domingo, 8 de enero de 2017

CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DEL CAPÍTULO VIII DE AMORIS LÆTITIA


CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN

DEL CAPÍTULO VIII

DE AMORIS LÆTITIA

Enero 2017

Querido Hermano en el Sacerdocio:

Como la estrella que guio a los Magos hacia su encuentro
con Jesús, la Exhortación apostólica La alegría del amor
ilumina a nuestras familias en su camino hacia Jesús como
sus discípulos.

Este mensaje también es relevante para las parejas y familias
que se encuentran en situaciones complejas, especialmente las de personas separadas o divorciadas que han iniciado una nueva unión. Aunque hayan "perdido" su primer matrimonio, algunas de estas personas no han "perdido" su esperanza en Jesús. Algunas de ellas desean vivamente vivir en armonía con Dios y con la Iglesia, hasta el punto de que nos preguntan qué pueden hacer para poder celebrar los sacramentos de la Reconciliación y de la Eucaristía.

Al igual que los Magos, que tomaron un camino diferente para volver a casa después de encontrarse con Jesús (cfr. Mt 2, 12), estas personas -a veces después de un camino fatigoso y difícil, se encuentran con Cristo, que les ofrece un futuro incluso cuando les es imposible seguir el mismo camino que antes. A través de acompañamiento y el discernimiento honesto, Dios es capaz de abrir nuevos caminos a estas personas aunque el camino anterior haya sido de "oscuridad", marcado por errores pasados o tristes experiencias de traición y abandono. En su encuentro con Cristo y con Iglesia, estas personas encuentran una "luz" que ilumina su vida presente y les anima a volver a Dios con esperanza y valentía.

Por ello, en línea con las indicaciones del Papa Francisco, los Obispos de Malta y Gozo ofrecemos estas orientaciones a los sacerdotes de nuestras diócesis, para acompañar a estas personas a través de "un responsable discernimiento personal y pastoral" a una toma de conciencia de su situación vital a la luz de Jesús (AL 300). Es importante que las siguientes orientaciones se lean a la luz de las referencias indicadas:
1. Sobre todo, debemos tener siempre presente que nuestro ministerio pastoral hacia las personas que viven en situaciones familiares complejas, es el mismo ministerio de la Iglesia que es Madre y Maestra. Como sacerdotes, tenemos el deber de iluminar las conciencias anunciando a Cristo y el ideal pleno del Evangelio. Al mismo tiempo, siguiendo las huellas del mismo Cristo, tenemos el deber de ejercer el "arte del acompañamiento" y convertirnos en fuente de confianza, esperanza e inclusión para quienes piden ver a Jesús (cfr. Jn 12, 21), especialmente para las personas más vulnerables (cfr. AL, 291, 296, 308; EG 169). En el caso de las parejas con hijos, esta inclusión es necesaria no sólo para la pareja, sino también para "el cuidado y la educación cristiana de sus hijos, que deben ser considerados lo más importante" (AL 299; véase también AL, 245-246).

2. Cuando encontramos o conocemos a personas que se encuentran en situaciones llamadas "irregulares", debemos comprometernos a dialogar con ellas y a conocerlas en un espíritu de auténtica caridad. Si, posteriormente, muestran un deseo genuino o aceptan comprometerse en un proceso serio de discernimiento personal sobre su situación, debemos acompañarles de buen grado en este camino, con verdadero respeto, cuidado y atención. Hay que "hacerles sentir parte de la Iglesia. No están excomulgados y no deben ser tratados como tales, ya que siguen formando parte de la comunidad eclesial" (AL 243). A lo largo de este proceso, nuestro papel no es simplemente el de conceder el permiso para que estas personas reciban los sacramentos, u ofrecer "recetas fáciles" (ver AL 298), o sustituir su conciencia. Nuestro papel es ayudarles pacientemente a formar e iluminar su propia conciencia, para que ellos mismos puedan tomar una decisión honesta ante Dios y actuar de acuerdo con el mayor bien posible (ver AL 37).   

3. Antes de abordar la pastoral de los discípulos del Señor que han pasado por la experiencia del fracaso matrimonial y viven ahora una nueva relación, queremos tratar la situación de los que conviven o se han casado sólo civilmente. Estas situaciones exigen "una pastoral misericordiosa y servicial" (AL 293) y "requieren una respuesta constructiva que busque transformarlas en oportunidades que puedan conducir a la plena realidad del matrimonio y de la familia en conformidad con el Evangelio" (AL 294). En el discernimiento pastoral es importante distinguir entre una situación y otra. En algunos casos, "la opción por el matrimonio civil o, en muchos casos, por la simple convivencia, no suele estar motivada por prejuicios o resistencias a una unión sacramental, sino por situaciones culturales o contingentes" (AL 294) y, por lo tanto, el grado de responsabilidad moral no es el mismo para todos los casos. "Recordemos que un pequeño paso, en medio de grandes limitaciones humanas, puede ser más agradable a Dios que una vida que aparentemente está en orden, pero que avanza a lo largo del día sin afrontar grandes dificultades" (AL 305, EG 45).

4. Ahora abordamos nuestro ministerio con personas separadas y divorciadas, que han contraído una nueva unión. Si durante el proceso de discernimiento con estas personas surge una duda razonable sobre la validez o consumación de su matrimonio canónico, debemos proponer a estas personas que presenten una solicitud de declaración de nulidad o disolución de su vínculo matrimonial.

