EXIMIAM TUAM
Carta Apostólica de PÍO IX
Al Cardenal de Geissel, arzobispo de Colonia
Sobre la falsa doctrina de Antonio Günter
Del 15 de junio de 1857
I. Introducción
Tu eximio celo por defender la causa católica y tu pastoral solicitud que, por lo demás, Nos son bien conocidos, en verdad con no pequeño regocijo de Nuestra alma, hemos visto brillar en la carta que, con fecha 16 del último abril Nos dirigiste, acerca del Decreto sancionado por Nuestra Pontificia Autoridad, y publicado por Nuestra Congregación del Índice el día 8 de enero de este año, por el cual fueron condenadas las obras de Nuestro amado Hijo, el Presbítero Antonio Günther.
En efecto Nos, sin perdonar jamás ningún cuidado ni trabajo en el empeño de Nuestro Oficio Pastoral y cuidando siempre de que el depósito de la fe, que nos ha sido encomendado por Dios, se conserve íntegro e inviolable, luego que muchos Venerables Hermanos, los más ilustres Obispos de Alemania, Nos hicieron saber que había en los libros de Günther no pocas cosas que cedían, según su parecer, en perjuicio de la pureza de la fe y la verdad católica, ordenamos sin demora a la misma Congregación, que, como es costumbre considerara, pesara y examinara detenida y exactamente las obras de Günther y nos diera cuenta luego de todo lo actuado.
Obediente, pues, a Nuestro mandato, la Congregación cumplió, a ciencia y conciencia, con su deber, poniendo todo cuidado y empeño en este asunto gravísimo y de suma trascendencia, y, no omitiendo ningún esfuerzo por conocer y ponderar, la doctrina Güntheriana mediante un examen muy prolijo, advirtió que en los libros de este autor se hallaban muchas cosas absolutamente reprobables y dignas de condenación, como quiera que están en abierta oposición con la enseñanza de la doctrina católica.
De aquí que considerado también por Nos maduramente todo este asunto, la misma Congregación, con el beneplácito de Nuestra Suprema Autoridad, publicó el Decreto por ti bien conocido, en el que se prohíben y se condenan las obras de Günther.
Este Decreto refrendado refrendado por Nuestra Autoridad y publicado por Nuestro mandato, debía bastar enteramente para que toda controversia al respecto se considerara terminada, y para que todos los que se glorían de llamarse católicos, entendieran clara y abiertamente que debían someterse, y que nadie podía considerar pura la doctrina contenida en los libros de Günther. Asimismo que a nadie le era lícito en adelante sostener y defender la doctrina allí expuesta, ni leer o retener sin la debida licencia tales libros. Nadie podía parecer y considerarse exento de este deber de obediencia y sumisión so pretexto de que en ese Decreto ninguna proposición se hubiese particularmente señalado, ni se enunciara ninguna censura cierta y determinada. El Decreto valía por sí mismo, no pudiendo nadie considerar lícito apartarse en cualquier forma de lo que Nos habíamos aprobado.
Pero se equivocan sobremanera quienes creen que la causa de esta prohibición general, proviene de que la misma Congregación no encontró en las obras de Günther ninguna sentencia u opinión determinada que mereciese precisamente una censura.
II. Errores de Günther
Por el contrario, tuvimos el dolor de cerciorarnos muy bien de que en esas obras domina ampliamente el sistema del racionalismo, erróneo y perniciosísimo, y muchas veces condenado por esta Sede Apostólica; y también sabemos que en los mismos libros se leen, entre otras, no pocas cosas que se desvían en no pequeña medida de la fe católica y de la genuina explicación de la unidad de la divina Sustancia en tres Personas distintas y sempiternas. Averiguado tenemos igualmente que no es mejor ni más exacto lo que se enseña del misterio del Verbo encarnado y de la unidad de la persona divina del Verbo en dos naturalezas divina y humana. Sabemos que en los mismos libros se hiere el sentir y la enseñanza católica acerca del hombre, el cual de tal modo se compone únicamente de cuerpo y alma, que el alma (que es racional), es por si verdadera e inmediata forma del cuerpo. Tampoco ignoramos que en los mismos libros se enseñan y establecen cosas que se oponen claramente a la doctrina católica sobre la libertad de Dios, libre de toda necesidad en la creación de las cosas. Hay también que reprobar y condenar con la mayor energía el hecho de que en los libros de Günther se atribuya temerariamente el derecho de magisterio a la razón humana y a la filosofía que en las materias de religión no deben en absoluto mandar, sino servir, y se perturban, por ende, todas aquellas cosas que han de permanecer firmísimas, ora sobre la distinción entre la ciencia y la fe, ora sobre la perenne inmutabilidad de la fe, que es siempre una y la misma, mientras la filosofía y las enseñanzas humanas ni siempre son consecuentes consigo mismas ni se ven libres de múltiple variedad de errores.
