sábado, 12 de noviembre de 2016

LA VERDADERA HISTORIA DE LA "CATEDRAL" DE AVENIDA LAS HERAS



Maqueta del proyecto original


El Sr. Enrique Gustavo Prins, nieto del Ingeniero y Arquitecto Arturo Prins escribió el siguiente texto sobre los detalles de la historia y el juicio que tuvo que llevar adelante su familia por la construcción del edificio de la facultad de derecho de la Universidad de Buenos Aires sobre la Avenida Las Heras, actual Facultad de Ingeniería.


Arturo Prins 1877 – 1939

Foto extraída del Libro “Academia Nacional de Bellas Artes, 70 años de Arquitectura”

Hay un viejo dicho que algunas cosas suceden no por casualidad, sino por causalidad. A lo largo de mi vida, he ido comprobando con la sonrisa típica del que ve la cosa desde lejos, desde fuera de la escena, la cantidad de dimes y diretes, acerca de tu inconclusa facultad, querido abuelo: un sin fin de artículos, algunos con rigor científico, otros con la sabiduría del que se cree un experto en el tema y con el pulgar escondido en el bolsillo o al costado del chaleco, daba cátedra ante sus escuchas, en al ámbito que le tocara, o escuchar micros televisivos referidos a este tema etc., y hasta en la facultad de arquitectura me han contado alumnos que se escuchaba por boca de algún profesor, que haciéndose eco, se hacía cómplice de la tan difundida y aguda mentira de su suicidio.

Cuenta otro de tus nietos, Alberto R. Robredo, en un artículo: “Las Heras no fue un megalómano intento de Prins, como se afirmó tantas veces, sino el megalómano proyecto inconcluso de las autoridades de la Facultad de Derecho de esa época”Cuando dichas autoridades llamaron a concurso, lo ganó con un proyecto afín con el siglo XX, en sus primeros años. El Consejo de la Facultad de Derecho, lo anuló y llamó a un nuevo concurso para construir en gótico, por considerar este estilo más adecuado al Derecho”
“Los debates entre el arquitecto Prins y el Consejo de la Facultad fueron memorables, ya que éste sostenía que edificar gótico en pleno siglo XX era indigno para un país moderno y pujante, además de la enorme inversión que eso representaba”.


El Consejo no dio marcha atrás y Prins viajó a Europa a estudiar gótico. A su regreso nuevamente ganó el concurso, pero sucedió lo anticipado por él: los fondos eran insuficientes y hubo que suspender la obra del Palacio del Derecho, del que sólo queda una inconclusa muestra en Av. Las Heras, inaugurada el 22-12-1925. Por supuesto quedaron también inconcluso el pago de los honorarios. Esto derivó en un largo juicio. Y aquí viene no la casualidad sino la causalidad.


El edificio en construcción










El edificio parcialmente inaugurado






El edificio en la actualidad (observen la ausencia de los techos a dos aguas, los ventanales, la crestería y los pináculos que desaparecieron en fecha desconocida)
Fuente: http://www.barriada.com.ar/





Recorría yo una de las calles de mi actual ciudad, Rosario, viendo vidrieras o las baldosas de las veredas que pasaban por debajo, al ritmo que imprimían mis zapatos, en el acostumbrado caminar… Me detengo en uno de esos locales atestados de libros viejos, ingreso y recorro las estanterías buscando con melancolía lo que siempre algún pasado nos muestra. Tomo un libro, aún no sé qué me llevó a elegirlo, pues jamás hubiera elegido tan, para mí, árido tema: “Mi Paso por los Tribunales” de Alfredo Eymann, Lo abro, voy al índice y empiezo a pasear mi vista a lo largo de los temas, 51 en total, y me detengo en uno, (me sigo preguntando porqué, porque jamás me interesé por ningún tema que tenga cualquier ítem del Derecho, o conexión con algún Tribunal): “El pleito más largo en mi vida profesional” pág. 15. Busco la página 15 y comienzo a leer: (copio textualmente)


Bien se dice que la Justicia cuando más breve, mejor. Desgraciadamente esta condición esencial unida a la buena y barata, no se cumple en nuestro país. Múltiple factores contribuyen a largar la dilucidación de los procesos, entre ellos el engorroso trámite de nuestros Códigos de Procedimientos y la desidia humana, en la que no siempre la responsabilidad debe recaer en los encargados de administrar Justicia. También es necesario involucrar a todos aquellos que comparten esa responsabilidad, como fiscales, asesores de menores, peritos y no pocas veces a los propios profesionales.

