DECLARACIÓN
FIDUCIA SUPPLICANS
sobre el sentido pastoral de las bendiciones
Presentación
La presente Declaración ha tomado en consideración varias cuestiones que han llegado a este Dicasterio tanto en años pasados como más recientemente. Para su redacción, como es práctica habitual, se consultó a expertos, se llevó a cabo un amplio proceso de elaboración y el borrador se debatió en el Congreso de la Sección Doctrinal del Dicasterio. Durante este tiempo de elaboración del documento, no faltaron las conversaciones con el Santo Padre. Finalmente, la Declaración fue presentada al Santo Padre, que la aprobó con su firma.
Durante el estudio de la materia objeto de este documento, se dio a conocer la respuesta del Santo Padre a los Dubia de algunos Cardenales, que aportó importantes precisiones para la reflexión que ahora se ofrece aquí, y que representa un elemento decisivo para el trabajo del Dicasterio. Dado que “la Curia Romana es, en primer lugar, un instrumento de servicio para el sucesor de Pedro” (Const. Ap. Praedicate Evangelium, II, 1), nuestro trabajo debe favorecer, junto a la comprensión de la doctrina perenne de la Iglesia, la recepción de la enseñanza del Santo Padre.
Como en la ya citada respuesta del Santo Padre a los Dubia de dos Cardenales, la presente Declaración se mantiene firme en la doctrina tradicional de la Iglesia sobre el matrimonio, no permitiendo ningún tipo de rito litúrgico o bendición similar a un rito litúrgico que pueda causar confusión. No obstante, el valor de este documento es ofrecer una contribución específica e innovadora al significado pastoral de las bendiciones, que permite ampliar y enriquecer la comprensión clásica de las bendiciones estrechamente vinculada a una perspectiva litúrgica. Tal reflexión teológica, basada en la visión pastoral del Papa Francisco, implica un verdadero desarrollo de lo que se ha dicho sobre las bendiciones en el Magisterio y en los textos oficiales de la Iglesia. Esto explica que el texto haya adoptado la forma de una “Declaración”.
Y es precisamente en este contexto en el que se puede entender la posibilidad de bendecir a las parejas en situaciones irregulares y a las parejas del mismo sexo, sin convalidar oficialmente su status ni alterar en modo alguno la enseñanza perenne de la Iglesia sobre el Matrimonio.
La presente Declaración quiere ser también un homenaje al Pueblo fiel de Dios, que adora al Señor con tantos gestos de profunda confianza en su misericordia y que, con esta actitud, viene constantemente a pedir a la madre Iglesia una bendición.
Card. Víctor Manuel FERNÁNDEZ
Prefecto
Introducción
1. La confianza suplicante del Pueblo fiel de Dios recibe el don de la bendición que brota del corazón de Cristo a través de su Iglesia. Como recuerda puntualmente el Papa Francisco, “la gran bendición de Dios es Jesucristo, es el gran don de Dios, su Hijo. Es una bendición para toda la humanidad, es una bendición que nos ha salvado a todos. Él es la Palabra eterna con la que el Padre nos ha bendecido “siendo nosotros todavía pecadores” (Rm 5,8) dice san Pablo: Palabra hecha carne y ofrecida por nosotros en la cruz” [1].
2. Sostenido por una verdad tan grande y consoladora, este Dicasterio ha tomado en consideración algunas preguntas, tanto formales como informales, sobre la posibilidad de bendecir parejas del mismo sexo y sobre la posibilidad de ofrecer nuevas precisiones, a la luz de la actitud paterna y pastoral del Papa Francisco, sobre el Responsum ad dubium [2] formulado por la entonces Congregación para la Doctrina de la Fe y publicado el 22 de febrero de 2021.
3. Dicho Responsum ha suscitado no pocas y diferentes reacciones: algunos han acogido con beneplácito la claridad de este documento y su coherencia con la constante enseñanza de la Iglesia; otros no han compartido la respuesta negativa a la pregunta o no la han considerado suficientemente clara en su formulación o en las motivaciones expuestas en la Nota explicativa adjunta. Para salir al encuentro, con caridad fraterna, a estos últimos, parece oportuno retomar el tema y ofrecer una visión que componga con coherencia los aspectos doctrinales con aquellos pastorales, porque “todo adoctrinamiento ha de situarse en la actitud evangelizadora que despierte la adhesión del corazón con la cercanía, el amor y el testimonio” [3].
