Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica
VENITE SEORSUM
Sobre la vida contemplativa y sobre la clausura de las monjas - 15-8-1969
INSTRUCCIÓN
de la Sagrada Congregación para los Religiosos
y los Institutos Seculares
“Venid aparte a un lugar solitario” ( Mc. , 6, 31). Muchos han oído esta invitación y han seguido a Cristo, retirándose a la soledad, para adorar en ella al Padre.
Movidos por este impulso del Espíritu (1), fundaron institutos consagrados a la sola vida contemplativa, entre los cuales ocupan un lugar destacado los monasterios de monjas.
La Iglesia reservó siempre atenciones solícitas y maternas para ésta que San Cipriano llamó “ilustre porción del rebaño de Cristo” (2), especialmente tutelando su separación de los asuntos del mundo con numerosas prescripciones relativas a la clausura (3). De ello se ocupó también el Concilio Vaticano II (4) y la presente Instrucción se propone proseguir su obra, dictando las normas que regirán en lo sucesivo la clausura de las monjas enteramente dedicadas a la contemplación, exponiendo previamente algunos de los aspectos más importantes de la clausura misma.
I - MISTERIO PASCUAL Y NUEVO ÉXODO
La separación del mundo, para vivir en soledad una más intensa vida de oración, no es otra cosa que un modo peculiar de vivir y expresar el misterio pascual de Cristo, que murió para resucitar.
El éxodo en la historia del pueblo de Dios
Ahora bien, este misterio se presenta en la Sagrada Escritura como un tránsito o éxodo; es decir, el tránsito es el hecho principal de la historia de Israel, fundamento de su fe (5) y de su vida de estrecha unión con Dios (6); y en él ve la Iglesia una prefiguración del misterio cristiano de salvación (7).
Efectivamente, todos saben hasta qué punto la Liturgia y la tradición de los Padres han utilizado el tema bíblico del Éxodo para enunciar y penetrar el misterio cristiano, como a su vez lo habían hecho los apóstoles y evangelistas (8). Ya en los albores de la historia del Pueblo de Dios se nos presenta a Abrahán invitado a salir de su tierra y a dejar su parentela (cfr. Gén. , 12, 1), y el Apóstol enseña cómo esa invitación fue el comienzo de un largo camino místico hacia la patria que no es terrena (9).
Misterio y realidad del nuevo éxodo
Lo que así fue figurado en el Antiguo Testamento, es realidad en el Nuevo. El Verbo de Dios, saliendo del Padre y viniendo a este mundo (cfr. Jn. , 16, 28) para elevar al pueblo “que caminaba en las tinieblas” (Is. 9, 2; cfr. Mt. 4, 16), nos arrancó a ese poder de las tinieblas (cfr. Col. 1, 13), o sea, al pecado, y con su muerte (cfr. Jn. 13, 1; 16, 28 y Hebr. 9, 11-12; 10, 19-20), nos atrajo a un movimiento de retorno al Padre, el cual “nos resucitó en Cristo y nos hizo sentar con El en los cielos” ( Ef. 2, 6; cfr. Col. 2, 12-13; 3, 1); en esto consiste real y propiamente el misterio pascual de Cristo y de la Iglesia.
Esta muerte de Cristo importa una verdadera soledad, como han afirmado algunos Padres y Doctores de la Iglesia (10), de acuerdo con el Apóstol (11). Y ese mismo significado ha atribuido a ciertos hechos de la vida de Cristo, al contemplarlo retirado en la soledad o en el desierto para luchar “con el príncipe de este mundo” (cfr. Mt. 4, 1; Jn. 12, 31; 14, 30) (12), y sobre todo para orar al Padre, a cuya voluntad El se sometía plenamente (13). De este modo prefiguró la soledad de su Pasión (14), presentada por los Evangelistas como un nuevo Éxodo (15).
Por eso, para el cristiano retirarse al desierto equivale a unirse más profundamente a la Pasión de Cristo y participar en manera especial del misterios pascual y del tránsito del Señor de este mundo a la patria celeste. Por esta razón fueron fundados los monasterios, radicados en el corazón mismo del misterio cristiano.