El caso es que la tónica de la Justicia se caracteriza por la lentitud, o sea que se trata de una maquinaria sumamente pesada. Esto me ocurrió en un juicio bastante famoso, el que duró en su tramitación cerca de un cuarto de siglo, para ser más preciso 22 años, o sea desde 1940 a 1962. Se trató del cobro de los honorarios del Ingeniero Don Arturo Prins, fallecido en el año 1939. El Sr. Arturo Prins fue un hombre de probada capacidad intelectual y vasta cultura, que ostentó los títulos de ingeniero y arquitecto, culminando su trayectoria de hombre útil a la civilidad cuando mereció ser galardonado con las palmas de miembro de la Academia de Bellas Artes. Con el Dr. Ángel Rómulo Mariano Montes de Oca, iniciamos su juicio sucesorio en representación de todos sus herederos, el que debimos suspender hasta que se resolviese el juicio por cobro de honorarios por los proyectos y dirección del edificio de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, ubicado en el amplio solar de la Avenida Las Heras, cerca de la Avenida Pueyrredón. Este juicio se caratuló “Sucesión Arturo Prins c/ La Nación s/cobro de honorarios” y tramitó ante la Justicia Federal.
Para que se tenga una idea de la magnitud de la labor desarrollada por el Ing. Prins, es menester hacer un poco de historia. Al comienzo de este siglo, o sea en el año 1908 más o menos, el Consejo Directivo de la Facultad de Derecho, que funcionaba en la vieja casona de la calle Moreno al 400, abrió un concurso para la construcción de un edificio que reuniera las condiciones adecuadas para el funcionamiento de esa casa de estudios en el amplio predio de la Avenida Las Heras. El concurso fue ganado por el Ing. Arturo Prins, quien al efecto confeccionó los planos de un edificio de estilo greco-romano a semejanza de la mayoría de las construcciones de esa época con destino oficial. Hubo las consiguientes demoras para el comienzo de las obras y ello dio lugar a que el Consejo Directivo que sucedió al anterior cambiara de opinión en cuanto al estilo que debía imprimirse al edificio, resolviendo en definitiva, que debería utilizarse el gótico. Impuesto de esa variante, el Ing. Prins, después de realizar un viaje a Europa ex profeso para estudiar y tomar apuntes de las catedrales de Reims, Colonia, Chartres. Chalón-sur-Saone, etc., presentó un proyecto de edificio gótico de la Facultad de Derecho, el que fue objeto de entusiasta aprobación por parte de los señores Consejeros.

Entre las cláusulas del contrato de adjudicación de las obras, existía una por la cual el Ing. Prins recién podría cobrar sus honorarios cuando el edificio quedara habilitado. Las obras comenzaron y fueron detenidas muchas veces, la mayor parte de ellas por falta de fondos para proseguirlas. Por fin sólo se levantó la parte de su frente, sin las torres que la coronaban y quedando sus paredes sin el correspondiente revoque. Sin embargo es de admirar la gracia y armonía de ese edificio en su “maquette”, aun cuando es necesario reconocer que el edificio no se adecuaba al destino que se le quiso dar, pero ello no era culpa del Ing. Prins, sino del Consejo Directivo de la Facultad de Derecho que así lo dispuso.

Sin ver coronado tan gran esfuerzo, tal vez la obra cumbre de su vida, el edificio de la Avenida Las Heras fue habilitado tal como se encontraban las obras, pues a él se trasladó la Facultad de Derecho que funcionaba en la calle Moreno. Con la habilitación de la obra en condiciones tan precarias, quedaba expedida la vía para hacer efectivos los honorarios por parte del Ing. Prins. Este en vida realizó muchas gestiones en ese sentido, pero sin resultado positivo. El Dr. Ángel R. M. Montes de Oca rehusó hacerse cargo del juicio por cobro de los honorarios que correspondían al Ing. Prins, declinando ese cometido en el Dr. Eduardo H. Maglione, que había sido gran amigo de aquel y además conocía, a través de esa amistad, todos los pormenores de la gran obra. Todos los herederos aceptaron esa determinación del Dr. Montes de Oca aunque impusieron que la representación de ellos la ejerciera mi persona. Yo no conocía al Dr. Maglione, pero puedo decir que desde el primer momento de nuestra actuación, mantuvimos una cordial cooperación que perduró hasta el día de su fallecimiento, ocurrido antes que el juicio terminara.

