viernes, 29 de mayo de 2020

ABSOLUTAMENTE NULO Y COMPLETAMENTE VACÍO: EL RITO DE LA CONSAGRACIÓN EPISCOPAL DE 1968

"Una vez que no haya más sacerdotes válidos, permitirán la misa latina".
- Rev. Carl Pulvermacher OFMC ap
Ex editor, The Angelus

"Mantenga la cáscara, pero vacíela de su sustancia".
- VI Lenin

Por el padre Anthony Cekada

En los años '60 los Católicos que estaban molestos por los cambios litúrgicos del Vaticano II ya habían comenzado a preocuparse por si los sacramentos conferidos con los nuevos ritos eran válidos.

Un momento decisivo en Estados Unidos llegó en 1967 cuando Patrick Henry Omlor publicó la primera edición de su estudio, Cuestionando la Validez de las misas usando el Canon en inglés, incluso antes de la promulgación del Novus Ordo en 1969, galvanizó la entonces pequeña resistencia tradicionalista A medida que los "reformadores" modernistas reformaron los ritos sacramentales - Confirmación, Penitencia y Extremaunción - los tradicionalistas cuestionaron la validez de estos sacramentos también, y buscaban sacerdotes que ofrecieran la misa tradicional y usaran los antiguos ritos.

Las órdenes sagradas eran el único sacramento que a los tradicionalistas no parecía preocuparles. Claro, no hubo vocaciones. Pero como pocos laicos habían visto alguna vez una ordenación -aún menos sabían lo que se hacía en una ordenación válida - como si los cambios litúrgicos no afectaran la validez de las órdenes sagradas, fue un tema que no fue examinado. Encontré el problema por casualidad durante mi primer año (1975-76) en la Sociedad de San Pío X (SSPX) en el seminario en Ecône, Suiza. Fui a preguntarle al arzobispo Marcel Lefebvre sobre si los amigos conservadores de mi  antiguo seminario podría trabajar con la Sociedad después de la ordenación. Me dijo que sí, en principio, pero ellos necesitarían ser ordenados condicionalmente primero, porque Pablo VI había cambiado el rito de las órdenes sagradas.



El arzobispo explicó que la nueva forma (fórmula esencial) en el rito para la ordenación sacerdotal era dudoso porque se había quitado una palabra en la nueva forma de consagración episcopal, el Arzobispo explicó que era completamente diferente y por lo tanto, inválida.

A pesar de la gravedad de la pregunta, solo unos pocos escritores oposicionistas examinaron la ordenanza posterior al Vaticano II y los ritos tradicionales, 1 incluso después de  las misas de indultos tridentinos comenzaron a multiplicarse. Cada vez más, estas fueron ofrecidas por sacerdotes ordenados por obispos consagrados en el nuevo rito y perteneciente a grupos como la Fraternidad de San Pedro. Si sus obispos ordenadores fueran inválidamente consagrados, los sacramentos que estos sacerdotes confeccionaran serían igualmente inválidos. 


Sin embargo, después de que Benedicto XVI fuera elegido en 2005, el problema resurgió. El cardenal Joseph Ratzinger, señalado como arzobispo y cardenal por Pablo VI, había sido consagrado con el nuevo rito el 25 de mayo de 1977. ¿Era él, aparte de la controversial sede vacante, un obispo real?

En el verano de 2005, un tradicionalista francés publicó el primer volumen de "Rore Sanctifica" (Editions Saint-Remi), 2 un dossier de extensos documentos con comentarios sobre el rito implementado por Pablo VI sobre la Consagración episcopal. El estudio, que presenta fotos de Ratzinger con el Superior general de la SSPX, mons. Bernard Fellay, concluyó que el nuevo rito era inválido.

Esto naturalmente llamó la atención de los superiores en la FSSPX en Europa, que estaban por entonces en negociación con Benedicto XVI para obtener un estatus especial en la iglesia del Vaticano II. ¿Cómo podrían los superiores tradicionalistas de la SSPX reunirse con un papa que ni siquiera puede ser obispo?

Los dominicanos en Avrillé, Francia, una tradicionalista orden religiosa en la órbita SSPX, inmediatamente asumieron la tarea de tratar de hacer convincente la validez del nuevo rito. Uno de ellos, el padre Pierre-Marie OP, produjo un largo artículo a favor de él que los Dominicanos publicaron en su trimestral, Sel de la Terre. 3


Thilo Stopka, ex seminarista SSPX en Europa, desafió las conclusiones del padre Pierre-Marie, y a su vez publicó una gran cantidad de valiosa investigación sobre él para refutarlo.

Mientras tanto, la publicación oficial de los Estados Unidos de la SSPX, El Ángelus, tradujo puntualmente al padre Pierre-Marie, publicando su artículo en inglés, dividiéndolo en dos números sucesivos (diciembre de 2005, enero de 2006) bajo el título "¿Por qué el nuevo rito de la consagración episcopal es válido?".

Me parece irónico y particularmente triste que tal artículo haya aparecido en El Angelus. En agosto de 1977 visité y pregunté a un tradicionalista de la vieja línea en el Alto Michigan, Bill Hanna, quien me transmitió una cita favorita del padre Carl Pulvermacher, un capuchino que trabajó con la SSPX y luego editaría El Angelus: "Una vez que no haya más sacerdotes válidos, permitirán la misa en latín".

Parece que el padre Carl fue profético.

En su artículo de El Angelus, el padre Pierre-Marie argumentó que el Rito de la Consagración Episcopal de Pablo VI es válido porque usa oraciones para consagrar obispos que son prácticamente igual a (a) las utilizadas en los Ritos orientales de la iglesia, o (b) las una vez fueron utilizadas en la antigua Iglesia.

Tenga en cuenta esto: Pablo VI hizo estas mismas dos afirmaciones cuando promulgó el nuevo rito de consagración en 1968, y ambas son demostrablemente falsas. Es espantoso que los superiores de la SSPX las reciclaran para comercializar la validez de ese mismo rito a una tradición desprevenida laica.

Para apoyar este argumento, el padre Pierre-Marie ofreció varias tablas que comparan varios textos latinos. Las discutiremos en un apéndice.

En cuanto al resto de su artículo, la mayoría de los lectores probablemente se sintieron completamente desconcertados. Porque aunque el padre Pierre-Marie dijo que "procedería de acuerdo con el Método escolástico para tratar el asunto con rigor", nunca logró enfocarse claramente en las dos preguntas centrales:

(1) ¿Qué principios emplea la teología católica para determinar si una forma sacramental es válida o inválida?

(2) ¿Cómo se aplican esos principios al nuevo rito de consagración episcopal?

Responderemos ambas preguntas aquí, y explicaremos las conclusiones apropiadas. Nuestra discusión puede ser un poco técnica a veces, así que he proporcionado un resumen (sección XI) al cual el lector puede ir directamente si se siente demasiado desconcertado por hablar de coptos, maronitas, Hipólito y el misterioso espíritu rector.


I. Principios a aplicar

Primariamente, para el beneficio de los lectores legos, informaremos algunos principios que se utilizan para determinar si una forma sacramental es válida. Los conceptos no son complicados.

A. ¿Qué es una forma sacramental?

En la clase de catecismo todos aprendimos la definición de un Sacramento: "Una señal externa instituida por Cristo para dar gracia". El "signo externo" en la definición se refiere a lo que se ve y se escucha cuando se confiere un sacramento: el sacerdote vierte el agua sobre la cabeza del bebé y él cita la fórmula "Te bautizo...", etc. La teología católica enseña que cada sacramento tiene un signo exterior que consta de dos elementos unidos:

• Materia: hecho o acción que los sentidos pueden realizar. (vertiendo agua, pan y vino, etc.)

• Forma: las palabras recitadas que realmente producen el efecto sacramental ("Te bautizo...", "Este es mi cuerpo... ", etc.)

Cada rito sacramental, no importa cuántas otras oraciones y ceremonias que la Iglesia haya prescrito, contiene al menos una oración o pronunciamiento autoritario que la Iglesia ha designado como su forma sacramental esencial.

B. Omitir el formulario 

Todos los católicos saben textualmente al menos una esencial forma sacramental: “Te bautizo en nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo”.



Si en un bautismo, el sacerdote dice todas las otras oraciones y realiza todas las otras ceremonias, pero omite esta fórmula cuando vierte el agua, el sacramento es inválido (no "funciona"), la gracia prometida por Cristo no es conferida y el bebé no está bautizado.

Esto debería ser obvio.

C. Cambios en el formulario

Pero surge otra pregunta: ¿Qué pasa si la redacción se cambia en una forma sacramental ? ¿Cómo afecta esto? ¿es válido?

La respuesta depende de si un cambio en el significado también resulta. Los teólogos distinguen entre dos tipos de cambio:

(1) Sustancial. (Significado cambiado = inválido) Esto ocurre "cuando el significado de la forma misma es corrompido... si las palabras tuvieran un significado diferente de lo que pretendía la Iglesia" 4. O de otra forma: si el formulario "se cambia de tal manera que el significado pretendido o deseado por Cristo ya no es completamente y congruentemente expresado a través de él" 5.

Un cambio sustancial en una forma sacramental es producido a través de agregar, omitir, corromper, cambiar o intercambiar palabras en la forma, o por interrumpiéndolo de tal manera que la forma ya no conserva el mismo sentido 6. Aquí hay dos ejemplos:

Corrupción de palabras: un sacerdote modernista dice: "Yo te bautizo en el nombre de la Madre y del Hijo..."
Él ha introducido una nueva palabra que cambia el significado de uno de los elementos esenciales de la forma - padre. Ese bautismo es inválido 7

Omisión de palabras: un joven sacerdote nervioso que no ha memorizado el formulario dice: "Yo bautizo en el nombre del Padre y del Hijo... ", omitiendo la palabra te. O alternativamente, dice la palabra te, pero omite la palabra bautizar. Dado que una forma sacramental debe expresar de alguna manera quién está recibiendo el sacramento como así la acción sacramental en sí, omitiendo el te o el bautizo cambia el significado y da una forma inválida. 8

(2) Accidental. (Significado igual = todavía válido). Este es un cambio que no altera sustancialmente el sentido. Ejemplo: en lugar de decir "Te bautizo...", el sacerdote dice "Te limpio en el nombre del Padre..."

Porque simplemente ha sustituido un sinónimo exacto para una de las palabras en la forma ("bautizar" es griego para "limpiar"), el significado sigue siendo el mismo. Por lo tanto, el cambio es sólo accidental. El bautismo es válido 9.

Esta distinción entre un cambio sustancial y un cambio accidental será un concepto clave para examinar la validez de la nueva forma de la consagración episcopal desde 1968.

Si la nueva forma constituye un cambio sustancial, no es válida.

D. Usar un formulario de rito oriental

Las formas de los ritos orientales de la Iglesia católica se utilizan para conferir sacramentos que a veces difieren mucho en la redacción de aquellos que usa el Rito Latino. Pero los significados esenciales son siempre los mismos.

