INSTRUCCIÓN DIGNITAS PERSONAE
SOBRE CIERTAS CUESTIONES BIOÉTICAS
INTRODUCCIÓN
1. La dignidad de una persona debe ser reconocida en todo ser humano desde la concepción hasta la muerte natural. Este principio fundamental expresa un gran “sí” a la vida humana y debe estar en el centro de la reflexión ética sobre la investigación biomédica, que tiene una importancia cada vez mayor en el mundo actual. El Magisterio de la Iglesia ha intervenido con frecuencia para aclarar y resolver cuestiones morales en este ámbito. La Instrucción Donum vitae fue particularmente significativa [1]. Y ahora, veinte años después de su publicación, conviene actualizarlo.
La enseñanza de Donum vitae sigue siendo completamente válida, tanto en lo que respecta a los principios en los que se basa como a las valoraciones morales que expresa. Sin embargo, las nuevas tecnologías biomédicas que se han introducido en el área crítica de la vida humana y la familia han dado lugar a nuevas preguntas, en particular en el campo de la investigación sobre embriones humanos, el uso de células madre con fines terapéuticos, así como en otras áreas de la medicina experimental. Estas nuevas preguntas requieren respuestas. El ritmo de los avances científicos en este ámbito y la publicidad que han recibido han generado expectativas y preocupaciones en amplios sectores de la opinión pública. Se ha pedido a las Asambleas Legislativas que tomen decisiones sobre estas cuestiones para regularlas por ley; en ocasiones, también se ha llevado a cabo una consulta popular más amplia.
Estos desarrollos han llevado a la Congregación para la Doctrina de la Fe a preparar una nueva Instrucción doctrinal que aborda algunas cuestiones recientes a la luz de los criterios expresados en la Instrucción Donum vitae y que también examina algunas cuestiones que fueron tratadas anteriormente, pero que están en necesidad de una aclaración adicional.
2. En la realización de este estudio, la Congregación para la Doctrina de la Fe se ha beneficiado del análisis de la Pontificia Academia para la Vida y ha consultado a numerosos expertos sobre los aspectos científicos de estas cuestiones, a fin de abordarlas con los principios de Antropología cristiana. Las encíclicas Veritatis splendor [2] y Evangelium vitae [3] de Juan Pablo II, así como otras intervenciones del Magisterio, ofrecen claras indicaciones sobre el método y el contenido del examen de los problemas considerados.
En el actual contexto filosófico y científico polifacético, un número considerable de científicos y filósofos, en el espíritu del Juramento Hipocrático, ven en la ciencia médica un servicio a la fragilidad humana dirigido a la cura de enfermedades, el alivio del sufrimiento y la extensión equitativa de Atención necesaria a todas las personas. Al mismo tiempo, sin embargo, también hay personas en el mundo de la filosofía y la ciencia que ven los avances en la tecnología biomédica desde una perspectiva esencialmente eugenésica.
3. Al presentar principios y valoraciones morales sobre la investigación biomédica de la vida humana, la Iglesia católica se inspira tanto en la razón como en la fe y busca plantear una visión integral del hombre y su vocación, capaz de incorporar todo lo bueno en la actividad humana, así como en diversas tradiciones culturales y religiosas que, con frecuencia, demuestran un gran respeto por la vida.
El Magisterio también busca ofrecer una palabra de apoyo y aliento a la perspectiva de la cultura que considera la ciencia como un servicio inestimable para el bien integral de la vida y la dignidad de todo ser humano. Por lo tanto, la Iglesia mira la investigación científica con esperanza y desea que muchos cristianos se dediquen al progreso de la biomedicina y den testimonio de su fe en este campo. Además, espera que los resultados de dicha investigación también puedan estar disponibles en áreas del mundo pobres y afectadas por enfermedades, de modo que quienes más lo necesitan reciban asistencia humanitaria. Finalmente, la Iglesia busca acercarse a todo ser humano que sufre, ya sea en el cuerpo o en el espíritu, para traer no solo consuelo, sino también luz y esperanza. Estos dan sentido a los momentos de enfermedad y a la experiencia de la muerte, que son parte de la vida humana y están presentes en la historia de cada uno, abriendo esa historia al misterio de la Resurrección. Verdaderamente, la mirada de la Iglesia está llena de confianza porque “La vida triunfará: esta es una esperanza segura para nosotros. Sí, la vida triunfará porque la verdad, la bondad, la alegría y el verdadero progreso están del lado de la vida. Dios, que ama la vida y la da con generosidad, está del lado de la vida” [4].
La presente Instrucción está dirigida a los fieles católicos y a todos los que buscan la verdad [5]. Tiene tres partes: la primera recuerda algunos elementos antropológicos, teológicos y éticos de fundamental importancia; la segunda aborda nuevos problemas relacionados con la procreación; la tercera examina nuevos procedimientos que involucran la manipulación de embriones y el patrimonio genético humano.
Primera parte:
Aspectos antropológicos, teológicos y éticos de
la vida humana y la procreación
4. En las últimas décadas, la ciencia médica ha logrado importantes avances en la comprensión de la vida humana en sus etapas iniciales. Las estructuras biológicas humanas y el proceso de generación humana son más conocidos. Estos desarrollos son ciertamente positivos y dignos de apoyo cuando sirven para superar o corregir patologías y lograr restablecer el normal funcionamiento de la procreación humana. Por otro lado, son negativos y no pueden utilizarse cuando supongan la destrucción de seres humanos o cuando emplean medios que contradicen la dignidad de la persona o cuando se utilizan con fines contrarios al bien integral del hombre.
El cuerpo de un ser humano, desde las primeras etapas de su existencia, nunca puede reducirse simplemente a un grupo de células. El cuerpo humano embrionario se desarrolla progresivamente de acuerdo con un programa bien definido con su propia finalidad, como es evidente en el nacimiento de cada bebé.
Es oportuno recordar el criterio ético fundamental expresado en la Instrucción Donum vitae para evaluar todas las cuestiones morales que se relacionan con los procedimientos que involucran al embrión humano: “Así, el fruto de la generación humana, desde el primer momento de su existencia, es digamos, desde el momento en que se ha formado el cigoto, exige el respeto incondicional que moralmente se le debe al ser humano en su totalidad corporal y espiritual. El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el momento de la concepción; y por ello desde ese mismo momento se deben reconocer sus derechos como persona, entre los que se encuentra en primer lugar el derecho inviolable de todo ser humano inocente a la vida” [6].
5. Este principio ético, que la razón es capaz de reconocer como verdadero y conforme a la ley moral natural, debe ser la base de toda la legislación en esta materia [7]. De hecho, presupone una verdad de carácter ontológico, como Donum vitae demostró a partir de sólidas evidencias científicas, sobre la continuidad en el desarrollo del ser humano.
Si Donum vitae, para evitar un enunciado de naturaleza explícitamente filosófica, no definió al embrión como persona, sí indicó que existe una conexión intrínseca entre la dimensión ontológica y el valor específico de toda vida humana. Si bien la presencia del alma espiritual no puede observarse experimentalmente, las conclusiones de la ciencia sobre el embrión humano dan “Una valiosa indicación para discernir mediante el uso de la razón una presencia personal en el momento de la primera aparición de una vida humana: ¿cómo podría un individuo humano no ser una persona humana?” [8]. En efecto, la realidad del ser humano a lo largo de toda la vida, tanto antes como después del nacimiento, no nos permite plantear ni un cambio en la naturaleza ni una gradación en el valor moral, ya que posee un estatus antropológico y ético pleno. El embrión humano tiene, por tanto, desde el principio, la dignidad propia de una persona.
6. El respeto a esa dignidad es un deber de todo ser humano porque cada uno lleva de manera indeleble su propia dignidad y valor. El origen de la vida humana tiene su contexto auténtico en el matrimonio y en la familia, donde se genera a través de un acto que expresa el amor recíproco entre un hombre y una mujer. La procreación verdaderamente responsable frente al niño que va a nacer “debe ser fruto del matrimonio” [9].
