viernes, 17 de julio de 2020

¿PUEDE UN CATÓLICO DESOBEDECER A UN PAPA?

“A nadie se le permite desobedecer al Papa" - La declaración se hace repetidamente en las redes sociales, generalmente en un intento de terminar un debate. Se toma como un hecho. No se citan fuentes, no se proporciona documentación. Es algo simplemente asumido. Es, después de todo, obvio.

Por Paul Casey


¿Pero lo es? ¿La Iglesia Católica realmente enseña esto? ¿Ella alguna vez ha enseñado esto?

Como siempre en la teología católica, se deben hacer distinciones.

Pocos estarían en desacuerdo con que es permisible resistirse a un papa. Esta idea se remonta a la resistencia de San Pablo a San Pedro en Gálatas 2: 11-15:
Pero cuando Pedro vino a Antioquía, le resistí cara a cara, porque era de condenar. Pues antes que viniesen algunos de parte de Jacobo, comía con los gentiles; pero después que vinieron, se retraía y se apartaba, porque tenía miedo de los de la circuncisión. Y en su simulación participaban también los otros judíos, de tal manera que aun Bernabé fue también arrastrado por la hipocresía de ellos. Pero cuando vi que no andaban rectamente conforme a la verdad del evangelio, dije a Pedro delante de todos: Si tú, siendo judío, vives como los gentiles y no como judío, ¿por qué obligas a los gentiles a judaizar? Nosotros, judíos de nacimiento, y no pecadores de entre los gentiles
San Pablo estaba en desacuerdo aquí con la conducta de San Pedro al retirarse de la mesa de los gentiles por temor a ofender a los conversos judíos; Al hacerlo, San Pedro se arriesgó a engañar a los gentiles para que pensaran que estaban obligados a ajustarse a la forma de vida judía. La reprimenda de San Pablo aquí claramente no es un argumento contra la autoridad de San Pedro. Santo Tomás de Aquino está de acuerdo en que incluso un inferior puede, y en ocasiones debería amonestar a su superior:
Si hubiera una cuestión de peligro para la Fe, los superiores tendrían que ser reprendidos por sus inferiores, incluso en público” (1)
Aquino, junto con muchos de los teólogos citados a continuación, deja en claro que cualquier resistencia pública se dirige hacia el ejercicio de la autoridad de un prelado , como lo hizo Pablo a Pedro (2) si existe un peligro para la fe (3). Como resistencia lícita, no constituye "juzgar" al Papa.

Con respecto a esta resistencia, el cardenal Tomas Cajetan (1469-1534), un destacado teólogo de su tiempo, está de acuerdo:
Por lo tanto, debes resistir, en su cara, a un papa que está destrozando abiertamente a la Iglesia, por ejemplo, al negarse a conferir beneficios eclesiásticos, excepto por dinero, o a cambio de servicios... un caso de simonía, incluso cometido por un papa, debe ser denunciado (4)
Pero, ¿qué pasa si esta "resistencia" no se trata de simplemente reprender a un papa en un ejercicio indebido de autoridad? ¿Se permite la desobediencia? ¿Los teólogos alguna vez discutieron la "desobediencia" al "papa" específicamente?

De hecho, lo hicieron.