I. La bendición en el sacramento del matrimonio
4. La reciente respuesta del Santo Padre Francisco a la segunda de las cinco preguntas propuestas por dos Cardenales [4] ofrece la posibilidad de profundizar más en el tema, sobre todo en sus consecuencias de orden pastoral. Se trata de evitar que “se reconoce como matrimonio algo que no lo es” [5]. Por lo tanto son inadmisibles ritos y oraciones que puedan crear confusión entre lo que es constitutivo del matrimonio, como “unión exclusiva, estable e indisoluble entre un varón y una mujer, naturalmente abierta a engendrar hijos” [6], y lo que lo contradice. Esta convicción está fundada sobre la perenne doctrina católica del matrimonio. Solo en este contexto las relaciones sexuales encuentran su sentido natural, adecuado y plenamente humano. La doctrina de la Iglesia sobre este punto se mantiene firme.
5. Esta es también la comprensión del matrimonio ofrecida por el Evangelio. Por este motivo, a propósito de las bendiciones, la Iglesia tiene el derecho y el deber de evitar cualquier tipo de rito que pueda contradecir esta convicción o llevar a cualquier confusión. Tal es también el sentido del Responsum de la entonces Congregación para la Doctrina de la Fe donde se afirma que la Iglesia no tiene el poder de impartir la bendición a uniones entre personas del mismo sexo.
6. Hay que subrayar que, precisamente en el caso del rito del sacramento del matrimonio, no se trata de una bendición cualquiera, sino del gesto reservado al ministro ordenado. En este caso, la bendición del ministro ordenado está directamente conectada a la unión específica de un hombre y de una mujer que, con su consentimiento establecen una alianza exclusiva e indisoluble. Esto nos permite evidenciar mejor el riesgo de confundir una bendición, dada a cualquier otra unión, con el rito propio del sacramento del matrimonio.
II. El sentido de las distintas bendiciones
7. Por otra parte, la respuesta del Santo Padre, anteriormente mencionada, nos invita a hacer el esfuerzo de ampliar y enriquecer el sentido de las bendiciones.
8. Las bendiciones pueden considerarse entre los sacramentales más difundidos y en continua evolución. Ellas, de hecho, nos llevan a captar la presencia de Dios en todos los acontecimientos de la vida y recuerdan que, incluso cuando utiliza las cosas creadas, el ser humano está invitado a buscar a Dios, a amarle y a servirle fielmente [7]. Por este motivo, las bendiciones tienen por destinatarios las personas, los objetos de culto y de devoción, las imágenes sagradas, los lugares de vida, de trabajo y de sufrimiento, los frutos de la tierra y del trabajo humano, y todas las realidades creadas que remiten al Creador y que, con su belleza, lo alaban y bendicen.
El sentido litúrgico de los ritos de bendición
9. Desde un punto de vista estrictamente litúrgico, la bendición requiere que aquello que se bendice sea conforme a la voluntad de Dios manifestada en las enseñanzas de la Iglesia.
10. Las bendiciones se celebran, de hecho, en virtud de la fe y se ordenan a la alabanza de Dios y al provecho espiritual de su pueblo. Como explica el Ritual Romano, “para que esto se vea más claro, las fórmulas de bendición, según la antigua tradición, tienden como objetivo principal a glorificar a Dios por sus dones, impetrar sus beneficios y alejar del mundo el poder del maligno” [8]. Por ello, se invita a quienes invocan la bendición de Dios a través de la Iglesia a intensificar “sus disposiciones internas en aquella fe para la cual nada hay imposible” y a confiar en “aquella caridad que apremia a guardar los mandamientos de Dios” [9]. Por eso, mientras que por un lado “siempre y en todo lugar se nos ofrece la ocasión de alabar a Dios por Cristo en el Espíritu Santo, de invocarlo y darle gracias”, por otra parte la preocupación es “que se trate de cosas, lugares o circunstancias que no contradigan la norma o el espíritu del Evangelio” [10]. Esta es una comprensión litúrgica de las bendiciones, en cuanto se convierten en ritos propuestos oficialmente por la Iglesia.
11. Basándose en estas consideraciones, la Nota explicativa del citado Responsum de la entonces Congregación para la Doctrina de la Fe recuerda que cuando, con un rito litúrgico adecuado, se invoca una bendición sobre algunas relaciones humanas, lo que se bendice debe poder corresponder a los designios de Dios inscritos en la Creación y plenamente revelados por Cristo el Señor. Por ello, dado que la Iglesia siempre ha considerado moralmente lícitas sólo las relaciones sexuales que se viven dentro del matrimonio, no tiene potestad para conferir su bendición litúrgica cuando ésta, de alguna manera, puede ofrecer una forma de legitimidad moral a una unión que presume de ser un matrimonio o a una práctica sexual extramatrimonial. La sustancia de este pronunciamiento fue reiterada por el Santo Padre en su Respuestas a los Dubia de dos Cardenales.