El matrimonio, presente en todos los tiempos y en todas las culturas, “es en realidad algo instituido sabia y providencialmente por Dios Creador para realizar su designio amoroso en los seres humanos. Así, marido y mujer, mediante el don recíproco de sí mismos al otro, propio y exclusivo de ellos, hacen realidad esa comunión de personas por la que se perfeccionan mutuamente, para cooperar con Dios en la procreación y la crianza de los nuevas vidas humanas” [10]. En la fecundidad del amor conyugal, el hombre y la mujer “dejan claro que en el origen de su vida conyugal hay un auténtico 'sí', que se pronuncia y se vive verdaderamente en reciprocidad, permaneciendo siempre abiertos a la vida... Ley natural, que está en la raíz del reconocimiento de la verdadera igualdad entre personas y pueblos, merece ser reconocida como la fuente que inspira la relación entre los cónyuges en su responsabilidad de engendrar nuevos hijos. La transmisión de la vida está inscrita en la naturaleza y sus leyes son una norma no escrita a la que todos deben referirse” [11].
7. La Iglesia tiene la convicción de que lo humano no sólo es recibido y respetado por la fe, sino que también se purifica, eleva y perfecciona. Dios, después de haber creado al hombre a su imagen y semejanza (cf. Gn 1, 26), calificó a su criatura como “muy buena” ( Gn 1, 31), para ser asumida luego en el Hijo (cf. Jn 1: 14). En el misterio de la Encarnación, el Hijo de Dios confirmó la dignidad del cuerpo y del alma que constituyen el ser humano. Cristo no desdeñó la corporalidad humana, sino que reveló plenamente su significado y valor: “En realidad, sólo en el misterio del Verbo encarnado se aclara verdaderamente el misterio del hombre” [12].
Al hacerse uno de nosotros, el Hijo hace posible que seamos “hijos de Dios” (Jn 1 , 12), “partícipes de la naturaleza divina” (2 Ped 1, 4). Esta nueva dimensión no entra en conflicto con la dignidad de la criatura, que todos pueden reconocer con el uso de la razón, sino que la eleva a un horizonte de vida más amplio, propio de Dios, dándonos la capacidad de reflexionar más profundamente sobre la vida humana y sobre los actos por los que se crea [13].
El respeto por el ser humano individual, que exige la razón, se realza y fortalece aún más a la luz de estas verdades de fe: así, vemos que no hay contradicción entre la afirmación de la dignidad y la afirmación del carácter sagrado de la vida humana. “Las diferentes formas en que Dios, actuando en la historia, se preocupa por el mundo y por la humanidad no son mutuamente excluyentes; al contrario, se apoyan y se cruzan. Tienen su origen y meta en el consejo eterno, sabio y amoroso por el cual Dios predestina a los hombres y mujeres 'para ser hechos conformes a la imagen de su Hijo' (Rom 8, 29)” [14].
8. Tomando como punto de partida la interrelación de estas dos dimensiones, la humana y la divina, se comprende mejor por qué el hombre tiene un valor indiscutible: posee una vocación eterna y está llamado a participar del amor trinitario del Dios viviente.
Este valor pertenece a todos sin distinción. Por el simple hecho de existir, todo ser humano debe ser plenamente respetado. Debe excluirse la introducción de discriminación en la dignidad humana basada en el desarrollo biológico, psicológico o educativo, o basada en criterios relacionados con la salud. En cada etapa de su existencia, el hombre, creado a imagen y semejanza de Dios, refleja “el rostro de su Hijo Unigénito... Este amor ilimitado y casi incomprensible de Dios por el ser humano revela el grado en que la persona humana merece ser amado en sí mismo, independientemente de cualquier otra consideración: inteligencia, belleza, salud, juventud, integridad, etc. En resumen, la vida humana es siempre un bien, porque "es una manifestación de Dios en el mundo, un signo de su presencia, un rastro de su gloria"(Evangelium Vitae, 34)" [15].
9. Estas dos dimensiones de la vida, la natural y la sobrenatural, nos permiten comprender mejor el sentido en que se reflejan los actos que permiten la existencia de un nuevo ser humano, en el que un hombre y una mujer se entregan el uno al otro, son un reflejo del amor trinitario. “Dios, que es amor y vida, ha inscrito en el hombre y la mujer la vocación de participar de manera especial en su misterio de comunión personal y en su obra de Creador y Padre” [16].
El matrimonio cristiano está arraigado “en la complementariedad natural que existe entre el hombre y la mujer, y se nutre de la voluntad personal de los cónyuges de compartir todo su proyecto de vida, lo que tienen y lo que son: por eso esa comunión es el fruto y el signo de una necesidad profundamente humana. Pero en Cristo Señor, Dios asume esta necesidad humana, la confirma, la purifica y la eleva, llevándola a la perfección mediante el sacramento del matrimonio: el Espíritu Santo que se derrama en la celebración sacramental ofrece a los matrimonios cristianos el don de una nueva comunión de amor que es imagen viva y real de esa unidad única que hace de la Iglesia el Cuerpo Místico indivisible del Señor Jesús” [17].
10. La Iglesia, al expresar un juicio ético sobre algunos desarrollos de la investigación médica reciente sobre el hombre y sus inicios, no interviene en el ámbito propio de la ciencia médica, sino que llama a todos a la responsabilidad ética y social de sus actos. Les recuerda que el valor ético de la ciencia biomédica se mide en referencia tanto al respeto incondicional que se le debe a todo ser humano en cada momento de su existencia, como a la defensa del carácter específico del acto personal que transmite la vida. La intervención del Magisterio se inscribe en su misión de contribuir a la formación de la conciencia, enseñando auténticamente la verdad que es Cristo y, al mismo tiempo, declarando y confirmando con autoridad los principios del orden moral que brotan de la misma naturaleza humana [18].
Segunda parte:
Nuevos problemas relacionados con la procreación
11. A la luz de los principios recordados anteriormente, ahora pueden examinarse algunas cuestiones relativas a la procreación que han surgido y se han aclarado en los años transcurridos desde la publicación de Donum vitae.
Técnicas para ayudar a la fertilidad
12. En cuanto al tratamiento de la infertilidad, las nuevas técnicas médicas deben respetar tres bienes fundamentales: a) el derecho a la vida y a la integridad física de todo ser humano desde la concepción hasta la muerte natural; b) la unidad del matrimonio, que significa el respeto recíproco del derecho dentro del matrimonio a ser padre o madre sólo junto con el otro cónyuge [19], c) los valores específicamente humanos de la sexualidad que exigen “que la procreación de una persona humana se produzca como fruto del acto conyugal propio del amor entre los esposos” [20]. Las técnicas que ayudan a la procreación “no deben rechazarse por ser artificiales. Como tales, dan testimonio de las posibilidades del arte de la medicina. Pero deben recibir una valoración moral en referencia a la dignidad de la persona humana, que está llamada a realizar su vocación de Dios al don del amor y al don de la vida” [21].
A la luz de este principio, deben excluirse todas las técnicas de fecundación artificial heteróloga [22], así como las técnicas de fecundación artificial homóloga [23] que sustituyan al acto conyugal. Por otro lado, se permiten técnicas que actúen como ayuda al acto conyugal y su fertilidad . La instrucción Donum vitae afirma: “El médico está al servicio de las personas y de la procreación humana. No tiene autoridad para deshacerse de ellos o decidir su destino. Una intervención médica respeta la dignidad de las personas cuando busca asistir al acto conyugal ya sea para facilitar su realización o para permitirle alcanzar su objetivo una vez que se haya realizado normalmente” [24]. Y, en cuanto a la inseminación artificial homóloga, señala: “No se puede admitir la inseminación artificial homóloga dentro del matrimonio salvo aquellos casos en los que los medios técnicos no sustituyan al acto conyugal, sino que sirvan para facilitar y ayudar a que este acto alcance su finalidad natural” [25].
13. Ciertamente, las técnicas destinadas a eliminar obstáculos a la fecundación natural, como por ejemplo, los tratamientos hormonales para la infertilidad, la cirugía de la endometriosis, el desbloqueo de las trompas de Falopio o su reparación quirúrgica, son lícitas. Todas estas técnicas pueden considerarse tratamientos auténticos porque, una vez resuelto el problema causante de la infertilidad, la pareja casada es capaz de realizar actos conyugales que den lugar a la procreación, sin que la acción del médico interfiera directamente en ese acto. Ninguno de estos tratamientos sustituye al acto conyugal, que es el único digno de una procreación verdaderamente responsable.
Para ayudar a las numerosas parejas infértiles que quieren tener hijos, la adopción debe ser incentivada, promovida y facilitada por una legislación adecuada para que los muchos niños que carecen de padres puedan recibir un hogar que contribuya a su desarrollo humano. Además, la investigación y la inversión dirigidas a la prevención de la esterilidad merecen aliento.