Ejemplo: El Rito Ucraniano usa la siguiente forma para el bautismo: "El siervo de Dios N. es bautizado en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo. Amén" 10

Esto preserva cada concepto que dicen los teólogos que debe aparecer en una forma válida para el bautismo: el ministro (al menos implícitamente), el acto de bautizar, el destinatario, la unidad de la esencia divina y la Trinidad expresados ​​bajo nombres distintos 11.

En el caso de un grupo cismático oriental, al cual la Iglesia ha examinado las oraciones y ceremonias de su rito sacramental para asegurar que estaban libres de errores doctrinales y contenían todo lo necesario para conferir verdaderos sacramentos.

Entonces, si un obispo o sacerdote confiere un sacramento usando una forma sacramental idéntica a la contenida en un libro de rituales del Rito Oriental aprobado, uno puede estar seguro que el sacramento será válido.

Este principio también figurará en nuestra discusión, porque el padre Pierre-Marie basa gran parte de su argumento para la validez del nuevo rito sobre elementos supuestamente comunes, tanto a la forma de consagración episcopal del rito oriental y la nueva forma de Pablo VI. 

Este también fue este mismo reclamo del padre Franz Schimdberger -la nueva forma fue "Rito Oriental"- que llevó al arzobispo Lefebvre a abandonar su original posición que el nuevo rito de consagración episcopal era inválido 12.

E. Requisitos en un formulario para órdenes sagradas

¿Qué estamos buscando específicamente en el nuevo rito de consagración episcopal? ¿Cuáles deben ser las palabras de una forma para conferir las órdenes sagradas?



Pío XII, en su Constitución Apostólica Sacramentum Ordinis, estableció el principio general cuando él declaró que para las órdenes sagradas estas deben ser "unívocamente significa los efectos sacramentales, es decir, el poder de la Orden y la gracia del Espíritu Santo" 13.

Tenga en cuenta los dos elementos que deben ser unívocamente (es decir, inequívocamente) expresos: el orden específico está siendo conferido (diaconado, sacerdocio o episcopado) y la gracia del Espíritu Santo.

Por lo tanto, debemos determinar si la nueva forma es de hecho "unívoca" al expresar estos efectos.

F. Consagración episcopal en particular

En el mismo documento, habiendo establecido un principio general, Pío XII luego declaró que las siguientes palabras, contenidas en el Prefacio de consagración para el rito de la consagración episcopal eran la forma fundamental y esencial para conferir el episcopado: "Completa en tu sacerdote la plenitud de tu ministerio, y adornado con el vestido de toda gloria, santificalo con el rocío de la unción celestial" 14.

Esta forma significa unívocamente el efecto sacramental de la siguiente manera:

(1) “La plenitud de tu ministerio”, “vestido de toda gloria” = poder de la Orden del episcopado.

(2) “El rocío de la unción celestial” = gracia del Espíritu Santo.

La pregunta es si la nueva forma cumple el mismo.


II. Origen del nuevo rito

En 1964 Pablo VI, encargado de implementar los cambios prescritos por el Vaticano II en la liturgia conocidos como el "Consilium". Esta organización estaba compuesta por varios cientos de clérigos, divididos de acuerdo con sus áreas de especialización en treinta y nueve "Grupos de estudio". El Secretario del Consilium y la cabeza real era el padre Annibale Bugnini, un litúrgico modernista y presunto francmasón, que había escrito la Constitución del Consejo sobre la Sagrada Liturgia. 


La Comisión de Estudio 20 tenía la tarea de "reformar" el rito para las órdenes sagradas. Su cabeza era el monje benedictino Dom Bernard Botte (1893–1980), especialista en Lenguas litúrgicas orientales y otra litúrgica modernista.


Dom Bernard Botte

Su logro académico más famoso fue una nueva edición académica de La tradición apostólica de San Hipólito, una colección de antiguos textos litúrgicos cristianos 15. Uno de estos se convertiría en la Oración Eucarística Nueva Misa II - menos sus referencias originales al diablo, el infierno, la salvación los creyentes solos y el sacerdote sacrificador.

Dom Botte propuso que otro texto de la misma colección se introdujera en el Rito de Consagración Episcopal para reemplazar la consagración tradicional. El antiguo Prefacio, dijo, tenía "mala documentación", estaba orientado "casi exclusivamente hacia el papel litúrgico del obispo", era un "híbrido para-mula, mal equilibrado" 16. Se necesitaba algo que expresara mejor la teología del Vaticano II.

La oración por la consagración episcopal de Hipólito, dijo Dom Botte, sobrevivió en "más evolucionadas" versiones en los ritos orientales sirios y coptos. Fue usada en el Rito romano, dijo, también "afirmaría una unidad de perspectiva entre Oriente y Occidente sobre el episcopado", es decir, emocionar a los cismáticos orientales, que también usaban esos ritos. “Ese fue un argumento ecuménico. Eso fue decisivo” 17.

Entonces el texto de Botte, casi literalmente levantado de su trabajo de 1963, se convirtió en el nuevo Prefacio para la Conferencia Episcopal cuando Pablo VI lo promulgó en junio de 1968. 18


III. La forma de Pablo VI

Pablo VI designó el siguiente pasaje en el Prefacio como la nueva forma de consagración de un obispo:

"Infunde ahora sobre este, tu elegido, la fuerza que de ti procede, el Espíritu de gobierno que diste a tu amado Hijo, Jesucristo, y él, a su vez, comunicó a los santos apóstoles, quienes establecieron la Iglesia como santuario tuyo en cada lugar, para gloria y alabanza incesante de tu nombre". 19

La disputa sobre la validez del nuevo Rito de la consagración episcopal se centra en este pasaje.

A primera vista, parece mencionar al Santo Espíritu. Sin embargo, no parece especificar el poder de la orden sagrada que se confiere -la plenitud del sacerdocio que constituye el episcopado, que la forma tradicional expresa tan claramente. Entonces, ¿es esta nueva forma capaz de conferir el episcopado?


Para responder eso, aplicaremos los principios en la sección uno. Procedemos de una discusión más fuerte para la validez de los más débiles.

IV. ¿Una forma de rito oriental?

Pregunta: ¿Se empleó la nueva forma del Rito oriental como la forma sacramental para conferir el episcopado en la iglesia católica? 

Si es así, esta sería la evidencia más fuerte de que la nueva forma es válida. Uno podría afirmar que, por lo tanto, cumple los criterios de Pío XII con respecto a la forma de las órdenes sagradas, porque estaría entre las palabras "aceptado y utilizado por la Iglesia en ese sentido" 20.

En su Constitución Apostólica, promulgando el nuevo rito, Pablo VI dice que el nuevo Prefacio para la consagración Episcopal se toma de la tradición apostólica de Hipólito (un documento que discutiremos en la sección V), que sigue siendo utilizado "en gran parte" por las consagraciones episcopales de dos ritos católicos orientales en particular: el copto y el sirio occidental.

Y de hecho, sobre esta base, el padre Pierre-Marie argumentó: "La utilización del formulario que está en uso en dos de los ritos orientales claramente válidos aseguran su validez 21.

¿Pero es la afirmación fáctica realmente cierta? ¿Está la forma de Pablo VI de hecho en uso en dos ritos orientales?

Todo lo que uno necesita hacer es (1) determinar de que libros de teología se tomaron esas oraciones de consagración del rito oriental que se consideró como las formas sacramentales, (2) buscar esos textos, y (3) compararlos con la forma de Pablo VI.

Dos puntos generales emergen inmediatamente para derrotar el argumento del rito oriental:

(1) La forma sacramental que prescribió Pablo VI para conferir el episcopado consiste en solo una sentencia. Las formas del rito oriental, sin embargo, consisten en una oración completa, o incluso una serie de oraciones, varios cientos de palabras largas.

Entonces, a primera vista, la forma de Pablo VI, de solo 42 palabras largas en latín: no se pueden describir como una forma "En uso en dos ritos orientales ciertamente válidos".

(2) Ni siquiera se podría afirmar que todo el Prefacio de la consagración episcopal de Pablo VI (212 palabras de largo en latín) es de alguna manera una forma "en uso en dos Ritos orientales ciertamente válidos". El prefacio sí contiene algunas frases encontradas en formas del rito oriental, pero hay omisiones y variaciones significativas. Todavía no es idéntico a cualquiera de ellos.

Entonces, en ambos sentidos, la nueva forma no puede estar entre lo "aceptado y usado por la Iglesia" como forma sacramental para las órdenes sagradas.

Aquí hay algunos de los detalles.

A. ¿Forma de rito copto?

Este grupo desciende de monofisitas herejes (= Cristo tiene una sola naturaleza), que, después del Consejo de Calcedonia (451) entró en cisma, liderado por el patriarca de Alejandría, (Egipto) y luego entró en un largo descenso. (Ver el Apéndice.)

Ceremonia coptos Oriente
En el siglo XIX, suficientes coptos habían renunciado a sus errores y se sometieron a la Santa Sede para organizarlos en su propio Rito.

En 1898 su Sínodo decretó que, para los tres órdenes principales en el Rito Copto, "la forma es la real oración 
que el obispo que ordena recita mientras impone las manos sobre el ordenado. 22  En el siglo XIX, el teólogo dogmático Heinrich Denzinger, mejor conocido por su Enchiridion Symbolorum, una colección de ritos dogmaticos, también publicó una colección de textos litúrgicos del rito oriental, el Ritus Orientalium. En su larga introducción a este trabajo, Denzinger especifica aún más que la forma sacramental para la consagración episcopal en el Rito Copto "es la oración Qui es, Dominator, Deus omnipotens, que en el ritual mismo se llama [imposición de manos] oración" 23.

Tenga en cuenta lo siguiente:

(1) Esta oración es un prefacio de unas 340 palabras de largo en una versión latina 24. La forma de Pablo VI tiene 42 palabras de largo. Las dos formas, por lo tanto, no pueden ser igualadas.

(2) Esta larga forma copta menciona tres poderes sacramentales específicos considerados apropiados solo para el orden del obispo: "proporcionar de acuerdo con su mandamiento para el sacerdocio... para hacer nuevas casas de oración y consagrar altares" 25.

Aunque el Prefacio de Pablo VI que rodea al nuevo formulario contiene muchas frases encontradas en el formulario copto (incluido el "espíritu de gobierno", que discutiremos a continuación), faltan estas frases.

Esta omisión es particularmente significativa, porque la disputa sobre la validez del formulario de Pablo VI gira en torno a si expresa adecuadamente el poder del Orden conferido, es decir, el episcopado.

