La semana pasada la Ministra de Salud Carla Vizzotti disertó en un panel moderado por dirigentes de la IPPF y Amnesty International, que tuvo lugar en el evento paralelo de la XV Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe.
Allí precisó que durante el año pasado se reportaron 73.487 abortos en el sistema público y que en el primer semestre de este año ya llevan contabilizados más de 34 mil.
Destacó la producción pública de misoprostol de los laboratorios “LIF” de Santa Fe, “Profarse” de Río Negro y “Puntanos” de San Luis. Y adelantó que el laboratorio santafecino “está avanzando para tener producción pública de mifepristona para el 2023 y que uno de los objetivos es poder escalar la producción para poder exportar y favorecer el acceso a toda la región”.
Hoy se publicó en el Boletín Oficial la “Guía de Anticoncepción Inmediata Posevento Obstétrico” (AIPEO), aprobada por Resolución 2821/2022 del Ministerio de Salud de la Nación, que también lleva la firma de Vizzotti.
La AIPEO prevé la oferta y colocación de un anticonceptivo –fundamentalmente DIUs e implantes subdérmicos- inmediatamente después de un aborto o parto, es decir, antes del alta de la paciente. Esta situación es, según la Guía, “una oportunidad de oro”. “En la Argentina casi el 100 % de los nacimientos se producen en instituciones, y las mujeres tienen muy baja adherencia a regresar en búsqueda de un método anticonceptivo luego del alta”.
El documento, de 112 páginas, registra minuciosamente los criterios de la OMS para elegir algún anticonceptivo de larga duración, según la situación y antecedentes de la mujer y describe del mismo modo la forma en que deben ser colocados.
Los métodos de larga duración “no requieren ninguna acción por parte de la usuaria después de la inserción, lo que significa que la usuaria no puede alterar la eficacia del método”. Y ofrecen “una ventaja adicional” ya que, cuando una mujer desea interrumpir la anticoncepción, debe acudir a un centro de salud.
En la siguiente tabla se especifican la duración y tasa de falla de esos métodos:
Los métodos de larga duración provocan “ahorro de costos en salud pública aun si no se utilizan durante toda su duración de eficacia”.
Anticoncepción inmediata posparto
En la colocación de DIUs posparto “se deben soslayar algunas barreras que se construyen por el escepticismo del equipo de salud, producidas principalmente por la falta de información basada en evidencia científica”. “Aún si se tiene en cuenta la tasa de expulsión 10 veces más elevada que presenta la colocación del DIU posparto, el número final de mujeres que tendrán cobertura anticonceptiva eficaz y duradera es considerablemente mucho mayor si egresan del centro con el DIU colocado”.
Anticoncepción inmediata posaborto
La Guía consigna que la mujer puede volver a ovular en la tercera semana después de un aborto realizado con mifepristona y misoprostol, por eso subraya la importancia de que la anticoncepción se inicie de forma inmediata.
“El implante subdérmico puede colocarse el mismo día en que se inicia la interrupción del embarazo con comprimidos de misoprostol o el día en que se realiza un AMEU”.
“En aquellas mujeres que presenten abortos repetidos y no deseen el embarazo, la persona que preste los servicios de salud debe ayudar a detectar cualquier dificultad que encuentre en usar u obtener anticonceptivos”.
El prestador de salud debe “separar sus creencias y valores de los de sus pacientes y centrarse en las necesidades de las mismas”.
En los considerandos de la Resolución, que firma Vizzotti aprobando la Guía, se destaca que: la Agenda 2030 “incluye la meta específica de garantizar el acceso universal a los servicios de salud sexual y reproductiva”, y que la Ley de aborto, Nº 27.610, en su artículo 2.d reitera “el derecho de todas las personas a prevenir los embarazos no intencionales” y en el 6.c establece que la anticoncepción es parte de la atención integral del aborto.
Consentimiento informado
Antes de los 13 años una niña puede brindar su consentimiento para que le coloquen un DIU o implante con asistencia de personas allegadas o referentes afectivos. A partir de esa edad lo puede solicitar sola.
El consentimiento informado es verbal por regla general, pero para la ligadura de trompas debe prestarse por escrito y la solicitante tener 16 años.
Beneficios sociales
La Guía, citando al Fondo de Población, destaca que “los beneficios de los servicios mejorados de salud sexual y reproductiva no se limitan a la salud”. Como beneficios sociales menciona:
• Mayor crecimiento del PIB y del PIB per cápitaEl Fondo de Población brega por la sanción de una ley que amplíe las funciones de las obstétricas y la Guía puntualiza: “La anticoncepción es una intervención económica y rentable, pero la escasez de personal sanitario y las políticas restrictivas sobre las funciones de agentes de salud no médicos limitan el acceso a métodos anticonceptivos eficaces en muchos entornos”.
• Incremento del número de adultos en edad de trabajar en relación con el número de niñas/es/os dependientes
• Reducción de la demanda de gasto público en educación, vivienda y saneamiento
La Guía indica que, si bien lo ideal es realizar consejería en métodos de larga duración, en algunas circunstancias, por ejemplo, si no existe disponibilidad, es necesario realizar la consejería con otros anticonceptivos “y mejorar su adherencia”. “Es importante brindar información sobre los lugares donde continuar con la atención en salud sexual y salud reproductiva, y acceder a la entrega periódica de métodos anticonceptivos. Con este fin, es de suma utilidad contar con folletería, dar la información también por escrito o incluirla en la libreta sanitaria”.
Anticoncepción hormonal de emergencia o “píldoras del día después”
Según la Guía, la anticoncepción hormonal de emergencia (AHE) puede ser usada sin problemas durante todo el puerperio, con y sin lactancia. “No tiene ninguna contraindicación”. “En todas las circunstancias, debe facilitarse la entrega de la AHE”. “Proveer de AHE al alta del parto, en los controles del puerperio o de niñas/es/os, contribuye a evitar un embarazo no intencional”.
Ligadura de trompas
Para acceder a la ligadura de trompas a los 16 años “no es necesario haber tenido hijas/es/os”. No hace falta el “consentimiento de progenitoras/es; pareja, cónyuge o conviviente”, ni la autorización judicial.
NOTIVIDA
Editora: Lic. Mónica del Río
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