Francisco Suárez (1548–1617) de la Escuela de Salamanca, un sacerdote y teólogo jesuita, considerado por muchos como uno de los más grandes escolásticos después del mismo Santo Tomás de Aquino, escribió:
Si el Papa establece una orden contraria a las costumbres correctas, uno no tiene que obedecerle; si intenta hacer algo manifiestamente opuesto a la justicia y al bien común , sería lícito resistirse a él; Si ataca por la fuerza, podría ser rechazado por la fuerza, con la moderación característica de una buena defensa (5)
Sylvester Prieras (1456-1523), un teólogo dominicano, nombrado maestro del Palacio Sagrado por el Papa León X y conocido por su refutación detallada de las 95 Tesis de Lutero, escribió:
En respuesta a la pregunta, "¿Qué se debe hacer en los casos en que el Papa destruye a la Iglesia con sus malas acciones?". Ciertamente estaría pecando; no debería permitírsele actuar de esa manera, ni debería ser obedecido en lo que es malo; debe ser resistido con una cortés reprensión... Él no tiene el poder de destruir; por lo tanto, si hay evidencia de que lo está haciendo, es lícito resistirse a él. El resultado de todo esto es que si el Papa destruye a la Iglesia con sus órdenes y actos, se le puede resistir y evitar la ejecución de su mandato. El derecho de resistencia abierta al abuso de autoridad de los prelados también se deriva de la ley natural... Como observa Cajetan, no afirmamos todo esto en el sentido de que alguien pueda tener competencia para juzgar al Papa o tener autoridad sobre él, pero significa que es lícito defenderse. De hecho, cualquier persona tiene derecho a resistir un acto injusto, a tratar de evitarlo y a defenderse" (6)
Francisco de Vitoria (1483-1546), su homólogo dominicano, fundador de la Escuela de Salamanca, escribió:
Si el Papa por sus órdenes y sus actos destruye a la Iglesia, uno puede resistirlo e impedir la ejecución de sus mandamientos (7)
San Roberto Belarmino (1542–1621), teólogo jesuita, Doctor de la Iglesia, uno de los más grandes defensores de la teología católica durante la Contrarreforma, escribió:
Como es legal resistir al Papa, si él atacó a la persona de un hombre, también es legal resistirse a él, si atacó a las almas, o perturbó al estado, y mucho más si se esforzó por destruir la Iglesia. Es legal, digo, resistirse a él, a no hacer lo que él ordena y obstaculizar la ejecución de su voluntad ; aun así, no es legal juzgarlo, castigarlo o incluso destituirlo, porque no es más que un superior. Ver Cajetan sobre este asunto y John de Torquemada. (8)
El cardenal Juan de Torquemada (1388–1468), que no debe confundirse con Tomás, el Gran Inquisidor (1420–1498), escribió:
Si el papa ordenara algo en contra de la Sagrada Escritura, o los artículos de fe, o la verdad de los sacramentos, o los mandamientos de la ley natural o divina, no debería ser obedecido, pero en tales mandamientos debe pasarse por alto (9)
Más recientemente, el cardenal Raymond Burke, abogado canónico, declaró: "Incluso hay momentos en que un Papa debe, como deber, ser desobedecido". El cardenal Burke hizo referencia al fallecido historiador medieval y erudito de Oxford, el profesor John Watts, quien escribió sobre los límites del ministerio petrino (10).

El primer ejemplo bien conocido de un obispo que desobedece abiertamente a un papa en este sentido es el obispo Robert Grosseteste (1175-1253), obispo de Lincoln (norte de Londres) y uno de los hombres más sabios de la Edad Media. Michael Davies se cita aquí en detalle:
El problema que provocó la negativa del obispo Grosseteste a cumplir con lo que él consideraba un abuso del poder papal fue el de la provisión papal a los beneficios [un nombramiento permanente en la Iglesia, típicamente el de un rector o vicario, para el cual se proporcionan bienes e ingresos en respeto de los deberes pastorales]. Era un hombre que no permitiría ningún compromiso por una cuestión de principios, y aquí había una pregunta que no podría haber estado más directamente relacionada con el cuidado de las almas. En lo que a él respectaba, había dos consideraciones que deben surgir antes que nada al nombrar a un sacerdote que fuera un verdadero pastor para su pueblo: el pastor debe ser espiritualmente digno de su impresionante cargo, y debe vivir entre su rebaño.
Aceptó que, en virtud de su gran poder, el Papa tenía derecho a hacer nominaciones a los beneficios y, cuando este derecho se ejercía adecuadamente, estaba bastante preparado para aceptarlo. Pero para él, tanto el poder papal como la provisión de un beneficio tenían un solo fin: la salvación de las almas. Al Papa, por lo tanto, se le había dado el poder de nominar hombres para cargos pastorales solo para construir el Cuerpo de Cristo a través del cuidado efectivo de las almas; ¿Y cómo podrían los pastores extraños promover el cuidado de las almas que ni siquiera conocen a su rebaño y solo se interesan en el oro que podían obtener de ellos?

