En un comunicado publicado el día miércoles 20 de enero, pocos días antes de entrar en vigencia la ley del aborto impulsada por el Gobierno de Alberto Fernández, el Hospital Privado Universitario de Córdoba en Argentina, anunció que será objetor de conciencia siguiendo su ideario institucional de «defender la vida y bajo el cual forma a los futuros profesionales».
Esta ley permite el aborto desde la semana catorce de embarazo, sin importar el motivo, luego de ese tiempo se puede realizar al aborto cuando el embarazo sea producto de una violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la mujer.
También establece que la mujer tendrá acceso al aborto en un plazo de 10 días.
La ley también determina que el médico puede declararse objetor de conciencia, pero que debe derivar a la mujer con un profesional que sí esté dispuesto a realizar esta práctica.
En los casos en que la vida o la salud de la mujer esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable, el médico tratante, así no esté de acuerdo con el aborto, no podrá alegar objeción de conciencia.
El Hospital señaló: «si bien el texto aprobado no contempló expresamente el derecho a objeción de conciencia institucional en el artículo 11, sí ha reconocido a la objeción de conciencia individual como un derecho fundamental de los miembros del equipo de salud.
En este punto, emerge también como derecho constitucional de las personas físicas el de asociarse libremente y promulgar una concepción ideológica particular sobre los temas que determinaron la creación de las personas jurídicas que integran.
Ello constituye el ideario que impregnará su misión institucional. Se trata de objetivos y fines precisos que el ordenamiento jurídico debe salvaguardar.
Somos una entidad creada por profesionales de la salud con el objetivo de brindar asistencia y cuidado a los enfermos, defender la vida y formar futuros profesionales inspirados en estos principios.
La visión, misión y principios fundamentales que inspiran el ideario institucional constituyen en definitiva la identidad moral de esta organización, compartida vitalmente por sus miembros e impartida educativamente a quienes ingresen a ella.
En consecuencia, con el objetivo de garantizar el respeto del derecho a la objeción de conciencia individual y la defensa del ideario institucional, sin que ello implique incumplir con los requerimientos de la ley del aborto, se ha organizado un sistema de derivación que permita a las personas que solicitan una interrupción legal del embarazo realizarse la práctica en los modos y tiempos establecidos por ley», concluyó el comunicado.
Esta ley permite el aborto desde la semana catorce de embarazo, sin importar el motivo, luego de ese tiempo se puede realizar al aborto cuando el embarazo sea producto de una violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la mujer.
También establece que la mujer tendrá acceso al aborto en un plazo de 10 días.
La ley también determina que el médico puede declararse objetor de conciencia, pero que debe derivar a la mujer con un profesional que sí esté dispuesto a realizar esta práctica.
En los casos en que la vida o la salud de la mujer esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable, el médico tratante, así no esté de acuerdo con el aborto, no podrá alegar objeción de conciencia.
El Hospital señaló: «si bien el texto aprobado no contempló expresamente el derecho a objeción de conciencia institucional en el artículo 11, sí ha reconocido a la objeción de conciencia individual como un derecho fundamental de los miembros del equipo de salud.
En este punto, emerge también como derecho constitucional de las personas físicas el de asociarse libremente y promulgar una concepción ideológica particular sobre los temas que determinaron la creación de las personas jurídicas que integran.
Ello constituye el ideario que impregnará su misión institucional. Se trata de objetivos y fines precisos que el ordenamiento jurídico debe salvaguardar.
Somos una entidad creada por profesionales de la salud con el objetivo de brindar asistencia y cuidado a los enfermos, defender la vida y formar futuros profesionales inspirados en estos principios.
La visión, misión y principios fundamentales que inspiran el ideario institucional constituyen en definitiva la identidad moral de esta organización, compartida vitalmente por sus miembros e impartida educativamente a quienes ingresen a ella.
En consecuencia, con el objetivo de garantizar el respeto del derecho a la objeción de conciencia individual y la defensa del ideario institucional, sin que ello implique incumplir con los requerimientos de la ley del aborto, se ha organizado un sistema de derivación que permita a las personas que solicitan una interrupción legal del embarazo realizarse la práctica en los modos y tiempos establecidos por ley», concluyó el comunicado.
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