Retiro y contemplación en el misterio de la Iglesia
Es cierto que el cristiano es llamado también a seguir a Cristo en la predicación del Evangelio de salvación, y que a la par tiene que colaborar en la edificación de la ciudad terrena para ser en ella como el fermento que la transforme en familia de Dios (16); en ese sentido se dice que el cristiano permanece en el mundo (cfr. Jn. 17, 15). Sin embargo, esta función no expresa íntegramente todo el misterio de la Iglesia, ya que la Iglesia, fundada para el servicio de Dios y de los hombres (17), es a la vez y sobre todo, la comunidad de los redimidos, o sea, de quienes por el Bautismo y los otros Sacramentos, han sido ya trasladados de este mundo al Padre (18). “Entregada a la acción”, vive a la vez “dedicada a la contemplación”; pero esto de tal suerte que en ella “lo humano esté ordenado y subordinado a lo divino, lo visible a lo invisible, la acción a la contemplación” (19). Por eso es justo y conveniente que algunos cristianos expresen con una típica forma de vida esta nota contemplativa de la Iglesia, apartándose de hecho a la soledad, en cuanto ellos han sido incitados por esta gracia del Espíritu Santo (20) a “consagrarse a Dios solo, en asidua oración y ferviente penitencia” (Perfectae Caritatis, 7) (21).
Por lo demás, téngase en cuenta que cierta separación del mundo y asimismo cierta contemplación tienen que existir necesariamente en cualquier forma de vida cristiana, como afirmó el Concilio Vaticano II, hablando de los sacerdotes y religiosos dedicados a las actividades apostólicas (22). De hecho, aun fuera de los monasterios no faltan quienes, movidos por la gracia del Espíritu Santo, son elevados a la contemplación; una cierta llamada en este sentido es dirigida a todo cristiano, así como a todos los fieles es necesaria una cierta separación del mundo (cfr. Lc. 14, 25-27 y 33), aun cuando no todos vayan al desierto de igual manera. Los monjes y las monjas, retirándose al claustro, no hacen otra cosa que realizar, de una manera más absoluta y ejemplar, una dimensión esencial de toda vida cristiana: “Por lo demás, que... los que usan de este mundo, se conduzcan como si no usasen; porque pasa la figura de este mundo” ( 1 Cor. , 7, 29-31) (23).
II - ENCUENTRO CON DIOS EN LA SOLEDAD
A estas razones que se fundan en el misterio pascual de Cristo, en cuanto es participado por la Iglesia, hay que añadir la importancia que tienen el recogimiento y el silencio para tutelar y facilitar el encuentro con Dios en la oración (24).
Pureza de la mente
El estilo de vida de quienes se dedican totalmente a la contemplación, tendiendo a eliminar todo lo que de algún modo podría dividir el espíritu, los hace más aptos para conseguir la plenitud de la personalidad, cuya nota característica es la unidad, y les hace posible el dedicarse totalmente a la búsqueda de Dios (25) y el consagrarse a El más perfectamente.
Para escuchar la palabra de Dios
Esa búsqueda de Dios, en virtud de la cual el hombre ha de renunciar a todo cuanto posee (cfr. Lc. , 14, 33), se efectúa ante todo por la lectura y meditación de las Sagradas Escrituras (cfr. Perfectae Caritatis, 6). De ahí que la lectura de los Libros Sagrados debe acompañar a la oración para que se realice el coloquio entre Dios y el hombre, pues “le hablamos cuando oramos, le oímos cuando leemos los oráculos divinos” (cfr. Const. Dei Verbum, 25; Ambrosio, De Officiis ministrorum, I, 20, 88: ML 16, 50).
Con el estudio de la Sagrada Escritura, que es “como un espejo... en el que la Iglesia, peregrina sobre la tierra, contempla a Dios de quien todo lo ha recibido” (Const. Dei Verbum, 7), cada uno “se enciende en amor de Dios y en el deseo de contemplar su belleza” (II-II, q. 180, art. 1, in corpore).