El escrito de demanda que redactó el Dr. Maglione contenía nada menos que 50 fojas, lo que puede dar una idea de la complejidad de su contenido. Al iniciar la demanda, me entrevisté con el Secretario de turno ante el cual debía tramitarse y a quien le hice notar el problema que significaba la agregación de su documentación. Este sin valorar mayormente mi preocupación, me contestó que no consideraba que existiera ningún inconveniente en que esa documentación se acompañara con el escrito de demanda, tal como exigía y lo exige el Código Procesal. Sin embargo cambió de parecer cuando le manifesté que nada más que en planos tenía que agregar más de 2.000, alguno de los cuales tenían cerca de 4 metros de superficie, con los cuales estimaba que la Secretaría iba a quedar obturada.

Convinimos en llegar a un acuerdo con el Fiscal en lo Federal, en ese entonces el Dr. Bullrich Urioste y con él resolvimos practicar un inventario de todos esos planos y depositarlos en el Centro de Arquitectos para su oportuna verificación y confrontación por los peritos Ingenieros que correspondería designar. Así se hizo. Cuando se le confirió traslado de la demanda al Fiscal, este solicitó seis meses de plazo para su contestación dada la magnitud del juicio y de la enorme documentación acompañada. Vencido ese plazo, el Dr. Bullrich Urioste, solicitó otros seis meses más hasta llegar a un año, fecha en recién contestó dicho traslado. Debo aclarar que en la demanda se reclamaban los honorarios de los proyectos de edificio – el greco romano y el gótico, con sus correspondientes planos y muy distintos unos de los otros, como asimismo, la dirección de las obras de estilo gótico. En total su importe era de $ 1.000.000 m/n.(tener en cuenta que este libro es abril de 1973).

Al fin luego de enorme demora debido sobre todo a la prueba pericial en la que intervinieron los peritos de parte y un tercero designado por el Juzgado, obtuvimos sentencia favorable que la Cámara en lo Federal confirmó. Recurrido el fallo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el Agente Fiscal, este alto Tribunal modificó la sentencia de Ira. Instancia y de la Cámara, con el argumento de que siendo uno sólo el edificio levantado y dirigido por el Ing. Prins, no procedía hacer lugar a la reclamación de dos proyectos de edificios distintos. Por consiguiente, la acción en definitiva prosperó prácticamente por la mitad de lo reclamado, más sus intereses y costas de Ira. y 2da. Instancia y los de la Corte, en el orden causado.

Como la Corte Suprema en ese entonces no hacía lugar al criterio largamente reclamado de la devaluación de la moneda y su incidencia negativa en pleitos de la duración como el de que se trata, se comprenderá cuan magra resultó a la postre tanta y tan larga labor profesional y desde luego es de imaginar la desilusión de los herederos del Sr. Arturo Prins.
Sigue redactando el Dr. Eymann:
– Otra acotación al margen de ese juicio, es la de que durante su transcurso fallecieron la Sra. Carmen Llobet de Prins, esposa del Ing. Arturo Prins, mi primer letrado patrocinante el Dr. Eduardo H. Maglione. De manera que tuve que seguir el juicio hasta sus últimas instancias con el Dr. Eduardo Maglione (h).” 


Lo percibido alcanzó para que sus 4 hijos, sus cónyuges, y los 4 nietos de Prins, nos reuniéramos en un cordialísimo almuerzo, en un medio día de la ciudad de Buenos Aires.

En cuanto al Ingeniero y Arquitecto Arturo Prins, enfermó y terminó sus días en una habitación del entonces Sanatorio Podestá, ubicado en la esquina de la calle Uruguay y Viamonte, en el año 1939, rodeado del afecto de sus seres queridos, muy lejos de un suicidio, con la serenidad del que vivió una vida llena de vida y alegría. Y en cuanto al Derecho, refiere su nieto Robredo, abogado él, ” … esto le permitió, al también profesor universitario Prins, dar su lección póstuma por medio de la pluma de Rafael Bielsa, cuyo comentario de la sentencia fue el primero que planteó la injusticia de un pronunciamiento justo aniquilado en sus efectos por la inflación, con lo que puso la piedra fundamental del desarrollo de la teoría de la imprevisión y de la indexación, culminadas en la valoración colectiva de la estabilidad” .


Sea este mi homenaje a nuestro abuelo, a tan dignos letrados y todos aquellos que tomaron esta causa con la seriedad e imparcialidad también demostrada.

Enrique Gustavo Prins


miradaatenta.wordpress.com

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