Con 237 votos afirmativos, 1 voto negativo (Esteban Bogdanich) y 1 abstención (Francisco Sánchez), la cámara de diputados le dio media sanción a la modificación de la Ley 26.130, de esterilización quirúrgica, para que “todas las personas con discapacidad, sin excepción”, tengan “derecho a brindar su consentimiento informado para acceder a intervenciones de contracepción quirúrgica, por sí mismas y en igualdad de condiciones con las demás personas”.
“Si se tratara de persona con capacidad restringida por sentencia judicial y la misma no refiere al ejercicio del derecho que otorga la presente ley, ella debe prestar su consentimiento informado sin ningún impedimento. Si la sentencia de restricción a la capacidad designa apoyo para el ejercicio del derecho previsto en la presente ley, el consentimiento informado debe ser prestado por la persona con discapacidad con la asistencia prevista por el sistema de apoyos del artículo 32 del Código Civil y Comercial”.
Si bien en Argentina no existen datos que permitan cuantificar las “esterilizaciones forzadas” a personas discapacitadas, el proyecto se presentó como una forma de acabar con ellas, por lo que obtuvo amplio respaldo.
Según explicó en la reunión de la Comisión de discapacidad (13/11/2020) Sandra Vázquez, directora de Casa FUSA (filial local de la IPPF), el tema venía siendo trabajado desde hace tiempo por REDI (Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad) junto a FUSA y a ONU Mujeres.
En aquella oportunidad también expuso la española Ana Peláez Narváez, comisionada de Género del Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) y miembro del Comité de seguimiento de la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas (CEDAW). Peláez Narváez abogó por los “derechos sexuales y reproductivos” de las mujeres con discapacidad.
Con el lema "Basta de esterilizaciones forzadas", además, un grupo de organizaciones impulsó el año pasado una campaña solicitando la reforma de la Ley. La iniciativa fue lanzada por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), CLADEM Argentina, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), y la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM).
En su intervención en el recinto la diputada Silvia Lospennato (PRO, BsAs) dijo hoy que “estábamos en mora al menos desde el 2012, cuando el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, instó a nuestro país a que modifique el artículo 86 del Código Penal y la ley de esterilización quirúrgica, para que las personas con discapacidad puedan acceder al aborto no punible y la esterilización” (Recomendación Nº 32, 1/10/2012).
Mientras que Mónica Schlotthauer (Frente de Izquierda) exhortó a sacar tanto de esta ley como de la de aborto, los artículos que permiten la objeción de conciencia.
En Argentina se realizan gratuitamente ligaduras tubarias a mujeres mayores de 16 años sin conocimiento de los padres ni de la pareja. En la Ciudad de Buenos Aires (un distrito envejecido, con una tasa de fecundidad de 1.5), se practicaron 1584 ligaduras de trompas durante el 2020.
Repudiamos las “esterilizaciones forzadas” a la par que recordamos que nadie es dueño del cuerpo del otro, ni propietario absoluto del propio.
Aprovechamos para reiterar que la moral natural exige la preservación de la integridad física. La esterilización es en sí misma una mutilación corporal y cualquier mutilación va en contra de la dignidad de la persona si no hay una causa que la justifique, por ejemplo, la gangrena. La esterilización está “absolutamente prohibida según la doctrina de la Iglesia” (“Quaecumque sterilizatio” (AAS LXVIII 1976).
NOTIVIDA
Editora: Lic. Mónica del Río
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