5. A lo largo de este discernimiento, se debe distinguir adecuadamente entre una situación y otra, porque no todos los casos son iguales. "Una cosa es una segunda unión consolidada en el tiempo, con nuevos hijos, fidelidad probada, entrega generosa, compromiso cristiano, conciencia de su irregularidad y de la gran dificultad de volver atrás sin sentir la inconsciencia de caer en nuevos pecados. La Iglesia reconoce situaciones 'en las que, por motivos graves, como la educación de los hijos, un hombre y una mujer no pueden cumplir con la obligación de separarse'; también están los casos de quienes hicieron todo lo posible por salvar su primer matrimonio y fueron injustamente abandonados, o de 'quienes han contraído una segunda unión por el bien de la educación de los hijos, y a veces tienen la certeza subjetiva en su conciencia de que su matrimonio anterior, irreparablemente roto, nunca había sido válido'. Otra cosa es una nueva unión surgida de un divorcio reciente, con todo el sufrimiento y la confusión que ello conlleva para los hijos y para toda la familia, o el caso de alguien que ha incumplido sistemáticamente sus obligaciones para con la familia. Debe quedar claro que éste no es el ideal que el Evangelio propone para el matrimonio y la familia" (AL 298).  

6.   Sería conveniente que, a lo largo de este proceso de discernimiento, acompañáramos a estas personas a realizar "un examen de conciencia a través de momentos de reflexión y arrepentimiento", en los que "deberían preguntarse: cómo actuaron con sus hijos cuando la unión conyugal entró en crisis; si hicieron o no intentos de reconciliación; qué ha sido de la parte abandonada; qué consecuencias tiene la nueva relación para el resto de la familia y la comunidad de fieles; y qué ejemplo se está dando a los jóvenes que se preparan para el matrimonio" (AL 300). Esto se aplica de manera especial a los casos en que una persona reconoce su propia responsabilidad en el fracaso del matrimonio.  

7.   A lo largo del proceso de discernimiento, debemos sopesar la responsabilidad moral en situaciones concretas, teniendo debidamente en cuenta los condicionamientos y las circunstancias atenuantes. En efecto, "pueden existir factores que limiten la capacidad de tomar una decisión" (AL 301) o que incluso disminuyan la imputabilidad o la responsabilidad por una acción. Se trata de la ignorancia, la inadvertencia, la violencia, el miedo, la inmadurez afectiva, la persistencia de ciertos hábitos, el estado de ansiedad, los apegos desmesurados y otros factores psicológicos y sociales (véase AL 302; CIC 1735, 2352). Como consecuencia de estos condicionamientos y circunstancias atenuantes, el Papa enseña que "ya no se puede decir sin más que todos los que se encuentran en cualquier 'situación irregular viven en estado de pecado mortal y están privados de la gracia santificante'" (AL 301). "Es posible que en una situación objetiva de pecado -que puede no ser subjetivamente culpable, o plenamente tal- una persona pueda estar viviendo en gracia de Dios, pueda amar y pueda también crecer en la vida de la gracia y de la caridad, recibiendo para ello la ayuda de la Iglesia" (AL 305). Este discernimiento adquiere una importancia significativa ya que, como enseña el Papa, en algunos casos esta ayuda puede incluir la ayuda de los sacramentos (véase AL, nota 351).

8. "Pensando que todo es blanco o negro, a veces cerramos el camino de la gracia y del crecimiento, y desanimamos los caminos de santificación que dan gloria a Dios" (AL 305). Esto exige una instrucción más prudente en la ley de la gradualidad, (ver AL 295) para discernir la presencia, la gracia y la acción de Dios en todas las situaciones, y ayudar a las personas a acercarse más a Dios, incluso cuando "no están en condiciones de comprender, apreciar o cumplir plenamente las exigencias objetivas de la ley" (AL 295).   

9. A lo largo del proceso de discernimiento, conviene también examinar la posibilidad de la continencia conyugal. A pesar de que este ideal no es nada fácil, puede haber parejas que, con la ayuda de la gracia, practiquen esta virtud sin poner en riesgo otros aspectos de su vida en común. Por otra parte, hay situaciones complejas en las que la opción de vivir "como hermanos y hermanas" se hace humanamente imposible y da lugar a daños mayores (véase AL, nota 329).  

10. Si, como resultado del proceso de discernimiento, emprendido con "humildad, discreción y amor a la Iglesia y a su doctrina, en una búsqueda sincera de la voluntad de Dios y en el deseo de dar una respuesta más perfecta a la misma" (AL 300), una persona separada o divorciada que vive una nueva relación logra, con una conciencia informada e iluminada, reconocer y creer que está en paz con Dios, no se le puede impedir participar en los sacramentos de la Reconciliación y de la Eucaristía (véase AL, notas 336 y 351).  

11. Durante este proceso de discernimiento, deberíamos examinar con estas personas, cómo "su participación puede expresarse en los diferentes servicios eclesiales", particularmente dentro de "los marcos litúrgico, pastoral, educativo e institucional" (AL 299). No hay que excluir que estas personas sean consideradas idóneas para ser padrinos. Por otra parte, "si alguien hace alarde de un pecado objetivo como si formara parte del ideal cristiano, o quiere imponer algo distinto de lo que enseña la Iglesia, no puede en modo alguno presumir de enseñar o predicar a los demás". Es nuestro deber predicar de nuevo "el anuncio del mensaje evangélico y su llamada a la conversión". Por otra parte, también puede haber formas de participación de la persona en la vida de la comunidad, como en el ámbito social, en las reuniones de oración, o según le sugiera su iniciativa personal, junto con nuestro discernimiento (véase AL 297).  

12. En este camino de acompañamiento, debemos escuchar y dar valor al sufrimiento de las personas que son víctimas inocentes de la separación, el divorcio o el abandono. Las condiciones de pobreza hacen que este dolor sea aún más traumático. Perdonar una injusticia sufrida y soportada no es nada fácil, pero la gracia hace posible este camino (ver AL 242).

13. En el ejercicio de nuestro ministerio, debemos estar atentos para no caer en los extremos: en el rigor extremo, por un lado, y en la laxitud, por otro. Este proceso debe ser una invitación a encauzar ciertas actitudes, como la caridad pastoral, la honradez, la discreción, la conversión permanente y el amor a la Iglesia y a su doctrina (cfr. AL 267, 300); la atención a lo que Dios hizo "desde el principio" (cfr. AL 61-66); la humildad para despojarse de las sandalias ante el suelo sagrado del otro (cfr. Ex 3, 5; EG 169); el deseo de buscar sinceramente la voluntad de Dios y de poder presentar la fragancia de la presencia de Cristo y su mirada personal (cfr. EG 169).  