B. ¿Forma de rito maronita?

En el siglo V, algunos sirios fueron herejes monofisitas, y (como los coptos) entraron en cisma después del Concilio de Calcedonia. Estos también son conocidos como "jacobitas", después de Jacobo Baradai, quien fue clandestinamente consagrado obispo en el siglo VI y organizó su movimiento. Otros sirios occidentales que se opusieron a los monofisitas eran los llamados maronitas. La mayoría de los maronitas finalmente se establecieron en el Líbano y fueron conocidos por su profunda devoción a la Santa Sede. Los maronitas adoptaron algunos elementos externos del Rito Romano (vestimentas, estilo de altar, etc.) pero continuaron por el contrario, siguiendo el Rito de Antioquía. Según Denzinger, la forma episcopal en el Rito Maronita consiste en las oraciones:

Rito Maronita

"Deus qui universam Ecclesiam tuam per istos pontifices inmanus impositione exornas, etc., Deus deorum et Dominusdominante" 26.

Comparando esto con la forma de Pablo VI se revela lo siguiente:

(1) La forma maronita es un prefacio al menos 370 palabras largas, intercaladas con imposiciones de la mano del obispo en la cabeza del candidato. Reza para que el candidato reciba el "sublime orden episcopal", con oraciones posteriores que le rogaban dos veces a Dios para que “Perfeccione” su gracia y ministerio sacerdotal 27. Esta forma no tiene nada en común con la forma de Pablo VI.

(2) En la siguiente página del Rito Maronita para la Consagración episcopal, hay una oración que tiene algo en común con la forma de Pablo VI (por ejemplo, "gobierno espiritual") y Prefacio ("enlaces sueltos") pero, incluso aunque ocurre en la ceremonia, esta no es la Forma sacramental maronita 28.

(3) La oración maronita que más se parece a la forma de Pablo VI y a la creación del Prefacio del Consenso Episcopal se encuentra en el Rito para la Consagración de un patriarca maronita 29. Y de hecho el padre Pierre-Marie reproduce gran parte del texto para dar argumentos para la validez del nuevo rito.

Sin embargo, esta oración no es una forma sacramental para conferir el episcopado. Es simplemente una oración, porque el patriarca maronita ya es un obispo cuando es nombrado.

C. ¿Forma de rito sirio?

Desde los siglos XVII al XIX, varios obispos Jacobitas sirios, incluso un patriarca de Antioquía, abjuraron de sus errores y se sometieron a la Santa Sede. En el siglo XIX, el Papa estableció un rito sirio católico para el Patriarcado de Antioquía con sede en Beiruit (Líbano). (A mediados del siglo XX, muchos católicos sirios  vivían en Irak).

Los sirios, como los maronitas, siguen el Rito antioqueño, pero hay algunas diferencias.

La forma de consagración episcopal en el rito sirio, según Denzinger, consiste en las mismas oraciones usadas por los maronitas, u otra: "Deus, qui omnia per potentiam tuam", 30 recitado después que el patriarca impone su mano derecha sobre la cabeza del ordenado.

Una vez más, comparamos esto con la forma de Pablo VI:

(1) La forma siria tiene aproximadamente 230 palabras, 31 contra 42 palabras en la forma de Pablo VI. De nuevo, no es lo mismo.

(2) Con mayor detalle que la forma copta, la forma siria enumera poderes sacramentales específicos considerados apropiados para la ordenación del obispo: que él "Crea sacerdotes, unge diáconos, consagra altares e iglesias, bendice casas, invoca vocaciones de trabajo eclesiástico" 32

Y una vez más, a pesar de que la forma de Pablo VI y el prefacio contienen algunas frases presentes en la forma siria (por ejemplo, "gobernando ... Espíritu", alimentación "[el rebaño],"Enlaces sueltos"), las expresiones anteriores están ausentes.

(3) En el rito sirio como en el rito maronita, la oración que se parece más a la forma de Pablo VI y el Prefacio es la que se usa para "consagrar" un Patriarca 33.

Una vez más, no es una oración sacramental para consagrar a un obispo, y esto queda claro por lo siguiente:

• El libro litúrgico sirio prescribe el mismo orden de servicio y oraciones para consagrar a un obispo y para consagrar a un Patriarca, con solo un cambio en el texto. Para la consagración de un Patriarca, el obispo presidente omite la oración designada como la forma de consagración episcopal (la oración Deus,qui omnia per potentiam tuam), y sustituye "la Oración de Clemente", 34 el texto que se asemeja al Prefacio de Pablo VI.

• Se usan dos términos diferentes en el rito sirio para distinguir el rito sacramental para la consagración de un obispo con el rito no sacramental para la consagración de un patriarca. El primer rito se llama "imposición de manos", mientras que el segundo se menciona con un término que significa "confiar o investir a alguien con un deber" 35.

Un liturgista sirio explica: "En el primer caso [consagración episcopal], el ordenando recibe un carisma diferente del que ya posee... En el segundo, el Patriarca no recibe un carisma diferente del que recibió en el momento en que fue hecho obispo" 36.

D. No es una forma oriental.

Comenzamos esta sección con una pregunta: ¿Era la nueva forma empleada en un rito católico oriental como la forma sacramental de conferir el episcopado?

La respuesta es no, porque:

La Forma de Pablo VI no es idéntica a las de esta forma de Ritos.

• En particular, las largas formas del rito oriental mencionan perfeccionar el sacerdocio o poderes sacramentales propios de un obispo (ordenar sacerdotes, etc.). La forma de Pablo VI no.

• En los ritos maronitas y sirios, la oración que se parece más a la preferencia de consagración de Pablo VI no es la forma sacramental para conferir el episcopado, es una oración no sacramental para instalar un Patriarca, que generalmente ya es obispo cuando es fijado.

Entonces, uno no puede argumentar que la forma de Pablo VI es válida porque se usa como forma sacramental "en dos Ritos orientales claramente válidos" porque no están entre las palabras “aceptadas y utilizadas por la Iglesia en ese sentido", y no hay garantía de validez sobre esta base.


V. ¿Otra forma aprobada?

Pregunta: ¿Se empleó la nueva forma como sacramento para conferir el episcopado en algún otro rito en el pasado que gozó al menos de la aprobación tácita de la Iglesia?

Tal evidencia, aunque no es una prueba tan fuerte para validar como uso el un rito oriental católico, agregaría por lo menos algo de peso al argumento de que la nueva forma es válida. Arriba mencionamos que el Prefacio de Pablo VI para la consagración episcopal se tomó casi al pie de la letra de una antigua oración para consagrar a un obispo que aparece en la edición de 1963 de Dom Botte de The Apostolic Tradición de San Hipólito. También tiene paralelos con otros textos antiguos como las Constituciones Apostólicas y el Testamento del Señor.

El padre Pierre-Marie también empleó estos textos como evidencia para argumentar que el nuevo rito es válido.

¿Cuánta certeza podemos tener que (1) estos eran los mismos textos para  formas sacramentales reales utilizadas para conferir el episcopado y (2) recibieron al menos aprobación tácita de la Iglesia como tal, que incluso en un sentido amplio fueron "aceptados y utilizados por la Iglesia en ese sentido?

Por desgracia, si por "certeza" nos referimos a la teología moral católica, para conferir o recibir un sacramento válido, nuestra respuesta debe ser: Ninguna, en absoluto. Porque inmediatamente descendemos al desconcertante mundo de debates académicos sobre la autoría, el origen, datación, reconstrucción y descifrado de 1700 años de Textos antiguos.

A. ¿Tradición apostólica de Hipólito?

Estos son algunos de los problemas preliminares que descubrir:

(1) ¿ Identidad del autor? El jesuita experto en liturgias del Oriente, Jean-Michel Hanssens, dedica casi cien páginas para tratar de identificar a Hipólito:¿Era el mismo Hipólito asociado con la Pascua? ¿Era una tabla de cómputo? ¿Era el representado por una estatua? ¿Era el que tiene fama de ser romano nativo? ¡O el egipcio? ¿Era el consejero del papa? ¿O el anti-papa? ¿El sacerdote Hipólito? ¿O un obispo? ¿O un mártir? ¿O uno de los varios santos en el martirologio? 37. Lo mejor que podemos manejar es una conjetura académica.

(2) ¿Origen? ¿Desde dónde viene la tradición apostólica? Algunos dicen que de Roma; otros dicen de Alejandría, Egipto. Más conjeturas.

(3) ¿Edad? ¿Qué edad tiene? "Por lo general" estaría fechado alrededor 215 DC, pero "la sección que trata sobre la ordenación puede que haya sido retocada por manos del siglo IV para ponerlo en línea con la doctrina y las prácticas actuales". 38.

Nota: "retocada". Más conjetura académica es necesaria para decirnos qué parte del documento fue retocada.

(4) ¿Autoridad del manuscrito? ¿Cuanta confianza podemos poner en los originales? Bueno, ni siquiera los tenemos. “El original griego del documento no ha sobrevivido, excepto en la forma de algunos fragmentos aislados. Tiene que ser reconstruido a partir de un traductor latino existente y de versiones posteriores coptas, árabes y etíopes, así como por el uso que los compiladores hacen de órdenes posteriores de la Iglesia, lo que aumenta la dificultad de determinar exactamente lo que escribió el autor39.

De ahí el subtítulo de la edición de 1963 de Dom Botte: "Un intento de reconstrucción" 40. Al menos media docena de otros eruditos (Connolly, Dix, Easton, Elfers, Lorentz, Hans-sens) han hecho intentos similares.

La reconstrucción, dijo Dom Botte, puede "traernos volver solo a un arquetipo, y no al original" 41. Entonces, solo tenemos más conjeturas, pero esto no nos lleva a el original.

(5) ¿Uso litúrgico? ¿El texto refleja con precisión ¿Uso actual?

"No es fácil distinguir lo que representa un verdadero uso desde el ideal", 42 dijo Dom Botte en 1963. Las oraciones que contiene la tradición apostólica se dieron como "Modelos, y no como fórmulas fijas"43. Y finalmente, dijo Dom Botte, en la Tradición Apostólica de Hipólito, "Su origen, ya sea romano o [Egipcio] no es realmente importante aquí. Incluso si es un Documento romano, no debe verse como la liturgia del hombre del siglo III, una época en que la liturgia dejó mucho espacio para que un celebrante improvise" 44. Y así, múltiples volúmenes de trabajos académicos producen un modelo para una oración de consagración episcopal que no necesariamente fue seguido palabra por palabra de todos modos. Esto no construye exactamente nuestra confianza.

B. Constituciones apostólicas?

Un título impresionante, para estar seguro. Sin embargo, es “una revisión compuesta” de tres órdenes anteriores de la Iglesia.

Las Constituciones parecen haberse originado en Siria, y generalmente se cree que son el trabajo de un Arriano [hereje] que en cierta medida estaba componiendo una idealización idiosincrásica imponiendo exactamente la práctica litúrgica con la que estaba familiarizado 45.

¿Un compuesto soñado por un hereje?