12. Se debe también evitar el riesgo de reducir el sentido de las bendiciones solo a este punto de vista, porque nos llevaría a pretender, para una simple bendición, las mismas condiciones morales que se piden para la recepción de los sacramentos. Este riesgo exige que se amplíe más esta perspectiva. De hecho, existe el peligro que un gesto pastoral, tan querido y difundido, se someta a demasiados requisitos morales previos que, bajo la pretensión de control, podrían eclipsar la fuerza incondicional del amor de Dios en la que se basa el gesto de la bendición.
13. Precisamente a este respecto, el Papa Francisco nos instó a “no perder la caridad pastoral, que debe atravesar todas nuestras decisiones y actitudes” y a “evitar ser jueces que sólo niegan, rechazan, excluyen” [11]. A continuación respondemos a su propuesta desarrollando una comprensión más amplia de las bendiciones.
Las bendiciones en la Sagrada Escritura
14. Para reflexionar sobre las bendiciones, recogiendo distintos puntos de vista, necesitamos dejarnos iluminar ante todo por la voz de la Sagrada Escritura.
15. “El Señor te bendiga y te proteja, ilumine su rostro sobre ti y te conceda su favor. El Señor te muestre su rostro y te conceda la paz” (Nm 6, 24-26). Esta “bendición sacerdotal” que encontramos en el Antiguo Testamento, precisamente en el libro de los Números, tiene un carácter “descendente” porque representa la invocación de la bendición que desde Dios desciende sobre el hombre: esta constituye uno de los textos más antiguos de bendición divina. Existe además un segundo tipo de bendición que encontramos en las páginas bíblicas, aquella que “sube” desde la tierra al cielo, hacia Dios. Bendecir equivale a alabar, celebrar, agradecer a Dios por su misericordia y fidelidad, por las maravillas que ha creado y por todo aquello que sucedió por su voluntad: “Bendice, alma mía, al Señor, y todo mi ser a su santo nombre” (Sal 103, 1).
16. A Dios que bendice, también nosotros respondemos bendiciendo. Melquisedec, rey de Salem, bendice a Abrán (cfr. Gen 14, 19); Rebecca es bendecida por sus familiares, poco antes de convertirse en la esposa de Isaac (cfr. Gen 24, 60), el cuál, a su vez, bendice su hijo Jacob (cfr. Gen 27, 27). Jacob bendice al faraón (cfr. Gen 47, 10), a sus nietos Efraín y Manasés (cfr. Gen 48, 20) y a todos sus doce hijos (cfr. Gen 49, 28). Moisés y Aarón bendicen a la comunidad (cfr. Ex 39, 43; Lev 9, 22). Los cabeza de familia bendicen los hijos con ocasión de los matrimonios, antes de emprender un viaje, en la cercanía de la muerte. Estas bendiciones aparecen como un don sobreabundante e incondicionado.
17. La bendición presente en el Nuevo Testamento conserva, sustancialmente, el mismo significado veterotestamentario. Encontramos el don divino que “desciende”, el agradecimiento del hombre que “asciende” y la bendición impartida del hombre que “se extiende” hacia sus iguales. Zacarías, tras haber recuperado el uso de la palabra, bendice al Señor por sus admirables obras (cfr. Lc 1, 64). El anciano Simeón, mientras tiene entre los brazos a Jesús recién nacido, bendice a Dios por haberle concedido la gracia de contemplar al Mesías salvador y luego bendice a sus padres María y José (cfr. Lc 2, 34). Jesús bendice al Padre, en el celebre himno de alabanza y de júbilo a Él dirigido: “Te doy gracias, Padre, Señor del cielo y de la tierra” (Mt 11, 25).
18. En continuidad con el Antiguo Testamento, la bendición en Jesús no es solo ascendente, en referencia al Padre, sino también descendente, vertida sobre los otros como gesto de gracia, protección y bondad. El propio Jesús llevó a cabo y promovió esta práctica. Por ejemplo, bendice a los niños: “Y tomándolos en brazos los bendecía imponiéndoles las manos” (Mc 10, 16). Y la historia terrenal de Jesús terminará precisamente con una bendición final reservada a los Once, poco antes de subir al Padre: “y, levantando sus manos, los bendijo. Y mientras los bendecía, se separó de ellos, y fue llevado hacia el cielo”. La última imagen de Jesús en la tierra son sus manos alzadas, en el acto de bendecir.