14. Para evitar cualquier motivo de escándalo o confusión entre los fieles (véase AL 299), debemos hacer todo lo posible para informarnos e informar a nuestras comunidades mediante el estudio y la promoción de las enseñanzas de Amoris Lætitia. Esta enseñanza nos exige una "conversión pastoral" (EG 25). Junto con el Papa, comprendemos a quienes preferirían una "pastoral más rigurosa", pero junto con él, creemos que "Jesús quiere una Iglesia atenta a la bondad que el Espíritu Santo siembra en medio de la debilidad humana, una Madre que, al mismo tiempo que expresa claramente su doctrina objetiva, 'haga siempre el bien que pueda, aunque en el proceso se le ensucien los zapatos con el barro de la calle'" (AL 308). 
Pedimos a Dios, con la intercesión de la Sagrada Familia de Nazaret, que, a través de sus sacerdotes, la Iglesia de Malta y Gozo pueda ser realmente un mensajero que ayude a los cristianos de hoy a abrirse a la voz de Dios en su conciencia y, de este modo, ver el nuevo camino que se abre ante ellos, que conduce de las tinieblas a la luz. 

8 de enero de 2017, Solemnidad de la Epifanía del Señor.

Charles J. Scicluna
Arzobispo de Malta

Mario Grech
Obispo de Gozo

ACOMPAÑAR, DISCERNIR

E INTEGRAR LA DEBILIDAD 

291. Los Padres sinodales afirman que, aunque la Iglesia es consciente de que toda ruptura del vínculo matrimonial "es contraria a la voluntad de Dios", es también "consciente de la fragilidad de muchos de sus hijos" (311). Iluminada por la mirada de Jesucristo, "se dirige con amor a los que participan en su vida de manera incompleta, reconociendo que la gracia de Dios actúa también en sus vidas dándoles el valor de hacer el bien, de cuidarse mutuamente con amor y de estar al servicio de la comunidad en la que viven y trabajan"(312). Este planteamiento se confirma también con la celebración de este Año jubilar dedicado a la misericordia. Aunque constantemente sostiene la llamada a la perfección y pide una respuesta más plena a Dios, "la Iglesia debe acompañar con atención y cuidado a los más débiles de sus hijos, que muestran signos de un amor herido y turbado, devolviéndoles la esperanza y la confianza, como la luz de un faro en un puerto o una antorcha llevada entre la gente para iluminar a los que han perdido el rumbo o se encuentran en medio de una tormenta"(313). No olvidemos que la tarea de la Iglesia es a menudo como la de un hospital de campaña.  

311 Relatio Synodi 2014, 24.

312 Ibid. 25.

313 Ibid. 28.

292. El matrimonio cristiano, como reflejo de la unión entre Cristo y su Iglesia, se realiza plenamente en la unión entre un hombre y una mujer que se entregan el uno al otro en un amor libre, fiel y exclusivo, que se pertenecen mutuamente hasta la muerte y están abiertos a la transmisión de la vida, y son consagrados por el sacramento, que les concede la gracia de convertirse en Iglesia doméstica y fermento de vida nueva para la sociedad. Algunas formas de unión contradicen radicalmente este ideal, mientras que otras lo realizan al menos de manera parcial y análoga. Los Padres sinodales afirmaron que la Iglesia no prescinde de los elementos constructivos en aquellas situaciones que todavía no corresponden o han dejado de corresponder a su enseñanza sobre el matrimonio (314).

314 Cf. ibid., 41, 43; Relatio Finalis 2015, 70.

Gradualidad en la atención pastoral 

293. Los Padres han considerado también la situación específica del matrimonio meramente civil o, con la debida distinción, incluso de la simple cohabitación, observando que "cuando tales uniones alcanzan una particular estabilidad, legalmente reconocida, se caracterizan por un profundo afecto y responsabilidad por la prole, y demuestran capacidad para superar las pruebas, pueden ofrecer ocasiones de atención pastoral con vistas a la eventual celebración del sacramento del matrimonio" (315). Por otra parte, es preocupante que muchos jóvenes desconfíen hoy del matrimonio y vivan juntos, aplazando indefinidamente el compromiso del matrimonio, mientras que otros rompen un compromiso ya contraído y asumen inmediatamente uno nuevo. "También ellos, como miembros de la Iglesia, tienen necesidad de una pastoral misericordiosa y servicial" (316). En efecto, los pastores de la Iglesia no sólo tienen la responsabilidad de promover el matrimonio cristiano, sino también el "discernimiento pastoral de las situaciones de muchísimos que ya no viven esta realidad. Es necesario entrar en diálogo pastoral con estas personas para distinguir elementos en sus vidas que puedan conducir a una mayor apertura al Evangelio del matrimonio en su plenitud" (317). En este discernimiento pastoral, es necesario "identificar elementos que puedan favorecer la evangelización y el crecimiento humano y espiritual" (318).

315 Ibid., 27.

316 Ibid., 26.

317 Ibid., 41.

318 Ibid.

294. "La elección del matrimonio civil o, en muchos casos, de la simple cohabitación, a menudo no está motivada por prejuicios o resistencia a una unión sacramental, sino por situaciones culturales o contingentes" (319). En tales casos, también se puede mostrar respeto por aquellos signos de amor que de alguna manera reflejan el amor mismo de Dios (320). Sabemos que hay "un continuo aumento en el número de los que, después de haber vivido juntos durante un largo período, solicitan la celebración del matrimonio en la Iglesia. El simple hecho de vivir juntos es a menudo una elección basada en una actitud general opuesta a todo lo institucional o definitivo; también puede hacerse mientras se espera una mayor seguridad en la vida (un trabajo estable y unos ingresos estables). En algunos países, las uniones de hecho son muy numerosas, no sólo por el rechazo de los valores relativos a la familia y el matrimonio, sino sobre todo porque la celebración de un matrimonio se considera demasiado cara en las circunstancias sociales. En consecuencia, la pobreza material empuja a la gente a las uniones de hecho" (321). Sea como fuere, "todas estas situaciones requieren una respuesta constructiva que intente transformarlas en oportunidades que puedan conducir a la plena realidad del matrimonio y la familia en conformidad con el Evangelio (322). Así trató Jesús a la samaritana" (cf. Jn 4, 1-26): se dirigió a su deseo de amor verdadero, para liberarla de la oscuridad de su vida y llevarla a la alegría plena del Evangelio.

