jueves, 17 de septiembre de 2026

LIBROS PROHIBIDOS

Ahora dicen que Fátima fue un “engaño diabólico” y que el “Gran Mensaje” de La Salette fue incluso incluido por Roma en el “Indice de libros prohibidos”...

Por Antimodernist


Uno de los fenómenos más notables del “woke” es la velocidad a la que se producen vertiginosos giros de 360 grados. Durante décadas, la corriente política dominante —especialmente la de izquierdas— estuvo orientada hacia la paz y el desarme, oponiéndose a la guerra y abogando por la reconciliación y el entendimiento entre los pueblos, entre otras cosas. En muy poco tiempo, la situación ha dado un vuelco total. 

De repente, la consigna es la “capacidad bélica” y el rearme; el enemigo se encuentra una vez más en el Este y debe ser aniquilado sin piedad. Curiosamente, son precisamente aquellas personas que antaño defendían el pacifismo quienes ahora tocan las trompetas de la guerra; ¡y ay de aquel que se atreva a objetar algo al respecto! Y todo ello sucede, por así decirlo, de la noche a la mañana.

Tradicionalistas woke

Sorprendentemente, ese mismo tipo de “woke” —aunque con contenidos algo distintos— se encuentra también en los círculos de los tradicionalistas y los sedevacantistas. En los últimos años abundan los giros de 360 grados en estos ámbitos (como, por ejemplo, el asombroso cambio reciente de la Fraternidad de San Pío X: de una postura conciliadora y “superblanda” a un cisma de línea “superdura”). 

Uno de estos cambios afecta a las grandes apariciones de la Santísima Virgen en la era moderna reconocidas por la Iglesia. Si bien durante décadas fue costumbre piadosa en los círculos católicos tradicionales venerarlas, escuchar con el corazón abierto el mensaje de la Madre de Dios y meditar sobre él para seguir sus enseñanzas, la situación ha dado un vuelco total, especialmente en lo que respecta a los sucesos de Fátima (1917) y La Salette (1846).

Precisamente estas apariciones revestían una importancia especial para tradicionalistas y sedevacantistas, pues en ellas hallaban los indicios más claros de la crisis de la Iglesia. Sin embargo, ahora ya no quieren saber nada de ellas. Se dice que Fátima fue un “engaño diabólico” y que el “Gran Mensaje” de La Salette —antaño tan citado— fue incluso incluido por Roma en el “Indice de libros prohibidos”, por considerarse grave y peligroso. 

Para cualquier buen católico es indiscutible que se debe obedecer a Roma; al menos en lo referente al “Gran Mensaje” de La Salette, aunque no en la cuestión de la autenticidad de Fátima, donde Roma se habría equivocado manifiestamente. Resulta sorprendente la “fidelidad a Roma” que muestran de repente esas mismas personas que, por ejemplo, defienden las consagraciones episcopales ilícitas de la Fraternidad de San Pío X, mientras al mismo tiempo demonizan La Salette porque, hace un siglo, algo relacionado con ella figuró en el Índice.

Eclipse solar

Recientemente apareció en un blog “sedevacantista” de tendencia lefebvriana una publicación sobre la “crisis de la Iglesia” titulada The Passion and the Eclipse (La Pasión y el Eclipse). Siguiendo el estilo propio de los lefebvrianos, se establecía un paralelismo entre la “crisis de la Iglesia” y la Pasión de Cristo, destacando especialmente el extraordinario eclipse solar que, según el Evangelio, acompañó a la muerte de Cristo en la cruz. El pasaje de Lucas dice literalmente: Et obscuratus est sol (el sol se oscureció) (Lc 23, 45). El autor señala que esta expresión, obscuratus est sol, es precisamente el término astronómico utilizado a menudo en la Edad Media para referirse a un eclipse solar. En griego, la expresión es toû hēlíou eklipóntos, derivada del verbo ekleípō, del cual a su vez proviene la palabra ékleipsis, es decir, “eclipse”.

