Consideraciones sobre la materia con sustento en los principios de la Ley Natural
Por Juan Carlos Grisolia
La llamada
“muerte digna”
La
llamada “muerte digna” es una proposición incorrectamente formulada, por cuanto
el predicado, (“digno”) no corresponde conceptualmente al sujeto, (“muerte”).
Y, esto así, en tanto la muerte no es sino un hecho que no resiste la
calificación de valioso ni disvalioso.-
La
muerte, por tanto, es un acontecimiento de la naturaleza. Así, el DRAE la
define como: “Cesación o término de la vida”.-
Lo
digno se corresponde con la vida, particularmente la del hombre, y por ello
ésta refiere a la del cuerpo que, en
unión conveniente con el espíritu, conforman la persona humana.-
De
este modo, la definición de Boeccio nos brinda una profundidad conceptual que
permite la aprehensión de la esencia en toda su dimensión. Dice el gran traductor, autor del libro titulado “De la Consolación de la Filosofía”: “Persona
es la sustancia individual de la naturaleza racional”.-
La
vida del espíritu participa de la eternidad de su Creador, y no cabe referir a
esta realidad inmaterial la acción de morir. En tanto que aquella del cuerpo,
solo cesará hasta la resurrección prometida por Jesús, nuestro Redentor. La que
Él asegurara con el propio retorno a la vida, luego de su cruenta muerte en la
Cruz.-
Lo
digno es, entonces, aquello que el DRAE define como “Que merece algo en sentido
favorable o adverso”, y “Correspondiente, proporcionado al mérito y condición
de una persona o cosa”. El Dr. Sacheri escribe que: “Digno es lo que tiene
valor en sí mismo y por sí mismo”.-
El
valor de la Persona no puede surgir de su consideración como ser únicamente
dotado de cuerpo, pues la materialidad de éste, en modo alguno define su
naturaleza plena. “…El reconocimiento de su condición espiritual y
consecuentemente de su destino trascendente, es lo que hace surgir su
dignidad…... De modo entonces que, la dignidad de la Persona Humana radica en
lo que difiere de los otros seres, y no en lo que la identifica con aquellos.
Es decir en su condición espiritual…...”. (1)
En
la concepción agnóstica materialista, el hombre es el conjunto de sus
relaciones sociales. Es este agrupamiento el que lo origina y justifica.
Conglomerado que no puede explicar su existencia pues las “cosas”, que es la
condición a la queda reducida la Persona, no tienen vida –y algunas solo vegetativa
(la de los animales irracionales que únicamente poseen alma vital)- y al
carecer de la vida volitiva e intelectiva, que es propia del hombre, es
imposible cualquier acto que conduzca a la formación de una sociedad. El hombre
constituye la sociedad y no a la inversa y el factor cohesionante de quienes la
integran, es el amor, que implica una entrega perfectiva hacia el prójimo, lo
que hace necesaria la capacidad para
conocer.-
La
sociedad política o mayor, entonces,
persigue el logro del bien común, que implica la mutua perfección del hombre
por la comunidad y de la comunidad por el hombre. En este último caso juega
primariamente, el cumplimiento del imperativo deontológico que define la justicia legal, con cuyo cumplimiento,
por parte de cada una de las personas humanas, se conforma el conjunto de
bienes que hará posible la justicia
distributiva.-
La
vida del hombre es creación de Dios, y por tanto no pertenece a él mismo ni a
la sociedad la facultad de disponer de ella, prescindiendo del orden natural en
el que ha sido creada y de su último fin temporal y sobrenatural. Este último
proclamado por la libertad del hombre, que dice de la existencia del espíritu y
con éste de lo inmaterial, llamado a participar de la visión sin tiempo del Ser
Necesario.-
“La
Persona Humana es la destinataria final de los beneficios del orden social. La
sociedad no es sujeto de la historia, ella existe por los hombres y para la
persona”. (2)
En la medida en que se sostenga una concepción
materialista, la que no resiste en absoluto el menor juicio científico, el
hombre cree ser titular de todo derecho sobre su cuerpo. Ello implica un acto
de soberbia que pretende desconocer la existencia de su Creador y el Orden en
el que el mismo lo ha insertado. Orden éste que, en tanto armónica disposición
de lo que lo compone, asegura su unidad y por tanto su vida.-
En
cuanto el hombre se aferra solo a la materia y se encuentra con la realidad de
la muerte, comprueba, desde este presupuesto, que su existencia deviene
absurda. Y ello así, en tanto ésta no reconoce los fines trascendentes que son
consecuencia de la inmanencia llamada a recibir progresivas perfecciones en el
curso de su vida en el tiempo y hacer posible, mediante la plena comprensión
intelectual, la vida fuera de aquel límite.-
Es
por ello que se rebela contra su existencia física, a la que no le encuentra
sentido cuando ha perdido la vitalidad o plenitud del cuerpo, que lo aleja o le
impide el mero goce de la materia.