319 Relatio Finalis 2015, 71.

320 Cf. ibid.

321 Relatio Synodi 2014, 42.

322 Ibid., 43.

295. En esta línea, san Juan Pablo II propuso la llamada "ley de la gradualidad", sabiendo que el ser humano "conoce, ama y realiza el bien moral en diversas etapas de crecimiento" (323). No se trata de una "gradualidad de la ley", sino de una gradualidad en el ejercicio prudencial de los actos libres por parte de los sujetos que no están en condiciones de comprender, apreciar o realizar plenamente las exigencias objetivas de la ley. En efecto, la ley es en sí misma un don de Dios que indica el camino, un don para todos sin excepción; puede ser seguida con la ayuda de la gracia, aunque cada ser humano "avanza gradualmente con la integración progresiva de los dones de Dios y de las exigencias del amor definitivo y absoluto de Dios en toda su vida personal y social" (324).

323 Exhortación Apostólica Familiaris Consortio (22 de Noviembre de 1981), 34: AAS 74 (1982), 123.

324 Ibid., 9: AAS 74 (1982), 90.

El discernimiento de las situaciones "irregulares" (325)

296. El Sínodo abordó diversas situaciones de debilidad o imperfección. Quisiera reiterar aquí algo que se ha querido dejar claro a toda la Iglesia, para que no vayamos por mal camino: "Hay dos maneras de pensar que se repiten a lo largo de la historia de la Iglesia: desechar y reinstaurar. El camino de la Iglesia, desde los tiempos del Concilio de Jerusalén, ha sido siempre el camino de Jesús, el camino de la misericordia y de la reinstauración... El camino de la Iglesia no es condenar a nadie para siempre; es derramar el bálsamo de la misericordia de Dios sobre todos los que la piden con corazón sincero... Porque la verdadera caridad es siempre inmerecida, incondicional y gratuita" (326). Por consiguiente, es necesario "evitar los juicios que no tienen en cuenta la complejidad de las diversas situaciones" y "estar atentos, por necesidad, a cómo las personas experimentan la angustia a causa de su condición" (327).

325 Cf. Catechesis (24 June 2015): L’Osservatore Romano, 25 Junio 2015, p. 8.

326 Homilía en la misa celebrada con los nuevos cardenales (15 Febrero 2015): AAS 107 (2015), 257.

327 Relatio Finalis 2015, 51.

297. Se trata de llegar a todos, de ayudar a cada uno a encontrar su propio modo de participar en la comunidad eclesial y de experimentar así ser tocado por una misericordia "inmerecida, incondicional y gratuita". Nadie puede ser condenado para siempre, ¡porque ésa no es la lógica del Evangelio! Aquí no hablo sólo de los divorciados vueltos a casar, sino de todos, en cualquier situación en que se encuentren. Naturalmente, si alguien hace alarde de un pecado objetivo como si formara parte del ideal cristiano, o quiere imponer algo distinto de lo que enseña la Iglesia, no puede en modo alguno pretender enseñar o predicar a los demás; se trata de algo que separa de la comunidad (cf. Mt 18, 17). Esa persona necesita escuchar de nuevo el mensaje evangélico y su llamada a la conversión. Pero incluso para esa persona puede haber algún modo de participar en la vida de la comunidad, ya sea en el servicio social, en las reuniones de oración o de otro modo que su propia iniciativa, junto con el discernimiento del párroco, pueda sugerir. En cuanto al modo de tratar las distintas situaciones "irregulares", los Padres sinodales llegaron a un consenso general, que apoyo: "Al considerar un enfoque pastoral hacia las personas que han contraído matrimonio civil, que están divorciadas y se han vuelto a casar, o que simplemente viven juntas, la Iglesia tiene la responsabilidad de ayudarles a comprender la pedagogía divina de la gracia en sus vidas y ofrecerles asistencia para que puedan alcanzar la plenitud del plan de Dios sobre ellas" (328), algo que siempre es posible por la fuerza del Espíritu Santo.   

328 Relatio Synodi 2014, 25.

298. Los divorciados que han iniciado una nueva unión, por ejemplo, pueden encontrarse en situaciones muy diversas, que no deben encasillarse ni encuadrarse en clasificaciones demasiado rígidas que no dejen espacio a un adecuado discernimiento personal y pastoral. Una cosa es una segunda unión consolidada en el tiempo, con nuevos hijos, fidelidad probada, entrega generosa, compromiso cristiano, conciencia de su irregularidad y de la gran dificultad de volver atrás sin sentir en conciencia que se caería en nuevos pecados. La Iglesia reconoce situaciones "en las que, por razones graves, como la educación de los hijos, un hombre y una mujer no pueden cumplir con la obligación de separarse" (329). También están los casos de quienes hicieron todo lo posible por salvar su primer matrimonio y fueron injustamente abandonados, o de "quienes han entrado en una segunda unión por el bien de la educación de los hijos, y a veces tienen la inconsciencia subjetiva de que su matrimonio anterior e irreparablemente roto nunca había sido válido" (330). Otra cosa es una nueva unión derivada de un divorcio reciente, con todo el sufrimiento y la confusión que ello conlleva para los hijos y familias enteras, o el caso de alguien que ha incumplido sistemáticamente sus obligaciones para con la familia. Debe quedar claro que éste no es el ideal que el Evangelio propone para el matrimonio y la familia. Los Padres sinodales han afirmado que el discernimiento de los pastores debe hacerse siempre "distinguiendo adecuadamente" (331), con un enfoque que "discierna cuidadosamente las situaciones" (332). Sabemos que no existen "recetas fáciles" (333).   

