Se publicó ayer en el Boletín Oficial la ampliación del temario de extraordinarias. Entre los temas a tratar el Ejecutivo incluyó el “Proyecto de Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero” (Orden del Día N° 265).
Las personas trans -hayan o no accedido al cambio registral previsto en la ley de identidad de género- deberán representar no menos del 1 % del total de los empleados de cada uno de los tres poderes del Estado nacional. Los organismos públicos deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas trans.
“Si las personas aspirantes a los puestos de trabajo no completaron su educación, en los términos de la ley de Educación Nacional, se permitirá su ingreso con la condición de cursar los niveles educativos requeridos y finalizarlos”.
“A fin de garantizar el ingreso y permanencia en el empleo no podrán ser valorados los antecedentes contravencionales”. Lo mismo ocurrirá con los antecedentes penales que no fueran relevantes para el puesto.
Se prevén además incentivos al sector privado tales como quitas en los impuestos nacionales. El Banco Nación ofrecerá créditos con tasa preferencial para el financiamiento de los emprendimientos de esta población.
Se abrirá un Registro Único de Aspirantes que será confidencial en el que constará “únicamente” el “nombre autopercibido”, los antecedentes (educativos y laborales), aptitudes y “preferencias laborales” de los aspirantes.
Se creará una Unidad de Coordinación Interministerial para monitorear la implementación de la ley. La autoridad de aplicación deberá promover espacios de participación de personas trans, en representación de organizaciones sindicales y de la sociedad civil de todo el país para el seguimiento de la ley.
El incumplimiento total o parcial de la ley por parte de los funcionarios públicos responsables “constituye mal desempeño en sus funciones o falta grave, según corresponda”.
NOTIVIDA
Editora: Lic. Mónica del Río
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