Propone, entonces, el medio más rápido para facilitar la muerte. De todos modos, solo se trata de desechar una
cosa.-
Es
la forma de librarse de la angustia que le provoca la existencia de un fin que
percibe a poco que realice un examen de
su existencia en el marco de la realidad plural, pero que se empeña en no ver.-
Existe
entonces, aún cuando en forma encubierta, pues la legislación, en tanto
relativista, se manifiesta en términos hipócritas, una verdadera orientación
hacia el suicidio.-
Por
lo demás, esto es coherente con quien entiende a la sociedad como aquello que
debe ser servido por el hombre y a la que debe tributar. Juegan acá,
consideraciones de tipo utilitaristas y
crematísticas, propias de este tiempo, y el hedonismo instalado por una
sociedad que propone el placer como un fin que, a cada paso, se burla de quien
dice vivirlo, y se traduce en el vacío existencial.-
Esto
implica aceptar que quien ha perdido las energías que debe brindar a la
comunidad, se convierte en una carga para ella y por lo tanto debe ser
eliminado. Se trata de una versión moderna del principio espartano que
justificaba eliminar a los niños que nacían con discapacidades, porque éstas le
imposibilitaban intervenir en las guerras que se libraran en defensa de la sociedad. Asimismo, en la Roma
Imperial, “la exaltación de la fuerza de la juventud y del vigor físico (que
hacían concebir una verdadera repugnancia por la vejez y la enfermedad)……”. (3)
Elio
Sgreccia señala además que: “En la actualidad se viene esbozando otra acepción
de eutanasia llamada ‘social’, la cual se presenta no como opción de un
individuo en particular, sino de la sociedad, como consecuencia del hecho de
que las economías en materia de gastos sanitarios no podrían soportar ya la
carga financiera que supone asistir a enfermos con padecimientos muy
prolongados en cuanto al pronóstico, y muy costoso en cuanto a los gastos. De
esta manera, los recursos económicos se reservarían para aquellos enfermos
capaces de reanudar, una vez curados, la vida productiva y laboral. Es esta una
de las amenazas de una economía que quisiera obedecer solo al criterio de
costes-beneficio”. (4)
Estos
son los postulados que aportan las ideologías que proclaman el progresismo como
el medio de asumir los reclamos de una modernidad que, al relativizarlo todo,
niega al hombre al no querer asumir que el mismo, en tanto imagen y semejanza
del Ser Necesario, es el destinatario de todo el orden creado.-
Expone
Elio Sgreccia: “La eutanasia –al igual que el suicidio- son signos de una
reivindicación del hombre de disponer plenamente de sí, de su propia vida y de
su propia muerte. La secularización se ve reforzada también en la era
industrial por la búsqueda del utilitarismo productivista y, consiguientemente,
por la ética del hedonismo, para la cual la muerte y el dolor son elementos de
máxima perturbación. Para este tipo de cultura, el dolor y el sufrimiento
comporta sobre todo una carga desvalorizadora
y suscitan su rechazo……La eutanasia, como huída del dolor y de la agonía,
se efectúa primero en el espíritu y, luego en la sociedad y en el derecho”. (5)
Se
impone salvar al hombre, para lo cual debe afirmarse y defenderse la Persona
Humana, la que se nos arrebata, en este proceso progresivo que lo somete a una
sutil esclavitud, aunque, no por tal carácter – que deviene meramente formal y
por ello instrumental - real y perversa.-
La
Persona Humana es portadora de derechos que le son exclusivos y que, por tanto
son inalienables. Sin embargo, la acción deletérea de las ideologías
predominantes, ha permitido la sanción de leyes que niegan el carácter de tales
regulaciones y dejan expuesto al hombre -Persona Humana- al tratamiento que se