19. En su misterio de amor, a través de Cristo, Dios comunica a su Iglesia el poder de bendecir. Concedida por Dios al ser humano y otorgada por estos al prójimo, la bendición se transforma en inclusión, solidaridad y pacificación. Es un mensaje positivo de consuelo, atención y aliento. La bendición expresa el abrazo misericordioso de Dios y la maternidad de la Iglesia que invita al fiel a tener los mismos sentimientos de Dios hacia sus propios hermanos y hermanas.
Una comprensión teológico-pastoral de las bendiciones
20. Quien pide una bendición se muestra necesitado de la presencia salvífica de Dios en su historia, y quien pide una bendición a la Iglesia reconoce a esta última como sacramento de la salvación que Dios ofrece. Buscar la bendición en la Iglesia es admitir que la vida eclesial brota de las entrañas de la misericordia de Dios y nos ayuda a seguir adelante, a vivir mejor, a responder a la voluntad del Señor.
21. Para ayudarnos a comprender el valor de un enfoque mayormente pastoral de las bendiciones, el Papa Francisco nos instó a contemplar, con actitud de fe y paternal misericordia, el hecho que “cuando se pide una bendición se está expresando un pedido de auxilio a Dios, un ruego para poder vivir mejor, una confianza en un Padre que puede ayudarnos a vivir mejor” [12]. Esta petición debe ser, en todos los sentidos, valorada, acompañada y recibida con gratitud. Las personas que vienen espontáneamente a pedir una bendición muestran con esta petición su sincera apertura a la trascendencia, la confianza de su corazón que no se fía solo de sus propias fuerzas, su necesidad de Dios y el deseo de salir de las estrechas medidas de este mundo encerrado en sus límites.
22. Como nos enseña santa Teresa del Niño Jesús, más allá de esta confianza “no hay otro camino por donde podamos ser conducidos al Amor que todo lo da. Con la confianza, el manantial de la gracia desborda en nuestras vidas […]. La actitud más adecuada es depositar la confianza del corazón fuera de nosotros mismos: en la infinita misericordia de un Dios que ama sin límites […]. El pecado del mundo es inmenso, pero no es infinito. En cambio, el amor misericordioso del Redentor, este sí es infinito” [13].
23. Cuando estas expresiones de fe vienen consideradas fuera de un marco litúrgico, uno se encuentra en un ámbito de mayor espontaneidad y libertad, pero “la libertad frente a los ejercicios de piedad, no debe significar, por lo tanto, escasa consideración ni desprecio de los mismos. La vía a seguir es la de valorar correcta y sabiamente las no escasas riquezas de la piedad popular, las potencialidades que encierra” [14]. Las bendiciones se convierten así en un recurso pastoral a valorar en lugar de un riesgo o un problema.
24. Consideradas desde el punto de vista de la pastoral popular, las bendiciones son valoradas como actos de devoción que “encuentran su lugar propio fuera de la celebración de la Eucaristía y de los otros sacramentos […]. El lenguaje, el ritmo, el desarrollo y los acentos teológicos de la piedad popular se diferencian de los correspondientes de las acciones litúrgicas”. Por ésa misma razón “hay que evitar añadir modos propios de la “celebración litúrgica” a los ejercicios de piedad, que deben conservar su estilo, su simplicidad y su lenguaje característico” [15].
25. La Iglesia, también, debe evitar el apoyar su praxis pastoral en la rigidez de algunos esquemas doctrinales o disciplinares, sobre todo cuando dan “lugar a un elitismo narcisista y autoritario, donde en lugar de evangelizar lo que se hace es analizar y clasificar a los demás, y en lugar de facilitar el acceso a la gracia se gastan las energías en controlar” [16]. Por lo tanto, cuando las personas invocan una bendición no se debería someter a un análisis moral exhaustivo como condición previa para poderla conferir. No se les debe pedir una perfección moral previa.
26. En esta perspectiva, la Respuestas del Santo Padre ayudan a profundizar mejor, desde el punto de vista pastoral, el pronunciamiento formulado por la entonces Congregación para la Doctrina de la Fe en el 2021, porque invitan de hecho a un discernimiento en relación con la posibilidad de “formas de bendición, solicitadas por una o por varias personas, que no transmitan una concepción equivocada del matrimonio” [17] y que también tengan en cuenta el hecho que en situaciones moralmente inaceptables desde un punto de vista objetivo, “la misma caridad pastoral nos exige no tratar sin más de “pecadores” a otras personas cuya culpabilidad o responsabilidad pueden estar atenuadas por diversos factores que influyen en la imputabilidad subjetiva” [18].
