Por Cosme Beccar Varela
La agresión cobarde y perversa, fue cometida a las 5 y media de la mañana, antes de salir el sol y sin aviso previo, o sea, violando la ley, y rompiendo la puerta de entrada al convento, es decir, usando violencia contra mujeres consagradas al servicio de Dios, a la contemplación y a la oración.
Estas acciones repulsivas constituyen otros tantos delitos que deberían ser acusados por un Fiscal. No puede alegarse la existencia de una orden judicial para el atropello delictivo cometido porque un juez no está por encima de la ley sino que es el encargado de hacerla cumplir, y en este caso por la mera lectura de un artículo de un tal Daniel Lenz, colaborador de "Página 12", publicado por la revista de izquierda "Analisis", jamás pudo un Fiscal requerir, un juez ordenar y la policía entrar a la fuerza, rompiendo puertas, a las 5 y media de la mañana en un convento de monjas de clausura.
Es imposible que un Fiscal y un juez que actúen conforme a Derecho consideren que ese artículo es una prueba suficiente para cometer semejantes tropelías. Es evidente que actuaron con plena conciencia de que estaban abusando de su poder, violando un domicilio con nocturnidad y dañando los bienes materiales del convento y de estar cometiendo un atentado contra la libertad religiosa, secundando el odio de un plumífero que, por sus antecedentes personales, no había ninguna razón para pensar que había hecho su denuncia para defender "los derechos humanos" sino precisamente por lo contrario, para violar los “derechos humanos” de las piadosas monjas de clausura y causar un escándalo en perjuicio de la religión católica.
Fue un intento de difamar a las religiosas con acusaciones basadas en el odio religioso por lo cual todas las penas que corresponden a los delitos que se cometieron son agravadas por mandato de la ley 23.592 que reprime los actos de persecución religiosa.
La forma en que dio la noticia "La Nación" forma parte del mismo intento de difamación, citando inclusive, en un aparte destacado, las calumnias de un sacerdote que colgó los hábitos, José Dumoulin, como si fuera una autoridad creíble.
"Durante el procedimiento se secuestraron elementos de prueba como látigos y cilicios", dice el diario a sabiendas de que no son prueba de otra cosa que de la vigencia en ese convento de la Regla carmelitana y no de delito alguno. "Las cosas que allí pasaban eran propias de una película de terror, pero nadie habla", agrega malévolamente el "diario de la gente bien" citando a una mujer que dejó el convento sin impedimento alguno, o sea que era libre todo el tiempo de irse o de quedarse. Puede sospecharse que esa mujer no es una fuente imparcial y serena de información sino que habló movida por el resentimiento contra sus ex-compañeras de vocación y contra sí misma por no haber sido fiel a la gracia que la llevó inicialmente a enclaustrarse.
El diario no puede ignorar cual es la verdad sobre la vida religiosa de las carmelitas descalzas. Era fácil enterarse si hubiera querido. Por ejemplo, pudo leer una breve nota al pie de la "Vida de Santa Teresa de Jesús" (nacida en 1515), autora de la reforma de la orden carmelita femenina para hacerla más fiel a la Regla inicial escrita por San Alberto, patriarca de Jerusalén hacia 1209, confirmada por San Simón Stock y aprobada por el Papa Inocencio IV en 1247, donde citando a uno de sus biógrafos, el Padre Jerónimo de San José, dice: "como el espíritu que Dios había comunicado a la santa Reformadora (N: en varias apariciones en las que ella platicaba directamente con Nuestro Señor Jesucristo) era tan esforzado y fervoroso que le parecía poco todo el rigor de la Regla primitiva...(y) añadió otras observancias y rigores de muy aventajada perfección...Añadió la descalcez, la vileza de los manjares y grosería del hábito, el rigor de la cama, la penitencia de la disciplina; y en la obediencia, en la pobreza, en la humildad, en la oración y en el ejercicio de las demás virtudes...(resultando) un instituto y modo de vida de los más rígidos y perfectos que hay en la Iglesia". ("Obras completas" de Santa Teresa de Jesús, Edición M. Aguilar, Madrid, 1942, pag. 167).
Sin embargo, “La Nación” finge ignorarlo y contribuye, en complicidad con el comefrailes Lenz y los infames magistrados, a difamar a las admirables monjas carmelitas, hijas de Santa Teresa. El daño espiritual e intelectual que ha causado sin duda a sus lectores la forma en que dio la noticia mediante una nota redactada por un tal Jorge Riani, es muy grande y la injuria a Dios Nuestro Señor, mayor aún.
La tibia protesta del Obispo de Nogoyá, Mons Puiggari, en laque inauditamente sugiere que debió haber "instancias de diálogo" antes de proceder como lo hicieron los impíos invasores, es totalmente insuficiente y tristemente impropia. ¿Dialogar con impíos e ignorantes de mala fe sobre la excelencia de la vocación carmelitana? ¡Qué disparate!
Lo que debió hacer de inmediato (¡y espero que lo haya hecho!) es iniciar una acusación penal y canónica contra los autores de la profanación y violación de la clausura para castigarlos con las más severas penas, inclusive las canónicas, como lo disponen los cánones 1370 y siguientes del Código de la materia para esos casos. Si son bautizados, como probablemente lo sea Uriburu, están sometidos a la jurisdicción del Obispo. Si son de otra religión, como puede ser el difamador Lenz, corresponde una execración y una acción penal por incitar al odio religioso (ley 23.592).
El Obispo Puiggari debería recordar que los atropellos y asesinatos de religiosas, mártires de la fe, gracias a la firmeza de Obispos virtuosos, fueron detenidos gracias a la heroica reacción católica de la guerra civil española de los años 1936/1939. A los enemigos de la Iglesia locales, no les falta odio como para llegar al crimen. Es de esperar que no falte el coraje del Episcopado para defender a la Iglesia.