daría a una cosa. Y, así, desmembrarla, usar sus partes o, sencillamente,
arrojarla al recipiente destinado a los desechos.-
Por
tanto, es correcto tratar el tema del fin –aunque no definitivo- de la vida del
cuerpo, designándolo como “muerte con
dignidad”, lo que permite asignar el valor que ella implica, al sujeto que
puede recibirla, que es el hombre, Persona Humana. Siempre sobre la base de
este concepto, puede mencionarse también, “muerte
atendiendo y conservando la dignidad de la Persona Humana”.-
Es
por lo expresado que solo enunciar la necesidad de un “consentimiento
informado”, dado ya por la propia persona o por sus parientes, implica afirmar
un camino que por su imprecisión resulta apto para permitir que pueda transitar
el mismo ya la eutanasia directa ya el suicidio asistido.-
El
médico no puede hacer más que lo que el paciente o sus representantes legales
le autoricen, pero, por su parte, el paciente, ni quienes se expresen por el
mismo, pueden conceder derechos de los que no disponen. Por ello es que
sostener que el hombre es dueño de su propio cuerpo, es falso. El se debe a su prójimo, con una
intensidad en el amor –que, como ya he sostenido, es entrega perfectiva- que
varía conforme la condición y calidad del vínculo. Él recibe del prójimo y esto
genera un deber para con éste. Y así como él no se da su propia existencia,
tampoco puede darle término conforme su voluntad.-
En
tanto por eutanasia se entiende
“……una acción o una omisión que por su naturaleza, o en la intención, causa la
muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor” (Declaración sobre la eutanasia
del 5 de Mayo de 1980 de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe);
corresponde distinguir esta acción de aquella
“……intervención de la medicina dirigida a aliviar los dolores de la
enfermedad y de la agonía, a veces incluso con el riesgo de anticipar la
muerte”. Por ello corresponde oponer a la eutanasia, que es sencillamente un
homicidio, aquellas acciones destinadas a la atención del enfermo con el objeto
de obrar en él, “el cuidado del dolor”.-
Es
importante también tener presente para determinar el uso de analgésicos, y en
la medida en que éstos puedan acelerar la muerte, el carácter terminal o
irreversible de una enfermedad, respecto del cual pocos o nadie pueden
pronunciarse con certeza. Esto nos lleva, necesariamente al estudio de la
llamada “causa de doble efecto”.-
Dice
el Dr. Herbert Hendin: (su obra “Seducidos por la Muerte. Médicos, Pacientes y
Suicidio Asistido”). “La aplastante mayoría de los enfermos
terminales no quieren acelerar su muerte. Casi nunca se plantearían tal cosa si
su sufrimiento fuese tratado adecuadamente”. El Dr. Hendin es consejero
delegado y director médico de Suicide
Prevention International y Catedrático de Psiquiatría en el New York Medical
College.-
Constituye
eutanasia y por tanto homicidio, el privar al enfermo de hidratación y
nutrición. Los seres humanos necesitamos ser alimentados por terceros, no
solamente en el caso de que nos encontremos enfermos e imposibilitados de
hacerlos por nosotros mismos, sino cuando pequeños (recién nacidos, etc.),
requerimos de la alimentación que nos brinden otros. Recordar que una de las
formas de eutanasia neonatal es,
precisamente, abandonar al recién nacido dejándolo sin alimentar, para que
muera.-
Tales
prácticas, hoy admitidas por varias legislaciones, recuerdan lo afirmado por el
Dr. Friedrich Mennecke, Director Médico del Hospital Psiquiátrico de Eichberg a
partir de 1938, que alegaba: “Quien no puede alimentarse solo tampoco
necesita vivir”. (6)
Dice
Elio Sgreccia: “Deben entenderse por cuidados normales la alimentación e