C. Testamento de Nuestro Señor?

¡Un título aún más impresionante! Por desgracia, "probablemente"data del siglo V y “parece” haber sido compuesto en Siria. Además, "aunque originalmente estaba escrito en griego, sólo existe en versiones siria, árabe y etíope.

Al igual que las Constituciones Apostólicas, es dudoso hasta qué punto representa la práctica histórica real" 46. ¿Práctica histórica dudosa?

D. Sin prueba de uso aprobado

La pregunta que comenzó esta sección fue: ¿Es la nueva forma empleada, la forma sacramental para conferir el episcopado en algún otro rito en el pasado que disfrutó de menos aprobación tácita en la Iglesia? 

Nuestra respuesta: no tenemos absolutamente ninguna idea, porque:

• No tenemos textos originales definitivos.

• Tenemos textos "reconstruidos" basados ​​en nada más que la autoridad de las teorías académicas sobre qué lecturas fueron correctas.

• No sabemos si estos textos fueron utilizados para consagrar obispos.

• No tenemos registro de aprobación de la Iglesia.

Entonces, uno no puede discutir sobre la base de estos textos que el formulario de Pablo VI es válido. Ninguno de ellos ha sido "Aceptado y utilizado por la Iglesia en ese sentido", entonces no hay garantía de validez sobre esa base tampoco.


VI. ¿Poder del Episcopado?

Pregunta: ¿Se forma unívocamente la nueva forma sacramental? ¿Significan los efectos sacramentales: el poder del orden (el episcopado) y la gracia del Espíritu Santo?

Estos son los criterios que Pío XII estableció para la forma sacramental. Aquí está la nueva forma de Pablo VI a la que los aplicaremos:

"Infunde ahora sobre este, tu elegido, la fuerza que de ti procede, el Espíritu de gobierno que diste a tu amado Hijo, Jesucristo, y él, a su vez, comunicó a los santos apóstoles, quienes establecieron la Iglesia como santuario tuyo en cada lugar, para gloria y alabanza incesante de tu nombre" 47.

La forma parece significar la gracia del Espíritu Santo.

¿Pero "poder de gobierno"? Los luteranos, metodistas y mormones también gobiernan. ¿Puede tal término significar con sinceridad el poder del orden conferido al sacerdocio?

La expresión Espíritu de gobierno -Spiritus Principalis en latín- está en el centro de la disputa sobre la validez del nuevo rito, porque si no significa la plenitud del sacerdocio que constituye el episcopado, el sacramento no es válido.

A. Primeras dudas sobre la validez

El lector casual, por supuesto, se verá tentado a descartar esto como un poco de fiebre tradicionalista chiflada. Pero hace 40 años, incluso antes de que el nuevo rito fuera promulgado, un miembro del grupo de estudio que creó el nuevo rito de consagración episcopal, había planteado este tema.

En una nota del 14 de Octubre de 1966, el Obispo Juan Hervás y Benet (1905-1982), ordinario de Ciudad Real (España) y un promotor del Opus Dei, escribió a un compañero miembro del grupo de estudios:

"Sería necesario establecer innegablemente que la nueva forma significa mejor y más perfectamente la acción sacramental y su efecto. Es decir, que debe establecerse en términos inequívocos que no contengan ambigüedad, y que no omita nada de los principales cargos  que son propios del orden episcopal... Se me ocurre una duda sobre las palabras 'Spiritus Principalis'; estas palabras indican adecuadamente el sacramento?" 48.

Si recibió una respuesta, no está documentado. Pero considere lo que la pregunta del obispo implicaba para cualquier persona con entrenamiento teológico serio.

¿La introducción de esta expresión en la forma expone el sacramento al riesgo de invalidez?

Después de que Pablo VI promulgó el nuevo rito para las ordenes sagradas en junio de 1968 tuvieron que traducirse a varias lenguas modernas. La expresión Spiritus principalis inmediatamente causó problemas. La primer traducción oficial al inglés lo tradujo como "espíritu excelente"; en Francés, "el Espíritu que hace jefes" o "líderes"; en Alemán,  "el espíritu de una guía".

Estas expresiones probablemente llevaron a algunos de los obispos más conservadores a temer por la sucesión apostólica, porque Roma de repente emitió dos declaraciones sobre la traducción de formas sacramentales en tres meses (octubre de 1973 y enero de 1974) 49.

La última declaración de la Congregación para la Doctrina de la Fe, además, fue reimpresa en Notitiae (la publicación oficial de la Congregación para la adoración divina), acompañado de un extraño comentario. El autor, un dominicano, específicamente mencionó la Constitución Sacramentum Ordinis de Pío XII de 1947, la "sustancia
de los sacramentos", como cada nueva fórmula sacramental "continúa significando la gracia especial conferida por el sacramento" y la necesidad de "preservar la validez de los ritos sacramentales" 50

¿Una coincidencia? En el mismo número de Notitiae, una docena de páginas después, nos encontramos con un breve artículo de Dom Bernard Botte OSB explicando el significado de -¡sorpresa! - Spiritus principalis.

Claramente, esta expresión latina tenía a mucha gente preocupada.

B. Espíritu rector = ¿Episcopado...?

La explicación de Dom Botte de Spiritus principalis fue esencialmente de la siguiente manera:

• La expresión "planteó varias dificultades" y condujo a varias traducciones.

• Ocurre en el Salmo 50:14, pero su significado allí no está necesariamente vinculado con lo que dice la expresión en la oración de consagración del tercer siglo cristiano

• "Espíritu" designa al Espíritu Santo.

• Pero, ¿qué significaba la palabra griega hegemónicos y sus principales equivalentes latinos en el vocablo cristiano del siglo III?

• Significaba esto: cada una de las tres órdenes sagradas tiene un don del Espíritu Santo, pero no es lo mismo para cada uno. Diáconos = "espíritu de celo y solicitud", Sacerdotes ="Espíritu de consejo".

• Los obispos tienen el "espíritu de autoridad".

• El obispo es el líder que debe gobernar y sumo sacerdote del santuario. Él es el gobernante de la Iglesia. Entonces la palabra hegemonicos / principalis es sub-sostenible

Spiritus principalis, por lo tanto, significa el "don de el Espíritu propio de un líder" 51.

Después de que apareció esta declaración, varios vernáculos ajustaron las traducciones y en la traducción inglés oficial se convirtió en espíritu rector.

C.… o espíritu rector = ¿Quién sabe?

Entonces, fue una explicación que sonaba muy erudita. Desafortunadamente, era falso, un caso típico del descaro de los modernistas y su doble discurso cuando son atrapados. Spiritus principalis puede significar muchas cosas, pero el "poder del orden" propio del episcopado No es uno de ellos. 

Esto queda claro después de una breve encuesta de lo que el espíritu gobernante puede significar, ya sea en su forma latina (Spiritus principalis) o su forma griega intercambiable (hegemónicos).

(1) Diccionarios. Diccionarios latinos y griegos describieron el adjetivo como "Originalmente existente, básico, primario... primero en importancia o estima, jefe... acorde con los principales hombres o príncipes" 52 y "de un líder, gobernante o guía". 53

Hay un sustantivo relacionado, hegemonía, que en general significa "autoridad, comando", y en un sentido secundario significa "regla, oficio de un superior: "episcopal... de un superior de un convento... de ahí la esfera del obispo regla, diócesis". 54

Pero incluso en este sentido, no connota el poder del orden (potestas Ordinis), solo jurisdicción (potestas jurisdicis), especialmente desde la definición, menciona un superior monástico.

(2) Salmo 50. En latín eclesiástico o griego, el primer texto generalmente citado para gobernar es el referido al rey David en Salmos 50:14, donde se usa con espíritu. La expresión se traduce al inglés como un espíritu perfecto, que comentaristas explican como "un 'generoso' o noble espíritu" 55.

A pesar de la afirmación de Dom Botte de que el significado de El Espíritu que gobierna en el Salmo no estaba relacionado con lo planteado sobre el significado dado en el siglo III en la oración para la consagración episcopal, un diccionario patrístico griego enlaza directamente ambos pasajes e incluso cita el extracto griego de Hipólito 56.

(3) Padres de la Iglesia. Ellos interpretan el gobierno del espíritu de varias maneras, al referirse al Padre, 57 el Espíritu Santo, 58 la virtud de la fortaleza, 59 un poder poderoso que fortalece contra las tentaciones, 60 etc.

(4) Un tratado dogmático. En su trabajo sobre la Trinidad, Monseñor Pohle dice que el espíritu gobernante en el salmo no significa el Espíritu Santo en sí mismo, sino nada más que un "efecto divino externo", un "espíritu sobrenatural de rectitud y autocontrol, es decir, una buena disposición" 61

(5) Un comentario de 1962 sobre Hipólito. La antigua oración para la consagración episcopal, dice Roger Beraudy, presenta al obispo como líder y alto sacerdote sucesivamente. El espíritu rector aparece en la sección de la oración que presenta al obispo como "Líder de la Iglesia", y Beraudy lo identifica como presentando "el obispo como sumo sacerdote" 62.

(6) Ceremonias no sacramentales. El Rito copto, aparte de su oración sacramental para la consagración episcopal, también emplea la expresión Espíritu gobernante en dos 
ceremonias no sacramentales.


a. En la Iglesia copta, como en la Iglesia católica, un abad no es un obispo, sino un simple sacerdote quien es el jefe de un monasterio. Cuando un abad copto (hegoumenos) está instalado, el obispo impone su mano en la cabeza del sacerdote y dice una oración para que Dios otorgue al sacerdote "un espíritu gobernante de mansedumbre, amor, paciencia y gracia" 63.

b. Para la promoción de un obispo copto al rango de arzobispo (metropolitano), en el que se reza que Dios pidiendo que derrame su Espíritu gobernante, "el conocimiento que es tuyo, que ha recibido en tu santa Iglesia" 64.

(7) Otro experto. Y en 1969 encontramos a menos un experto que dijo que omitiendo la expresión 'gobierna el espíritu' ni siquiera necesariamente alteraría la validez del rito: "Si uno omitiera inadvertidamente la palabra espíritu  tum principalem, no veo que cambiaría eso"
¿El experto? Dom Bernard Botte 65.

(8) ¿Quien sabe? Nuestra breve encuesta entonces, destapa que se necesitan una docena de probables significados para espíritu gobernador:

• Espíritu existente originalmente
• Espíritu guía
• Espíritu perfecto como el rey David
• Espíritu generoso o noble
• Dios el Padre
• Dios el Espíritu Santo
• Un efecto divino externo
• Espíritu sobrenatural de rectitud /autocontrol
• Buena disposición
• Para un abad copto: gentileza, amor, paciencia y gracia
• Para un arzobispo copto: conocimiento divino recibido a través de la iglesia
• Alguna cualidad cuya omisión no cambiaría la validez de todos modos

Ninguno de estos significados designa específicamente el episcopado en general o la plenitud de las órdenes sagradas que un obispo posee.