Fertilización in vitro y destrucción deliberada de embriones
14. El hecho de que el proceso de fecundación in vitro implica con mucha frecuencia la destrucción deliberada de embriones ya se señaló en la Instrucción Donum vitae [26]. Algunos sostuvieron que esto se debía a técnicas que todavía eran algo imperfectas. La experiencia posterior ha demostrado, sin embargo, que todas las técnicas de fertilización in vitro proceden como si el embrión humano fuera simplemente una masa de células para ser utilizadas, seleccionadas y descartadas.
Es cierto que aproximadamente un tercio de las mujeres que recurren a la procreación artificial logran tener un bebé. Debe reconocerse, sin embargo, que dada la proporción entre el número total de embriones producidos y los que finalmente nacen, el número de embriones sacrificados es extremadamente alto [27]. Los practicantes de la fertilización in vitro aceptan estas pérdidas como el precio a pagar por los resultados positivos. En realidad, es profundamente preocupante que la investigación en esta área tenga como objetivo principal obtener mejores resultados en cuanto al porcentaje de bebés nacidos de mujeres que inician el proceso, pero no manifiesta un interés concreto en el derecho a la vida de cada embrión individual.
15. A menudo se objeta que la pérdida de embriones es, en la mayoría de los casos, involuntaria o que ocurre realmente en contra de la voluntad de los padres y los médicos. Dicen que se trata de riesgos que no son tan diferentes de los de la procreación natural; Tratar de generar nueva vida sin correr ningún riesgo significaría en la práctica no hacer nada para transmitirla. Es cierto que no todas las pérdidas de embriones en el proceso de fecundación in vitro tienen la misma relación con la voluntad de los implicados en el procedimiento. Pero también es cierto que en muchos casos se prevé y se desea el abandono, destrucción y pérdida de embriones.
Embriones producidos in vitro que tienen defectos se descartan directamente. Cada vez son más frecuentes los casos en los que las parejas que no tienen problemas de fertilidad utilizan medios artificiales de procreación para realizar la selección genética de su descendencia. En muchos países, ahora es común estimular la ovulación para obtener una gran cantidad de ovocitos que luego se fertilizan. De estos, algunos se transfieren al útero de la mujer, mientras que otros se congelan para uso futuro. El motivo de la transferencia múltiple es aumentar la probabilidad de que al menos un embrión se implante en el útero. En esta técnica, por lo tanto, el número de embriones transferidos es mayor que el único hijo deseado, con la expectativa de que se perderán algunos embriones y es posible que no ocurra un embarazo múltiple. De esta forma, la práctica de la transferencia de embriones múltiples implica un tratamiento puramente utilitario de los embriones. Llama la atención el hecho de que, en cualquier otra área de la medicina, la ética profesional ordinaria y las propias autoridades sanitarias nunca permitirían un procedimiento médico que implicara un número tan elevado de fracasos y muertes. De hecho, las técnicas de fertilización in vitro se aceptan sobre la base de la presuposición de que el embrión individual no merece todo respeto en presencia del deseo competitivo de descendencia que debe satisfacerse.
Esta triste realidad, que muchas veces pasa desapercibida, es verdaderamente deplorable: las “diversas técnicas de reproducción artificial, que parecen estar al servicio de la vida y que se utilizan frecuentemente con esta intención, abren realmente la puerta a nuevas amenazas contra la vida” [28].
16. La Iglesia sostiene además que es éticamente inaceptable disociar la procreación del contexto integralmente personal del acto conyugal: [29] la procreación humana es un acto personal de un esposo y una esposa, que no es susceptible de sustitución. La alegre aceptación de la enorme cantidad de abortos involucrados en el proceso de fecundación in vitro ilustra vívidamente cómo la sustitución del acto conyugal por un procedimiento técnico, además de estar en contradicción con el respeto que se debe a la procreación como algo que no puede ser reducido a la mera reproducción, conduce a un debilitamiento del respeto debido a todo ser humano. El reconocimiento de tal respeto, por otra parte, es promovido por la intimidad de marido y mujer alimentada por el amor conyugal.
La Iglesia reconoce la legitimidad del deseo de tener un hijo y comprende el sufrimiento de las parejas que luchan con problemas de fertilidad. Sin embargo, tal deseo no debería anular la dignidad de toda vida humana hasta el punto de la supremacía absoluta. El deseo de tener un hijo no puede justificar la “producción” de descendencia, así como el deseo de no tener un hijo no puede justificar el abandono o la destrucción de un hijo una vez que ha sido concebido.
En realidad, parece que algunos investigadores, carentes de un referente ético y conscientes de las posibilidades inherentes al progreso tecnológico, se rinden a la lógica de los deseos puramente subjetivos [30] y a las presiones económicas tan fuertes en este ámbito. Ante esta manipulación del ser humano en su estado embrionario, es necesario repetir que “el amor de Dios no distingue entre el infante recién concebido aún en el vientre de su madre y el niño o joven, o el adulto y anciano. Dios no distingue entre ellos porque ve una impresión de su propia imagen y semejanza ( Gén.1:26) en cada uno... Por eso, el Magisterio de la Iglesia ha proclamado constantemente el carácter sagrado e inviolable de toda vida humana desde su concepción hasta su fin natural” [31].
Inyección intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI)
17. Entre las técnicas recientes de fertilización artificial que han ido adquiriendo gradualmente una importancia particular se encuentra la inyección intracitoplasmática de espermatozoides [32]. Esta técnica se utiliza con mayor frecuencia dada su eficacia para superar diversas formas de infertilidad masculina [33].
Como ocurre en general con la fecundación in vitro, de la que es una variedad, la ICSI es intrínsecamente ilícita: provoca una separación completa entre la procreación y el acto conyugal. En efecto, ICSI se realiza “fuera de los órganos de la pareja a través de actuaciones de terceros cuya competencia y actividad técnica determinan el éxito del procedimiento. Dicha fertilización confía la vida y la identidad del embrión al poder de médicos y biólogos y establece el dominio de la tecnología sobre el origen y destino de la persona humana. Esa relación de dominación es en sí misma contraria a la dignidad y la igualdad que deben ser comunes a padres e hijos. La concepción in vitro es el resultado de la acción técnica que preside la fertilización. Tal fecundación no se logra ni se quiere positivamente como expresión y fruto de un acto específico de la unión conyugal” [34].
Congelar embriones
18. Uno de los métodos para mejorar las posibilidades de éxito de las técnicas de fertilización in vitro es la multiplicación de intentos. Para evitar la extracción repetida de ovocitos del cuerpo de la mujer, el proceso implica una única intervención en la que se toman múltiples ovocitos, seguida de la criopreservación de un número considerable de embriones concebidos in vitro [35]. De esta manera, si el intento inicial de lograr el embarazo no tiene éxito, el procedimiento puede repetirse o intentarse embarazos adicionales en una fecha posterior. En algunos casos, incluso los embriones utilizados en la primera transferencia se congelan porque la estimulación ovárica hormonal utilizada para obtener los ovocitos tiene ciertos efectos que llevan a los médicos a esperar hasta que las condiciones fisiológicas de la mujer hayan vuelto a la normalidad antes de intentar transferir un embrión a su útero.
La criopreservación es incompatible con el respeto debido a los embriones humanos; presupone su producción in vitro; los expone a un grave riesgo de muerte o daño físico, ya que un alto porcentaje no sobrevive al proceso de congelación y descongelación; las priva al menos temporalmente de la recepción y gestación maternas; los coloca en una situación en la que son susceptibles de más ofensas y manipulaciones [36].
La mayoría de los embriones que no se utilizan quedan “huérfanos”. Sus padres no preguntan por ellos y en ocasiones se pierde todo rastro de los padres. Es por eso que hay miles y miles de embriones congelados en casi todos los países donde se realiza la fertilización in vitro.
19. Con respecto a la gran cantidad de embriones congelados que ya existen, la pregunta es: ¿qué hacer con ellos? Algunos de los que plantean esta pregunta no captan su carácter ético, motivados por leyes de algunos países que exigen que los centros de criopreservación vacíen periódicamente sus tanques de almacenamiento. Otros, sin embargo, son conscientes de que se ha perpetrado una grave injusticia y se preguntan cuál es la mejor forma de responder al deber de resolverla.
Las propuestas para utilizar estos embriones para la investigación o para el tratamiento de enfermedades son obviamente inaceptables porque tratan a los embriones como un mero "material biológico" y resultan en su destrucción. También es inaceptable la propuesta de descongelar estos embriones sin reactivarlos y utilizarlos para la investigación, como si fueran cadáveres normales [37].