Amor y contemplación
Así el amor y la contemplación se ayudan mutuamente: “pues amar a Dios es realmente entender a Dios; ya que El sólo siendo amado es entendido, y sólo siendo entendido es amado, y tanto se le entenderá cuanto se le ame, y tanto se le amará cuanto se le entienda” (Guillermo Abad de San Teodorico, Expositio in Cant., c. 1; ML 180, 499, C).
De esta manera, en el silencio y la soledad “los hombres valientes pueden dedicarse al recogimiento a medida de su deseo, establecer en sí mismos su morada, cultivar asiduamente los gérmenes de las virtudes, y nutrirse deleitosamente de los frutos del paraíso. Aquí se consiguen los ojos aquellos cuya serena mirada vulnera de amor al Esposo y cuya pureza hace posible ver a Dios. Aquí se festeja el ocio hacendoso y se vive el sosiego de una inquieta actividad. Aquí recompensa Dios a sus atletas, en paga de los sudores de la lucha, con el premio deseado, a saber, con la paz que el mundo no conoce y el gozo en el Espíritu Santo. Esta es la “parte mejor” elegida por María y que nadie podrá arrebatarle” (26).
III - AL SERVICIO DE LA IGLESIA Y DE LA HUMANIDAD
Sin embargo, no porque los monjes y las monjas estén separados de los demás hombres deberán ser mirados como aislados y excluidos del mundo y de la Iglesia; antes al contrario, están presentes a ellos “de manera más profunda en las entrañas de Cristo” (27), ya que en El todos somos uno (cfr. 1 Cor. 10, 17; Jn. 17, 20-22) (28).
Amor a los hermanos
Aparte de la función desempeñada por los monasterios desde la antigüedad en el campo de la cultura civil y social, consta por testimonios certísimos con cuánto amor estos hombres entregados a la contemplación llevan en sus corazones las ansiedades y los dolores de toda la humanidad.
Por lo demás, el desierto y los montes retirados fueron los lugares escogidos por Dios para revelar a los hombres sus secretos (cfr. Gén. 32, 25-31; Ex. 3, 1; 24, 1-8; 34, 5-9; 1 Reg. , 19, 8-13; Lc. 2, 7-9; Mt. 17, 1-8). Son lugares donde el cielo y la tierra parecen casi encontrarse; donde, merced a la presencia de Cristo, el mundo cesa de ser árida tierra para volverse paraíso (cfr. Mc. 1, 13) (29) . ¿Cómo, pues, podrán considerarse excluidos de la humanidad aquellos en quienes la humanidad alcanza su plenitud?
En el corazón de la Iglesia y del mundo
Pues bien, si los contemplativos están en el corazón del mundo, con mayor razón están en el corazón de la Iglesia (30). Su oración, en especial la participación en el Sacrificio de Cristo en la Eucaristía y la celebración del Oficio divino, realiza la más noble tarea de la comunidad de orantes que es la Iglesia, es decir, la glorificación de Dios. Esta oración es el culto con que se tributa al Padre por el Hijo en el Espíritu Santo “un eximio sacrificio de alabanza” (31); culto que en verdad introduce, a los que a él se entregan, en el misterio del coloquio inefable que Cristo Señor continuamente mantiene con el Padre celestial, en cuyo seno le expresa su amor infinito. Esa plegaria es, en fin, el punto a que tiende como a su cima toda la acción de la Iglesia (32). Así, puesto que los contemplativos manifiestan la vida más íntima de la Iglesia, son requeridos para que se realice plenamente su presencia (33).
Además, elevan el nivel espiritual de la Iglesia, al vivificar con el fervor de su caridad todo el Cuerpo Místico, promoviendo toda clase de iniciativas apostólicas, que nada serían sin la caridad (cfr. 1 Cor. 13, 1-3). “En el corazón de mi Madre la Iglesia, yo seré el amor”: así exclamó aquella que sin haber salido jamás de su monasterio, fue, sin embargo, proclamada por Pío XI Patrona de todas las Misiones (34). ¿No es verdad que Dios libró a los hombres del pecado por su amor, manifestado en la entrega de su Hijo hasta la muerte en la cruz? Por eso, quien penetra en este misterio pascual del supremo amor de Dios y de los hombres (cfr. Jn. 13, 1; 15, 13), necesariamente toma parte en la obra salvífica de la pasión de Cristo, principio de todo apostolado (35).