D. ¿Significa unívocamente el efecto?

Ahora comenzaremos a aplicar alguno de nuestros criterios de la sección I.

Pío XII en su Constitución Apostólica Sacramentum Ordinis declaró que el formulario para las ordenes sagradas debe "significar unívocamente los efectos sacramentales, es decir, el poder de la Orden y la gracia del Espíritu Santo" 66.

La nueva forma falla en los dos puntos.

(1) No unívoco. La expresión espíritu gobernador no es unívoca, es decir, no es un término que significa solo una cosa, como requería Pío XII. Por el contrario, como demostramos anteriormente, la expresión es ambigua y capaz de significar muchas cosas y personas.

Nosotros, entre sus diversos significados, encontramos uno connotando el Espíritu Santo, pero no en un sentido exclusivamente limitado a los obispos. Abades, coptos, el rey David y los líderes virtuosos pueden todos recibir este espíritu rector.

(2) Sin poder de orden. Entre estos muchos significados diferentes, sin embargo, no encontramos el poder de orden (potestas Ordinis) del episcopado. La expresión espíritu de gobierno ni siquiera equívocamente tiene en cuenta el sacramento de las órdenes sagradas en ningún sentido.

Aún menos implica lo que que aconsejó Pío XII a los teólogos  sobre la forma sacramental para conferir el episcopado, que debe expresar la "plenitud del sacerdocio de Cristo en el oficio episcopal y el orden" o la "plenitud o totalidad" del ministerio sacerdotal" 68.

Uno de los elementos constitutivos de una forma capaz de conferir la orden, por lo tanto, está ausente.

Entonces, tenemos una respuesta a la pregunta con la cual comenzamos esta sección: ¿La nueva forma sacramental significa unívocamente el efectos sacramentales: el poder del orden (el episcopado) y la gracia del Espíritu Santo?

La respuesta es no.


VII. ¿Cambio sustancial?

Pregunta: ¿Es este un cambio sustancial en el sacramento para conferir la Orden del episcopado?

Un cambio sustancial, como vimos en la sección I, ocurre en la forma sacramental "cuando el significado de la forma en sí está dañada", si las palabras "tienen algo que significa diferente de lo previsto por la Iglesia " 69 ya no "expresa el significado intencional o deseado por Cristo completamente y enteramente" 70.

Para las órdenes sagradas, Pío XII nos dijo exactamente qué elementos debería expresar una forma sacramental: la gracia del Espíritu Santo y el poder de la Orden siendo conferido.

El término Espíritu rector en la nueva forma de consagración episcopal promulgada por Pablo VI puede expresar el primero de esos elementos, el Espíritu Santo. De hecho, el pronombre comienza la cláusula que lo sigue- "a quién [quem] le diste..." - indica claramente que se supone que se refiere al Espíritu Santo.

Esa misma expresión, que gobierna el Espíritu, sin embargo, no expresa ni puede expresar el otro elemento requerido- el poder de la Orden conferida. Esa noción falta por completo en la nueva forma sacramental, que ya no significa adecuadamente lo que se supone planteado para llevar a cabo la plenitud del sacerdocio que constituye el orden episcopal.

Entonces, nuestra pregunta fue: ¿Es este un cambio sustancial en la forma sacramental para conferir la Orden del episcopado? 

La respuesta es sí.

VIII Un sacramento inválido

Pregunta: ¿Cómo este cambio sustancial de significado en la forma afecta la validez del sacramento?
Un cambio sustancial en el significado de un sacramento, como hemos visto en la sección I, representa un Sacramento no válido. Esto nos lleva inexorablemente a nuestra conclusión: Una consagración episcopal con la forma promulgada por Pablo VI en 1968 es inválida.

Procedemos a dos objeciones.



IX. Salvado por el contexto?

Objeción: incluso si la parte esencial del sacramento estaba insuficientemente determinada, sin embargo, sería adecuadamente especificada por la frase "conceder... que él muestra hacia ti un sumo sacerdocio sin culpa" 71 que ocurre luego en el contexto.


El padre Pierre-Marie planteó brevemente esta objeción. 72 pero uno podría hacer tal argumento sólo si:

(1) La nueva forma sacramental contenía ambos elementos requeridos por Pío XII (la gracia del Santo Espíritu y el poder de la Orden), y

(2) El formulario significaba uno de esos elementos equívocamente en lugar de unívocamente.

Entonces, al menos, se podría argumentar que la forma de hecho contenía el elemento que Pío XII requería y que el contexto lo especificó adecuadamente.

Sin embargo:

A. ¿Certitud ... u opinión?

No importa cuán convincentemente formulado, tal argumento nunca podría producir certeza moral de que la nueva forma sacramental era válida. El pesado contraargumento siempre sería que Pío XII requirió que la forma sea unívoca y punto.

No está permitido en la administración y recepción de los sacramentos el seguir una mera opinión sobre una probable validez. Hacerlo es un pecado mortal contra la religión, la caridad y (para el ministro) contra la justicia 73.

Además, esto mantendría todo lo verdadero en la administración de las órdenes sagradas, debido al daño irreparable que derivaría de consagraciones ilegítimas: Misas inválidas, absoluciones y Últimos ritos: todo sería inválido. 

Por lo tanto, no se puede conferir ni recibir Órdenes basado en una opinión de que el nuevo rito de consagración episcopal es válido, ni se puede ordenar a sacerdotes basado en tal opinión.

-B. Un contraargumento 

Y el argumento del contexto, en cualquier caso, corta ambos sentidos.

Otras reconstrucciones de la oración de consagración episcopal en la tradición apostólica de Hipólito contiene una petición a Dios para que el obispo adquiera "el poder para conferir órdenes" 74.

El prefacio de consagración de Pablo VI pide que reciba el poder de "distribuir regalos (o cargos) de acuerdo a tu orden" 75. La traducción al inglés oficial lo traduce como "asignar ministerios como has decretado".

Un obispo mormón con su propio espíritu rector puede asignar ministerios, e incluso Santa Claus puede distribuir regalos.

La noción de conferir órdenes sagradas: poder distintivo que caracteriza la plenitud del sacerdocio, ha sido eliminado del nuevo Prefacio.

Que la omisión fue deliberada está claro por la Forma de rito copto para la consagración episcopal que Dom Botte consultó para reconstruir el texto de Hipólito. Además especifica después de la frase anterior que el obispo está para  proporcionar clero "para el sacerdocio... para hacer nuevas casas de oración y para consagrar altares" 76.

La eliminación del poder para ordenar de la forma Anglicana  se encontraba entre las razones aducidas por Leon XIII para declarar las órdenes Anglicanas inválidas, "porque entre los primeros deberes del episcopado está el de ordenar ministros para la Santa Eucaristía y el sacrificio 77.


C. No solo equívoco, sino IDO

Sin embargo, uno no puede ni siquiera presentar el argumento del contexto a favor de la validez, porque la nueva forma ni siquiera significa equívocamente uno de los elementos que Pío XII dijo que la forma sacramental debe contener - el poder de la orden que se confiere.


Falta ese elemento, por lo que no hay nada en el contexto para determinar o especificar. Intentar hacerlo es un esfuerzo inútil. Si recito todas las oraciones y realizo todas las ceremonias que el Rituale Romanum prescribe para un bautismo, sin embargo, Dios no lo quiera, omito la palabra "bautizar"cuando vierto el agua sobre la cabeza de un bebé, el sacramento es inválido. Todas las oraciones en el contexto circundante: no importa cuánto hablen sobre el bautismo, la limpieza y la vida de gracia - no puede hacer que el formulario sea válido. Falta un elemento esencial en la forma, por lo que no hay nada, ni siquiera un término equívoco- para que el contexto de alguna manera se vuelva específico.

Así también aquí. El poder del orden se ha ido de la forma y el contexto no puede traerlo de vuelta.Todo lo que queda es el espíritu gobernante, que puede recuperar para el Espíritu Santo, o uno de sus efectos, o el Padre o el conocimiento, o virtudes coptas como abad.



X. ¿Aprobado por el papa?

Objeción: incluso si la forma sacramental esencial no significa unívocamente uno de los efectos sacramentales (el poder de la Orden del episcopado), la aprobación del Papa garantizaría que el formulario fuera válido.

Este es el último y más débil argumento de validez, no sólo porque supone que la declaración autorizada no necesita teología coherente para su justificación, 78 pero también porque atribuye erróneamente al papa un poder que no posee.

A. ¿No hay poder para cambiar?

Al comienzo de Sacramentum Ordinis, Pío XII, reiterando la enseñanza del Concilio de Trento, declara:"La Iglesia no tiene poder sobre la sustancia de los Sacramentos, es decir, sobre aquellas cosas que, como es probado de las fuentes de la revelación divina, Cristo el Señor, estableció para ser guardadas como señales sacramentales" 79.

En cuanto a las órdenes sagradas, "la Iglesia posee sin poder sobre el significado de la forma, porque pertenece a la sustancia del sacramento instituido por Cristo".
80 

Cristo mismo prescribió eso para las Santas Órdenes a la Iglesia usar signos y palabras "capaces de expresar... el poder del orden" 81. La nueva forma de consagración 

episcopal no expresa este poder, incluso equívocamente. Por lo tanto cambia la sustancia de un sacramento según lo establecido por Cristo. Ningún papa tiene el poder de rendir una forma válida.

B. ¿O un cambio no significa poder?

Si la fe nos dice que la Iglesia no tiene poder para cambiar la sustancia de un sacramento, y concluimos que Pablo VI ha cambiado de hecho la sustancia de un sacramento -haciéndolo inválido en el proceso- podemos llegar a una conclusión: no era un verdadero papa.

El rito inválido de la consagración episcopal promulgado por Pablo VI, entonces, es solo una prueba más que confirma la deserción de la fe y la resultante pérdida de autoridad por parte de los papas del Vaticano II.

Que el hombre que ocupa la sede de Roma no sea un verdadero obispo, además, debería ser una prueba suficiente de que tampoco es un verdadero papa.

XI Resumen

Hemos cubierto una gran cantidad de material en las secciones anteriores, por lo que ahora ofreceremos un resumen al impresionado lector.

A. Principios generales

(1) Cada sacramento tiene una forma (fórmula esencial) y eso produce su efecto sacramental. Cuando un cambio sustancial de significado se introduce en la forma  sacramental a través de la corrupción u omisión de elementos esenciales en las palabras, el sacramento se vuelve inválido (= no "Trabaja" o produce el efecto sacramental).

(2) Formas sacramentales aprobadas para su uso en Oriente

Los ritos de la Iglesia Católica a veces son diferentes en la redacción de las formas del rito latino. Sin embargo, son lo mismo en sustancia, y son válidos.

(3) Pío XII declaró que la forma de las órdenes sagradas (para el diaconado, el sacerdocio y el episcopado) deben ser unívocas (= inequívocas) para el efecto sacramental: el poder del orden y la gracia del Espíritu Santo.