Según el autor, este “eclipse” ocurrido durante la Pasión de Cristo constituye la imagen perfecta de la “crisis de la Iglesia”. Al igual que aquella, esta crisis fue extraordinaria en todos los sentidos y se prolongó durante un tiempo inusualmente largo. Se puede comparar acertadamente a la Iglesia católica con el sol y a la “luna oscura” con la “secta modernista”, la cual se ha colocado en el lugar del sol y lo oscurece, de modo que para el observador solo permanece visible un tenue resplandor —la “corona”—, que nuestro intérprete equipara con aquellos pocos lugares donde todavía se encuentran “la verdadera Misa y la verdadera doctrina”.

“Condenado por la Iglesia”

No queremos entrar más aquí en sus otras especulaciones sobre este tema. Sin embargo, lo que inmediatamente me vino a la mente fueron las palabras de Nuestra Señora de La Salette: “L’Église será éclipsée” (La Iglesia será eclipsada). Por supuesto, esperamos que el autor mencionara esto. En cambio, encontramos la siguiente nota al final de su ensayo: Sin contar las visiones de Ana Catalina Emmerich (que no son ni aprobadas ni condenadas por la Iglesia), este artículo no pretende promover ningún mensaje sobrenatural ni libros que contengan tales elementos, y especialmente no aquellos condenados por la Iglesia. ¡Mira ahí! 

El “Descargo de responsabilidad” sigue: Sabemos que en la actualidad abundan los mensajes falsos. Si alguno menciona el mismo fenómeno, eso no significa que la analogía presentada en este artículo sea falsa (ni que esos mensajes sean verdaderos), ya que incluso en los falsos mensajes sobrenaturales suele haber elementos de verdad que los hacen más creíbles”.

Parece creer que se ha librado hábilmente de la situación. A nosotros, en cambio, nos parece bastante cobarde e imprudente. Porque ciertamente no llegó a su comparación entre la “crisis de la iglesia” y el eclipse solar más que a través de la declaración de Nuestra Señora de La Salette, en la que todos pensarán involuntariamente cuando habla. Él mismo demostró que esto está completamente de acuerdo con la Sagrada Escritura y con nuestra fe. Esto podría ampliarse mucho más, pero éste no es el lugar para ello. Sin embargo, al introducir luego el prejuicio “woke” con los libros “condenados por la iglesia”, con los que se refiere claramente a La Salette, y además insinuar que se trata de un “falso mensaje sobrenatural”, se hace increíble. Dadas las circunstancias, hubiera sido mejor si no hubiera escrito ese artículo.

Las prohibiciones

Nosotros, por nuestra parte, a menudo hemos hecho referencia explícita a estas palabras de Nuestra Señora de La Salette —que consideramos totalmente auténticas— y seguimos haciéndolo. Pero, ¿acaso esto no nos resta credibilidad y contradice nuestra propia postura? Por un lado, acusamos a los tradicionalistas “woke” y a los sedevacantistas de mantener una visión muy selectiva de la “lealtad a Roma”, pero ¿somos nosotros acaso mejores? Pues, ¿no es un hecho que “el 21 de diciembre de 1915... bajo el pontificado de Benedicto XV, se prohibió —bajo pena de excomunión (o suspensión para los sacerdotes)— el disserere ac pertractare [discusión y examen detallado] del "llamado secreto de La Salette", específicamente por escrito” y que “el 9 de mayo de 1923... bajo Pío XI, la reimpresión (sin alteraciones) del "Gran Mensaje" de Melanie, publicado en 1922, fue efectivamente incluida en el Index Librorum Prohibitorum (Índice de libros prohibidos) y "condenada"”?