Colaboración en la obra misionera de la Iglesia
Finalmente, los religiosos dedicados a la contemplación, ayudan con su oración a la obra misional de la Iglesia “porque es Dios quien, por la oración, envía obreros a su mies, abre las almas de los no cristianos para que reciban el Evangelio y fecunda la palabra de salvación en sus corazones” (36). En la soledad, donde se entregan a la oración, en modo alguno se olvidan de sus hermanos. Si se alejan de un frecuente trato con ellos, no lo hacen para buscar el descanso por propia comodidad, sino con el fin de participar de un modo más universal en sus trabajos, dolores y esperanzas (37).
IV - LA MUJER EN EL MISTERIO DE LA VIDA CONTEMPLATIVA
Muy elevado es, pues, el misterio de la vida contemplativa. Si de todo lo expuesto resulta evidente el lugar preeminente que ocupa en la economía de la salvación, este misterio brilla con especial esplendor en las monjas de clausura.
Ellas, por su condición de mujeres, expresan más eficazmente el misterio de la Iglesia, “Esposa inmaculada del Cordero inmaculado” (38), y, sentadas a los pies del Señor para escuchar su palabra (cfr. Lc. , 10, 39) en silencio y soledad, gustan y buscan las cosas de arriba, donde está su vida escondida con Cristo en Dios, hasta que sean glorificadas junto con su Esposo (39). Es propio de la mujer acoger la palabra, más bien que llevarla a los remotos confines de la tierra, aunque pueda también ser llamada a esta función con feliz resultado; es propio de ella escrutar a fondo en su interior la palabra y hacerla fructífera de manera vital, clara y conforme a su propia índole. Llegada a su plena madurez, la mujer percibe y siente más finamente lo que a los otros hace falta, y experimenta sus necesidades; demuestra más claramente la fidelidad de la Iglesia a su Esposo (40), y a la vez posee un sentido más hondo de la fecundidad de la vida contemplativa. Por esta razón, la Iglesia -como atestigua la Liturgia (41)- ha dado siempre a las vírgenes cristianas un rango singular. Refrendando el amor celoso de Dios por ellas (42), la Iglesia ha protegido con gran solicitud su separación del mundo y la clausura de sus monasterios (43).
La Virgen Santísima, modelo de contemplativas
No es posible omitir aquí el recuerdo de la Bienaventurada Virgen María, que acogió en sí misma al Verbo de Dios “llena de fe, concibiendo a Cristo antes en la mente que en las entrañas” (44); huerto cercado, fuente sellada, puerta cerrada (cfr. Cant. , 4, 12; Ez. , 44, 1-3), “por su fe y caridad es prototipo y modelo destacadísimo” de la Iglesia (45). La Virgen Santísima es ejemplar preclaro de vida contemplativa; justamente se le aplican en la Sagrada Liturgia, según una venerable tradición, tanto en Oriente como en Occidente, aquellas palabras del Evangelio: “María ha escogido la mejor parte” ( Lc. , 10, 38-42) (46).
V - VIDA DE SIGNO Y TESTIMONIO
En este misterio de la vida contemplativa, es preciso subrayar el valor de signo y testimonio, en virtud del cual los contemplativos llamados por Dios a una especial vida de oración, no quedan excluidos de un cierto “ministerio de la palabra” (47), aun cuando no sea el ministerio de la predicación directa.
Ser testigos de la existencia y de la presencia de Dios
En la actual sociedad humana, que tan fácilmente rechaza a Dios y lo niega, la vida de hombres y mujeres, dados a la contemplación de las cosas divinas, proclama abiertamente la existencia de Dios y su presencia, ya que esa vida entraña un trato de amistad con Dios, que “da testimonio a nuestro espíritu de que somos hijos de Dios” (Rom. , 8, 16). Por eso, los que así viven pueden confirmar a quienes están tentados en la fe y que, por error, llegan a negar la facultad dada a todo hombre de entablar coloquio con el Dios inefable (48).