27. En la catequesis citada al inicio de esta Declaración, el Papa Francisco propuso una descripción de este tipo de bendiciones que se ofrecen a todos, sin pedir nada. Vale la pena leer con corazón abierto estas palabras que nos ayudan a acoger el sentido pastoral de las bendiciones ofrecidas sin condiciones: “Es Dios que bendice. En las primeras páginas de la Biblia es un continuo repetirse de bendiciones. Dios bendice, pero también los hombres bendicen, y pronto se descubre que la bendición posee una fuerza especial, que acompaña para toda la vida a quien la recibe, y dispone el corazón del hombre a dejarse cambiar por Dios […]. Así nosotros para Dios somos más importantes que todos los pecados que nosotros podamos hacer, porque Él es padre, es madre, es amor puro, Él nos ha bendecido para siempre. Y no dejará nunca de bendecirnos. Una experiencia intensa es la de leer estos textos bíblicos de bendición en una prisión, o en un centro de desintoxicación. Hacer sentir a esas personas que permanecen bendecidas no obstante sus graves errores, que el Padre celeste sigue queriendo su bien y esperando que se abran finalmente al bien. Si incluso sus parientes más cercanos les han abandonado, porque ya les juzgan como irrecuperables, para Dios son siempre hijos” [19].
28. Existen diversas ocasiones en las cuales las personas se acercan espontáneamente a pedir una bendición, tanto en las peregrinaciones, en los santuarios y también en la calle cuando se encuentran con un sacerdote. Como ejemplo, podemos recurrir al libro litúrgico De Benedictionibus que prevé una serie de ritos de bendición para las personas: ancianos, enfermos, participantes en la catequesis o en un encuentro de oración, peregrinos, aquellos que inician un camino, grupos y asociaciones de voluntarios, etc. Tales bendiciones se dirigen a todos, ninguno puede ser excluido. En los preámbulos del Rito de bendición de los ancianos, por ejemplo, se afirma que el objetivo de esta bendición es “que los ancianos reciban de los hermanos un testimonio de respeto y de agradecimiento. Al mismo tiempo nosotros, junto con ellos, damos gracias a Dios por los beneficios que de él han recibido y por las buenas obras que han realizado con su ayuda” [20]. En este caso, el objeto de la bendición es la persona del anciano, por quien y con quien se da gracias a Dios por el bien por él realizado y por los beneficios recibidos. A ninguno se puede impedir esta acción de gracias y cada uno, incluso si vive en situaciones no ordenadas al designio del Creador, posee elementos positivos por los cuales alabar al Señor.
29. Desde la perspectiva de la dimensión ascendente, cuando se toma conciencia de los dones del Señor y de su amor incondicional, incluso en situaciones de pecado, sobre todo cuando se escucha una oración, el corazón creyente eleva su alabanza y bendición a Dios. Esta forma de bendición no se impide a nadie. Todos – individualmente o en unión con otros – pueden elevar a Dios su alabanza y su gratitud.
30. Pero el sentido popular de las bendiciones incluye también el valor de la bendición descendente. Si “no es conveniente que una Diócesis, una Conferencia Episcopal o cualquier otra estructura eclesial habiliten constantemente y de modo oficial procedimientos o ritos para todo tipo de asuntos” [21], la prudencia y la sabiduría pastoral pueden sugerir que, evitando formas graves de escándalo o confusión entre los fieles, el ministro ordenado se una a la oración de aquellas personas que, aunque estén en una unión que en modo alguno puede parangonarse al matrimonio, desean encomendarse al Señor y a su misericordia, invocar su ayuda, dejarse guiar hacia una mayor comprensión de su designio de amor y de vida.
III. Las bendiciones de parejas en situaciones irregulares y de parejas del mismo sexo
31. En el horizonte aquí delineado se coloca la posibilidad de bendiciones de parejas en situaciones irregulares y de parejas del mismo sexo, cuya forma no debe encontrar ninguna fijación ritual por parte de las autoridades eclesiásticas, para no producir confusión con la bendición propia del sacramento del matrimonio. En estos casos, se imparte una bendición que no sólo tiene un valor ascendente, sino que es también la invocación de una bendición descendente del mismo Dios sobre aquellos que, reconociéndose desamparados y necesitados de su ayuda, no pretenden la legitimidad de su propio status, sino que ruegan que todo lo que hay de verdadero, bueno y humanamente válido en sus vidas y relaciones, sea investido, santificado y elevado por la presencia del Espíritu Santo. Estas formas de bendición expresan una súplica a Dios para que conceda aquellas ayudas que provienen de los impulsos de su Espíritu – que la teología clásica llama “gracias actuales” – para que las relaciones humanas puedan madurar y crecer en la fidelidad al mensaje del Evangelio, liberarse de sus imperfecciones y fragilidades y expresarse en la dimensión siempre más grande del amor divino.
