, sobre todo, un inmenso daño moral
La pérdida más importante es el daño moral sufrido por Sor Marie Ferréol. Nada puede reparar el dolor de haber sido brutalmente privada, sin motivo, de su vida religiosa, de su medio de vida, de haber visto su honor y su reputación destruidos, de haber sufrido la violencia del trato que se le infligió.
Un paso hacia el objetivo final y primordial
Habida cuenta de las faltas cometidas y del perjuicio sufrido, está justificada una acción de indemnización. Esta acción judicial, iniciada a regañadientes por la hermana Marie Ferréol, es legítima. El reconocimiento de sus daños materiales y morales, que es esencial, es sólo el primer paso hacia el objetivo primordial: la admisión de la injusticia, la rehabilitación moral y el regreso a una comunidad religiosa.
Esta acción debería ser una oportunidad para obtener respuestas y averiguar la verdad sobre este asunto. También debería contribuir a una mejor justicia, para que en el futuro los hombres y mujeres de Iglesia respeten mejor las normas de derecho, tanto civiles como canónicas: es inconcebible que se pueda disponer de las personas arbitrariamente y sin asumir las consecuencias materiales.
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