Para los hombres y la sociedad de hoy
Con ese maravilloso coloquio, en la soledad y el silencio, los hombres y mujeres consagrados a la contemplación y a la práctica de la caridad y de las demás virtudes cristianas, anuncian la muerte del Señor hasta que El venga. Y, en verdad, tanto más la anuncian, cuanto que su vida entera, vivida en la búsqueda de Dios solo, no es otra cosa que un viaje a la Jerusalén celestial y una anticipación de la Iglesia escatológica, abismada en la posesión y contemplación de Dios. Los contemplativos no sólo pregonan al mundo esa meta, o sea, la vida del cielo, sino que muestran el camino que a él conduce. Si el espíritu de las bienaventuranzas que vivifica el seguimiento de Cristo, debe animar toda forma de vida cristiana (49), la vida de los contemplativos testifica que esto puede realizarse ya en esta vida terrena. Y ese testimonio no puede dejar de afectar vivamente a los hombres de nuestra época, dado que reviste forma colectiva o, mejor dicho, social. Los hombres de hoy, en efecto, no se sienten atraídos tanto por el testimonio individual cuanto por el comunitario; y más aún los atraerá el testimonio de una sociedad bien organizada, que con su continuidad y su vigor garantice la validez de los principios en que se basa. Tal es el testimonio de la comunidad contemplativa, como la bosquejó Pablo VI en Montecassino , cuando habló de “una pequeña sociedad ideal, donde reina el amor, la obediencia, la inocencia, la libertad de la tiranía de las cosas creadas, el arte de usarlas bien, el predominio del espíritu, la paz, en una palabra, el Evangelio” (50).
VI - SELECCIÓN Y VARIEDAD DE LAS VOCACIONES CONTEMPLATIVAS
Madurez humana y vocación
Sin embargo, se comprende fácilmente que la obligación precisa y bien determinada de la vida claustral a que uno se somete, no puede nacer ni consistir en un fervor pasajero, sino que debe provenir de una sólida y estable madurez, en virtud de la cual la persona sea capaz de renunciar a ciertos bienes sociales, aun teniéndolos de hecho en grande estima, para elegir con plena libertad de espíritu una forma de vida que le permita dedicarse únicamente a Cristo y a las cosas de arriba. Por este motivo las vocaciones que se presenten a los monasterios de monjas han de ser sometidas a prolongado y cuidadoso examen, con el fin de discernir los motivos que las impulsan y alejar oportunamente a las que, quizás sin advertirlo, estén movidas por razones no tan sobrenaturales y claras, que podrían impedir el pleno desarrollo espiritual y humano (51). Las precauciones útiles, establecidas por las leyes de cada Instituto, deben tenerse muy en cuenta, no sólo antes del ingreso de las postulantes en el monasterio, sino también antes de la admisión a los votos perpetuos.
Unidad y variedad de las familias contemplativas
Lo expuesto en la presente Instrucción se refiere a todos los Institutos íntegramente consagrados a la contemplación. Sin embargo, cada familia religiosa tiene índole y fisonomía propias, a menudo precisadas por el Fundador, que deberán conservarse fielmente. No se excluye que la inspiración del Espíritu Santo pueda suscitar en la Iglesia nuevas formas de vida contemplativa.
Con esto, se reconocen como legítimos los elementos que diferencian a los Institutos entre sí, con admirable variedad: variedad que depende principalmente de la diversa importancia que se da a la oración individual o a la oración litúrgica, a los factores de vida común o de vida eremítica, en la configuración de cada Instituto. Esto, indudablemente, tiene también valor en cuanto al modo en que cada Instituto entiende y realiza la separación material del mundo por medio de la clausura.
VII - CONFIRMACIÓN Y RENOVACIÓN DE LA
CLAUSURA DE LAS MONJAS
Por tanto, a la vez que se confirman las prescripciones del Concilio Vaticano II, relativas al mantenimiento y renovación de la clausura, por ser ésta una ayuda segurísima de la vida contemplativa, la Sagrada Congregación de Religiosos e Institutos Seculares ha estimado oportuno publicar las siguientes normas, aprobadas por Su Santidad Pablo VI el 12 de julio de 1969, para los monasterios de monjas de vida puramente contemplativa.