En primer lugar, cabe hacer algunas precisiones sobre este relato, que hemos extraído de la obra del Dr. Ludwig Neidhart Die Marienerscheinung von La Salette (La aparición mariana de La Salette). Él aporta oportunamente los textos originales en latín de las Acta Apostolicae Sedis. El primer documento, de 1915, no se refiere a la mera “presentación o recitación” del texto; más bien, prohíbe el disserere ac pertractare del mismo, es decir, su discusión y examen en profundidad, particularmente por escrito. La pena conminada no es la “excomunión” —lo cual carecería de sentido, dado que los laicos comunes serían excomulgados mientras que el clero solo sería suspendido—, sino el “interdicto”, concretamente la prohibición de recibir los sacramentos (sin quedar, no obstante, excluidos de la comunidad eclesial). En 1923, un folleto específico que contenía el “Gran Mensaje” fue condenado e incluido en el Índice.

El “Index librorum prohibitorum”

Existía, pues, una prohibición de debatir públicamente sobre el “Gran Mensaje”, así como sobre un opúsculo que lo reproducía. Esta medida no afectaba en absoluto, en primer lugar, a la aparición del 19 de septiembre de 1846 —reconocida por la Iglesia— con su “pequeño mensaje”, ni, en segundo lugar, a la cuestión de la autenticidad o falsedad del propio “Gran Mensaje”; tal como confirmó el cardenal Merry del Val en una carta del 7 de febrero de 1916 dirigida al obispo de Grenoble, en la que aseguraba, en nombre del Santo Oficio, que el decreto del 21 de septiembre de 1915 no pretendía “emitir juicio ni opinión alguna” sobre el hecho de la aparición. No obstante, persiste el hecho de que un pequeño libro que contenía el texto del “Gran Mensaje” de La Salette figuraba en el Index de libros prohibidos, lo cual nos brinda la oportunidad de examinar dicho índice, su sentido y su contenido, para comprender de qué se trata realmente. Pues, como ya hemos observado, es preciso actuar con gran rigor en este asunto si uno está verdaderamente interesado en la verdad y no busca simplemente confirmar prejuicios preexistentes.

Consultemos, pues, en primer lugar, el Lexikon für Theologie und Kirche (LThK) de Buchberger (volumen 5, Friburgo de Brisgovia, 1933) para ver qué nos dice sobre el célebre —y a menudo denostado— Index librorum prohibitorum. Leemos allí: “Lista de libros expresamente prohibidos por la Santa Sede. La elaboración de tales listas es propia de la Edad Moderna” (col. 380). Esto no nos sorprende, ya que el problema de la proliferación de libros peligrosos surgió precisamente con la invención de la imprenta en la Edad Moderna. Hasta entonces, existía otra práctica para tratar los escritos indeseables: “Siguiendo el ejemplo de los cristianos de Éfeso (Hch 19, 19), y hasta la invención de la imprenta de tipos móviles, tanto en el derecho civil (...) como en la práctica eclesiástica, se eliminaban mediante la quema los escritos heréticos o, de otro modo, peligrosos. Esta postura fue mantenida incluso por el Concilio de Constanza (6 de julio de 1415), el V Concilio de Letrán (1515), León X en la bula Exsurge (15 de junio de 1520) y la Reichstag von Worms (Dieta de Worms). En este contexto, los índices de libros prohibidos (...) parecían superfluos” (ibid.).