¡En 1253 el Papa nominó a su propio sobrino, Federico de Lavagna, a una canonía vacante en la Catedral de Lincoln! El mandato que ordenaba al obispo Grosseteste nombrarlo era una especie de obra maestra legal en la que el uso cuidadoso de cláusulas no obstante [a pesar de los estatutos en contrario] descartó todos los fundamentos legales de rechazo o demora. Este, entonces, era el dilema del obispo: se enfrentaba a una orden perfectamente legal del Soberano Pontífice, que aparentemente debía ser obedecida, y sin embargo, la demanda, aunque legal, era obviamente inmoral, un claro abuso de poder. El Papa estaba usando su oficio como Vicario de Cristo en un sentido completamente contrario al propósito para el cual se le había confiado. El obispo vio claramente que hay una distinción importante entre lo que un Papa tiene el derecho legal de hacer y lo que tiene el derecho moral de hacer. Su respuesta fue una negativa directa a obedecer una orden que constituía un abuso de autoridad. El Papa estaba actuando ultra vires, más allá de los límites de su autoridad, y por lo tanto sus súbditos no estaban obligados a obedecerlo en esto.

En su respuesta al mandato papal, el obispo Grosseteste acusó al papa Inocencio IV de desobediencia a Cristo y la destrucción del cuidado de las almas. "Ningún sujeto fiel de la Santa Sede", escribió, "ningún hombre que no esté separado por el cisma del Cuerpo de Cristo y la misma Santa Sede, puede someterse a mandatos, preceptos o cualquier otra demostración de este tipo, no, ni siquiera si los autores fueran el cuerpo más elevado de ángeles. Debe repudiarlos y rebelarse contra ellos con todas sus fuerzas. Debido a la obediencia a la que estoy obligado, y a mi amor por mi unión con la Santa Sede en el Cuerpo de Cristo, como hijo obediente desobedezco, contradigo, me revelo. No puedes tomar medidas contra mí, porque cada una de mis palabras y actos no es rebelión, sino el honor filial debido al mandato de Dios para el padre y la madre. Como he dicho, la Sede Apostólica en su santidad no puede destruir, solo puede construir. Esto es lo que significa la plenitud del poder; Puede hacer todo para la edificación. Pero estas disposiciones denominadas en conjunto no se acumulan, destruyen".

Al comentar sobre esta carta en su estudio, "Las relaciones de Grosseteste con el papado y la corona", WA Pantin escribe:

“Parece que hay dos líneas de discusión aquí. La primera es que dado que el plentitudo potestatis [con respecto al poder jurisdiccional del papado] existe con el propósito de edificación y no destrucción, cualquier acto que tiende a la destrucción o la ruina de las almas no puede ser un ejercicio genuino de la plenitud potestatis... La segunda línea de argumentación es que si el Papa, o cualquier otra persona, ordena algo contrario a la Ley Divina, entonces será un error obedecer, y en última instancia, al protestar por la lealtad de uno, uno debe negarse a obedecer. El problema fundamental es que, si bien la enseñanza de la Iglesia está sobrenaturalmente garantizada contra el error, los ministros de la Iglesia, desde el Papa hacia abajo, no son impecables y son capaces de emitir juicios equivocados o dar órdenes equivocadas" (11)

"No se puede actuar contra mí", había advertido el obispo Grosseteste al Papa, y los hechos demostraron que estaba en lo correcto. Inocencio IV estaba furioso cuando recibió la carta del obispo. Su primer impulso fue ordenarle a su "vasallo el rey" que encarcelara al viejo prelado, pero sus Cardenales lo persuadieron para que no tomara ninguna medida.

“No debes hacer nada. Es verdad. No podemos condenarlo. Es católico y santo, mejor hombre que nosotros. No tiene igual entre los prelados. Todo el clero francés e inglés lo sabe y nuestra contradicción sería inútil. La verdad de esta carta, que probablemente es conocida por muchos, podría poner a muchos en contra de nosotros. Es considerado un gran filósofo, aprendido en la literatura griega y latina, celoso de la justicia, lector en las escuelas de teología, predicador del pueblo, enemigo activo de los abusos". Este relato fue escrito por un hombre que no amaba al obispo: Mathew Paris, ejecutor del mandato que el obispo se había negado a implementar. Pero Mateo reconoció la grandeza y sinceridad de Robert Grosseteste y se sintió conmovido.