Normas para la clausura papal de las monjas
“La clausura papal de los monasterios ha de considerarse una institución ascética particularmente conforme a la vocación propia de las monjas, ya que ella es realmente signo, protección y expresión peculiar de su separación del mundo” (Motu proprio Ecclesiae Sanctae, II, 30 ).
1. La clausura reservada a las monjas de sola vida contemplativa (Perfectae Caritatis, 16) se llama papal, porque las normas que la rigen deben estar sancionadas por la autoridad apostólica, aun cuando se trate de normas establecidas, en el pasado o en el porvenir, por el derecho particular, para determinar la índole propia de cada Instituto.
2. A la ley de la clausura papal está sujeta toda la casa que habitan las monjas, con los huertos y jardines reservados al uso de éstas.
3. El recinto del monasterio sujeto a la ley de la clausura debe fijarse de modo que constituya una separación material (“Motu proprio” Ecclesiae Sanctae, II, 31 ), esto es, que impida la entrada y la salida (v. gr., con un muro, o de otra forma efectiva, por ejemplo, con cercos de madera, redes metálicas o un cercado sólido y consistente). Las entradas y salidas se harán pon puertas cerradas con llave.
4. El modo de establecer esta eficaz separación, especialmente en cuanto al coro y al locutorio, ha de quedar precisado en las Constituciones y en los códigos adicionales, teniendo en cuenta tanto la diversidad de tradiciones de cada Instituto, como las modalidades de tiempos y lugares (por ejemplo, con rejas, verjas, una mesa fija, etc.). A norma del artículo 1, esta forma de separación propóngase previamente a la aprobación de la Sagrada Congregación de Religiosos e Institutos seculares.
5. En fuerza de la ley de la clausura, las monjas, novicias y postulantes, deberán vivir dentro del recinto monástico circunscripto por 1a clausura, y no podrán salir de él, exceptuados los casos fijados por el derecho (cfr. art. 7).
6. Asimismo, la ley de la clausura prohíbe entrar en el recinto monástico sujeto a clausura, a toda persona de cualquier condición, sexo y edad, exceptuados los casos señalados por el derecho (cfr. art. 8 y 9).
7. Salvo indultos particulares de la Santa Sede, se permite la salida de la clausura a las personas mencionadas en el artículo 5:
a) en caso de peligro gravísimo e inminente;
b) en los casos siguientes, con licencia de la Superiora y con el consentimiento -al menos habitual- del Ordinario del lugar y del Superior regular, si lo hubiere;
1) para consultar al médico o para la cura de la propia salud, mientras sea en la misma ciudad o en las cercanías;
2) para acompañar a otra monja enferma, si lo exige una verdadera necesidad;
3) para ejecutar trabajos manuales o mantener la debida vigilancia en los lugares situados fuera de clausura pero dentro del monasterio;
4) para el ejercicio de los derechos civiles;
5) para ejercer las funciones administrativas que no puedan ser desempeñadas de otra manera.
A excepción de los motivos de salud, si la permanencia fuera de clausura ha de durar más de una semana, la Superiora tendrá que obtener previamente el consentimiento del Ordinario del lugar y del Superior regular, si lo hubiere.
c) Aparte de los casos indicados en la letra b), la Superiora deberá pedir la licencia del Ordinario del lugar y la del Superior regular, si lo hubiere, quienes no podrán concederla sino por causa verdaderamente grave y por el tiempo realmente necesario.
d) Ninguna de las salidas concedidas a tenor de las cláusulas a, b, c, de este artículo, podrá prolongarse más de tres meses, sin licencia de la Santa Sede.