(4) Para conferir el episcopado, Pío XII designó como forma sacramental una oración del Rito tradicional de consagración episcopal que es inequívoco y expresa claramente el poder de la orden que un obispo recibe y la gracia del Espíritu Santo.

B. Solicitud a la nueva forma

(1) ¿La nueva forma de consagración episcopal que Pablo VI ha promulgado no parece especificar el poder de la orden supuestamente conferida? Para responder a esta pregunta,  aplicaremos los principios anteriores


(2) La forma corta de Pablo VI para la consagración episcopal no es idéntica a las largas formas del rito oriental, y a diferencia de ella, no menciona el poder sacramental propio de un obispo (por ejemplo, ordenando). Las Oraciones del rito oriental y el Prefacio de consagración de Pablo VI son oraciones no sacramentales para las instalación de los Patriarcas maronitas y sirios, que ya son obispos cuando son designados. En resumen, uno no puede argumentar que la forma de Pablo VI está "en uso en dos ritos orientales ciertamente válidos” y por lo tanto, no es válida.

(3) Varios textos antiguos (Tradición Apostólica de Hipólito, el Testamento de Nuestro Señor) comparten algunos elementos comunes con la consagración de Pablo VI. El prefacio ha sido "reconstruido", es de dudosa procedencia, puede no representar el uso litúrgico real, etc. No hay evidencia de que fueran "aceptados y utilizados por la Iglesia como tal". Por lo tanto, no proporcionan evidencia confiable para apoyar la validez de la forma de Pablo VI.

(4) El problema clave en la nueva forma gira alrededor del término Espíritu rector (Spiritus principalis en Latín). Antes y después de la promulgación del Rito de consagración episcopal de 1968, el significado de esta expresión provocó preocupaciones sobre si era suficiente significado para el sacramento.

(5) Dom Bernard Botte, el creador principal del nuevo rito, sostuvo que, en el siglo III de la era cristiana, El espíritu rector connotaba el episcopado, porque los obispos tienen "el espíritu de autoridad" como "gobernantes de la Iglesia". Spiritus principalis significa "el don de un espíritu propio de un líder".

(6) Esta explicación es falsa. Referencia a diccionarios, un comentario bíblico, los Padres de la Iglesia y un tratado dogmático sobre la ceremonia del rito oriental de investidura no sacramental, revelándonos una docena de diferentes y a veces contra-significados de dicción. El Espíritu que gobierna no específicamente significa el episcopado en general o la plenitud de las órdenes sagradas que posee el obispo.

(7) Antes de que surgiera la controversia sobre ello, Dom Botte incluso dijo que no veía cómo omitir la expresión gobierna el Espíritu cambiaría la validez del rito de consagración.

(8) La nueva forma no cumple con los dos criterios para la forma de consagración de las órdenes sagradas establecida por Pío XII.

(a) Porque el término Espíritu gobernante puede significar muchas cosas y personas diferentes, no es unívoco en lo que claramente significa el efecto sacramental.

(b) Carece de cualquier término que connote el poder del Orden que un obispo posee: la "plenitud del sacerdocio de Cristo en el oficio episcopal y el orden" o "la plenitud o totalidad del ministerio sacerdotal".

(9) Por estas razones, la nueva forma constituye un cambio sustancial en el significado de la forma sacramental para conferir el episcopado.

(10) Un cambio sustancial en el significado de la forma fundamental, como ya hemos demostrado, representa un sacramento inválido.

C. Conclusión: un sacramento inválido 

En consecuencia, por todas las razones anteriores, una consagración episcopal conferida con la forma promulgada por Pablo VI en 1968 no es válida.

Cuando era seminarista en el Medio Oeste durante fines de la década de 1960 y principios de 1970, escuché a varios modernistas descartar la comprensión tradicional de la sucesión apostólica como "teología de la tubería", mito no bíblico y burlarse de la noción de formas sacramentales como "palabras mágicas" y "mumbo-jumbo" (En inglés 'mumbo jumbo' es una expresión para referirse a un lenguaje absurdo o incomprensible. La frase se usa a menudo como crítica a formas de expresarse confusas, complicadas o supersticiosas)

Durante esa misma era posterior al modernista Vaticano II, los "expertos" litúrgicos trabajaron duro para diseñar el nuevo rito de consagración episcopal. Habiendo leído ahora gran parte de lo que escribieron, lleno de cosas falsas y afirmaciones sobre un "retorno a las fuentes", su doble discurso astuto, el desprecio por la teología sacramental escolástica y el hedor de la arrogancia que surge de cada página, no tengo ninguna duda en creer que estos hombres se propusieron producir un rito que destruiría el éxito apostólico como se entendía tradicionalmente. 82

Como hemos visto, han tenido demasiado éxito. La erradicación de la sucesión apostólica sacramental es su pequeña "burla" para la Iglesia.

Por lo tanto, los modernistas necesitan seguir burlándose de la "tubería". La cortaron en 1968. Los obispos consagrados con este nuevo rito no poseen el poder sacramental de los verdaderos obispos, y no pueden consagrar válidamente otros obispos u ordenar verdaderos sacerdotes.


Los sacerdotes que derivan su ordenación de tales obispos no pueden, a su vez, validar la Eucaristía en la misa, perdonar los pecados o ungir a los moribundos. Esto es un pecado contra las virtudes de la religión, la justicia y la caridad. Los sacerdotes que de buena fe reciben órdenes inválidas son privados del carácter sacerdotal y los laicos quienes reciben sacramentos inválidos en sus manos son privados de la gracia.

Sería bastante malo si este fenómeno de los sacramentos válidos se limitaría exclusivamente a parroquias y el clero que abraza completamente los cambios del Vaticano II, pero esto también se ha extendido a círculos donde se celebra la Misa  Tradicional.

Desde 1984 a través de un"Indulto" han surgido misas en latín en todas partes, ofrecidas por sacerdotes ordenados por obispos consagrados con el nuevo rito. Estas misas son todas inválidas, pero muchos católicos inocentes que no tienen conocimiento sobre estos temas participan, adoran y reciben solo pan...

Aún más peligrosos son los diversos clérigos y institutos religiosos que ahora ofrecen la Misa en latín tradicional con total aprobación y reconocimiento de la jerarquía modernista. Algunos de ellos son la Fraternidad San Pedro, el Instituto Cristo Rey, la Administración Apostólica de San Juan Vianney y otras Órdenes.

Mientras dan la impresión de mantener espléndidamente el catolicismo integral, los miembros de estas instituciones deben adherirse totalmente a los errores del Vaticano II y deben cooperar con los obispos diocesanos modernistas y el clero.

Los jóvenes atraídos por las glorias del catolicismo y los ideales del sacerdocio entran en estos seminarios y monasterios para ser ordenados un día en su totalidad con la ceremonia tradicional pre-Vaticano II.

Pero, después de haber ingresado como laicos al seminario años antes, saldrán de esa ceremonia de ordenación presidida por un obispo que los ordenará, no poseídos con la plenitud del sacerdocio, sino con el vacío del Espíritu rector.

Y en cuanto a los superiores de la SSPX, su intento de comprar una 'capilla lateral' en el mundo de Ratzinger, defendiendo su episcopado falso, traicionan al clero, a los fieles y al fundador de la sociedad.

Porque a pesar de las incoherencias de la Sociedad y las peligrosas enseñanzas sobre el papa y el magisterio ordinario y universal, uno podría al menos tener un poco de consuelo si representarían la validez de los sacramentos.

Si la nueva línea enunciada en el artículo del padre Pierre-Marie prevalece, esa validez se ha ido. Y debería producirse una "reconciliación". Entonces solo será cuestión de tiempo antes de que el clero falsificado comience a salir a la superficie en el apostolado de SSPX: cortesía, tal vez, de algun cardenal o incluso del "obispo" de Roma mismo, con la intención de hacer "un gesto de su buena voluntad ecuménica".


¿Quién, entonces, en las filas de SSPX tendrá el coraje para resistir? ¿Quién, entonces, tronará como el Arzobispo Lefebvre contra estos "ritos bastardos", estos "Sacerdotes bastardos", estos "sacramentos bastardos", que ya no puede dar gracia en absoluto? 83


Y los laicos tradicionalistas, traicionados por las promesas hechas a sus hijos, una vez más se preguntarán si sus sacramentos no son más que un espectáculo vacío, absolutamente y completamente nulo.

25 de marzo de 2006
15 aniversario del fallecimiento del
Arzobispo Lefebvre †



Apéndice 1

Dos notas sobre el p. Artículo de Pierre-Marie.

A. ¿Doctores consagrados inválidamente?

El padre Pierre-Marie argumenta que al atacar la validez del nuevo rito, uno también ataca explícitamente las ordenaciones y consagraciones de varios Doctores del Este de la Iglesia 84. Su suposición es que la forma de las órdenes sagradas en Alejandría y Antioquía era más o menos lo mismo que el rito de Pablo VI.

Dom Botte mismo, sin embargo, demostró que la verdadera forma antigua sacramental para conferir las órdenes sagradas en estos ritos no eran "Hipólito", sino la fórmula "Divina Gracia", todavía utilizada por el Rito Bizantino. 85

B. Tablas de comparación.

El padre Pierre-Marie presenta tres impresionantes tablas buscando textos latinos paralelos. Con esto, el tiene la intención de demostrar que el nuevo texto de Pablo VI para la consagración de los obispos es fundamentalmente lo mismo que los textos para consagración episcopal utilizada ya sea en los ritos orientales o en el Iglesia antigua, y por lo tanto, es válido. Pero las tablas de comparación y los textos seleccionados por el padre Pierre-Marie son bastante inútiles para sostener su argumento.

Su texto base para la comparación es la versión latina del Prefacio de 1968 para la consagración episcopal, compuesta, por supuesto por Dom Botte. El padre Pierre-Marie nos proporciona el siguientes textos para comparar:

(1) Tradición apostólica de Hipólito. Esto es la "reconstrucción" de Dom Botte en 1963. Su inclusión en una tabla de comparación, sin embargo, no prueba nada sobre la validez del formulario de 1968, solo que Dom Botte podría escribir el mismo texto dos veces.

(2) Las Constituciones Apostólicas. Se cree que este texto es el trabajo de un hereje arriano, es un compuesto, y puede que no represente la práctica litúrgica real. 86 No es una gran prueba de validez.

(3) Testamento de Nuestro Señor Jesucristo. Es dudoso cómo hasta ahora, esto representa una práctica histórica real. 87. De nuevo, no es una prueba de validez tampoco.

(4) Consagración del Patriarca maronita. Este texto no es la forma sacramental maronita para conferir estado episcopal sino una oración de instalación no sacramental para el Patriarca, que ya es obispo 88.