329 Juan Pablo II, Exhortación apostólica Familiaris Consortio (22 de noviembre de 1981), 84: AAS 74 (1982), 186. En tales situaciones, muchas personas, conociendo y aceptando la posibilidad de vivir "como hermanos y hermanas" que la Iglesia les ofrece, señalan que si faltan ciertas expresiones de intimidad, "sucede a menudo que peligra la fidelidad y se resiente el bien de los hijos" (Concilio Ecuménico Vaticano II, Constitución pastoral sobre la Iglesia en el mundo actual Gaudium et spes, 51).  

330 Ibid.

331 Relatio Synodi 2014, 26.

332 Ibid., 45.

333 Benedict XVI, Discurso en el VII Encuentro Mundial de
Familias en Milán (2 de Junio de 2012), Response n. 5: Insegnamenti VIII/1 (2012), 691.

299. Estoy de acuerdo con los numerosos Padres sinodales que han observado que "los bautizados divorciados y vueltos a casar civilmente necesitan ser integrados más plenamente en las comunidades cristianas, de las diversas maneras posibles, evitando toda ocasión de escándalo. La lógica de la integración es la clave de su atención pastoral, una atención que les permita no sólo darse cuenta de que pertenecen a la Iglesia como cuerpo de Cristo, sino también saber que pueden tener en ella una experiencia gozosa y fecunda. Están bautizados; son hermanos y hermanas; el Espíritu Santo derrama en sus corazones dones y talentos para el bien de todos. Su participación puede expresarse en diferentes servicios eclesiales, lo que exige necesariamente discernir cuáles de las diversas formas de exclusión que se practican actualmente en el marco litúrgico, pastoral, educativo e institucional, pueden ser superadas. Estas personas necesitan sentirse no como miembros excomulgados de la Iglesia, sino como miembros vivos, capaces de vivir y crecer en la Iglesia y de experimentarla como una madre que los acoge siempre, que los cuida con afecto y los anima en el camino de la vida y del Evangelio. Esta integración es necesaria también en el cuidado y la educación cristiana de sus hijos, que deben ser considerados como lo más importante" (334).

334 Relatio Finalis 2015, 84.

300. Si consideramos la inmensa variedad de situaciones concretas como las que he mencionado, es comprensible que no se pueda esperar que ni el Sínodo ni esta Exhortación proporcionen un nuevo conjunto de normas generales, de naturaleza canónica y aplicables a todos los casos. Lo que sí es posible es simplemente un renovado estímulo a emprender un responsable discernimiento personal y pastoral de los casos particulares, que reconozca que, puesto que "el grado de responsabilidad no es igual en todos los casos" (335), las consecuencias o efectos de una norma no tienen por qué ser siempre los mismos (336). Los sacerdotes tienen el deber de "acompañar [a los divorciados y vueltos a casar] ayudándoles a comprender su situación según la enseñanza de la Iglesia y las orientaciones del obispo.

335 Ibid., 51.

336 Lo mismo ocurre con la disciplina sacramental, ya que el discernimiento puede reconocer que en una determinada situación no existe ninguna falta grave. En tales casos, se aplica lo que se encuentra en otro documento: cf. Evangelii Gaudium (24 de noviembre de 2013), 44 y 47: AAS 105 (2013), 1038-1040.

Es útil en este proceso un examen de conciencia a través de momentos de reflexión y arrepentimiento. Los divorciados vueltos a casar deben preguntarse: cómo actuaron con sus hijos cuando la unión conyugal entró en crisis; si hicieron o no intentos de reconciliación; qué ha sido de la parte abandonada; qué consecuencias tiene la nueva relación para el resto de la familia y la comunidad de fieles; y qué ejemplo se está dando a los jóvenes que se preparan para el matrimonio. Una reflexión sincera puede reforzar la confianza en la misericordia de Dios, que "no se niega a nadie" (337). Se trata de un proceso de acompañamiento y discernimiento que "guía a los fieles a tomar conciencia de su situación ante Dios. La conversación con el sacerdote, en el foro interno, contribuye a la formación de un juicio correcto sobre lo que obstaculiza la posibilidad de una participación más plena en la vida de la Iglesia y sobre los pasos que pueden favorecerla y hacerla crecer. Dado que la gradualidad no está en la ley misma (cf. Familiaris Consortio, 34), este discernimiento nunca puede prescindir de las exigencias evangélicas de verdad y caridad, tal como las propone la Iglesia. Para que este discernimiento se realice, deben darse necesariamente las siguientes condiciones: humildad, discreción y amor a la Iglesia y a su doctrina, en una búsqueda sincera de la voluntad de Dios y en el deseo de dar una respuesta más perfecta a la misma" (338). Estas actitudes son esenciales para evitar el grave peligro de malentendidos, como la idea de que cualquier sacerdote puede conceder rápidamente "excepciones", o que algunas personas pueden obtener privilegios sacramentales a cambio de favores. Cuando una persona responsable y con tacto, que no presume de anteponer sus propios deseos al bien común de la Iglesia, se encuentra con un párroco capaz de reconocer la gravedad del asunto que tiene ante sí, no puede existir el riesgo de que un discernimiento puntual lleve a pensar que la Iglesia mantiene una doble moral.    