La propuesta de que estos embriones puedan ser puestos a disposición de parejas infértiles como tratamiento para la infertilidad no es éticamente aceptable por las mismas razones que hacen ilícita la procreación heteróloga artificial, así como cualquier forma de maternidad subrogada; [38] esta práctica también daría lugar a otros problemas de carácter médico, psicológico y legal.
También se ha propuesto, únicamente para permitir que nazcan seres humanos que de otro modo estarían condenados a la destrucción, que podría haber una forma de “adopción prenatal”. Esta propuesta, loable en cuanto a la intención de respetar y defender la vida humana, presenta, sin embargo, diversos problemas no distintos de los mencionados anteriormente.
A fin de cuentas, hay que reconocer que los miles de embriones abandonados representan una situación de injusticia que, de hecho, no se puede resolver. Por tanto, Juan Pablo II hizo un “llamamiento a la conciencia de las autoridades científicas del mundo y en particular a los médicos, para que se detenga la producción de embriones humanos, teniendo en cuenta que no parece haber una solución moralmente lícita con respecto al destino de miles de embriones humanos 'congelados' que son y siguen siendo sujetos de derechos esenciales y, por tanto, deben ser protegidos por la ley como personas humanas” [39].
La congelación de los ovocitos
20. Para evitar los graves problemas éticos que plantea la congelación de embriones, también se ha avanzado en la congelación de ovocitos en el ámbito de las técnicas de fecundación in vitro [40]. Una vez que se ha obtenido un número suficiente de ovocitos para una serie de intentos de procreación artificial, solo se fertilizan los que se van a transferir al cuerpo de la madre mientras que los demás se congelan para una futura fertilización y transferencia en caso de que los intentos iniciales no tengan éxito. .
A este respecto, es necesario señalar que la criopreservación de ovocitos con el fin de utilizarlos en la procreación artificial debe considerarse moralmente inaceptable.
La reducción de embriones
21. Algunas técnicas utilizadas en la procreación artificial, sobre todo la transferencia de múltiples embriones al útero materno, han provocado un aumento significativo de la frecuencia de embarazos múltiples. Esta situación da lugar a su vez a la práctica de la denominada reducción embrionaria, un procedimiento en el que los embriones o fetos en el útero son directamente exterminados. La decisión de eliminar vidas humanas, dado que se trataba de una vida humana que se deseaba en primer lugar, representa una contradicción que muchas veces puede conducir a sufrimiento y sentimientos de culpa que duran años.
Desde el punto de vista ético, la reducción de embriones es un aborto selectivo intencional. Se trata en realidad de la eliminación deliberada y directa de uno o más seres humanos inocentes en la fase inicial de su existencia y como tal siempre constituye un grave desorden moral [41].
Las justificaciones éticas propuestas para la reducción de embriones a menudo se basan en analogías con desastres naturales o situaciones de emergencia en las que, a pesar de las mejores intenciones de todos los involucrados, no es posible salvar a todos. Tales analogías no pueden en modo alguno ser la base de una acción directamente abortiva. En otras ocasiones se invocan principios morales, como los del mal menor o del doble efecto, igualmente inaplicables en este caso. Nunca está permitido hacer algo que sea intrínsecamente ilícito, ni siquiera con vistas a un buen resultado: el fin no justifica los medios.
Diagnóstico preimplantacional
22. El diagnóstico preimplantacional es una forma de diagnóstico prenatal relacionada con técnicas de fertilización artificial en las que los embriones formados in vitro se someten a un diagnóstico genético antes de ser transferidos al útero de la mujer. Dicho diagnóstico se realiza para asegurar que solo se transfieran embriones libres de defectos o que tengan el sexo deseado u otras cualidades particulares.
A diferencia de otras formas de diagnóstico prenatal, en las que la fase diagnóstica está claramente separada de cualquier posible eliminación posterior y que proporcionan, por tanto, un período en el que una pareja sería libre de aceptar a un niño con problemas médicos, en este caso, el diagnóstico antes del implante es seguida inmediatamente por la eliminación de un embrión sospechoso de tener defectos genéticos o cromosómicos, o no tener el sexo deseado, o tener otras cualidades que no se desean. El diagnóstico preimplantacional -conectado como está con la fecundación artificial, que en sí misma es siempre intrínsecamente ilícita- está dirigido a la selección cualitativa y consecuente destrucción de los embriones, lo que constituye un acto de aborto. El diagnóstico preimplantacional es, por tanto, la expresión de una mentalidad eugenésica que “acepta el aborto selectivo con el fin de evitar el nacimiento de niños afectados por diversos tipos de anomalías. Esta actitud es vergonzosa y absolutamente reprobable, ya que supone medir el valor de la vida humana sólo dentro de los parámetros de la 'normalidad' y el bienestar físico, abriendo así el camino para legitimar también el infanticidio y la eutanasia” [42].
Al tratar al embrión humano como un mero "material de laboratorio", el concepto mismo de dignidad humana también está sujeto a alteraciones y discriminación. La dignidad pertenece por igual a todo ser humano, independientemente de los deseos de sus padres, su condición social, formación educativa o nivel de desarrollo físico. Si en otras épocas de la historia, mientras se aceptaba en general el concepto y las exigencias de la dignidad humana, se practicaba la discriminación por motivos de raza, religión o condición social, hoy existe una forma de discriminación no menos grave e injusta que conduce a la discriminación y el no reconocimiento de la condición ética y jurídica de los seres humanos que padecen enfermedades o discapacidades graves. Se olvida que las personas enfermas y discapacitadas no son una categoría separada de la humanidad; de hecho, la enfermedad y la discapacidad son parte de la condición humana y afectan a cada individuo, incluso cuando no existe una experiencia directa de ello.
Nuevas formas de interceptación y contragestación
23. Junto a los métodos de prevención del embarazo que son propiamente anticonceptivos, es decir, que impiden la concepción posterior a un acto sexual, existen otros medios técnicos que actúan después de la fecundación, cuando el embrión ya está constituido, ya sea antes o después de la implantación en la pared uterina. Tales métodos son interceptivos si interfieren con el embrión antes de la implantación y contragestativos si provocan la eliminación del embrión una vez implantado.
Con el fin de promover un uso más amplio de los métodos interceptivos [43], a veces se afirma que no se comprende suficientemente la forma en que funcionan. Es cierto que no siempre existe un conocimiento completo de la forma en que operan los diferentes fármacos, pero los estudios científicos indican que el efecto inhibidor de la implantación ciertamente está presente, aunque esto no significa que tales interceptivos provoquen un aborto cada vez que se utilizan, también porque la concepción no ocurre después de cada acto sexual. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que cualquier persona que busque prevenir la implantación de un embrión que posiblemente haya sido concebido y que, por lo tanto, solicite o prescriba tal medicamento, generalmente tiene la intención de abortar.
Cuando hay un retraso en la menstruación, se usa un contragestivo, [44] generalmente una o dos semanas después de la no aparición de la menstruación. El objetivo declarado es restablecer la menstruación, pero lo que ocurre en realidad es el aborto de un embrión recién implantado.
Como es sabido, el aborto es “la matanza deliberada y directa, por cualquier medio que se lleve a cabo, de un ser humano en la fase inicial de su existencia, desde la concepción hasta el nacimiento” [45]. Por tanto, el uso de medios de interceptación y contragestión cae dentro del pecado del aborto y es gravemente inmoral. Además, cuando existe la certeza de que se ha producido un aborto, existen graves sanciones en el derecho canónico [46].
Tercera parte:
Nuevos tratamientos que involucran la manipulación del
embrión o del patrimonio genético humano
24. Los conocimientos adquiridos en los últimos años han abierto nuevas perspectivas tanto para la medicina regenerativa como para el tratamiento de enfermedades de base genética. En particular, la investigación sobre células madre embrionarias y sus posibles usos futuros ha suscitado un gran interés, aunque hasta ahora dicha investigación no ha producido resultados efectivos, a diferencia de la investigación sobre células madre adultas. Dado que algunos sostienen que los posibles avances médicos que podrían resultar de la investigación sobre células madre embrionarias podrían justificar diversas formas de manipulación y destrucción de embriones humanos, ha surgido toda una gama de preguntas en el área de la terapia génica, desde la clonación hasta el uso de células madre embrionarias, que exigen un atento discernimiento moral.
Terapia de genes
25. La terapia génica se refiere comúnmente a las técnicas de ingeniería genética aplicadas al ser humano con fines terapéuticos, es decir, con el objetivo de curar enfermedades de base genética, aunque recientemente se ha intentado la terapia génica para enfermedades que no son hereditarias, para el cáncer en especial.
