Publicamos el Rescripto del papa en el cual aclara dos puntos del motu proprio "Traditionis custodes”.
El Santo Padre, en la Audiencia concedida el 20 de febrero al infrascrito Cardenal Prefecto del Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, confirmó lo siguiente respecto a la aplicación de su Motu Proprio Traditionis custodes del 16 de julio de 2021.
Estas dispensas están reservadas de modo especial a la Sede Apostólica (cf. C.I.C. can. 87 §1):
el uso de una iglesia parroquial o la erección de una parroquia personal para la celebración de la Eucaristía utilizando el Missale Romanum de 1962 (cf. Traditionis custodes art. 3 §2);
la concesión del permiso a los sacerdotes ordenados después de la publicación del Motu proprio Traditionis custodes para celebrar con el Missale Romanum de 1962 (cf. Traditionis custodes art. 4).
Como establece el art. 7 del Motu proprio Traditionis custodes, el Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos ejerce la autoridad de la Santa Sede en los casos mencionados, supervisando la observancia de las disposiciones.
Si un obispo diocesano ha concedido dispensas en los dos casos mencionados, está obligado a informar al Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, que evaluará los casos individuales.
Además, el Santo Padre confirma -habiendo expresado ya su asentimiento en la audiencia del 18 de noviembre de 2021- lo establecido en la Responsa ad dubia con las Notas explicativas anexas del 4 de diciembre de 2021.
El Santo Padre ha ordenado también que este Rescripto se publique en L'Osservatore Romano y, posteriormente, en el comentario oficial de las Acta Apostolicae Sedis.
Vaticano, 20 de febrero de 2023
Card. Arthur Roche
Prefecto
[Texto original: Italiano]
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