337 Relatio Finalis 2015, 85.

338 Ibid., 86.

Factores atenuantes en el discernimiento pastoral

301. Para una adecuada comprensión de la posibilidad y necesidad de un discernimiento especial en ciertas situaciones "irregulares", hay que tener siempre en cuenta una cosa, para que nadie piense que se están comprometiendo de algún modo las exigencias del Evangelio. La Iglesia dispone de un sólido cuerpo de reflexión sobre las atenuantes y las situaciones. De ahí que ya no se pueda decir simplemente que todos los que se encuentran en cualquier situación "irregular" viven en estado de pecado mortal y están privados de la gracia santificante. Aquí hay algo más que la mera ignorancia de la regla. Un sujeto puede conocer perfectamente la regla, pero tener grandes dificultades para comprender "sus valores inherentes" (339), o encontrarse en una situación concreta que no le permita actuar de otro modo y decidir lo contrario sin pecar más. Como dicen los Padres sinodales, "pueden existir factores que limiten la capacidad de decisión" (340). El mismo Santo Tomás de Aquino reconocía que alguien puede poseer la gracia y la caridad, y sin embargo no ser capaz de ejercer bien alguna de las virtudes (341); en otras palabras, aunque alguien posea todas las virtudes morales infusas, no manifiesta claramente la existencia de una de ellas, porque la práctica externa de esa virtud se le hace difícil: "Se dice que ciertos santos no poseen ciertas virtudes, en la medida en que experimentan dificultad en los actos de esas virtudes, aunque tengan los hábitos de todas las virtudes" (342).

339 John Paul II, Exhortación Apostólica Familiaris Consortio (22 de Noviembre de 1981), 33: AAS 74 (1982), 121.

340 Relatio Finalis 2015, 51.

341 Cf. Summa Theologiae I-II, q. 65, art. 3 ad 2; De Malo, q. 2, art. 2.

342 Ibid., ad 3.

302. El Catecismo de la Iglesia Católica menciona claramente estos factores: "la imputabilidad y la responsabilidad de una acción pueden ser disminuidas o incluso anuladas por la ignorancia, la inadvertencia, la coacción, el miedo, la costumbre, los apegos desmedidos y otros factores psicológicos o sociales" (343). En otro párrafo, el Catecismo vuelve a referirse a las circunstancias que atenúan la responsabilidad moral, y menciona ampliamente "la inmadurez afectiva, la fuerza del hábito adquirido, las condiciones de ansiedad u otros factores psicológicos o sociales que disminuyen o incluso atenúan la culpabilidad moral" (344). Por esta razón, un juicio negativo sobre una situación objetiva no implica un juicio sobre la imputabilidad o culpabilidad de la persona implicada (345). A partir de estas convicciones, considero muy adecuado lo que muchos Padres sinodales han querido afirmar: "En determinadas circunstancias, a las personas les resulta muy difícil actuar de otro modo. Por lo tanto, aun manteniendo una regla general, es necesario reconocer que la responsabilidad respecto a ciertas acciones o decisiones no es la misma en todos los casos. El discernimiento pastoral, teniendo en cuenta la conciencia debidamente formada de la persona, debe asumir la responsabilidad ante estas situaciones. Incluso las consecuencias de las acciones emprendidas no son necesariamente las mismas en todos los casos" (346).   

343 No. 1735.

344 Ibid, 2352; Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración sobre la eutanasia Iura et Bona (5 de mayo de 1980), II: AAS 72 (1980), 546; Juan Pablo II, en su crítica a la categoría de "opción fundamental", reconoció que "sin duda pueden darse situaciones muy complejas y oscuras desde el punto de vista psicológico, que influyen en la culpabilidad subjetiva del pecador" (Exhortación apostólica Reconciliatio et Paenitentia [2 de diciembre de 1984], 17: AAS 77 [1985], 223). 

345 Cf. Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Declaración sobre la admisión a la sagrada comunión de los fieles divorciados y vueltos a casar (24 de junio de 2000), 2. 

346 Relatio Finalis 2015, 85.  

303. Reconociendo la influencia de factores tan concretos, podemos añadir que la conciencia individual necesita ser mejor incorporada a la praxis de la Iglesia en ciertas situaciones que no encarnan objetivamente nuestra comprensión del matrimonio. Naturalmente, hay que hacer todo lo posible para favorecer el desarrollo de una conciencia iluminada, formada y guiada por el discernimiento responsable y serio del propio pastor, y para fomentar una confianza cada vez mayor en la gracia de Dios. Sin embargo, la conciencia puede hacer algo más que reconocer que una determinada situación no corresponde objetivamente a las exigencias generales del Evangelio. También puede reconocer con sinceridad y honestidad cuál es por ahora la respuesta más generosa que se puede dar a Dios, y llegar a ver con una cierta seguridad moral que es lo que Dios mismo pide en medio de la complejidad concreta de los propios límites, aunque no sea plenamente el ideal objetivo. En cualquier caso, recordemos que este discernimiento es dinámico; debe permanecer siempre abierto a nuevas etapas de crecimiento y a nuevas decisiones que puedan permitir una realización más plena del ideal.  

Reglas y discernimiento 

304. Es reductivo limitarse a considerar si las acciones de un individuo corresponden o no a una ley o regla general, porque eso no basta para discernir y asegurar la plena fidelidad a Dios en la vida concreta de un ser humano. Pido encarecidamente que recordemos siempre una enseñanza de Santo Tomás de Aquino y aprendamos a incorporarla a nuestro discernimiento pastoral: "Aunque hay necesidad en los principios generales, cuanto más descendemos a las cuestiones de detalle, tanto más frecuentemente encontramos defectos... En materia de acción, la verdad o rectitud práctica no es la misma para todos, en cuanto a las cuestiones de detalle, sino sólo en cuanto a los principios generales; y donde hay la misma rectitud en las cuestiones de detalle, no es igualmente conocida por todos... Se encontrará que el principio falla, según descendamos más a los detalles" (347). Es cierto que las reglas generales enuncian un bien que nunca puede ser ignorado o descuidado, pero en su formulación no pueden prever absolutamente todas las situaciones particulares. Al mismo tiempo, hay que decir que, precisamente por eso, lo que forma parte de un discernimiento práctico en circunstancias particulares no puede elevarse al rango de regla. Ello no sólo conduciría a una casuística intolerable, sino que pondría en peligro los mismos valores que deben ser preservados con especial cuidado (348).

