En una nueva embestida contra la familia, el Ministerio de Educación de la Nación ha distribuido en las escuelas una revista sobre educación sexual, que se entromete en los hogares argentinos con una propuesta carente de sentido moral.
Lo que resulta, entre otros aspectos, del nuevo enfoque con el que se encara el tema, en que la distinción entre el varón y la mujer sería irrelevante, pudiendo la misma ser configurada de acuerdo a los deseos de cada persona, como también la forma de vivir la sexualidad –homosexualidad, lesbianismo, heterosexualidad, travestismo-, todo lo cual carece, según la publicación, de relevancia, puesto que lo único que importaría sería la satisfacción sexual. Fácil resulta entonces advertir que ninguna vinculación existe en la publicación entre la sexualidad y el amor, ni tampoco se relaciona la sexualidad con la apertura a la vida, negándose, de hecho, la hasta ahora indiscutida complementariedad entre el varón y la mujer.
En la publicación el embarazo deja de ser una culminación del amor entre el varón y la mujer, para pasar a ser una situación de riesgo, equivalente a las enfermedades de transmisión sexual, La educación sexual debe consistir en una educación para el amor, en lugar de una educación simplemente genital. La cual no se logra con la información, sino que debe prestarse especial atención a la educación de la voluntad, de los sentimientos y emociones, debiendo la ilustración que se imparta al respecto tener como base imprescindible una instrucción en valores, coherente con los principios morales, y no simplemente la transmisión de conductas para prevenir embarazos no deseados.
Se deja de lado al matrimonio, con lo cual se proyecta un ataque a la familia como núcleo indiscutido de la sociedad. Según la publicación, una unión de cualquier tipo constituiría una familia, con lo que se llega a un enfoque disolvente de dicha institución, puesto que al ser cualquier unión una familia, ésta pierde relevancia como entidad social.
La Revista omite absolutamente el significado profundo de las relaciones sexuales, al destacar que cada persona puede decidir el tenerlas de acuerdo a sus propios deseos, resultando indiferente el hecho de que ocurran antes o después del matrimonio. Se deja totalmente de lado la probada conveniencia de evitar tanto la promiscuidad sexual, como el inicio precoz de las relaciones sexuales, omitiéndose al respecto la intervención de los padres, a los que se deja de lado con fundamento en el derecho de los escolares a “vivir su propia vida”.
Es altamente preocupante el hecho de que se distorsione la verdad acerca de los efectos de la pastilla de anticoncepción hormonal de emergencia (vulgarmente conocida como “la píldora del día después”), lo que la publicación hace al negar su potencial efecto abortivo, que ha sido reconocido por nuestro más Alto Tribunal en el conocido caso “Portal de Belén”. Asimismo, bien se puede afirmar que se minimiza la verdadera esencia del embrión –que de acuerdo a nuestra ley, es una persona humana constitucionalmente protegida-, al considerarlo un “puntito pequeño”, de manera de restar importancia al aborto (que eufemísticamente es denominado “interrupción del embarazo”), así como a las deletéreas consecuencias que ese deleznable acto produce en la mujer, especialmente de carácter psíquico. Parecería como si no existieran los derechos humanos del ser más indefenso que existe, como lo es el embrión en el útero materno, que está imposibilitado de oponer defensa alguna cuando es agredido.
Por último, es sin duda altamente criticable que en materia de educación sexual se deje de lado el papel prioritario de los padres, que no debe ser invadido por los poderes públicos, puesto que aquéllos tienen reconocido constitucionalmente un derecho a tener una participación necesaria en todas las acciones que quiera emprender el Estado al respecto, que sin la conformidad paterna, resultan ilegítimas. Ninguna duda puede caber respecto a que la educación sexual de los hijos forma parte integrante del derecho general de la educación, contenida en la patria potestad de los padres, que no puede renunciarse ni ser objeto de abandono. Una invasión o demasía de los poderes del Estado al respecto, configura un dirigismo o intervencionismo familiar vulneratorio de garantías esenciales amparadas por la Constitución Nacional.
CORPORACIÓN DE ABOGADOS CATÓLICOS
Eduardo A. BIEULE
Presidente
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