En teoría, es posible utilizar la terapia génica en dos niveles: terapia génica de células somáticas y terapia de células de línea germinal. La terapia génica de células somáticas busca eliminar o reducir los defectos genéticos a nivel de las células somáticas, es decir, células distintas de las reproductoras, pero que componen los tejidos y órganos del cuerpo. Se trata de procedimientos dirigidos a determinadas células individuales con efectos que se limitan a una sola persona. La terapia con células de la línea germinal tiene como objetivo corregir los defectos genéticos presentes en las células de la línea germinal con el propósito de transmitir los efectos terapéuticos a la descendencia del individuo. Dichos métodos de terapia génica, ya sea terapia de células somáticas o de línea germinal, se pueden realizar en un feto antes de su nacimiento como terapia génica en el útero o después del nacimiento en un niño o adulto.
26. Para una evaluación moral es necesario tener en cuenta las siguientes distinciones. Los procedimientos utilizados en células somáticas con fines estrictamente terapéuticos son, en principio, moralmente lícitos. Tales acciones buscan restaurar la configuración genética normal del paciente o contrarrestar los daños causados por anomalías genéticas o las relacionadas con otras patologías. Dado que la terapia génica puede implicar riesgos importantes para el paciente, se debe observar el principio ético según el cual, para proceder a una intervención terapéutica, es necesario establecer previamente que la persona en tratamiento no estará expuesta a riesgos para su salud o integridad física que sean excesivas o desproporcionadas a la gravedad de la patología para la que se busca curación. También se requiere el consentimiento informado del paciente o su representante legítimo.
La evaluación moral de la terapia con células germinales es diferente. Cualquier modificación genética que se efectúe en las células germinales de una persona se transmitirá a cualquier posible descendencia. Debido a que los riesgos relacionados con cualquier manipulación genética son considerables y aún no son completamente controlables, en el estado actual de la investigación, no es moralmente permisible actuar de una manera que pueda causar un posible daño a la progenie resultante. En la hipótesis de la terapia génica en el embrión, hay que agregar que esto solo tiene lugar en el contexto de la fecundación in vitro y, por lo tanto, choca con todas las objeciones éticas a tales procedimientos. Por estas razones, por lo tanto, debe afirmarse que, en su estado actual, la terapia con células de línea germinal en todas sus formas es moralmente ilícita.
27. La cuestión de la utilización de la ingeniería genética para fines distintos del tratamiento médico también requiere consideración. Algunos han imaginado la posibilidad de utilizar técnicas de ingeniería genética para introducir alteraciones con el presunto objetivo de mejorar y fortalecer el acervo genético. Algunas de estas propuestas exhiben cierto descontento o incluso rechazo al valor del ser humano como criatura y persona finitas. Aparte de las dificultades técnicas y los riesgos reales y potenciales que implica, dicha manipulación promovería una mentalidad eugenésica y conduciría a un estigma social indirecto con respecto a las personas que carecen de ciertas cualidades, al tiempo que privilegia las cualidades que resultan apreciadas por una determinada cultura o sociedad; tales cualidades no constituyen lo que es específicamente humano. Esto contrastaría con la verdad fundamental de la igualdad de todos los seres humanos que se expresa en el principio de justicia, cuya violación, a la larga, perjudicaría la convivencia pacífica entre los individuos. Además, uno se pregunta quién sería capaz de establecer qué modificaciones se considerarían positivas y cuáles no, o qué límites se deberían poner a las solicitudes individuales de mejora, ya que sería materialmente imposible cumplir los deseos de cada persona. Sin embargo, cualquier respuesta concebible a estas preguntas se derivaría de criterios arbitrarios y cuestionables. Todo esto lleva a la conclusión de que la perspectiva de tal intervención acabaría tarde o temprano perjudicando el bien común, favoreciendo la voluntad de unos sobre la libertad de otros. Finalmente también hay que señalar que en el intento de crear, uno se pregunta quién sería capaz de establecer qué modificaciones se considerarían positivas y cuáles no, o qué límites deberían imponerse a las solicitudes individuales de mejora, ya que sería materialmente imposible satisfacer los deseos de cada persona. Sin embargo, cualquier respuesta concebible a estas preguntas se derivaría de criterios arbitrarios y cuestionables. Todo esto lleva a la conclusión de que la perspectiva de tal intervención acabaría tarde o temprano perjudicando el bien común, favoreciendo la voluntad de unos sobre la libertad de otros. Finalmente también hay que señalar que en el intento de crear un nuevo tipo de ser humano, se puede reconocer un elemento ideológico en el que el hombre intenta ocupar el lugar de su Creador.
Al señalar la negatividad ética de este tipo de intervenciones que implican una dominación injusta del hombre sobre el hombre, la Iglesia también recuerda la necesidad de volver a una actitud de cuidado de las personas y de educación en la aceptación de la vida humana en su finito histórico concreto.
Clonación humana
28. La clonación humana se refiere a la reproducción asexual o agamética de todo el organismo humano para producir una o más "copias" que, desde una perspectiva genética, son sustancialmente idénticas al original único [47].
La clonación se propone con dos propósitos básicos: reproducción , es decir, para obtener el nacimiento de un bebé, y terapia o investigación médica. En teoría, la clonación reproductiva podría satisfacer ciertos deseos específicos, por ejemplo, el control sobre la evolución humana, la selección de seres humanos con cualidades superiores, la preselección del sexo de un niño por nacer, la producción de un niño que es “copia” de otro, o producción de un hijo para una pareja cuya infertilidad no puede tratarse de otra manera. La clonación terapéutica, por su parte, se ha propuesto como una forma de producir células madre embrionarias con un patrimonio genético predeterminado para superar el problema del rechazo del sistema inmunológico; por lo tanto, esto está relacionado con la cuestión del uso de células madre.
Los intentos de clonación han suscitado una auténtica preocupación en todo el mundo. Varias organizaciones nacionales e internacionales han expresado juicios negativos sobre la clonación humana y ha sido prohibida en la gran mayoría de naciones.
La clonación humana es intrínsecamente ilícita en el sentido de que, al llevar al extremo la negatividad ética de las técnicas de fertilización artificial, busca dar lugar a un nuevo ser humano sin conexión con el acto de entrega recíproca entre los cónyuges y, de manera más radical, sin ningún vínculo con la sexualidad. Esto conduce a manipulaciones y abusos gravemente perjudiciales para la dignidad humana [48].
29. Si la clonación se hiciera para la reproducción, esto impondría al individuo resultante una identidad genética predeterminada, sometiéndolo -como se ha dicho- a una forma de esclavitud biológica, de la que sería difícil liberarse. El hecho de que alguien se arrogue el derecho a determinar arbitrariamente las características genéticas de otra persona constituye una grave ofensa a la dignidad de esa persona así como a la igualdad fundamental de todas las personas.
La originalidad de toda persona es consecuencia de la relación particular que existe entre Dios y el ser humano desde el primer momento de su existencia y conlleva la obligación de respetar la singularidad e integridad de cada persona, incluso a nivel biológico y genético. En el encuentro con otra persona, nos encontramos con un ser humano que debe su existencia y sus características propias al amor de Dios, y solo el amor de marido y mujer constituye una mediación de ese amor conforme al designio del Padre Creador y celestial.
30. Desde el punto de vista ético, la llamada clonación terapéutica es aún más grave. Crear embriones con la intención de destruirlos, incluso con la intención de ayudar a los enfermos, es completamente incompatible con la dignidad humana, porque hace que la existencia de un ser humano en la etapa embrionaria no sea más que un medio para ser utilizado y destruido. Es gravemente inmoral sacrificar una vida humana con fines terapéuticos.
Las objeciones éticas planteadas en muchos sectores a la clonación terapéutica y al uso de embriones humanos formados in vitro han llevado a algunos investigadores a proponer nuevas técnicas que se presentan como capaces de producir células madre de tipo embrionario sin implicar la destrucción de verdaderos embriones humanos [49]. Estas propuestas se han enfrentado a cuestiones tanto de carácter científico como ético en relación, sobre todo, con el estatus ontológico del “producto” obtenido de esta forma. Hasta que se aclaren estas dudas, el comunicado de la Encíclica Evangelium vitae. Hay que tener en cuenta: “lo que está en juego es tan importante que, desde el punto de vista de la obligación moral, la mera probabilidad de que una persona humana esté involucrada sería suficiente para justificar una prohibición absolutamente clara de cualquier intervención dirigida a matar un embrión humano” [50].