El surgimiento del Índice

Sin embargo, los tiempos cambiaron. “La rápida difusión de los libros impresos llevó tanto a la Iglesia como a las autoridades civiles a adoptar nuevas medidas para cumplir con su deber de proteger a los fieles frente a la seducción del error y el vicio. Dichas medidas consistieron en la instauración de la licencia eclesiástica de impresión y del Índice. Las autoridades civiles se habían adelantado en esta práctica: tal fue el caso de Enrique VIII en Inglaterra (Índice de 1526, con 20 ediciones hasta 1546) y de Carlos V en los Países Bajos (1529, con ediciones ampliadas publicadas por la Universidad de Lovaina en 1546 y años posteriores); asimismo, la Sorbona en Francia (seis ediciones progresivamente ampliadas entre 1544 y 1556), España (desde 1551) y los Estados italianos (empezando por Lucca en 1545). Es bien sabido que también los príncipes protestantes de Alemania ejercían una estricta censura de libros (...); no obstante, no se tiene constancia de la existencia de un Índice propiamente dicho” (ibid.). Los “malvados” Papas romanos no fueron los inventores del Índice ni ostentaron el monopolio sobre el mismo; simplemente adoptaron una práctica que ya se aplicaba en otros lugares. Sucedió de la siguiente manera: “En Roma, tras la reorganización del Santo Oficio (1542), Pablo IV publicó el primer Índice en 1559 (junto con un anexo atenuante titulado De libris orthodoxorum patrum); sin embargo, este no llegó a tener relevancia, ya que el Concilio de Trento (sesión XVIII) encomendó la tarea del Índice a una comisión propia; al finalizar el Concilio (…), la laboriosa obra de dicha comisión fue entregada al Papa para su redacción definitiva. De hecho, Pío IV publicó el Índice el 24 de marzo de 1564 mediante la constitución Dominici gregis custodia; además de las diez reglas tridentinas sobre la censura de libros, el documento incluía una lista de libros prohibidos clasificados en tres categorías (autores cuyas obras están prohibidas en su totalidad, obras individuales y libros anónimos). Su actualización se encomendó a la Congregación del Índice, creada por Pío V en marzo de 1571 y confirmada solemnemente por Gregorio XIII el 13 de septiembre de 1572 (organismo suprimido el 25 de marzo de 1917 al fusionarse con el Santo Oficio)” (cols. 380-381). Por lo tanto, hasta 1917 existió una “Congregación del Índice” específica.

Evolución posterior

Naturalmente, el Índice no quedó cerrado en absoluto con su primera edición ni con la ampliación de 1571, ya que la publicación de nuevos libros continuaba sin pausa e incluso cobraba impulso. Por ello, fue necesario ampliarlo y reeditarlo constantemente. “Entre las más de 40 nuevas ediciones cabe mencionar: la finalizada por Sixto V entre 1585 y 1590 pero no publicada (...); la de Clemente VIII de 1596; la de Alejandro VII de 1664 (abreviada en 1665), que abandonó la clasificación por categorías; la de Benedicto XIV de 1758, que incluía su constitución Sollicita ac provida del 9 de junio de 1753 —una instrucción para la Congregación del Índice destinada a garantizar un examen lo más objetivo posible de los libros denunciados—; y, finalmente, el Index librorum prohibitorum SS. D. N. Leonis XIII jussu et auctoritate recognitus et editus (Roma, 1900). Este último contenía, además de la constitución de Benedicto XIV, las disposiciones generales de la constitución Officiorum ac munerum del 25 de enero de 1897 sobre la censura de libros” (col. 381). El siglo XX planteó nuevas exigencias: “Desde 1929 (la última edición oficial de entonces), el Index se publica en las lenguas culturales modernas. Su primera parte contiene, además de un prefacio histórico, las normas generales del Index (cánones 1385 a 1405 del CIC), la instrucción del Santo Oficio del 3 de mayo de 1927 sobre literatura lasciva y los decretos del Santo Oficio del 29 de enero de 1914 y del 29 de diciembre de 1926 relativos a la condena de ciertas obras de Ch. Maurras y de la revista L’Action Française. La segunda parte —el Index propiamente dicho de León XIII, actualizado continuamente en las ediciones más recientes— recoge por orden alfabético (incluyendo obras anónimas identificadas) una lista de unos 6500 títulos de libros (aproximadamente 2500 para los siglos XVII y XVIII, 1300 para el XIX y unos 140 para el XX). Además de su rigor bibliográfico, esta parte refleja una notable reducción del contenido: se han omitido todos los libros anteriores a 1600 (es decir, todo el Index tridentino), aunque ello no implica que estén permitidos; entre las obras posteriores, se han excluido algunos títulos de importancia literaria, ediciones comentadas del Concilio de Trento, publicaciones que en su día se prohibieron por razones de oportunidad y aquellas que hoy carecen de relevancia alguna” (ibid.).