Añádese que tampoco los Santos Padres son tenidos en aquélla reverencia que prescriben los cánones de los Concilios y que absolutamente merecen las más espléndidas lumbreras de la Iglesia; ni se abstiene el autor de aquellos dicterios contra las escuelas católicas que nuestro predecesor Pío VI, de feliz memoria, condenó solemnemente [v. 1576]. Tampoco pasaremos en silencio que en los libros güntherianos se viola de modo extremo la sana forma de hablar, como si fuera lícito olvidarse de las palabras del Apóstol Pablo [2 Tim. 1, 13] o de éstas en que gravísimamente nos advierte Agustín: “Es menester que hablemos conforme a regla cierta, no sea que la licencia en las palabras engendre también impía opinión sobre las cosas que con las palabras son significadas” [V, 1714 a].
Por Todo lo que antecede bien puedes ver, amado Hijo, con qué diligencia y celo deberás procurar, tanto tú como los Venerables Hermanos Obispos Sufragáneos tuyos, que desaparezcan de vuestras diócesis las obras de Günther, y con qué particular solicitud deberás evitar que nadie en adelante enseñe o defienda, tanto en el terreno filosófico como en el teológico, la doctrina ya condenada que esos libros contienen.
III. Un motivo de alegría
Pero si bien es verdad que hemos juzgado y juzgaremos siempre dignas de reprobación las obras de Günther, no podemos dejar de manifestarte que Nuestro amado hijo, el mismo Presbítero Antonio Günter Nos colmó de un gran consuelo con la respetuosa carta que Nos dirigió el día 10 de febrero, donde haciéndose acreedor a suma alabanza, protesta una y varias veces con las más enérgicas expresiones que nada preferiría él a obedecer a Nuestra Suprema Autoridad y a la de esta Sede Apostólica y que, en consecuencia, se somete humildemente al Decreto promulgado acerca de sus obras.
Este egregio ejemplo de Günther fue imitado para igual gozo Nuestro por muchos amados hijos doctores en Teología, Filosofía, Historia Eclesiástica y Derecho Canónico en varios liceos de Alemania, los cuales habían sido los primeros propugnadores de las doctrinas de Günther y en cartas que Nos dirigieron declaran que se sometían humildemente al mencionado Decreto y que nada estimaban tanto como la obediencia a Nuestra Autoridad Pontificia y la de esta Sede Apostólica.
IV. Conclusión
Junto con alegrarnos pues sobremanera de estos hechos Nos alienta la esperanza de que los demás partidarios de la doctrina de Günther quieran emular, con la ayuda de Dios, la docilidad, cristiana obediencia y debida sumisión a Nuestro magisterio, incrementando así la gloria del mismo autor y deparándonos una sobreabundante y perfecta alegría. He aquí, amado hijo, cuanto pensábamos escribir acerca de este asunto. Nos es grato asimismo aprovechar esta ocasión para demostrarte y confirmarte una vez más la singular benevolencia con que te abrazamos en el Señor, de la que queremos sea certísimo testimonio la Bendición Apostólica que de todo corazón te impartimos a ti, amado hijo, y a la grey encomendada a tu cuidado.
Dado en Bolonia el día 15 de junio de 1857, en el año undécimo de Nuestro Pontificado.
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