(5) Rito copto de la consagración episcopal. Aquí el padre Pierre-Marie al menos proporciona un texto basado en un formulario para la consagración episcopal que se reconoce como válida. Desafortunadamente:

(a) Tomó su traducción al latín de Denzinger Ritus Orientalium, 89 que en el caso de los textos coptos está basado en otra versión latina "llena de malas traducciones", 90 y por lo tanto "deben tratarse con precaución". 91

(b) Esta versión traduce mal una frase que especifica el poder del obispo "para proporcionar al clero de acuerdo con [Nuestro Señor] el mandamiento para el sacerdocio". 92 Dom Botte utiliza esta borrosa frase en su reconstrucción de 1963 de Hipólito como "distribuir porciones de tributo" y en el Prefacio de la consagración episcopal de 1968 como "distribuir regalos" 93. Este cambio debería haber encendido las alarmas, porque el padre Pierre-Marie empleó una traducción poco confiable.

En suma, el padre Pierre-Marie presenta tres distintos textos antiguos (Hipólito "reconstruido" de Botte, la Constitución y el Testamento), una instalación no sacramental del rito de acción (para el patriarcado maronita) y una traducción poco confiable (Denzinger/Scholz's Latin) que omite una frase clave (en la ordenación de sacerdotes) de la forma sacramental copta. Nada de esto, obviamente, respalda la validez del nuevo rito.

Apéndice 2

Una nota sobre los coptos

Después de la conquista musulmana del siglo VII en el norte de África, los coptos entraron en un largo declive. Algunos candidatos mal educados obtuvieron el Patriarcado, 94 a veces por sobornos 95. La formación del clero secular fue nulo, 96 y los monasterios estaban un poco mejor 97.

Aquí hay algunas notas sobre la práctica sacramental de los coptos:

• Si un bebé moribundo no pudiera ser llevado a la iglesia para su bautismo, los sacerdotes simplemente lo ungirían, bendecirían y volverían a citar los exorcismos, porque la ley sacramental copta decía que cualquiera de estas ceremonias reemplaza el bautismo 98.

• En el siglo XII y XIII hubo un intento serio de abolir completamente la confesión auricular, reemplazándola por una especie de absolución general en la misa 99

• El obispo copto a cargo de Etiopía ordenaría miles de africanos al sacerdocio a la vez, algunos de ellos completamente desnudos en la ceremonia 100.

• Por la forma en que algunos sacerdotes coptos condujeron bautismos, había razones para dudar de su validez, por lo que el Santo Oficio decretó en 1885 que se debería hacer una investigación en cada caso cuando se convierte un copto 101.

Que los modernistas desecharían al venerable romano Prefacio para la consagración episcopal a favor de una liturgia texto relacionado con este decadente cismático y herético secta es una acusación eterna de su arrogancia insufrible Gance y locura.


PADRE ANTHONY CEKADA enseña teología moral sacramental, derecho canónico y liturgia en el Seminario Most Holy Trinity, Brooksville Florida. Él fue ordenado en 1977 por el arzobispo Marcel Lefebvre, y ha escrito numerosos Artículos y estudios que analizan el caso tradicionalista. Él reside cerca de CinCinnati, donde ofrece la misa tradicional en latín.

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1. El único estudio ampliamente difundido en inglés que conozco es de R. Coomaras-wamy, "El rito posconciliar de las órdenes sagradas", Estudios en Religión comparadaion 16.2-2. Rore Sanctifica: Invalidité du Rite de Consécration Épiscopale de 'Pontificalis Romani' (Ediciones Saint-Remi 2005). rore-sanctifica.org