El uso terapéutico de las células madre
31. Las células madre son células indiferenciadas con dos características básicas: a) la capacidad prolongada de multiplicarse manteniendo el estado indiferenciado; b) la capacidad de producir células progenitoras transitorias de las que descienden células completamente diferenciadas, por ejemplo, células nerviosas, células musculares y células sanguíneas.
Una vez comprobado experimentalmente que cuando se trasplantan células madre a tejido dañado tienden a favorecer el crecimiento celular y la regeneración del tejido, se abrieron nuevas perspectivas para la medicina regenerativa, que han sido objeto de gran interés entre investigadores de todo el mundo.
Entre las fuentes de células madre humanas que se han identificado hasta ahora se encuentran: el embrión en las primeras etapas de su existencia, el feto, la sangre del cordón umbilical y varios tejidos de humanos adultos (médula ósea, cordón umbilical, cerebro, mesénquima de varios órganos, etc.) y líquido amniótico. Al principio, los estudios se centraron en las células madre embrionarias, porque se creía que solo estas tenían capacidades significativas de multiplicación y diferenciación. Sin embargo, numerosos estudios muestran que las células madre adultas también tienen cierta versatilidad. Incluso si estas células no parecen tener la misma capacidad de renovación o la misma plasticidad que las células madre extraídas de embriones, los estudios científicos avanzados y la experimentación indican que estas células dan resultados más positivos que las células madre embrionarias. Los protocolos terapéuticos vigentes en la actualidad prevén el uso de células madre adultas y se han lanzado muchas líneas de investigación que abren nuevas y prometedoras posibilidades.
32. Con respecto a la evaluación ética, es necesario considerar los métodos de obtención de células madre, así como los riesgos relacionados con su uso clínico y experimental.
En estos métodos, se debe tener en cuenta el origen de las células madre. Los métodos que no causen daños graves al sujeto del que se extraen las células madre se considerarán lícitos. Este es generalmente el caso cuando se toman tejidos de: a) un organismo adulto; b) la sangre del cordón umbilical en el momento del nacimiento; c) fetos que han fallecido por causas naturales. La obtención de células madre de un embrión humano vivo, en cambio, provoca invariablemente la muerte del embrión y, en consecuencia, es gravemente ilícita: “la investigación, en tales casos, independientemente de los resultados terapéuticos eficaces, no está verdaderamente al servicio de la humanidad. De hecho, esta investigación avanza a través de la supresión de vidas humanas que son iguales en dignidad a las vidas de otros individuos humanos y a las vidas de los propios investigadores” [51].
El uso de células madre embrionarias o células diferenciadas derivadas de ellas, incluso cuando son proporcionadas por otros investigadores mediante la destrucción de embriones o cuando dichas células están disponibles comercialmente, presenta serios problemas desde el punto de vista de la cooperación en el mal y el escándalo [52].
No hay objeciones morales al uso clínico de células madre obtenidas lícitamente; sin embargo, es necesario respetar los criterios comunes de ética médica. Dicho uso debe caracterizarse por el rigor científico y la prudencia, reduciendo al mínimo los riesgos para el paciente y facilitando el intercambio de información entre los médicos y la divulgación completa al público en general.
Las iniciativas de investigación que involucren el uso de células madre adultas, ya que no presentan problemas éticos, deben ser alentadas y apoyadas [53].
Intentos de hibridación
33. Recientemente, se han utilizado ovocitos animales para reprogramar los núcleos de células somáticas humanas - esto generalmente se denomina clonación híbrida - con el fin de extraer células madre embrionarias de los embriones resultantes sin tener que utilizar ovocitos humanos.
Desde el punto de vista ético, tales procedimientos constituyen una ofensa a la dignidad del ser humano por la mezcla de elementos genéticos humanos y animales capaces de alterar la identidad específica del hombre. El posible uso de las células madre, extraídas de estos embriones, también puede implicar riesgos adicionales para la salud, aún desconocidos, debido a la presencia de material genético animal en su citoplasma. Exponer conscientemente a un ser humano a tales riesgos es moral y éticamente inaceptable.
El uso de "material biológico" humano de origen ilícito
34. Para la investigación científica y para la producción de vacunas u otros productos, en ocasiones se utilizan líneas celulares que son el resultado de una intervención ilícita contra la vida o la integridad física de un ser humano. La conexión con el acto injusto puede ser mediata o inmediata, ya que generalmente se trata de células que se reproducen con facilidad y abundancia. Este “material” a veces se pone a disposición comercial o se distribuye libremente a los centros de investigación por agencias gubernamentales que tienen esta función bajo la ley. Todo esto da lugar a diversos problemas éticos en relación con la cooperación en el mal y con respecto al escándalo. Por lo tanto, conviene formular principios generales a partir de los cuales las personas de buena conciencia puedan evaluar y resolver situaciones en las que posiblemente puedan verse envueltas por su actividad profesional.
Es necesario recordar sobre todo que la categoría de aborto “debe aplicarse también a las formas recientes de intervención en embriones humanos que, aunque se llevan a cabo con fines legítimos en sí mismos, implican inevitablemente la muerte de esos embriones. Este es el caso de la experimentación con embriones, cada vez más extendida en el campo de la investigación biomédica y legalmente permitida en algunos países... El uso de embriones o fetos humanos como objeto de experimentación constituye un crimen contra su dignidad como seres humanos que tienen derecho al mismo respeto que se le debe al niño una vez nacido, como a toda persona” [54]. Estas formas de experimentación constituyen siempre un grave desorden moral [55].
35. Se crea una situación diferente cuando los investigadores utilizan “material biológico” de origen ilícito que ha sido producido fuera de su centro de investigación o que ha sido obtenido comercialmente. La Instrucción Donum vitae formulaba el principio general que debe observarse en estos casos: “Los cadáveres de embriones y fetos humanos, hayan sido deliberadamente abortados o no, deben ser respetados como los restos de otros seres humanos. En particular, no pueden ser sometidos a mutilaciones ni a autopsias si aún no se ha verificado su muerte y sin el consentimiento de los padres o de la madre. Además, deben salvaguardarse las exigencias morales de que no haya complicidad en el aborto deliberado y que se evite el riesgo de escándalo” [56].
En este sentido, el criterio de independencia tal y como lo han formulado algunos comités de ética no es suficiente. Según este criterio, el uso de “material biológico” de origen ilícito sería éticamente permisible siempre que exista una clara separación entre quienes, por un lado, producen, congelan y provocan la muerte de embriones y, por otro, los investigadores involucrados en la experimentación científica. El criterio de independencia no es suficiente para evitar una contradicción en la actitud de quien dice que no aprueba la injusticia perpetrada por otros, pero al mismo tiempo acepta para su propio trabajo el “material biológico” que los demás han obtenido por medio de esa injusticia. Cuando la acción ilícita esté avalada por las leyes que regulan la investigación científica y sanitaria [57], Cualquier apariencia de aceptación contribuiría de hecho a la creciente indiferencia, si no a la aprobación, de tales acciones en ciertos círculos médicos y políticos.
En ocasiones, se objeta que las consideraciones anteriores significarían que las personas de buena conciencia involucradas en la investigación tendrían el deber de oponerse activamente a todas las acciones ilícitas que se desarrollan en el campo de la medicina, ampliando así en exceso su responsabilidad ética. En realidad, el deber de evitar la cooperación en el mal y el escándalo se relaciona con sus actividades profesionales ordinarias, que deben ejercer de manera justa y mediante las cuales deben dar testimonio del valor de la vida mediante su oposición a leyes gravemente injustas. Por lo tanto, es necesario señalar que existe el deber de negarse a utilizar dicho “material biológico” incluso cuando no existe una conexión estrecha entre el investigador y las acciones de quienes realizaron la fertilización artificial o el aborto, o cuando no hubo acuerdo previo con los centros en los que se realizó la fecundación artificial. Este deber nace de la necesidad de alejarse, en el ámbito de la propia investigación, de una situación jurídica gravemente injusta y afirmar con claridad el valor de la vida humana. Por lo tanto, el criterio de independencia antes mencionado es necesario, pero puede resultar éticamente insuficiente.
Por supuesto, dentro de este cuadro general existen diferentes grados de responsabilidad. Las razones graves pueden ser moralmente proporcionadas para justificar el uso de ese "material biológico". Así, por ejemplo, el peligro para la salud de los niños podría permitir a los padres utilizar una vacuna que fue desarrollada a partir de líneas celulares de origen ilícito, teniendo en cuenta que todos tienen el deber de dar a conocer su disconformidad y pedir que su sistema de salud dé a conocer otros tipos de vacunas disponibles. Además, en las organizaciones donde se utilizan líneas celulares de origen ilícito, la responsabilidad de quienes toman la decisión de usarlas no es la misma que la de quienes no tienen voz en tal decisión.