347 Summa Theologiae, I-II, q. 94, art. 4.

348 En otro texto, refiriéndose al conocimiento general de la regla y al particular del discernimiento práctico, Santo Tomás afirma que "si sólo uno de los dos está presente, es preferible que sea el conocimiento de la realidad particular, que está más cerca del acto": Sententia libri Ethicorum, VI, 6 (ed. Leonina, t. XLVII, 354.)  

305. Por esta razón, un pastor no puede sentir que basta con aplicar las leyes morales a quienes viven en situaciones "irregulares", como si fueran piedras que arrojar contra la vida de las personas. Esto revelaría el corazón cerrado de quien está acostumbrado a esconderse detrás de las enseñanzas de la Iglesia, "sentado en la cátedra de Moisés y juzgando a veces con superioridad y superficialidad casos difíciles y familias heridas" (349). En esta misma línea, la Comisión Teológica Internacional ha observado que "la ley natural no podría presentarse como un conjunto de reglas ya establecidas que se imponen a priori al sujeto moral; más bien, es una fuente de inspiración objetiva para el proceso profundamente personal de tomar decisiones" (350). Debido a formas de condicionamiento y atenuantes, es posible que en una situación objetiva de pecado -que puede no ser subjetivamente culpable, o plenamente tal- una persona pueda estar viviendo en gracia de Dios, pueda amar y pueda también crecer en la vida de la gracia y de la caridad, recibiendo para ello la ayuda de la Iglesia (351). El discernimiento debe ayudar a encontrar caminos posibles para responder a Dios y crecer en medio de los límites. Pensando que todo es blanco o negro, a veces cerramos el camino de la gracia y del crecimiento, y desanimamos caminos de santificación que dan gloria a Dios. Recordemos que "un pequeño paso, en medio de las grandes limitaciones humanas, puede ser más agradable a Dios que una vida que parece exteriormente en orden, pero que avanza a lo largo del día sin afrontar grandes dificultades" (352). La pastoral práctica de los ministros y de las comunidades no debe dejar de acoger esta realidad.

349 Discurso para la conclusión de la XIV Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos (24 de octubre de 2015): L'Osservatore Romano, 26-27 de octubre de 2015, p. 13. 

350 Comisión Teológica Internacional, En busca de una ética universal: Una nueva mirada sobre el derecho natural (2009), 59. 

351 En ciertos casos, esto puede incluir la ayuda de los sacramentos. De ahí que "quiero recordar a los sacerdotes que el confesionario no debe ser una cámara de tortura, sino un encuentro con la misericordia del Señor" (Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium [24 de noviembre de 2013], 44: AAS 105 [2013], 1038). Señalo también que la Eucaristía "no es un premio para los perfectos, sino una poderosa medicina y un alimento para los débiles" (ibíd., 47: 1039).  

352 Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium (24 de Noviembre de 2013), 44: AAS 105 (2013), 1038-1039.

306. En toda situación, cuando se trata de quienes tienen dificultades para vivir en plenitud la ley de Dios, se debe escuchar con claridad la invitación a seguir la via caritatis. La caridad fraterna es la primera ley de los cristianos (cf. Jn 15, 12; Ga 5, 14). No olvidemos las palabras tranquilizadoras de la Escritura: "Tened siempre amor los unos por los otros, porque el amor cubre multitud de pecados" (1 Pe 4, 8); "Expiad vuestros pecados con justicia y vuestras iniquidades con misericordia para con los oprimidos, para que se prolongue vuestra prosperidad" (Dn 4, 24[27]); "Como el agua apaga el fuego ardiente, así la limosna expía los pecados" (Eclo 3, 30). Así lo enseña también san Agustín: "Del mismo modo que, ante la amenaza de un incendio, correríamos en busca de agua para apagarlo... así también, si la llama del pecado surge de nuestra paja y nos sentimos turbados, si se nos ofrece la oportunidad de realizar una obra de misericordia, alegrémonos de ello, como si fuera una fuente que se nos ofrece para apagar la llamarada" (353).  

353 De Catechizandis Rudibus, I, 14, 22: PL 40, 327; cf. Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium (24 de Noviembre de 2013), 194: AAS 105 (2013), 1101.

La lógica de la pastoral de la misericordia 

307. Para evitar todo malentendido, quisiera señalar que la Iglesia no debe en modo alguno desistir de proponer el ideal pleno del matrimonio, el plan de Dios en toda su grandeza: "Se debe animar a los jóvenes bautizados a comprender que el sacramento del matrimonio puede enriquecer sus perspectivas de amor y que pueden ser sostenidos por la gracia de Cristo en el sacramento y por la posibilidad de participar plenamente en la vida de la Iglesia" (354). Una actitud tibia, cualquier tipo de relativismo, o una reticencia indebida a la hora de proponer ese ideal, sería una falta de fidelidad al Evangelio y también de amor por parte de la Iglesia hacia los propios jóvenes. Mostrar comprensión ante situaciones excepcionales no implica nunca oscurecer la luz del ideal más pleno, ni proponer menos de lo que Jesús ofrece al ser humano. Hoy, más importante que la pastoral de los fracasos es el esfuerzo pastoral por fortalecer los matrimonios y evitar así su ruptura.  

