ENFOQUE DE LA CONFERENCIA DE OBISPOS DE TOGO (CET) TRAS LA DECLARACIÓN DE LA FIDUCIA SUPLICANS SOBRE EL SIGNIFICADO PASTORAL DE LAS BENDICIONES
Reverendos padres
Hermanos y hermanas en la vida consagrada
Hermanos y hermanas en Cristo y la humanidad.
Los obispos de Togo siguen de cerca las preguntas, inquietudes y conmociones suscitadas por la publicación por parte del Dicasterio para la Doctrina de la Fe de la Declaración de la Fiducia supplicans sobre el significado pastoral de las bendiciones, y aclaran y recuerdan a continuación.
La Declaración está lejos de ser un respaldo o validación sacramental de las uniones entre personas del mismo sexo. De ninguna manera es un desafío a las enseñanzas de la Iglesia sobre el matrimonio. De hecho, entre las muchas preguntas sometidas al Dicasterio para la Doctrina de la Fe, estaba ésta: ¿pueden los ministros de Dios dar bendiciones a todos, cualesquiera que sean sus estados? La respuesta a esta pregunta fundamental inspiró el título dado al documento Declaración sobre el significado pastoral de las bendiciones. Por supuesto, la Iglesia siempre ha dado bendiciones no literarias ordinarias a cualquiera que las solicite. Sin embargo, hay que tener cuidado de que estas bendiciones no se interpreten como un acto litúrgico o semilitúrgico, similar a un sacramento (Fiducia supplicans, n36).
Esta Declaración no modifica la enseñanza de la Biblia y de la Iglesia sobre el matrimonio, definido por el Concilio Vaticano II y reconocido como una alianza matrimonial, por la que un hombre y una mujer constituyen entre sí una comunidad para toda la vida, ordenada al carácter de matrimonio o de unión matrimonial, así como para la generación y educación de los hijos (GS, n°48; CEC # 1601; CIC, can, 1055, 1).
Según la Biblia y la doctrina de la Iglesia, la homosexualidad, que se refiere a las relaciones entre hombres o mujeres que experimentan una atracción sexual exclusiva o predominante hacia personas del mismo sexo, se presenta como una grave depravación intrínsecamente desordenada (CF) Ga 19,1-29, Rm 1, 24-27: 1 Co 6, 10, 1 Tm 1, 10, (CDF Decl. Persona Humana. 83), por ser contraria a la ley natural y cerrar el acto sexual al don de la vida, no puede ser aprobada en ningún caso (CL. CEC 2357).
Sin embargo, la Iglesia recomienda que las personas involucradas en relaciones similares sean acogidas con respeto, simpatía y delicadeza. Estas personas están llamadas a realizar la voluntad de Dios en sus vidas, y si son cristianos, a unir con el sacrificio de la Cruz del Señor las dificultades que puedan encontrar por su condición (CF. CCC 2758).
En sus respuestas a la Dubia de los Cardenales el 11 de julio de 2023, el Papa Francisco escribió: “tan inadmisibles son los rituales y las oraciones que podrían crear confusión entre lo que es constitutivo del matrimonio, a saber, una unión exclusiva, estable e indisoluble entre un hombre y una mujer, naturalmente abierta a la generación de los hijos”, y lo que lo contradice. Por eso, respecto a la bendición de las parejas homosexuales, los obispos de Togo recomiendan a los sacerdotes que se abstengan de hacerlo.
Los Obispos desean a todos una Feliz Navidad y un Próspero Año Nuevo 2014.
Que Cristo, que es la bendición del Padre, derrame sobre cada uno la gracia necesaria para el bien de todos.
Lomé, 20 de diciembre de 2023
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