32. La gracia de Dios, de hecho, actúa en la vida de aquellos que no se consideran justos, sino que se reconocen humildemente pecadores como todos. Es capaz de dirigirlo todo según los designios misteriosos e imprevisibles de Dios. Por eso, con incansable sabiduría y maternidad, la Iglesia acoge a todos los que se acercan a Dios con corazón humilde, acompañándolos con aquellos auxilios espirituales que permiten a todos comprender y realizar plenamente la voluntad de Dios en su existencia [22].
33. Es esta una bendición que, aunque no se incluya en un rito litúrgico [23], une la oración de intercesión a la invocación de ayuda de Dios de aquellos que se dirigen humildemente a Él. ¡Dios no aleja nunca al que se acerca a Él! Al fin y al cabo, la bendición ofrece a las personas un medio para acrecentar su confianza en Dios. La petición de una bendición expresa y alimenta la apertura a la trascendencia, la piedad y la cercanía a Dios en mil circunstancias concretas de la vida, y esto no es poca cosa en el mundo en el que vivimos. Es una semilla del Espíritu Santo que hay que cuidar, no obstaculizar.
34. La misma liturgia de la Iglesia nos invita a esta actitud confiada, también en medio de nuestros pecados, falta de méritos, debilidades y confusiones como da testimonio esta bellísima oración colecta tomada del Misal Romano: “Dios todopoderoso y eterno, que con amor generoso desbordas los méritos y deseos de los que te suplican, derrama sobre nosotros tu misericordia, para que libres nuestra conciencia de toda inquietud y nos concedas aun aquello que no nos atrevemos a pedir” (XXVII Domingo del Tiempo Ordinario). Cuantas veces, de hecho, a través de una simple bendición del pastor, que en este gesto no pretende sancionar ni legitimar nada, las personas pueden experimentar la cercanía del Padre que desborda “los méritos y deseos”.
35. Por lo tanto, la sensibilidad pastoral de los ministros ordenados debería educarse, también, para realizar espontáneamente bendiciones que no se encuentran en el Bendicional.
36. En este sentido, es esencial acoger la preocupación del Papa, para que estas bendiciones no ritualizadas no dejen de ser un simple gesto que proporciona un medio eficaz para hacer crecer la confianza en Dios en las personas que la piden, evitando que se conviertan en un acto litúrgico o semi-litúrgico, semejante a un sacramento. Esto constituiría un grave empobrecimiento, porque sometería un gesto de gran valor en la piedad popular a un control excesivo, que privaría a los ministros de libertad y espontaneidad en el acompañamiento de la vida de las personas.
37. A este respecto, vienen a la mente las siguientes palabras, en parte ya citadas, del Santo Padre: “Las decisiones que, en determinadas circunstancias, pueden formar parte de la prudencia pastoral, no necesariamente deben convertirse en una norma. Es decir, no es conveniente que una Diócesis, una Conferencia Episcopal o cualquier otra estructura eclesial habiliten constantemente y de modo oficial procedimientos o ritos para todo tipo de asuntos […] El Derecho Canónico no debe ni puede abarcarlo todo, y tampoco deben pretenderlo las Conferencias Episcopales con sus documentos y protocolos variados, porque la vida de la Iglesia corre por muchos cauces además de los normativos” [24]. Así el Papa Francisco ha recordado que “todo aquello que forma parte de un discernimiento práctico ante una situación particular no puede ser elevado a la categoría de una norma”, porque esto “daría lugar a una casuística insoportable” [25].
38. Por esta razón, no se debe ni promover ni prever un ritual para las bendiciones de parejas en una situación irregular, pero no se debe tampoco impedir o prohibir la cercanía de la Iglesia a cada situación en la que se pida la ayuda de Dios a través de una simple bendición. En la oración breve que puede preceder esta bendición espontanea, el ministro ordenado podría pedir para ellos la paz, la salud, un espíritu de paciencia, diálogo y ayuda mutuos, pero también la luz y la fuerza de Dios para poder cumplir plenamente su voluntad.
39. De todos modos, precisamente para evitar cualquier forma de confusión o de escándalo, cuando la oración de bendición la solicite una pareja en situación irregular, aunque se confiera al margen de los ritos previstos por los libros litúrgicos, esta bendición nunca se realizará al mismo tiempo que los ritos civiles de unión, ni tampoco en conexión con ellos. Ni siquiera con las vestimentas, gestos o palabras propias de un matrimonio. Esto mismo se aplica cuando la bendición es solicitada por una pareja del mismo sexo.