hidratación (artificiales o no), la aspiración de las secreciones bronquiales y
la detersión de las úlceras de decúbito. En este sentido se ha expresado, por
ejemplo, en la citada Carta de los
Agentes Sanitarios: ‘La alimentación e hidratación, aún artificialmente
administrada, son parte de los tratamientos normales que siempre se le han de
proporcionar al enfermo cuando no resultan gravosos para él: Su indebida
suspensión significa una verdadera y propia eutanasia’”. (7)
Al
respecto debe ser recordado el caso de la joven italiana llamada Eluana Englaro
(1971-2009) que estuvo 17 años en coma, y se la mató cuando su padre decidió
que se la dejara de alimentar. Es elemental concluir que “… La provisión de
nutrientes y líquidos no es simple ni estrictamente ‘tratamiento médico’, pues
supone el cuidado mínimo que debe ser suministrado al enfermo, sea la que sea
su situación. Todos necesitamos comida y bebida para vivir, pero la nutrición
no cura la enfermedad. Suprimir su administración no es simplemente permitir
que el paciente muera. Lo que se hace no es cesar un tratamiento sino negar lo
que es esencial para sostener la vida de todo ser humano, sano o enfermo. La
muerte no se producirá por la enfermedad, sino por la omisión de proveer
nutrición adecuada e hidratación”. (8)
Es
importante destacar que en la atención de la Persona Humana enferma, con el
cuidado que su dignidad impone, se hace necesario respetar la decisión de ella
de permanecer en el sufrimiento, como forma de dar cumplimiento a deberes
religiosos y morales para consigo mismo, que los entienda necesarios para
adquirir los méritos exigidos para gozar de la Visión Beatífica.-
En
lo atinente al tema vinculado con el llamado ensañamiento terapéutico, se ha sostenido que el mismo se
encontraría configurado solo en dos casos: a) Cuando se utilizan los medios
técnicos en quien está prácticamente muerto –por tanto, después de la muerte
clínica- y b) cuando se interviene con las terapias médicas o quirúrgicas (excepto
las ordinarias) en sentido desproporcionado
respecto de los efectos previsibles. (9)
En
la atención de una Persona Humana enferma, respetando su dignidad, debe
contemplarse también lo que el Padre Tadeussz Pacholczyc, Sacerdote y Doctor en
Neurociencia de la Universidad de Yale aconseja: “Normalmente, una buena muerte
reúne varios elementos: Morir rodeado de las personas a las que queremos,
preferiblemente en casa o en una residencia; aliviar el dolor con los
tratamientos adecuados (y evitar el ensañamiento); hacer las pases con
familiares y amigos; hacer las pases con Dios (y recibir los últimos
Sacramentos); y unirse a Cristo en sus horas de sufrimiento en la cruz”, y
agrega con respecto a la compañía y el
contacto humano del enfermo: “Este esfuerzo por hacernos presentes ante
quienes se están muriendo alimenta nuestra solidaridad con ellos, reafirma su dignidad, es una muestra de
benevolencia, y fortalece la comunicación. De esta manera, los ayudamos a
superar el miedo a sentirse solos y abandonados”. (10)
Se
lee en la obra citada de Elio Sgreccia: “El fundamento de la ética es el respeto de
la verdad del hombre, el respeto de la persona tal como ella es: Otro
fundamento verdadero no se le puede dar a la ética; la ética guía al hombre
desde el ‘ser’ al ‘deber ser’. Los demás criterios están constituidos por la
utilidad de alguien en detrimento de otro, por el poder de unos sobre otros;
por la eficacia de este poder, cada vez más amplio para algunos, cada vez mas
opresor para otros.- Respetar la verdad de la persona en el momento de la vida
naciente quiere decir respetar a Dios que crea y a la persona humana tal como