354 Relatio Synodi 2014, 26.

308. Al mismo tiempo, de la conciencia del peso de las circunstancias atenuantes -psicológicas, históricas e incluso biológicas- se desprende la necesidad de "acompañar con misericordia y paciencia, sin menoscabo del ideal evangélico, las eventuales etapas de crecimiento personal que vayan apareciendo progresivamente", dejando espacio a "la misericordia del Señor, que nos estimula a dar lo mejor de nosotros mismos" (355). Comprendo a quienes prefieren una pastoral más rigurosa, que no deje lugar a confusiones. Pero creo sinceramente que Jesús quiere una Iglesia atenta a la bondad que el Espíritu Santo siembra en medio de la debilidad humana, una Madre que, sin dejar de expresar claramente su doctrina objetiva, "haga siempre el bien que pueda, aunque en el proceso se ensucie los zapatos con el barro de la calle" (356). Los pastores de la Iglesia, al proponer a los fieles el ideal pleno del Evangelio y de la enseñanza de la Iglesia, deben ayudarles también a tratar a los débiles con compasión, evitando agravios o juicios indebidamente severos o precipitados. El mismo Evangelio nos dice que no juzguemos ni condenemos (cf. Mt 7,1; Lc 6,37). Jesús "espera que dejemos de buscar esos nichos personales o comunitarios que nos resguardan de la vorágine de la desgracia humana, para entrar en la realidad de la vida de los demás y conocer la fuerza de la ternura. Cuando lo hacemos, nuestras vidas se complican maravillosamente" (357).

355 Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium (24 de Noviembre de 2013), 44: AAS 105 (2013), 1038.

356 Ibid., 45.

357 Ibid., 270.

309. Es providencial que estas reflexiones tengan lugar en el contexto de un Año Santo dedicado a la misericordia, porque también en la variedad de situaciones que afectan a las familias "la Iglesia está encargada de anunciar la misericordia de Dios, corazón palpitante del Evangelio, que a su manera debe penetrar en la mente y en el corazón de cada persona. La Esposa de Cristo debe comportarse como el Hijo de Dios, que se dirige a todos sin excepción" (358). Sabe que Jesús mismo es el pastor de los cien, no sólo de los noventa y nueve. Los ama a todos. A partir de esta constatación, será posible que "el bálsamo de la misericordia llegue a todos, creyentes y alejados, como signo de que el reino de Dios está ya presente entre nosotros" (359).

358 Bula Misericordiae Vultus (11 de Abril de 2015), 12: AAS 107 (2015): 407.

359 Ibid., 5: 402

310. No podemos olvidar que "la misericordia no es sólo obra del Padre, sino que se convierte en criterio para saber quiénes son sus verdaderos hijos. En una palabra, estamos llamados a mostrar misericordia porque la misericordia se nos ha mostrado primero" (360). No se trata de puro romanticismo o de una respuesta tibia al amor de Dios, que busca siempre lo mejor para nosotros, pues "la misericordia es el fundamento mismo de la vida de la Iglesia. Toda su acción pastoral debe estar impregnada de la ternura con que trata a los creyentes; nada en su predicación y en su testimonio al mundo puede carecer de misericordia" (361). Es verdad que a veces "actuamos como árbitros de la gracia más que como sus facilitadores. Pero la Iglesia no es un peaje; es la casa del Padre, donde hay sitio para todos, con todos sus problemas" (362).  

360 Ibid., 9: 405.

361 Ibid., 10: 406.

362 Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium (24 de Noviembre de 2013), 47: AAS 105 (2013), 1040.

311. La enseñanza de la teología moral no debe dejar de incorporar estas consideraciones, pues si bien es cierto que hay que preocuparse por la integridad de la enseñanza moral de la Iglesia, siempre hay que poner especial cuidado en subrayar y fomentar los valores más altos y centrales del Evangelio (363), en particular la primacía de la caridad como respuesta a la oferta totalmente gratuita del amor de Dios. A veces nos cuesta dar espacio al amor incondicional de Dios en nuestra acción pastoral (364). Ponemos tantas condiciones a la misericordia que la vaciamos de su sentido concreto y de su significado real. Es la peor manera de diluir el Evangelio. Es verdad, por ejemplo, que la misericordia no excluye la justicia y la verdad, pero ante todo hemos de decir que la misericordia es la plenitud de la justicia y la manifestación más radiante de la verdad de Dios. Por eso, debemos considerar siempre "inadecuada cualquier concepción teológica que, en definitiva, ponga en duda la omnipotencia de Dios y, sobre todo, su misericordia" (365).

363 Cf. ibid., 36-37: AAS 105 (2013), 1035.

364 Tal vez por una cierta escrupulosidad, oculta bajo un celo de fidelidad a la verdad, algunos sacerdotes exigen a los penitentes un propósito de enmienda tan falto de matices que hace que la misericordia quede oscurecida por la búsqueda de una justicia supuestamente pura. Por eso, es útil recordar la enseñanza de san Juan Pablo II, quien afirmaba que la posibilidad de una nueva caída "no debe perjudicar la autenticidad de la resolución" (Carta al cardenal William W. Baum con ocasión del Curso sobre el Foro Interno organizado por la Penitenciaría Apostólica [22 de marzo de 1996], 5: Insegnamenti XIX/1 [1996], 589).  

365 Comisión Teológica Internacional, La esperanza de salvación para los niños que mueren sin ser bautizados (19 de abril de 2007), 2.

312. Esto nos ofrece un marco y un contexto que nos ayudan a evitar una fría moral burocrática al tratar cuestiones más delicadas. En cambio, nos sitúa en el contexto de un discernimiento pastoral lleno de amor misericordioso, siempre dispuesto a comprender, perdonar, acompañar, esperar y, sobre todo, integrar. Esta es la mentalidad que debe prevalecer en la Iglesia y llevarnos a "abrir el corazón a los que viven en la periferia de la sociedad" (366). Animo a los fieles que se encuentren en situaciones complicadas a hablar con confianza con sus pastores o con otros laicos cuya vida esté comprometida con el Señor. No siempre encontrarán en ellos una confirmación de sus propias ideas o deseos, pero seguramente recibirán alguna luz que les ayude a comprender mejor su situación y a descubrir un camino de crecimiento personal. Animo también a los pastores de la Iglesia a escucharles con sensibilidad y serenidad, con el deseo sincero de comprender su situación y su punto de vista, para ayudarles a vivir mejor y a reconocer el lugar que les corresponde en la Iglesia.   

366 Bula Misericordiae Vultus (11 April 2015), 15: AAS 107 (2015), 409.

Documento publicado por la Archidiócesis de Malta y la Diócesis de Gozo


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