El Index en el siglo XX

La enciclopedia ofrece la siguiente valoración: “La importancia del Indice no debe ni subestimarse ni sobreestimarse. En virtud de la obediencia eclesiástica, obliga en conciencia a todos aquellos que carecen de permiso de la Iglesia para leer libros prohibidos, incluso cuando no existe peligro de seducción. (…) La prohibición no conlleva una censura [pena canónica], salvo en el caso de libros de apóstatas, herejes y cismáticos que defiendan la apostasía, la herejía o el cisma, así como de aquellos libros prohibidos expresamente bajo censura mediante un documento apostólico (can. 2318 § 1). Por otra parte, el Indice no constituye un catálogo exhaustivo de los libros prohibidos por la Iglesia, en el sentido de contenerlos todos o siquiera los más peligrosos. Esto podía aplicarse al Indice tridentino, pero cada vez menos a los posteriores; algunas lenguas (las eslavas) no están representadas en absoluto, y la literatura de masas más reciente apenas se tiene en cuenta. Al basarse en denuncias fortuitas, en tiempos recientes abarca casi exclusivamente publicaciones sobre cuestiones teológicas y eclesiástico-políticas peligrosas. El Índice propiamente dicho va perdiendo importancia frente a las normas que lo regulan. – La prohibición del Indice, que se emite de forma absoluta o bajo la fórmula donec corrigatur (hasta su corrección), afecta únicamente al contenido objetivo del libro, no a la intención subjetiva del autor; es, en sí misma, susceptible de reforma (véase, por ejemplo, el caso de Galileo), pero obliga a la sumisión en los términos en que fue promulgada (laudabiliter se subjecit; fórmula endurecida recientemente: ac damnatos libros reprobavit)” (cols. 381-382). 

Wikipedia resume la historia completa del Indice de la siguiente manera: “En el siglo XVI existían varios catálogos de libros prohibidos por autoridades políticas y eclesiásticas. El catálogo de la Inquisición romana de 1559 fue el primero en llevar el nombre de Index y en pretender una validez universal. En 1562 se creó una comisión para gestionar el Indice y, en 1564, el Papa Pío IV lo promulgó como directriz para los futuros censores. En 1571 se fundó para este fin la Congregatio indicis librorum prohibitorum (Congregación del Indice de libros prohibidos). Se prohibían todos los libros heréticos, supersticiosos y obscenos, así como todas las ediciones y traducciones de la Biblia que no hubieran sido expresamente aprobadas. El Index Romanus se publicó hasta 1948 (con actualizaciones hasta 1962) y llegó a incluir 6000 libros. La publicación del Indice cesó tras el concilio Vaticano II, en 1965 o 1966”.