Inocencio IV decidió que el curso más prudente sería no tomar medidas (12)

El padre Chad Ripperger, anteriormente del FSSP y ahora de la Sociedad de las Madres más Dolorosas / Padres Doloran, está de acuerdo con los teólogos mencionados anteriormente en que se puede permitir la desobediencia al Papa siempre que se cumplan ciertas condiciones:
Santo Tomás, otros moralistas e incluso la Iglesia misma dan ciertas condiciones bajo las cuales no debemos ejecutar el comando de un superior. Y esto se aplicaría a los obispos, y en algunos casos raros, incluso al papa. Estamos obligados a obedecer todas sus órdenes legítimas...
La primera condición que nos eximiría de la obediencia es si mandan algo que es contrario a la ley natural o la ley divina positiva, es decir, si el comando es pecado, uno está obligado no a obedecer, de hecho, uno está prohibido a obedecer.
En segundo lugar, si la orden es claramente imprudente, y esto se deduce del hecho de que la imprudencia es un pecado... Esto solo se puede hacer cuando se tiene una comprensión muy clara de todas las circunstancias involucradas, de lo contrario el beneficio de la duda va a uno superior.
Tercero, la Iglesia misma dice en el código de la Ley Canónica que si las circunstancias, bajo las cuales se dio la orden, imposibilitan la ejecución de la orden, la persona debe volver al superior y preguntar qué debe hacer.
Cuarto, si el superior le ordena hacer algo que es contrario al sustento de la vida, por ejemplo, sus superiores no pueden ordenarle que ayune hasta morir de hambre.
Quinto, si el comando es excesivamente oneroso, uno no está obligado a obedecer. Por ejemplo, si su superior le ordenó dormir cuatro horas de sueño por la noche...
Sexto, si el comando no proviene de alguien con jurisdicción...
Séptimo, sus superiores no pueden ordenarle que haga algo espiritual o moralmente dañino. Por ejemplo, si su superior le ordenó a un hombre joven que tomara un trabajo de pianista en un burdel. (13)
Una vez que se han tenido en cuenta todos estos factores, la pregunta es si pueden aplicarse al caso más reciente del arzobispo Marcel Lefebvre. El arzobispo Lefebvre, en un acto que él mismo describió abiertamente como uno de "desobediencia", consagró a cuatro obispos para la Sociedad de San Pío X en 1988 después de que el Papa Juan Pablo II le negó el permiso para hacerlo. En una declaración escrita formal dada el 29 de marzo de 1988 y publicada en julio de 1988, el Arzobispo Lefebvre describió este acto de desobediencia y mencionó, en su defensa, a los teólogos citados anteriormente:
Ahora nuestra desobediencia está motivada por la necesidad de mantener la fe católica. Las órdenes que se nos dan expresan claramente que se nos están dando para obligarnos a someternos sin reservas al Concilio Vaticano II, a las reformas posconciliares y a las prescripciones de la Santa Sede, es decir, a las orientaciones y actos que están minando nuestra fe y destruyendo la Iglesia. Es imposible para nosotros hacer esto. Colaborar en la destrucción de la Iglesia es traicionar a la Iglesia y traicionar a Nuestro Señor Jesucristo. Ahora todos los teólogos dignos de este nombre enseñan que si el Papa, por sus actos, destruye a la Iglesia, no podemos obedecerle ([referencias en original]: Vitoria: Obras, pp. 486-487; Suárez: De fide, disp. X, sec. VI, no. 16; San Roberto Belarmino: de Rom. Pont., Libro 2, Ch.29; Cornelius a Lapide: ad Gal. 2,11, etc.) (14)
Tenga en cuenta que Prieras, Vitoria, Bielorrusia, Grosseteste, Pantin y Lefebvre declararon que las condiciones necesarias para desobedecer al Papa implicarían un acto o actos que "destruirían la Iglesia" o "conducirían a la destrucción de las almas". Sin embargo, ninguno entra en muchos detalles sobre lo que implicaría esta destrucción. Los defensores del arzobispo Lefebvre señalarán el colapso estadístico de la Iglesia durante el período durante y después del Concilio Vaticano II, pero si eso, por sí solo, es suficiente para las condiciones descritas por los teólogos (es decir, "destruir") se puede debatir.