8. Aparte de los casos de indulto particular de la Santa Sede, se permite el ingreso en la clausura:
a) a los Cardenales de la S. I. R., quienes podrán llevar consigo algunos acompañantes; a los Nuncios y Delegados Apostólicos en el territorio de su jurisdicción;
b) a los que actualmente ocupan el puesto supremo en el gobierno de la nación, a sus esposas y comitiva;
c) al Ordinario del lugar y al Superior regular, por justa causa;
d) a los Visitadores canónicos durante la visita, solamente para la inspección, quienes deberán entrar acompañados por un socio;
e) al sacerdote, juntamente con los ministros, para administrar los sacramentos a las enfermas o para los funerales. Se permite también la entrada del sacerdote para prestar asistencia a las religiosas probadas por larga o grave enfermedad;
f) igualmente al sacerdote, juntamente con los ministros, para celebrar las procesiones litúrgicas, a petición de la Superiora;
g) a los médicos y a todos aquellos cuya ayuda o competencia técnica es necesaria para proveer a los menesteres del monasterio, con la licencia de la Superiora y bajo la vigilancia del Ordinario y del Superior regular, si hubiere;
h) a las hermanas asignadas al servicio externo del monasterio, a tenor de los propios estatutos.
9. El derecho particular, aprobado por la Santa Sede a tenor del artículo 1, de acuerdo con el espíritu y la índole de cada Instituto, puede establecer normas de clausura más severas, o bien determinar otros casos legítimos de entrada y salida, con que proveer a las necesidades del monasterio o al bien de las monjas.
10. En los monasterios de monjas de vida exclusivamente contemplativa, el uso de la radio y del televisor sólo podrá permitirse en circunstancias especiales que revistan carácter religioso.
11. Es conveniente que los periódicos, revistas y demás medios de comunicación no sean demasiado numerosos ni se los admita indistintamente (cfr. Inter mirifica, 4), ya que por medio de ellos puede infiltrarse el espíritu mundano y turbar incluso las mejores comunidades.
12. Los congresos y reuniones de cualquier índole, por ser difícilmente conciliables o francamente incompatibles con la vida claustral, han de ser prudentemente evitados. Con todo, si las circunstancias concretas lo aconsejan, después de obtener los debidos permisos, podrá autorizarse alguna vez a las monjas asistir a reuniones que realmente promuevan la vida claustral, a condición de que las salidas de esta clase no se repitan con excesiva frecuencia. Tengan presente los Superiores que la pureza y el fervor de la vida claustral dependen grandemente de la estricta observancia de la clausura. Por eso, la salida del monasterio debe ser una excepción.
13. La ley de la clausura impone obligación grave en conciencia, tanto a las monjas como a los extraños.
14. En la Visita canónica, el Visitador debe inspeccionar la clausura material del monasterio; la Superiora, a su vez, le rendirá cuenta de la observancia de las leyes de la clausura, y someterá a su inspección el registro en que se hallarán cuidadosamente anotadas las entradas y salidas de la clausura.
15. La Iglesia, que tanto estima la vida contemplativa claustral, alaba grandemente a las monjas que, adaptando en el mejor modo posible la clausura a dicha vida contemplativa, mantienen fidelísimamente la separación del mundo (cfr. Perfectae Caritatis, 7), y a la vez exhorta encarecidamente a quienes tienen el derecho y la obligación de vigilar la custodia de la clausura -a saber, al Ordinario del lugar y al Superior regular, si lo hubiere- a que la protejan con todo cuidado, y asimismo ayuden eficazmente, según su cargo, a la Superiora, a la cual está confiada la custodia inmediata de la clausura.
16. Las penas establecidas contra los violadores de la clausura de las monjas quedan suspendidas hasta la promulgación del nuevo Código de derecho canónico.
17. En esta renovación de la clausura, obsérvese fielmente el modo de proceder prescrito en los Nos. 9,10 y11 del “Motu proprio” Ecclesiae Sanctae, II . De acuerdo con el N° 6 del mismo documento, sin previa licencia de la Santa Sede, no podrán hacerse experimentos contra lo establecido en las presentes normas, que constituyen en adelante el derecho común.
Los monasterios que en la revisión de la clausura papal hayan introducido ya algunas innovaciones, quedan obligados a someterlas al juicio de la Sagrada Congregación de Religiosos e Institutos seculares, dentro de seis meses a partir de la fecha de publicación de la presente Instrucción.
Roma, 15 de agosto de 1969, fiesta de la Asunción de la Santísima Virgen María.
HILDEBRANDO ANTONIUTTI
Cardenal
EDUARDO HESTON, C.S.C.
Secretario
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