El procedimiento y el fin del Indice

Sobre el procedimiento habitual, la enciclopedia en línea informa: “El proceso ordinario de inclusión en el Indice comenzaba con la denuncia de un libro, que podía provenir de la propia Curia o del exterior. A menudo, el lugar de la primera edición bastaba para suscitar una sospecha inicial. En una fase preliminar, el secretario de la Congregación, junto con dos expertos, evaluaba si procedía iniciar un proceso de censura contra la obra. El tratado de Adolph Freiherr von Knigge Über den Umgang mit Menschen (Sobre el trato con las personas) es un ejemplo de escritos que no fueron objeto de mayor examen tras esta fase preliminar”. A continuación, podía iniciarse el “procedimiento principal”. Este “consistía en uno —o dos, en el caso de autores católicos— informes escritos, que eran evaluados por un órgano especializado (los consultores) y debatidos en una reunión. Al finalizar la sesión, se formulaba una propuesta de resolución que se presentaba al colegio cardenalicio de la Inquisición. Los cardenales decidían si el libro debía clasificarse como peligroso o inofensivo, tras lo cual el Papa tomaba la decisión definitiva sobre su inclusión en el Indice”. “El procedimiento podía concluir con tres posibles dictámenes”: la “inclusión en el Indice con la consiguiente publicación de la resolución”, la “no inclusión sin que se hiciera público que había existido un proceso de censura” o la “solicitud de un nuevo informe”. “En diversas ocasiones se retiraron libros del Indice, especialmente durante las grandes reformas de 1752 y 1900; de este modo, dejaban de considerarse prohibidos”. Leemos además: “La última edición oficial del Index librorum prohibitorum apareció en 1948, con suplementos hasta 1962. En su etapa final, el Indice contenía más de 6000 títulos incompatibles con la doctrina de la fe o la moral de la Iglesia. Entre los ejemplos más conocidos figuran las historias de amor de Honoré de Balzac, las canciones de Pierre-Jean de Béranger, siete obras de René Descartes, dos obras de Denis Diderot (incluida la Encyclopédie) y las historias de amor de Alexandre Dumas padre y Alexandre Dumas hijo. Asimismo, se incluyen cuatro obras de Heinrich Heine, la Crítica de la razón pura de Immanuel Kant, El segundo sexo de Simone de Beauvoir, la obra completa de Maurice Maeterlinck y casi todos los escritos de Voltaire. Jean-Paul Sartre fue uno de los últimos en ser incluidos en el Índice”. También conocemos detalles sobre el fin del “Índice”: “El Índice fue suspendido en 1965 [“abolición de facto”] y posteriormente suprimido en 1966 [“abolición formal”] bajo el pontificado de Pablo VI. Una de las razones fue que mantenerlo actualizado resultaba inviable dada la cantidad —ya inabarcable— de libros, escritos, películas y formatos de radio y televisión”. 

Cabe esperar que personas tan ejemplarmente “obedientes” como el señor Neidhart tengan siempre a mano, naturalmente, una de las últimas ediciones del “Índice” y sigan sus normas al pie de la letra, evitando cuidadosamente, por ejemplo, los escritos de Descartes y Kant incluidos en la lista.

El sentido del Índice

Como católicos, naturalmente nos esforzamos por escuchar a la Iglesia. Como dice el himno eclesiástico: “Firme ha de permanecer mi alianza bautismal; quiero escuchar a la Iglesia. Que ella me vea siempre fiel y obediente a sus enseñanzas”. No se trata solo de acatar mandatos y prohibiciones explícitos, sino de aprender a pensar y sentir con la Iglesia: el sentire cum Ecclesia. Lo mismo ocurre en este caso. Por ello, queremos analizar cómo debemos abordar hoy el “Índice” y la prohibición de libros, dado que actualmente, por desgracia, carecemos de pastores que nos indiquen qué hacer concretamente. Como hemos oído, la importancia del “Índice” “no debe ni subestimarse ni sobreestimarse”. “Obliga en conciencia, en virtud de la obediencia eclesiástica, a todos aquellos que no cuentan con el permiso de la Iglesia para leer libros prohibidos, incluso cuando no exista peligro de seducción”. Pero ¿cómo debemos proceder exactamente, dado que hace más de sesenta años que no se publican ediciones actualizadas del “Índice”? ¡Qué alud incesante de escritos y medios nocivos se ha abatido sobre nosotros desde entonces!

Según nuestras fuentes, el “Índice” surgió a comienzos de la Edad Moderna, cuando, tras la invención de la imprenta, la producción y difusión de nuevos libros experimentó un auge enorme. Los círculos “reformistas” comprendieron rápidamente las ventajas de este nuevo procedimiento y lo utilizaron para divulgar sus ideas entre el pueblo. “En el siglo XVI, la impresión de los escritos de Martín Lutero representaba casi un tercio de la tirada total”, nos informa Wikipedia. “Sin embargo, la rápida difusión de libros impresos llevó tanto a la Iglesia como a las autoridades civiles a adoptar nuevas medidas para cumplir con su deber de proteger a los fieles frente a la seducción del error y el vicio” (LThK, véase más arriba); así fue como se llegó a la prohibición de libros, primero en el ámbito civil y posteriormente también en el eclesiástico. En aquella época, esto parecía ser un medio eficaz y, por ello, fue adoptado de manera especial por la Iglesia romana, “Madre y Maestra” de todos los fieles.
 
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