sábado, 13 de enero de 2001

UBI COMMUNIS (4 DE ABRIL DE 1792)


BREVE

UBI COMMUNIS

del Sumo Pontífice

Pío VI

Al Venerable Hermano Juan, Obispo de Aleria.

Venerable Hermano, saludos y la Bendición Apostólica.

1. Donde los errores son comunes, deben ser también comunes las admoniciones que la caridad de la Sede Apostólica y de la Iglesia antepone a las penas canónicas. Con una carta reciente del 19 del mes pasado, dirigida a los amados hijos Nuestros Cardenales de la Santa Romana Iglesia, a los Venerables Hermanos Arzobispos y Obispos, y a los amados hijos de los cabildos, al clero y al pueblo de la Reino de Francia, Hemos vuelto a amonestar en general a los autores y a todos los proponentes de la Constitución civil del clero de ese reino, y especialmente a los obispos y asistentes consagrantes, a los pseudo-obispos consagrados e intrusos y a sus vicarios, a los obispos que han tomado el juramento cívico, los párrocos intrusos, los vicarios y demás presbíteros aprobados y delegados por los obispos intrusos del mismo reino,

2. Nosotros, sabiendo que esta Constitución civil del clero de Francia ha sido introducida en esta isla, también os enviamos a Vos, Venerable Hermano, y a vuestros compañeros obispos varias copias de esta carta ya hecha pública con grabados romanos, como ya hemos dicho, las otras copias de la primera, Nuestra Carta Monitorial del 13 de abril del año pasado 1791, para que cada uno de vosotros, en la medida de lo posible, procure difundir esta segunda carta, como la primera, a los capítulos, a los párrocos, al clero y al pueblo de cada diócesis, y para que también unan sus preocupaciones y cuidados a los nuestros.

3. No ignoramos que, habiendo recibido la noticia de la llegada de nuestra primera carta a esta isla, no cesó de usar allí todas las violencias e insultos, para que desfallecieran nuestras paternales voces. Tampoco ignoramos que a principios de mayo del mismo año 1791 llegamos mucho más lejos, tanto que aunque todos los obispos de la isla estaban vivos, según la citada Constitución, fue elegido obispo de toda la isla de Bastia Ignazio Francesco Guasco, hombre ya muy avanzado en edad, y muy diferente de su Venerable Hermano, el obispo de Mariana, de quien y de otros obispos, fue también vicario durante mucho tiempo.

4. Tampoco ignoramos que este elegido, con un ataque execrable, a fines de junio intentó que el obispo intruso le impusiera las manos sacrílegamente en la ciudad de Aix en Provence, pisoteando todas las leyes de la antigua y nueva disciplina eclesiástica. Tampoco ignoramos la carta pastoral que él, de regreso a su patria y habiéndose entrometido en el gobierno espiritual de la isla, hizo pública el 10 de julio del mismo año. Esta carta no contiene una palabra que no desfigure y deshonre el carácter sagrado, y que no corresponda a esos falsos y simulados sentimientos de celo, caridad y comunión con esta Santa Sede, que todos los intrusos han usado en su pastoral; sentimientos completamente contradichos por sus hechos, y completamente desenmascarados por Nosotros con nuestra primera y segunda cartas.

5. A estos temerarios ataques añadió el intruso la elección de vicarios y el destino de algún confesor y predicador; ha concedido dispensas matrimoniales, y ha ejercido otros actos que, por falta de jurisdicción, ya habían sido declarados nulos en la citada carta de 13 de abril. Nada aterrorizado por la masa de tantos crímenes, no dudó en celebrar una sacrílega ordenación en diciembre pasado, y en administrar el sacramento de la Confirmación, aunque no podía ignorarlo según las normas de los cánones, y por virtud de la misma carta Nuestra, quedó completamente suspendido del ejercicio del obispado.

6. Pero si el intruso ha pecado tan miserablemente junto con sus seguidores y defensores, lo que ciertamente Nos consuela es que, después de Nuestras primeras advertencias, han seguido retractaciones, particularmente en la provincia de Balagna, y también que los buenos, en gran número, han permanecido firmes en su fe, de modo que muchos eclesiásticos tanto del clero como también muchos seglares han soportado con éxito heridas muy graves, y también han sufrido prisión, unos por varios días y otros, por meses.

7. Igualmente gloriosa fue la prueba de su fe que dieron los cinco ilustres Obispos, uno de los cuales permanece sin embargo en la isla, firme en detestar la noticia, mientras los otros cuatro abandonaron sus diócesis y la isla misma, forzados por la violencia, como sucedió a los Venerables Hermanos obispos de Mariana y Nebbio: el primero de ellos fue obligado a partir sin demora alguna, y el otro después de ser vigilado en su casa por varios soldados por espacio de diecisiete días; los otros partieron entonces no por otra razón, sino porque temían mayores males y desgracias para sus rebaños, como ciertamente sucedió al Venerable Hermano obispo de Ajaccio, y a Vos que al final del año pasado, no cesasteis de protestar contra la constitución civil del clero. Todos los pastores, presentes o ausentes, tratan de ayudar lo mejor posible a sus rebaños, de modo que los buenos pastores y los buenos rebaños son dignos de la mayor alabanza.

8. La nueva carta que ahora os dirigimos servirá de estímulo a ambos, para que cada uno permanezcáis firme en vuestro propósito, y demostrará al mismo tiempo a todos los que se han descarriado, y especialmente al intruso, a sus vicarios y demás presbíteros por él aprobados y delegados, el horror de sus propios delitos, la nulidad de sus actos, y la gravedad de la última pena, que ciertamente será declarada contra ellos, si continúan abusando de los rasgos paternos de Nuestra clemencia.

9. Y como la condición de los eclesiásticos y pueblos de esta isla debe ser enteramente igual a la de los eclesiásticos y pueblos de Francia, declaramos, pues, que concedemos a los Venerables Hermanos de Córcega, para sus respectivas diócesis, las mismas facultades que ya concedimos a los arzobispos y obispos del reino de Francia; y por lo mismo añadimos a esta carta más ejemplos de las facultades que cada uno de vosotros podrá usar para proveer más rápidamente al bien espiritual de los pueblos en tal y tanta calamidad de cosas. Mientras tanto, os damos con amor, Venerable Hermano, y al rebaño confiado a vuestro cuidado, la Bendición Apostólica.

Dado en Roma, junto a San Pedro, bajo el anillo del Pescador, el 4 de abril de 1792, año decimoctavo de Nuestro Pontificado.

Pío VI



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