3. Sel de la Terre 54 (otoño de 2005), 72-129.
4. H. Merkelbach, Summa Theologiae Moralis 8 ª ed (Montreal: Desclée 1949) 3:20. "Quando ipse sensus forma corrumpitur... habeat sensum diversum asensu intento ab Ecclesia".
5. M. Coronata, De Sacramentis (Turín: Marietti 1953) 1:13. "Modificatur ita ut sensus a Christo intentus seu volitus non amplius per ipsam complete et congruenter  exprimatur".
6. F. Cappello, De Sacramentis (Roma: Marietti 1951) 1:15.
7. Cappello 1:15, "forma irrita est, si nova vox ex corruptione in substantialibus inducantur".
8. Cappello 1:15, "detractione: forma irritatur, si tollantur verba exprimentia actionem sacramentalem aut subjectum".
9. E. Regatillo, Jus Sacramentarium (Santander: Sal Terrae 1949), 8. "Transmutatione, adhibitis verbis synonimis: si sint omnino synonima et usu communi recepta, forma valet".
10. Citado Cappello 1: 777.
11. Ver Merkelbach 3: 127.
12. El obispo Donald Sanborn relata lo siguiente: en una conversación de principios de 1983 con el arzobispo y el p. Schmidberger sobre la negociación SSPX / Vaticano, luego de las negociaciones, preguntó cómo podría la Sociedad aceptar ninguna solución en absoluto, ya que el arzobispo nos había dicho muchas veces que él consideraba inválido el nuevo rito de consagración episcopal. El arzobispo respondió: "Aparentemente, es válido" e hizo un gesto para el p. Schmidberger, quien luego dijo: "Es rito oriental".
13. Const. Apost. Sacramentum Ordinis (30 de noviembre de 1947), DZ 2301. ¶4.“Quibus univoce significantur effectus sacramentales - scilicet potestas Ordinis et gratia Spiritus Sancti.
14. Sacr. Ord. Dz 2301. ¶5. "Comple in Sacerdote tuo ministerii tui summam, et ornamentis totius glorificationis instructum coelestis unguenti rore sanctifica".
15. La Tradition Apostolique de Saint Hippolyte: Essai de Reconstitution , 2ª ed. (Munster: Aschendorff, 1963).
16. B. Botte, "L'Ordination de l'Évêque", Maison-Dieu 97 (1969), 119-20.
17. B. Botte, From silence to participation: An insider's view of liturgical renewal (Washington: Pastoral 1988), 135.
18Apostolic Constitution Pontificalis Romani (18 de junio de 1968), AAS 60 (1968), 369-73.
19. ICEL translation. "Et nunc effunde super hunc Electum eam virtutem,quae a te est, Spiritum principalem, quem dedisti dilecto Filio Tuo Jesu Christo, quem Ipse donavit sanctis Apostolis, qui constituerunt Ecclesiam per singula loca, ut sanctuarium tuum, in gloriam et laudem indeficientem nominis tui.
20. Sacr. Ord. , DZ 2301, ¶4: “quaequae ab Ecclesia qua talia accipiuntur etusurpantur".
21. "Why the New Rite..." (enero de 2005), 10.
22. Citado Cappello 4: 732. "En collatione trium ordinum majorum ... forma est ipsa oratio quam ordinans recitat, dum manus ordinando imponit".
23. H. Denziger, Ritus Orientalium, Coptorum, Syrorum et Armenorum (Würzburg: Stahel 1863), en adelante "RO", 1:140. "Apud Coptitias est oratio illa, Qui es, Dominator, Deus omnipotens, quae in ipso rituale eorum dicitur oratio cheirotonías".
24. Ver RO 2: 23-24. Está dividido en dos secciones. De acuerdo con la rúbrica en la nota al pie de la página, el obispo consagrador continúa sosteniendo su mano impuesta durante la parte posterior a la interjección del archidiácono.
25. Traducción en OHE KHS-Burmester, Ritos de ordenación de la Iglesia copta (El Cairo: 1985), 110-1. RO 2:24 representa la frase "proporcionar clero... sacerdocio" en latín como: "constitutendi cleros (klêros Arabes: Clericos) secundum mandatum ejus ad sanctuarium", dando "in ordine sacerdotali "en una nota al pie.
26. RO 1: 141. "Apud Syros, Maronitas et Jacobitas, forma episcopatus ex Assemano est in illis duabus orationibus vel in eorum altera: Deus, qui universam Ecclesiam tuam per istos pontifices in manus impositione exornas, etc., Deus deorum et Dominus dominantium, quae apud utrosque sequuntur, postquam episcopus manum impositam tenens dixerit: Etiam, [sic] DomineDeus, etc. El texto que Denzinger da para la oración en RO 2: 195 en realidad comienza con "Eia" en lugar de "Etiam". Los maronitas usan ambas oraciones.
27. RO 2: 195. "Recipiat sublimem episcoporum ordinem". RO 196-7: "perfice nobiscum gratiam tuam tuumque donum". "Perfice... sacerdotale ministerium".
28. RO 2: 198. "Spiritum ... Sanctum, illum principalem". “expellat omnia ligamina ".
29. RO 2: 220.
30. RO 1: 141. "In ordine autem nostro ex codice Florentino desumpto, non ocurrit nisi haec una: Deus, qui omnia per potentiam tuam.
31. RO 2:97.
32. RO 2:97. "Eo fine ut... sacerdotes constituat, diaconos ungat: consecret altaria et ecclesias: domibus benedicat: vocaciones ad opus (ecclesiasticum) faciat".
33. Para la oración instituyendo al Patriarca, ver B. DeSmet, "Le Sacre des Éveques dans l'Église Syrienne: Texte”, L'Orient Syrien 8 (1963), 202-4.
34. De Smet, 166-7. “Par le même rite de la chirotonie, c'est-à-dire, les mêmespriéres et le même office avec lesquelles le patriarche lui-même sacre les métropolites et les évêques, par ces mêmes rites ils le sacreront eux aussi... il y a,dans le sacre du patriarche, trois élements qui lui sont propre, à savoir:… 2º L'invocation du Saint-Esprit, dont il est écrit de Clément, et que nous donnerons plus loin: elle est dit uniquement sur le patriarche par les pontifes quil'établissent. (Mi énfasis. Los elementos primero y tercero son la elección y la manera de dar el báculo.) La forma de consagración episcopal y la oración de instalación aparece sucesivamente en las páginas 202-04, donde es fácil de comprender la diferencia en los contenidos.
35. G. Khouris-Sarkis, “Le Sacre des Éveques dans l'Église Syrienne: Introducciónduction”, L'Orient Syrien 8 (1963), 140-1, 156-7. "Mais le pontificale... fait une distinción entre consécration conferée aux évêques et celle qui est conféréeau patriarche… et c'est pour cela que le pontificale appelle cette consécration'syom'îdo d-Episqûfé', imposition des mains aux évêques. The word used in the title of the ceremony for the patriarch, "'Mettasºrhonûto,' est l'action de confier une charge à quelqu'un, de l'en investir".
36. Khouris-Sarkis, 140-1. “Dans la prémière, l'élu reçoit un carisme différent de celui qu'il possedait déjà ... Dans le second, le patriarche ne reçoit un charisme différent de celui qu'il a reçu au moment où il a été créé évêque ”.
37. La Liturgie d'Hippolyte: Ses Documents, Son Titutlaire, Ses Origines et Son Charactere (Roma: Instituto Oriental, 1959), 249–340.
38. P. Bradshaw, Ordination Rites of the Ancient Churches of East and West (Nueva York: Pueblo 1990), 3.
39. Bradshaw, 3–4. Mi énfasis
40. "Essai de Reconstituton".
41. La Tradition ... Essai , xxxiii-iv.
42. La Tradition ... Essai , xiv.
43. La Tradition ... Essai , xvi
44. Notas de la conferencia de Lovaina, julio de 1961, "Le Rituel d'Ordination dans la 'Tradition Apostolique' d'Hippolyte”, Boletín del Comité 36 (1962), 5.
45. Bradshaw, 4.
46. Bradshaw, 4–5.
47. Traducción de ICEL. "Et nunc effunde super hunc Electum eam virtutem,quae a te est, Spiritum principalem, quem dedisti dilecto Filio Tuo Jesu Christo, quem Ipse donavit sanctis Apostolis, qui constituerunt Ecclesiam per singula loca, ut sanctuarium tuum, in gloriam et laudem indeficientem nominis tui.
48. German Liturgical Institute (Trier), archivo Kleinheyer, B 117; citado Pierre-Marie, "Por qué el nuevo rito..." (enero de 2005), 15. Mi énfasis.
49. SC Divine Worship, Circular Letter Dum Toto Terrarum, 25 de octubre de 1973, AAS 66 (1974) 98–9; SC Doctrina de la Fe, Declaración Instauratio Liturgica, 25 de enero de 1974, AAS 66 (1974), 661. El segundo documento explicaba que cuando la Santa Sede aprueba una traducción, juzga que "expresa correctamente el significado que pretende la Iglesia", pero que también estipula que la traducción "debe entenderse de acuerdo con la mente de la Iglesia como expresado por el texto latino original". Esta afirmación es extraña. Una traduccion o transmite el significado sustancial del latín o no lo hace. Si esta última, no es válida, no importa lo que alguien "estipule", excepto Humpty Dumpty en A través del espejo: 'Cuando yo uso una palabra...' significa exactamente lo que yo quiero querer decir, ni más ni menos'.
50. B. Douroux, "Commentarium", Notitiae 10 (1974), 394-5. “Purché la nuova fórmula continui a significare la grazia speciale conferita dal sacramento".
51. B. Botte, "'Spiritus Principalis' Formule de l'Ordination Épiscopale, "Notitiae 10 (1974), 410-1. "C'est le don de l'Esprit qui convient à un chef".
52. P. Glare, Oxford Latin Dictionary (Oxford: Clarendon 1994). Del mismo modo: A. Forcellini, Léxico Totius Latinitatis (Padua: 1940); A. Souter, Glossary of later 
Latin to 600 AD (Oxford: Clarendon 1949); C. Lewis y C. Short, A New Latin Dictionary (Nueva York: 1907).
53. G. Lampe, A Patristic Greek Lexicon (Oxford: Clarendon 2000). F. Gingrich & F. Danker, Lexicon of the New Testament and Other Learly Christian Literature (Chicago: University Press 1957).
54. Lampe, 599.
55. B. Orchard ed., A Catholic Commentary on Holy Scripture (Londres: Nelson 1953). 457.
56. Lampe, 599. “Sal 50:14: cf. Hipp. trad.ap. 3.3 ";
57. Origen, In Jer Hom. 8, PG 13: 336.“Τινα τα τρια πνευµατα ταυτα; Το ηγεµονικον ο Πατηρ ".
58. Origen, Comm. In Ep. Ad Rom. 7, PG 14: 1103. "Sed in his principatum et dominationem hunc Spiritum sanctum, qui et principalis appelatur, tenere". Cirilo de Alejandría, Dubia de Trinitate 9, PG 77: 1140."Το του Θεου Πνευµα, το ευθεs, το ηγεµονικον". Basilio el Grande, Adv.Eunomium 5.3, PG 29: 753. "Το Πνευµα ... και ηγεµονικον".
59. Cirilo de Alejandría , Expl. En Salmos 50:14, PG 69: 1100-1.“Τωι ηγεµονικωι Πνευµατι, οπερ εστιν η δια του αγιου Πνευµατοs ευανδρια”.
60. Atanasio . Ep. Ad Amunem Mon. , PG 26: 1176.“Και Πνευµατι ηγεµονικωι… ισχυρα τιs παρα σου δυναµιs”.
61. J. Pohle, The Divine Trinity: A Dogmatic Treatise, 2nd ed. (San Luis: Pastor 1915), 97.
62. R. Beraudy, “Le Sacrement de l'Ordre d'après la Tradition Apostolique d'Hippolyte”, Boletín del Comité 36 (1962), 341, 342.
63. Tr. Burmester, "Ordination Rites... coptic", 97."hegemonicon pneuma". También RO 2:17. "Spiritum hegemonicum".
64. Tr. Burmester, "Ordination Rites... coptic" 118."hegemonicon pneuma. También RO 2:34. “In spiritu tuo hegemonico”. 
65. B. Botte, “L'Ordination...” 123. “mais si on ommetait par inadvertance lesmots 'spiritum principalem' je ne vois pas ce que cela changerait". Botte, un típico modernista, dedica dos páginas de este artículo a descartar el estándar salvaguardas para la validez de una consagración episcopal que había sido introducida basado en los principios de la teología moral y dogmática.
66. Sacr. Ord. DZ 2301. ¶4. "Quibus univoce significativour effectus sacramentales scilicet potestas Ordinis et gratia Spiritus Sancti".
67. Forcellini, Lexicon 8: 869. “Proprie de eo qui unius est vocis... cui multivocus vel plurivocus opponitur... 'Univoca (sunt) quae sub eodem nomine et sub eadem substantia continentur".
68. F. Hürth, “Commentarius ad Cons. Apostolicam Sacramentum Ordinis" Periodica 37 (1948), 31-2. “Plenitudinem sacerdotii Christi en munere et ordine episcopali". "'Summa seu totalitas' ministerii sacerdotalis".
69. Merkelbach, 3:20.
70. Coronata, 1:13. "Non amplius per ipsam complete et congruenter exprimatur".
71. De Ordinatione Episcopi, Presbyterorum et Diaconorum, ed. typ. alt. (Roma: Polyglot 1990), 25. "Da... ut... summum sacerdotium tibi exhibeat sine reprehensione".
72. "Why the New Rite..." (enero de 2005), 10.
73. Cappello 1: 25–6.
74. Bradshaw, 107.
75. De Ord. Ep. , 25. "ut distribuat munera secundum praeceptum tuum".
76. Burmester, Ordenation Rites, 111.
77. Apostolicae Curae, 13 de septiembre de 1896, DZ 1965. "eoque id magis, quia in primis episcopatus muniis scilicet est, ministros ordinandi en sanctam Eucharistiam et sacrificium"
78. Nada podría estar más lejos de la verdad. Los teólogos que lo prepararon estudiaron la declaración de Pío XII de 1947 sobre el asunto y la forma de las órdenes sagradas, la pregunta durante 40 años, y se esforzaron mucho para asegurar esa rigurosa teoría. El razonamiento lógico consistente con la tradición apoyó cada palabra del borrador. Cuando apareció, el jefe de la comisión escribió un comentario de 50 páginas para demostrar esto.
79. DZ 3201. “Ecclesia nulla competat potestas in 'substantia Sacramentorum, 'id est in ea quae, testibus divinae revelationis fontibus, ipse Christus Dominus in signo sacramentali servanda statuit.
80. Merkelbach 3: 720. "Quantum ad sensum formae, quia pertinente ad substantiam sacramenti a Christo instituta, Ecclesiae nulla competit potestas".
81. Merkelbach 3:18. "Determinavit ... quod ab Ecclesia adhiberentur signa etverba idonea ad exprimendum characterem et gratiam propriam Confirmationis, vel potestatem Ordinis".
82. Dom Botte sabía, por ejemplo, que la oración siria para la creación del Patriarca no era sacramental: que el título significa "ceremonia de investidura", en lugar de una consagración sacramental, porque "el Patriarca no recibe un carisma diferente al que recibió en el momento en que se convirtió en obispo". Khouris-Sarkis, 140-1, 156–7. Lo supo porque era un editor colaborador de L'Orient Syrien, el periódico en el que aparecieron esas palabras. También sabía, porque él mismo escribió un artículo al respecto, que la verdadera forma sacramental antigua para conferir el episcopado en Siria y los ritos coptos no eran "Hipólito" pero la fórmula "Divina Gracia..." todavía se usaba por el rito bizantino. "La grâce divine, sous la forme que nous trouvons dans l’eucologe byzantin, est la formule sacramentelle la plus ancienne dans le patriarchat syrien”. Botte, "La Formule d'Ordination", L'Orient Syrien 2 (1957),295. 
83. Sermón, Lille (Francia), 29 de agosto de 1976. En M. Davies, Apologia pro Marcel Lefebvre (Dickinson TX: Angelus Press 1979) 1: 262–3. “El rito de la [nueva] misa es un rito bastardo, los sacramentos son sacramentos bastardos: ya no sabemos si son sacramentos que dan gracia o no dan gracia... los sacerdotes que salen de los seminarios son sacerdotes bastardos".
84. "Why the New Rite", The Angelus, enero de 2006, 4.
85. Véase B. Botte, "La Formule d'Ordination", L'Orient Syrien 2 (1957), 295.
86. Ver artículo, sección VB
87. Ver artículo, sección VC,
88. Ver artículo, sección IV.C.
89. RO 2: 23ff.90. Emmanuel. Lanne, "Les Ordinations dans le Rite Copte", L'Orient Syrien 5 (1960)
90. Emmanuel. Lanne, “Les Ordinations dans le Rite Copte,” L’Orient Syrien 5 (1960), 90–1. “Denzinger se base sur une version faite par Scholz… La traduction de Scholz contient des gros contresens.”
91. Bradshaw, 8.
92. Trans. Burmester, Ordination Rites, 110-1. RO 2:24 representa el copto como "Constitutendi cleros secundum mandatum ejus ad sanctuarium". El pie de la nota dice: "in ordine sacerdotali". 
93. "distribuat munera", "dare sortes". Botte también desechó completamente las frases que mencionaban consagrar iglesias y altares.
94. M. Jugie, "Monophysite (Église Copte)" DTC 10: 2260. «Remarquons, à cepropos, que les patriarche coptes n'ont jamais brillé pour leur science; on en avu de fort ignorants, et nous avons donné plus haut le nom d'un illtetré ”.
95. Jugie DTC 10: 2262.
96 Jugie DTC 10: 2263.
97. Jugie DTC 10: 2262.
98. Jugie DTC 10: 2281 /
99. Jugie DTC 10: 2285–6.
100. A. Fortescue, The Lesser Eastern Churches (Londres: CTS 1913), 311.
101. D. Attwater, Christian Churches of The East (Milwaukee: Bruce 1961) 2: 191.


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