40. En cambio, tal bendición puede encontrar su lugar en otros contextos, como la visita a un santuario, el encuentro con un sacerdote, la oración recitada en un grupo o durante una peregrinación. De hecho, mediante estas bendiciones, que se imparten no a través de las formas rituales propias de la liturgia, sino como expresión del corazón materno de la Iglesia, análogas a las que emanan del fondo de las entrañas de la piedad popular, no se pretende legitimar nada, sino sólo abrir la propia vida a Dios, pedir su ayuda para vivir mejor e invocar también al Espíritu Santo para que se vivan con mayor fidelidad los valores del Evangelio.
41. Lo que se ha dicho en la presente Declaración sobre las bendiciones de parejas del mismo sexo, es suficiente para orientar el discernimiento prudente y paterno de los ministros ordenados a este respecto. Por tanto, además de las indicaciones anteriores, no cabe esperar otras respuestas sobre cómo regular los detalles o los aspectos prácticos relativos a este tipo de bendiciones [26].
IV. La Iglesia es el sacramento del amor infinito de Dios
42. La Iglesia continúa elevando aquellas oraciones y suplicas que Cristo mismo, con grandes gritos y lágrimas, ofreció en los días de su vida terrena (cfr. Heb 5, 7) y que por esto mismo gozan de una eficacia particular. De este modo, “la comunidad eclesial ejerce su verdadera función de conducir las almas a Cristo no sólo con la caridad, el ejemplo y los actos de penitencia, sino también con la oración” [27].
43. Así, la Iglesia es el sacramento del amor infinito de Dios. Por eso, cuando la relación con Dios está enturbiada por el pecado, siempre se puede pedir una bendición, acudiendo a Él, como hizo Pedro en la tormenta cuando clamó a Jesús: “Señor, sálvame” (Mt 14, 30). En algunas situaciones, desear y recibir una bendición puede ser el bien posible. El Papa Francisco nos recuerda que “un pequeño paso, en medio de grandes límites humanos, puede ser más agradable a Dios que la vida exteriormente correcta de quien transcurre sus días sin enfrentar importantes dificultades” [28]. De este modo, “lo que resplandece es la belleza del amor salvífico de Dios manifestado en Jesucristo muerto y resucitado” [29].
44. Toda bendición será la ocasión para un renovado anuncio del kerygma, una invitación a acercarse siempre más al amor de Cristo. El Papa Benedicto XVI enseñaba: “La Iglesia, al igual que María, es mediadora de la bendición de Dios para el mundo: la recibe acogiendo a Jesús y la transmite llevando a Jesús. Él es la misericordia y la paz que el mundo por sí mismo no se puede dar y que necesita tanto o más que el pan” [30].
45. Teniendo en cuenta todo lo afirmado anteriormente, siguiendo la enseñanza autorizada del Santo Padre Francisco, este Dicasterio quiere finalmente recordar que “esta es la raíz de la mansedumbre cristiana, la capacidad de sentirse bendecidos y la capacidad de bendecir […]. Este mundo necesita bendición y nosotros podemos dar la bendición y recibir la bendición. El Padre nos ama. Y a nosotros nos queda tan solo la alegría de bendecirlo y la alegría de darle gracias, y de aprender de Él a no maldecir, sino bendecir” [31]. De este modo, cada hermano y hermana podrán sentirse en la Iglesia siempre peregrinos, siempre suplicantes, siempre amados y, a pesar de todo, siempre bendecidos.
Card. Víctor Manuel FERNÁNDEZ
Prefecto
Mons. Armando MATTEO
Secretario para la Sección Doctrinal
Ex Audientia Die 18 diciembre 2023
Francisco
___________________
[1] Francisco, Catequesis sobre la oración: la bendición (2 diciembre 2020), L’Osservatore Romano, 2 diciembre 2020, p. 8.
[2] Cfr. Congregación para la Doctrina de la Fe, “Responsum” ad “dubium” de benedictione unionem personarum eiusdem sexus et nota esplicativa, AAS 113 (2021), 431-434.
[3] Francisco, Exhort. Ap. Evangelii gaudium (24 noviembre 2013), n. 42, AAS 105 (2013), 1037-1038.
[4] Cfr. Francisco, Respuestas del Santo Padre a los Dubia propuestos por dos Cardenales (11 julio 2023).
[5] Ibidem, ad dubium 2, c.
[6] Ibidem, ad dubium 2, a.