Él la crea. Y respetar al hombre en su fase final, quiere decir respetar el
encuentro del hombre con Dios, su vuelta al Creador, excluyendo cualquier poder
por parte del hombre, tanto el de anticipar esta muerte (eutanasia), como el
poder de impedir este encuentro con una forma de tiranía biológica
(ensañamiento terapéutico). Desde este punto de vista es como se traza el
confín entre ‘eutanasia’ y ‘muerte con dignidad’”. (11)
Estrategia para
imponer la eutanasia
Los
Profesores Dres. Miguel A. Martínez González y Jokin de Irala, en su obra
“Recetario para una campaña pro-eutanasia”, escriben:
“Hace mucho
tiempo que se describieron cuales deben ser los pasos –cuidadosamente
cronometrados- que hay que dar para lograr una estrategia de marketing social
que consiga que muchos ingenuos se
traguen la aceptabilidad de la eutanasia. Estos pasos sucesivos para engañar a
candorosos son: 1.- Búsquese un caso lacrimógeno. 2.- Désele toda la publicidad
posible a ese caso .3.- Cuando todos conozcan el caso lacrimógeno, hágase una
transgresión abierta de la ley. 4.- Désele toda la publicidad posible a esa
transgresión. 5.- Búsquese a un enemigo para demonizarlo y ridiculizarlo de
modo caricaturesco y cruel. 6.- Difúndase que la eutanasia es una realidad
social y que el legislador debe regularla. 7.- Defiéndase una ley que tenga
–solo en su letra- un carácter altamente restrictivo. 8.- Una
vez conseguida la aprobación de la ley, basta con ir interpretándola cada vez
más laxamente para llegar a un uso generalizado de la eutanasia”.
Algunos datos estadísticos que brindan estos profesores: En Holanda, en donde
son pioneros en prácticas eutanásicas, el 40% de todas las muertes que se
producen en ese país están precedidas de actuación médica para acelerarlas.
Unas mil eutanasias al año se realizan sin que el paciente las haya pedido
nunca…. Nada tiene de extraño que: “Muchos
ancianos de los Países Bajos temerosos de que este tipo de actuaciones les
afecten, están viajando a otros países para vivir allí sus últimos días. En la
ciudad alemanda de Bolcholt, fronteriza con Holanda, ha llamado la atención la
creciente llegada de adultos mayores holandeses. Una inmigración poco usual que
ha obligado a las autoridades germanas a construir un asilo especial para
albergarlos, dado el considerable aumento de la demanda en los últimos tres
años. Los que les hace exiliarse voluntariamente a esas alturas de sus vidas en
un país donde se habla otro idioma es el temor a la eutanasia”. (12)
Del llamado Testamento
Vital
El
principio rector que debe regir la redacción de estos instrumentos es aquel, al
que ya he referido, que establece que nadie puede disponer de derechos que no
tiene. Tales, por ejemplo, la renuncia a la conservación de la integridad
física o de la propia vida.-
Este
tipo de instrumentos suelen ser designados, asimismo, como Testamento de Vida,
Testamento Biológico, Instrucciones Anticipadas, Voluntades Previa de Tratamiento,
etc..-
Se
los ha definido como la declaración de una persona que, dotada de plena
capacidad, expresa su voluntad acerca de los tratamientos a que desearía o no
desearía ser sometida en caso de que en el transcurso de una enfermedad o a
causa de traumas imprevistos, dejara de ser capaz de expresar su propio
asentimiento o inconformidad informada.-
El
Comité Nacional de Bioética Italiano, ha señalado: “El CNB considera esencial……reafirmar que el derecho que se quiere
reconocer al paciente a orientar los tratamientos a que podría ser sometido, si
fuera incapaz de entender y querer, no es un derecho a la eutanasia ni un
derecho subjetivo a morir,……sino exclusivamente el derecho a solicitar a los