En el contexto de la urgente necesidad de movilizar las conciencias a favor de la vida, es necesario recordar a las personas en el ámbito de la salud que “su responsabilidad hoy se ha incrementado enormemente. Su inspiración más profunda y su apoyo más fuerte reside en la dimensión ética intrínseca e innegable de la profesión sanitaria, algo ya reconocido por el antiguo y aún relevante Juramento Hipocrático, que exige que todo médico se comprometa con el respeto absoluto por la vida humana y su sacralidad” [58].
Conclusión
36. Hay quienes dicen que la doctrina moral de la Iglesia contiene demasiadas prohibiciones. En realidad, sin embargo, su enseñanza se basa en el reconocimiento y promoción de todos los dones que el Creador ha otorgado al hombre: como la vida, el conocimiento, la libertad y el amor. Una apreciación particular se debe no sólo a las actividades intelectuales del hombre, sino también a las prácticas, como el trabajo y las actividades tecnológicas. Por estos, de hecho, participa de la fuerza creadora de Dios y está llamado a transformar la creación ordenando sus múltiples recursos hacia la dignidad y el bienestar de todos los seres humanos y de la persona humana en su totalidad. De esta manera, el hombre actúa como administrador del valor y la belleza intrínseca de la creación.
La historia humana muestra, sin embargo, cómo el hombre ha abusado y puede seguir abusando del poder y las capacidades que Dios le ha confiado, dando lugar a diversas formas de discriminación y opresión injustas de los más débiles e indefensos: los ataques diarios a la vida humana; la existencia de grandes regiones de pobreza donde las personas mueren de hambre y enfermedades, excluidas de los recursos intelectuales y prácticos disponibles en abundancia en muchos países; desarrollo tecnológico e industrial que está creando el riesgo real de colapso del ecosistema; el uso de la investigación científica en las áreas de física, química y biología con el propósito de hacer la guerra; los numerosos conflictos que aún dividen a pueblos y culturas; estos, lamentablemente, son sólo algunos de los signos más evidentes de cómo el hombre puede hacer un mal uso de sus capacidades y convertirse en su peor enemigo al perder la conciencia de su elevada y específica vocación de colaborar en la obra creadora de Dios.
Al mismo tiempo, la historia de la humanidad también ha mostrado un progreso real en la comprensión y el reconocimiento del valor y la dignidad de cada persona como fundamento de los derechos e imperativos éticos por los que se ha estructurado y se sigue estructurando la sociedad humana. Precisamente en nombre de la promoción de la dignidad humana, por tanto, se han prohibido prácticas y formas de comportamiento lesivas a esa dignidad. Así, por ejemplo, existen prohibiciones legales y políticas - y no solo éticas - del racismo, la esclavitud, la discriminación injusta y la marginación de mujeres, niños y personas enfermas y discapacitadas. Estas prohibiciones atestiguan el valor inalienable y la dignidad intrínseca de todo ser humano y son un signo de progreso genuino en la historia de la humanidad. En otras palabras, la legitimidad de toda prohibición se basa en la necesidad de proteger un auténtico bien moral.
37. Si inicialmente el progreso humano y social se caracterizó principalmente por el desarrollo industrial y la producción de bienes de consumo, hoy se distingue por los avances en las tecnologías de la información, la investigación en genética, la medicina y las biotecnologías en beneficio humano, que son áreas de gran importancia para el futuro de la humanidad, pero en el que también hay abusos evidentes e inaceptables. “Así como hace un siglo eran las clases trabajadoras las que estaban oprimidas en sus derechos fundamentales, y la Iglesia salió valientemente en su defensa proclamando los derechos sacrosantos del trabajador como persona, así ahora, cuando otra categoría de personas está siendo oprimida en derecho fundamental a la vida, la Iglesia se siente obligada a hablar con la misma valentía en nombre de los que no tienen voz” [59].
En virtud de la misión doctrinal y pastoral de la Iglesia, la Congregación para la Doctrina de la Fe se ha sentido obligada a reiterar tanto la dignidad como los derechos fundamentales e inalienables de todo ser humano, incluidos los que se encuentran en las etapas iniciales de su existencia, y a declarar explícitamente la necesidad de protección y respeto que esta dignidad exige de todos.
El cumplimiento de este deber implica una oposición valiente a todas aquellas prácticas que provoquen una discriminación grave e injusta contra los seres humanos no nacidos, que tienen la dignidad de una persona, creada como los demás a imagen de Dios. Detrás de cada “no” en la difícil tarea de discernir entre el bien y el mal, resplandece un gran “sí” al reconocimiento de la dignidad y el valor inalienable de cada uno y único ser humano llamado a la existencia.
Los fieles cristianos se comprometerán en la promoción enérgica de una nueva cultura de vida recibiendo el contenido de esta Instrucción con el asentimiento religioso de su espíritu, sabiendo que Dios da siempre la gracia necesaria para observar sus mandamientos y que, en todo ser humano, sobre todo en el más pequeño de nosotros, se encuentra con Cristo mismo (cf. Mt 25, 40). Además, todas las personas de buena voluntad, en particular médicos e investigadores abiertos al diálogo y deseosos de conocer la verdad, comprenderán y estarán de acuerdo con estos principios y juicios, que buscan salvaguardar la condición vulnerable del ser humano en las primeras etapas de la vida y promover una civilización más humana.
El Soberano Pontífice Benedicto XVI, en la audiencia concedida al infrascrito Cardenal Prefecto el 20 de junio de 2008, aprobó la presente Instrucción, adoptada en la Sesión Ordinaria de esta Congregación, y ordenó su publicación.
Roma, de las Oficinas de la Congregación para la Doctrina de la Fe, 8 de septiembre de 2008, Fiesta de la Natividad de la Santísima Virgen María.
William Card. Prefecto de Levada
+ Luis F. Ladaria, S.I.
Titular Archbishop of Thibica
Secretary
[1] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae sobre el respeto por la vida humana en sus orígenes y por la dignidad de la procreación (22 de febrero de 1987): AAS 80 (1988), 70-102.
[2] Juan Pablo II, Encíclica Veritatis splendor sobre determinadas cuestiones fundamentales de la doctrina moral de la Iglesia (6 de agosto de 1993): AAS 85 (1993), 1133-1228.
[3] Juan Pablo II, Carta encíclica Evangelium vitae sobre el valor y la inviolabilidad de la vida humana (25 de marzo de 1995): AAS 87 (1995), 401-522.
[4] Juan Pablo II, Discurso a los participantes en la Séptima Asamblea de la Pontificia Academia de la Vida (3 de marzo de 2001), 3: AAS 93 (2001), 446.
[5] Cfr. Juan Pablo II, Carta encíclica Fides et ratio sobre la relación entre fe y razón (14 de septiembre de 1998), 1: AAS 91 (1999), 5.
[6] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, I, 1: AAS 80 (1988), 79.
[7] Los derechos humanos, como ha recordado el Papa Benedicto XVI, y en particular el derecho a la vida de todo ser humano “se basan en la ley natural inscrita en el corazón humano y presente en las diferentes culturas y civilizaciones. Sacar los derechos humanos de este contexto significaría restringir su alcance y ceder a una concepción relativista, según la cual el significado y la interpretación de los derechos podrían variar y su universalidad sería negada en nombre de diferentes visiones culturales, políticas, sociales e incluso religiosas. No se debe permitir que esta gran variedad de puntos de vista oscurezca el hecho de que no solo los derechos son universales, sino también la persona humana, sujeto de esos derechos” (Discurso a la Asamblea General de las Naciones Unidas [18 de abril de 2008]: AAS100 [2008], 334).
[8] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, I, 1: AAS 80 (1988), 78-79.
[9] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, II, A, 1: AAS 80 (1988), 87.
[10] Carta encíclica de Pablo VI Humanae Vitae (25 de julio de 1968), 8: AAS 60 (1968), 485-486.
[11] Benedicto XVI, Discurso a los participantes en el Congreso Internacional organizado por la Pontificia Universidad Lateranense en el 40 º Aniversario de la Encíclica Humanae vitae, 10 Mayo 2008: L'Osservatore Romano, 11 de mayo de 2008, p. 1; cf. Juan XXIII, Carta encíclica Mater et magistra (15 de mayo de 1961), III: AAS 53 (1961), 447.
