lunes, 15 de marzo de 2021

LA CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE DECLARA ILÍCITA LA BENDICIÓN DE LAS UNIONES HOMOSEXUALES

La Congregación para la Doctrina de la Fe ha constatado que la Iglesia no tiene potestad para impartir bendiciones a las uniones de personas del mismo sexo. En respuesta a un “dubia” que le había sido presentado, el dicasterio que vela por la doctrina católica dejó claro que Dios no puede bendecir el pecado.


La Congregación para la Doctrina de la Fe ha hecho pública en su web la respuesta a la pregunta sobre la bendición de parejas homosexuales:


A LA PREGUNTA PROPUESTA:
¿La Iglesia dispone del poder para impartir la bendición a uniones de personas del mismo sexo?

SE RESPONDE:
Negativamente.

En la Nota explicativa, el dicasterio presidido por el Cardenal Ladaria, señala que “en algunos ambientes eclesiales se están difundiendo proyectos y propuestas de bendiciones para uniones de personas del mismo sexo”.

Tras explicar la naturaleza de los sacramentales, afirma:

“... para ser coherentes con la naturaleza de los sacramentales, cuando se invoca una bendición sobre algunas relaciones humanas se necesita —más allá de la recta intención de aquellos que participan— que aquello que se bendice esté objetiva y positivamente ordenado a recibir y expresar la gracia, en función de los designios de Dios inscritos en la Creación y revelados plenamente por Cristo Señor”.

Es por ello que:

“Por este motivo, no es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio (es decir, fuera de la unión indisoluble de un hombre y una mujer abierta, por sí misma, a la transmisión de la vida), como es el caso de las uniones entre personas del mismo sexo”.

La Congregación para la Doctrina de la Fe indica que las personas homosexuales sí pueden recibir la bendición siempre que manifiesten su intención de vivir conforme a la enseñanza de la Iglesia sobre la Revelación de Dios:

“La respuesta al dubium propuesto no excluye que se impartan bendiciones a las personas individuales con inclinaciones homosexuales, que manifiesten la voluntad de vivir en fidelidad a los designios revelados por Dios así como los propuestos por la enseñanza eclesial, pero declara ilícita toda forma de bendición que tienda a reconocer sus uniones. En este caso, de hecho, la bendición manifestaría no tanto la intención de confiar a la protección y a la ayuda de Dios algunas personas individuales, en el sentido anterior, sino de aprobar y fomentar una praxis de vida que no puede ser reconocida como objetivamente ordenada a los designios revelados por Dios”.

Finalmente, la Santa Sede recuerda que Dios bendice al hombre pecador pero no el pecado. Y las uniones homosexuales son pecaminosas:

“Mientras tanto, la Iglesia recuerda que Dios mismo no deja de bendecir a cada uno de sus hijos peregrinos en este mundo, porque para Él 'somos más importantes que todos los pecados que nosotros podamos hacer'. Pero no bendice ni puede bendecir el pecado: bendice al hombre pecador, para que se reconozca como parte de su designio de amor y se deje cambiar por Él. Él, de hecho, nos toma como somos, pero no nos deja nunca como somos”

“Por estos motivos, la Iglesia no dispone, ni puede disponer, del poder para bendecir uniones de personas del mismo sexo en el sentido anteriormente indicado”.


InfoCatolica




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