Cosme Beccar Varela
Estas acciones repulsivas constituyen otros tantos delitos que deberían ser acusados por un Fiscal. No puede alegarse la existencia de una orden judicial para el atropello delictivo cometido porque un juez no está por encima de la ley sino que es el encargado de hacerla cumplir, y en este caso por la mera lectura de un artículo de un tal Daniel Lenz, colaborador de "Página 12", publicado por la revista de izquierda "Analisis", jamás pudo un Fiscal requerir, un juez ordenar y la policía entrar a la fuerza, rompiendo puertas, a las 5 y media de la mañana en un convento de monjas de clausura.
Es imposible que un Fiscal y un juez que actúen conforme a Derecho consideren que ese artículo es una prueba suficiente para cometer semejantes tropelías. Es evidente que actuaron con plena conciencia de que estaban abusando de su poder, violando un domicilio con nocturnidad y dañando los bienes materiales del convento y de estar cometiendo un atentado contra la libertad religiosa, secundando el odio de un plumífero que, por sus antecedentes personales, no había ninguna razón para pensar que había hecho su denuncia para defender "los derechos humanos" sino precisamente por lo contrario, para violar los “derechos humanos” de las piadosas monjas de clausura y causar un escándalo en perjuicio de la religión católica.
Fue un intento de difamar a las religiosas con acusaciones basadas en el odio religioso por lo cual todas las penas que corresponden a los delitos que se cometieron son agravadas por mandato de la ley 23.592 que reprime los actos de persecución religiosa.
La forma en que dio la noticia "La Nación" forma parte del mismo intento de difamación, citando inclusive, en un aparte destacado, las calumnias de un sacerdote que colgó los hábitos, José Dumoulin, como si fuera una autoridad creíble.
"Durante el procedimiento se secuestraron elementos de prueba como látigos y cilicios", dice el diario a sabiendas de que no son prueba de otra cosa que de la vigencia en ese convento de la Regla carmelitana y no de delito alguno. "Las cosas que allí pasaban eran propias de una película de terror, pero nadie habla", agrega malévolamente el "diario de la gente bien" citando a una mujer que dejó el convento sin impedimento alguno, o sea que era libre todo el tiempo de irse o de quedarse. Puede sospecharse que esa mujer no es una fuente imparcial y serena de información sino que habló movida por el resentimiento contra sus ex-compañeras de vocación y contra sí misma por no haber sido fiel a la gracia que la llevó inicialmente a enclaustrarse.
El diario no puede ignorar cual es la verdad sobre la vida religiosa de las carmelitas descalzas. Era fácil enterarse si hubiera querido. Por ejemplo, pudo leer una breve nota al pie de la "Vida de Santa Teresa de Jesús" (nacida en 1515), autora de la reforma de la orden carmelita femenina para hacerla más fiel a la Regla inicial escrita por San Alberto, patriarca de Jerusalén hacia 1209, confirmada por San Simón Stock y aprobada por el Papa Inocencio IV en 1247, donde citando a uno de sus biógrafos, el Padre Jerónimo de San José, dice: "como el espíritu que Dios había comunicado a la santa Reformadora (N: en varias apariciones en las que ella platicaba directamente con Nuestro Señor Jesucristo) era tan esforzado y fervoroso que le parecía poco todo el rigor de la Regla primitiva...(y) añadió otras observancias y rigores de muy aventajada perfección...Añadió la descalcez, la vileza de los manjares y grosería del hábito, el rigor de la cama, la penitencia de la disciplina; y en la obediencia, en la pobreza, en la humildad, en la oración y en el ejercicio de las demás virtudes...(resultando) un instituto y modo de vida de los más rígidos y perfectos que hay en la Iglesia". ("Obras completas" de Santa Teresa de Jesús, Edición M. Aguilar, Madrid, 1942, pag. 167).
Sin embargo, “La Nación” finge ignorarlo y contribuye, en complicidad con el comefrailes Lenz y los infames magistrados, a difamar a las admirables monjas carmelitas, hijas de Santa Teresa. El daño espiritual e intelectual que ha causado sin duda a sus lectores la forma en que dio la noticia mediante una nota redactada por un tal Jorge Riani, es muy grande y la injuria a Dios Nuestro Señor, mayor aún.
La tibia protesta del Obispo de Nogoyá, Mons Puiggari, en laque inauditamente sugiere que debió haber "instancias de diálogo" antes de proceder como lo hicieron los impíos invasores, es totalmente insuficiente y tristemente impropia. ¿Dialogar con impíos e ignorantes de mala fe sobre la excelencia de la vocación carmelitana? ¡Qué disparate!
Lo que debió hacer de inmediato (¡y espero que lo haya hecho!) es iniciar una acusación penal y canónica contra los autores de la profanación y violación de la clausura para castigarlos con las más severas penas, inclusive las canónicas, como lo disponen los cánones 1370 y siguientes del Código de la materia para esos casos. Si son bautizados, como probablemente lo sea Uriburu, están sometidos a la jurisdicción del Obispo. Si son de otra religión, como puede ser el difamador Lenz, corresponde una execración y una acción penal por incitar al odio religioso (ley 23.592).
El Obispo Puiggari debería recordar que los atropellos y asesinatos de religiosas, mártires de la fe, gracias a la firmeza de Obispos virtuosos, fueron detenidos gracias a la heroica reacción católica de la guerra civil española de los años 1936/1939. A los enemigos de la Iglesia locales, no les falta odio como para llegar al crimen. Es de esperar que no falte el coraje del Episcopado para defender a la Iglesia.
Cosme Beccar Varela
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