Según los criterios del padre Ripperger, los defensores argumentan que el arzobispo Lefebvre se reunió al menos con los dos primeros:
1 - Ser requerido, incluso en su propia mente, "traicionar a la Iglesia y traicionar a Nuestro Señor Jesucristo" constituía un pecado
2 - Que las "órdenes que se nos dan... nos obligan a someternos sin reservas a... orientaciones y actos que están socavando nuestra fe y destruyendo la Iglesia", órdenes que, por lo tanto, constituían órdenes imprudentes, que permitían la desobediencia, ya que, como el padre Ripperger afirma: "Esto se desprende del hecho de que la imprudencia es un pecado". Afirmarían que sería difícil argumentar que el Arzobispo Lefebvre no tenía "una comprensión muy clara de todas las circunstancias involucradas", o que ignoraba la descripción de Aquino de cuándo "se une una conciencia errante".
La respuesta a la pregunta, entonces, es sí: un católico puede desobedecer al Papa, pero solo cuando se cumplen ciertas condiciones. Para el católico cotidiano, las condiciones descritas por los teólogos anteriores no se aplican. Pero para aquellos a quienes los teólogos abordaron sus preocupaciones, cuando lo hacen, la desobediencia puede, de hecho, ser requerida. Con respecto al Arzobispo Lefebvre, no tenemos, como dijo Santo Tomás Moro, ninguna ventana para mirar la conciencia de otro hombre, ni podemos leer la mente de un muerto. Quienes deseen afirmar que el arzobispo Lefebvre mintió sobre sus razones tienen el libre albedrío para hacerlo. Quienes deseen afirmar que en realidad no cumplió con las condiciones establecidas por los teólogos son libres de exponer sus argumentos. Los teólogos han hablado; El lector puede decidir por sí mismo.

Sin embargo, lo que no se puede argumentar es que la Iglesia Católica enseña ahora, o ha enseñado alguna vez, que a nadie se le permite desobedecer a un papa.


Referencias

1 - Summa Theologica II-II, q33, a. 4 4

2 - Ibídem.

3 -Tomás de Aquino, Comentario sobre la epístola de San Pablo a los Gálatas

4 - Cajetan, De Comparatione Auctoritatis Papae et Concilii

5 - Suárez, De Fide, disp. X, secta. VI, n. 16. De Fide, disp. X, sec VI, no. 16

6 - Prieras, Dialogus de Potestate Papae (de Francisco de Vitoria: Obras, pp. 486–7)

7 - De Vitoria, Obras de Francisco de Vitoria , pp. 486-487.

8 - Belarmino, De Romano Pontifice, Bk 2, Cap. 29, 7 º respuesta

9 - De Torquemada, Summ. de Eccl., pp. 47, 48

10 - https://www.thetablet.co.uk/news/8869/cardinal-burke-there-are-times-when-a-pope-must-be-disobeyed

11 - "Las relaciones de Grosseteste con el papado y la corona" por William Abel Pantin, MA, FBA, en Robert Grosseteste, Scholar y Bishop , editado por DA Callus, 1953, p. 183

12 - Davies, Michael, "Reconocer y resistir: otro ejemplo más de la historia", The Remnant, 6 de septiembre de 1975

13 - Chad Ripperger, asentimiento a la enseñanza papal, 7:34

14 - Arzobispo Lefebvre, "¿Puede la obediencia obligarnos a desobedecer?" de la edición de julio de 1988 de "The Angelus Magazine", declaración originalmente dada el 29 de marzo de 1988


One Peter Five



No hay comentarios:

Publicar un comentario

Usted puede opinar pero siempre haciéndolo con respeto, de lo contrario el comentario será eliminado.