[12] Concilio Vaticano II, Constitución pastoral Gaudium et Spes, 22.
[13] Cfr. Juan Pablo II, Carta encíclica Evangelium Vitae, 37-38: AAS 87 (1995), 442-444.
[14] Juan Pablo II, Encíclica Veritatis Splendor, 45: AAS 85 (1993), 1169.
[15] Benedicto XVI, Discurso a la Asamblea General de la Pontificia Academia para la Vida y Congreso Internacional sobre “El embrión humano en fase de preimplantación” (27 de febrero de 2006): AAS 98 (2006), 264.
[16] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, Introducción, 3: AAS 80 (1988), 75.
[17] Juan Pablo II, Exhortación apostólica Familiaris consortio sobre el papel de la familia cristiana en el mundo moderno (22 de septiembre de 1981), 19: AAS 74 (1982), 101-102.
[18] Cfr. Concilio Vaticano II, Declaración Dignitatis Humanae, 14.
[19] Cfr. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, II, A, 1: AAS 80 (1988), 87.
[20] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, II, B, 4: AAS 80 (1988), 92.
[21] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, Introducción, 3: AAS 80 (1988), 75.
[22] El término fecundación o procreación artificial heteróloga se refiere a “técnicas utilizadas para obtener una concepción humana artificialmente mediante el uso de gametos provenientes de al menos un donante distinto de los cónyuges que están unidos en matrimonio” (Instrucción Donum vitae, II: AAS 80 [1988], 86).
[23] El término fecundación o procreación artificial homóloga se refiere a “la técnica utilizada para obtener una concepción humana utilizando los gametos de los dos cónyuges unidos en matrimonio” (Instrucción Donum vitae, II: AAS 80 [1988], 86).
[24] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, II, B, 7: AAS 80 (1988), 96; cf. Pío XII, Discurso a los participantes en el IV Congreso Internacional de Médicos Católicos (29 de septiembre de 1949): AAS 41 (1949), 560.
[25] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, II, B, 6: AAS 80 (1988), 94.
[26] Cfr. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, II: AAS 80 (1988), 86.
[27] Actualmente, el número de embriones sacrificados, incluso en los centros de fertilización artificial técnicamente más avanzados, se sitúa por encima del 80%.
[28] Juan Pablo II, Carta encíclica Evangelium vitae, 14: AAS 87 (1995), 416.
[29] Cfr. Pío XII, Discurso al Segundo Congreso Mundial en Nápoles sobre reproducción humana y esterilidad (19 de mayo de 1956): AAS 48 (1956), 470; Pablo VI, Encíclica Humanae vitae, 12: AAS 60 (1968), 488-489; Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, II, B, 4-5: AAS 80 (1988), 90-94.
[30] Un número cada vez mayor de personas, incluso las que no están casadas, recurren a técnicas de reproducción artificial para tener un hijo. Estas acciones debilitan la institución del matrimonio y hacen que los bebés nazcan en entornos que no son propicios para su pleno desarrollo humano.
[31] Benedicto XVI, Discurso a la Asamblea General de la Academia Pontificia para la Vida y Congreso Internacional sobre “El embrión humano en fase de preimplantación” (27 de febrero de 2006): AAS 98 (2006), 264.
[32] La inyección intracitoplasmática de espermatozoides es similar en casi todos los aspectos a otras formas de fertilización in vitro con la diferencia de que en este procedimiento la fertilización en el tubo de ensayo no se realiza por sí sola, sino mediante la inyección en el ovocito de un solo espermatozoide, seleccionado anteriormente, o mediante la inyección de células germinales inmaduras extraídas del hombre.
[33] Existe una discusión en curso entre los especialistas sobre los riesgos para la salud que este método puede representar para los niños concebidos de esta manera.
[34] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, II, B, 5: AAS 80 (1988), 93.
[35] La criopreservación de embriones se refiere a congelarlos a temperaturas extremadamente bajas, lo que permite su almacenamiento a largo plazo.
[36] Cfr. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, I, 6: AAS 80 (1988), 84-85.
[37] Cfr. números 34-35 a continuación.
[38] Cfr. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, II, A, 1-3: AAS 80 (1988), 87-89.
[39] Juan Pablo II, Discurso a los participantes en el Simposio sobre “ Evangelium vitae y el Derecho” y el XI Coloquio Internacional sobre Derecho Romano y Canónico (24 de mayo de 1996), 6: AAS 88 (1996), 943-944.
[40] La criopreservación de ovocitos también está indicada en otros contextos médicos que no se están considerando aquí. El término ovocito se refiere a la célula germinal femenina (gametocito) no penetrada por los espermatozoides.
[41] Cfr. Concilio Vaticano II, Constitución pastoral Gaudium et Spes , n. 51; Juan Pablo II, Carta encíclica Evangelium vitae, 62: AAS 87 (1995), 472.
[42] Juan Pablo II, Encíclica Evangelium vitae, 63: AAS 87 (1995), 473.
[43] Los métodos interceptivos más conocidos son el DIU (dispositivo intrauterino) y las llamadas “píldoras del día después”.
[44] Los principales medios de contragestión son RU-486 (mifepristona), prostaglandinas sintéticas o metotrexato.
[45] Juan Pablo II, Encíclica Evangelium vitae, 58: AAS 87 (1995), 467.
[46] Cfr. CIC, can. 1398 y CCEO, can. 1450 § 2; cf. también CIC, can. 1323-1324. La Pontificia Comisión para la Interpretación Auténtica del Código de Derecho Canónico declaró que el concepto canónico de aborto es “la matanza del feto de cualquier forma o en cualquier momento desde el momento de la concepción” ( Respuesta del 23 de mayo de 1988: AAS 80 [ 1988], 1818).
[47] En el estado actual del conocimiento, las técnicas que se han propuesto para lograr la clonación humana son dos: el hermanamiento de embriones artificiales y la transferencia nuclear celular. El hermanamiento de embriones artificiales consiste en la separación artificial de células individuales o grupos de células del embrión en la etapa más temprana de desarrollo. Luego se transfieren al útero para obtener embriones idénticos de manera artificial. La transferencia nuclear celular, o clonación propiamente dicha, consiste en introducir un núcleo extraído de una célula embrionaria o somática en un ovocito desnucleado. A esto le sigue la estimulación del ovocito para que comience a desarrollarse como un embrión.
[48] Cfr. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, I, 6: AAS 80 (1988), 84; Juan Pablo II, Discurso a los miembros del Cuerpo Diplomático acreditado ante la Santa Sede (10 de enero de 2005), 5: AAS 97 (2005), 153.
[49] Las nuevas técnicas de este tipo son, por ejemplo, el uso de partenogénesis humana, transferencia nuclear alterada (ANT) y reprogramación asistida por ovocitos (OAR).
[50] Juan Pablo II, Encíclica Evangelium vitae, 60: AAS 87 (1995), 469.
[51] Benedicto XVI, Discurso a los participantes en el Simposio sobre el tema: "Células madre: ¿cuál es el futuro de la terapia?" organizado por la Pontificia Academia para la Vida (16 de septiembre de 2006): AAS 98 (2006), 694.
[52] Cfr. números 34-35 a continuación.
[53] Cfr. Benedicto XVI, Discurso a los participantes en el Simposio sobre el tema: "Células madre: ¿cuál es el futuro de la terapia?" organizado por la Pontificia Academia para la Vida (16 de septiembre de 2006): AAS 98 (2006), 693-695.
[54] Juan Pablo II, Carta encíclica Evangelium vitae, 63: AAS 87 (1995), 472-473.
[55] Cfr. Juan Pablo II, Carta encíclica Evangelium vitae, 62: AAS 87 (1995), 472.
[56] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, I, 4: AAS 80 (1988), 83.
[57] Cfr. Juan Pablo II, Encíclica Evangelium vitae, 73: AAS 87 (1995), 486: “El aborto y la eutanasia son, por tanto, delitos que ninguna ley humana puede pretender legitimar. No hay ninguna obligación en la conciencia de obedecer tales leyes; en cambio, existe una obligación grave y clara de oponerse a ellos mediante la objeción de conciencia”. El derecho a la objeción de conciencia, como expresión del derecho a la libertad de conciencia, debe estar protegido por la ley.
[58] Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitae, 63: AAS 89 (1995), 502.
[59] Juan Pablo II, Carta a todos los obispos sobre “El Evangelio de la vida” (19 de mayo de 1991): AAS 84 (1992), 319.
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