[7] Cfr. Rituale Romanum ex decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani II instauratum auctoritate Ioannis Pauli PP. II promulgatum, De benedictionibus, Editio typica, Praenotanda, Typis Polyglottis Vatianis, Civitate Vaticana 1985, n. 12; en la edición española de la Comisión Episcopal de Liturgia, Bendicional, Coeditores litúrgicos, Barcelona 1986, n. 12.
[8] Ibidem, n. 11: “Quo autem clarius hoc pateat, antiqua ex traditione, formulae benedictionum eo spectant ut imprimis Deum pro eius donis glorificent eiusque impetrent beneficia atque maligni potestatem in mundo compescant.”
[9] Ibidem, n. 15: “Quare illi qui benedictionem Dei per Ecclesiam expostulant, dispositiones suas ea fide confirment, cui omnia sunt possibilia; spe innitantur, quae non confundit; caritate praesertim vivificentur, quae mandata Dei servanda urget.”
[10] Ibidem, n. 13: “Semper ergo et ubique occasio praebetur Deum per Christum in Spiritu Sancto laudandi, invocandi eique gratias reddendi, dummodo agatur de rebus, locis, vel adiunctis quae normae vel spiritui Evangelii non contradicant.”
[11] Francisco, Respuestas del Santo Padre a los Dubia propuestos por dos Cardenales, ad dubium 2, d.
[12] Ibidem, ad dubium 2, e.
[13] Francisco, Exhort. Ap. C’est la confiance (15 octubre 2023), nn. 2, 20, 29.
[14] Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, Directorio sobre la piedad popular y la liturgia. Principios y orientaciones, Librería Editrice Vaticana, Ciudad del Vaticano 2002, n. 12.
[15] Ibidem, n. 13.
[16] Francisco, Exhort. Ap. Evangelii gaudium (24 noviembre 2013), n. 94, AAS 105 (2013), 1060.
[17] Francisco, Respuestas del Santo Padre a los Dubia propuestos por dos Cardenales, ad dubium 2, e.
[18] Ibidem, ad dubium 2, f.
[19] Francisco, Catequesis sobre la oración: la bendición (2 diciembre 2020), L’Osservatore Romano, 2 diciembre 2020, p. 8.
[20] De Benedictionibus, n. 258: “Haec benedictio ad hoc tendit ut ipsi senes a fratribus testimonium accipiant reverentiae grataeque mentis, dum simul cum ipsis Domino gratias reddimus pro beneficiis ab eo acceptis et pro bonis operibus eo adiuvante peractis.”; en la edición española de la Comisión Episcopal de Liturgia, Bendicional, Coeditores litúrgicos, Barcelona 1986, n. 260.
[21] Francisco, Respuestas del Santo Padre a los Dubia propuestos por dos Cardenales, ad dubium 2, g.
[22] Cfr. Francisco, Exhort. Ap. Post-sinodal Amoris laetitia (19 marzo 2016), n. 250, AAS 108 (2016), 412-413.
[23] Cfr. Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, Directorio sobre la piedad popular y la liturgia, n. 13: “La diferencia objetiva entre los ejercicios de piedad y las prácticas de devoción respecto de la Liturgia debe hacerse visible en las expresiones cultuales […] los actos de piedad y de devoción encuentran su lugar propio fuera de la celebración de la Eucaristía y de los otros sacramentos”.
[24] Francisco, Respuestas del Santo Padre a los Dubia propuestos por dos Cardenales, ad dubium 2, g.
[25] Francisco, Exhort. Ap. Post-sinodal Amoris laetitia (19 marzo 2016), n. 304, AAS 108 (2016), 436.
[26] Cfr. ibidem.
[27] Oficio Divino reformado según los decretos del Concilio Ecuménico Vaticano II y promulgado por su santidad el Papa Pablo VI, Liturgia de las Horas según el Rito Romano, Principios y normas para la Liturgia de las Horas, Conferencia Episcopal Española, Coeditores Litúrgicos, Barcelona 1979, n. 17.
[28] Francesco, Exhort. Ap. Evangelii gaudium (24 novembre 2013), n. 44, AAS 105 (2013), 1038-1039.
[29] Ibidem, n. 36, AAS 105 (2013), 1035.
[30] Benedicto XVII, Homilía de la Santa Misa en la Solemnidad de Santa María, Madre de Dios. XLV Jornada Mundial de la Paz, Basílica Vaticana (1 enero 2012), Insegnamenti VIII, 1 (2012), 3.
[31] Francisco, Catequesis sobre la oración: la bendición (2 diciembre 2020), L’Osservatore Romano, 2 diciembre 2020, p. 8.
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