médicos la suspensión o no activación de prácticas terapéuticas”. (13)
En
la medida en que estas manifestaciones de voluntad anticipadas respecto de
tratamientos no pueden introducir la eutanasia, se ha planteado, con razón,
“…….por qué este objetivo ha de realizarse según elección, por solicitud
explícita, y no pueda plantearse como norma de comportamiento médico”. (14) Lo que permite sostener que ningún
tipo de declaración de voluntad puede desconocer los principios de la ética
general referidos al fin de la vida del cuerpo.-
La Conferencia
Episcopal Española tiene un modelo de “testamento vital”, cuyo texto consigna:
“Pido que por si mi enfermedad llegara a estar en situación crítica
irrecuperable, no se me mantenga en vida por medio de tratamientos
desproporcionados o extraordinarios; que no se me aplique la eutanasia activa,
ni que se me prolongue abusiva e irracionalmente mi proceso de muerte; que se
me administren los tratamientos adecuados para paliar los sufrimientos. Pido
igualmente ayuda para asumir cristiana y humanamente mi propia muerte. Deseo
poder prepararme para este acontecimiento final de mi existencia, en paz, con
la compañía de mis seres queridos y el consuelo de mi fe cristiana”. (15)
Este
testamento o mandato refiere a liberar al paciente de lo que se conoce como el
“encarnizamiento terapéutico”, respecto del cual supra se han practicado
consideraciones.-
Conclusión
El
tratamiento del tema que se ha desarrollado supra, sin que ello implique en
modo alguno agotar la riqueza conceptual que surge del mismo, exige una
especial formación que excediendo lo técnico específico de la ciencia
particular, permita conocer a la Persona Humana, y con esta aprehensión
intelectual, comprender su grandeza, y en ella, contenidas las razones de su
respeto, el que implica considerar la valoración que merece. Decía Pío XI, en
la Encíclica Divini Redemptoris: “El
hombre tiene un alma espiritual e inmortal; es una persona adornada
admirablemente por el Creador con dones de cuerpo y de espíritu, un verdadero
‘microcosmos’, como decían los antiguos, es decir, un pequeño mundo, que excede
en valor con mucho a todo el inmenso mundo inanimado……”.-
Lamentablemente
hoy se legisla sin conocer la finalidad de aquello que se regula, esto es la
preservación de la dignidad de la Persona Humana. O, sencillamente, con expresa
adhesión al perverso proceso destinado a la reducción del hombre a la condición
de cosa o de simple sujeto, para hacer posible la Conjura contra la Vida, a
la que tenemos que enfrentar cumplimentando así un deber que nos impone nuestra
dignidad.-
En
la ciudad de Rosario, a los nueve días del mes de Mayo de 2012.-
Notas:
(1)Juan Carlos
Grisolía. “La Persona Humana”. Ediciones Mater Dei. Págs. 146/147.-
(2) Juan Carlos
Grisolía. Ob. cit. pág. 149.-
(3) Elio
Sgreccia. Manual de Bioética. Tomo I. BAC. Madrid. Pág. 850.
(4) Elio
Sgreccia. Ob. cit. Pág. 853.-
(5) Elio
Sgreccia. Ob. cit. Pág. 857.-
(6) Citado por
Alice Platen – Hallermund en “Exterminio de enfermos mentales en la Alemania
nazi”, 2007, Ediciones Nueva Visión. Buenos Aires. Pág. 99.-
(7) Elio Sgreccia. Ob. cit. pág. 874.-
(8) Confr.
Guillermo Buhigas- “Eugenesia y Eutanasia”. Pag. 27. Editorial Sekotia. Madrid.
(9) Elio
Sgreccia. Ob. cit. pág. 877.-
(10) Conf.
Semanario “Cristo Hoy”. 22 al 28 de Julio de 2010.-
(11) Elio
Sgreccia. Ob. cit. pág. 869.-
(12) Cit.
por Guillermo Buhigas. Ob. cit. Pag.
33/34.-
(13) Elio Sgreccia. Ob. cit. pág. 884.
(14) A. Pessina.
“La Sofferenza e il Dolore: Accanimento Terapéutico ed Eutanasia. Citado por
Elio Sgreccia en ob. cit. pág. 884.
(15) Citado por
Guillermo Buhigas. Ob. cit. pág. 22.-
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